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Publicada porVictoria Guzmán Barbero Modificado hace 8 años
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Contrato para la formación (artículo 11.2 ET) Contrato en prácticas (artículo 11.1 ET)
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Trabajadores entre 16 y 21 años Desempleados hasta los 24 años que se incorporen como alumnos- trabajadores a los programas de escuelas taller y casas de oficio Desempleados que se incorporen como alumnos-trabajadores a los programas de talleres de empleo sin límite de edad Personas con discapacidad sin límite de edad, debiendo estar desempleado.
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No podrá estar en posesión de ninguno de los siguientes títulos: Título universitario superior (Licenciado, ingeniero o arquitecto). Título universitario medio (Diplomado, ingeniero o arquitecto técnico). Título de formación profesional de grado superior (técnico superior). Título oficialmente reconocido como equivalente a cualquiera de los anteriores.
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El establecido por los convenios colectivos. En su defecto, lo determinado reglamentariamente (art. 7.2 RD 488/1998) en función de la plantilla Hasta cinco trabajadores: uno. De seis a 10 trabajadores: dos. De 11 a 25 trabajadores: tres. De 26 a 40 trabajadores: cuatro. De 41 a 50 trabajadores: cinco. De 51 a 100 trabajadores: ocho. De 101 a 250 trabajadores: 10 ó el 8 % de la plantilla. De 251 a 500 trabajadores: 20 ó el 6 % de la plantilla. Más de 500 trabajadores: 30 ó el 4 % de la plantilla.
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Por escrito Duración del contrato Nivel ocupacional, oficio o puesto de trabajo Tiempo dedicado a la formación teórica y su distribución Nombre y cualificación del tutor
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Formación teórica Formación práctica
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Entre 6 meses y 2 años. Posibilidad de prórrogas Las causas legales de suspensión del contrato no imponen la ampliación de la duración del mismo. Expirado el tiempo de duración del contrato, ningún trabajador podrá ser contratado bajo esta modalidad por la misma empresa o distinta empresa.
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Negociación colectiva Límite: salario mínimo interprofesional
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Extinción por la expiración de tiempo convenido No indemnización (art. 49.1 ET) contrato>1 año: comunicación con 15 días de antelación Certificación por el empresario /certificado de profesionalidad por la Administración Pública
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