Tema 2 TIPOS DE CONTRATOS

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Transcripción de la presentación:

Tema 2 TIPOS DE CONTRATOS RESUMEN DE LOS TRABAJOS REALIZADOS POR GRUPOS

Características comunes a todos los contratos El contrato de trabajo podrá celebrarse por escrito o de palabra, pero cualquiera de las partes podrá exigir que el contrato se celebre por escrito. Se deberá comunicará al Servicio Público de Empleo Estatal en el plazo de los 10 días siguientes celebración del contrato. En el contrato deberá de figurar los datos de la empresa y del trabajador, la duración del periodo de prueba, la retribución, los días de vacaciones que le corresponden al trabajador y su jornada laboral. Deberán firmar varias copias del contrato el trabajador, el representante de la empresa y el representante de los trabajadores en la empresa.

Tipos de contratos 1. CONTRATOS INDEFINIDOS. 2. CONTRATOS TEMPORALES: DE DURACIÓN DETERMINADA: Por obra y servicio Eventual por circunstancias de la producción. CONTRATOS FORMATIVOS: Contrato en Prácticas Contrato de Formación 3. CONTRATOS A TIEMPO PARCIAL

Contrato indefinido Es aquel contrato en lo que no se fija una fecha determinada para su finalización. Las empresas por contratar a trabajadores con este tipo de contrato tienen derecho a bonificaciones en la seguridad social. Los contratos indefinidos podrán ser a tiempo completo o tiempo parcial.

CONTRATO POR OBRA Y SERVICIO 2. CONTRATOS TEMPORALES CONTRATO POR OBRA Y SERVICIO Es aquel contrato cuya finalidad es la realización de obras o servicios determinados dentro de la actividad de la empresa. La duración del contrato depende de la finalización de la obra o servicio para la que es contratado el trabajador. Ejemplo: La construcción de un edificio, los trabajadores estarán contratados por la empresa hasta que la obra este terminada.

CONTRATO EVENTUAL POR CIRCUSTANCIAS DE LA PRODUCCIÓN 2. CONTRATOS TEMPORALES CONTRATO EVENTUAL POR CIRCUSTANCIAS DE LA PRODUCCIÓN Es aquel contrato cuya finalidad atender las necesidades derivadas de los incrementos de volumen de actividad de la empresa por circunstancias del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos. La duración máxima es de 6 meses, dentro de un periodo de 12 meses. Solamente se admite una única prórroga, siempre que el contrato se haya hecho por un plazo inferior a la duración máxima. Ejemplos: contrataciones para época rebajas, navidades…

2. CONTRATOS TEMPORALES CONTRATO EN PRÁCTICAS Es aquel contrato cuyo objetivo es la inserción laboral de jóvenes para adquirir experiencia laboral adecuada al nivel de estudios cursados. La duración del contrato será entre seis meses y dos años. La retribución no podrá ser inferior al 60% (el primer año de contrato) o al 75% (el segundo año) del salario fijado en convenio colectivo. Requisitos que debe de cumplir el trabajador para que se le pueda hacer un contrato de prácticas: Tener un título Universitario o de Formación Profesional o Certificado de Profesionalidad. Haber obtenido el título dentro de los cinco años anteriores a la fecha del contratación. El trabajo a realizar debe tener relación con la titulación del trabajador.

2. CONTRATOS TEMPORALES CONTRATO FORMATIVO Es aquel contrato cuya finalidad es la cualificación profesional de los trabajadores combinando la actividad laboral retribuida en una empresa con la actividad formativa. La duración del contrato será como mínimo un año y máximo tres. EL tiempo de trabajo no podrá ser superior al 75% el primer año o al 85% durante el segundo y el tercero. El resto del tiempo el trabajador se dedicará a actividades formativas que se podrán desarrollar en la misma empresa o en un centro formativo ajeno a la empresa. Requisitos que debe cumplir el trabajador para que se le pueda hacer un contrato de prácticas: Ser mayor de 16 años y menor de 25 años. No tener ninguna titulación o certificado profesional para realizar un contrato en prácticas. El límite máximo de edad se amplia a trabajadores menores de 30 años cuando la tasa de desempleo se sitúe en España por debajo del 15%.  

Contrato a tiempo parcial Es aquel contrato que se celebra para prestar servicios durante un número de horas al día, a la semana o al mes inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo. La retribución será proporcional al tiempo trabajado.

PARA AMPLIAR INFORMACIÓN SOBRE LOS CONTRATOS ESTUDIADOS U OTROS TIPOS DE CONTRATOS PODEIS CONSULTAR LA PÁGINA WEB DEL SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO www.sepe.es