Asociación Don Bosco. Hay leyes nacionales sobre la reinserción de los presos en medidas alternativas a la cárcel? El artículo 2 de la ley de prisiones.

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Transcripción de la presentación:

Asociación Don Bosco

Hay leyes nacionales sobre la reinserción de los presos en medidas alternativas a la cárcel? El artículo 2 de la ley de prisiones del 24/11/2009 precisa que el servicio público de prisión francés participa a la ejecución de las decisiones penales. Contribuye a la inserción de las personas que la autoridad judicial les confía Está organizado a fin de asegurar la individuación y la gestión de las penas de las personas condenadas. En este contexto, el SPIP, servicio de la administración de prisiones francés, asegura esta mission.

Servicio Penitenciario de inserción y medidas de suspensión (SPIP) El SPIP interviene en régimen abierto y cerrado, con los presos, previa consultación de las autoritades judiciales para las medidas alternativas a la cárcel. Su objetivo principal es la prevención de la reincidencia. Por lo tanto, sus tareas se basan sobre tres ejes: 1-La evaluación, la supervisión y el control de las personas; 2-Apoyo a la decisión judicial con el objetivo de personalizarla 3-La inserción o la reinserción de las personas en ejecución penal Para realizar estos objetivos, el SPIP participa a los organismos locales que se ocupan de seguridad y de prevenir la delincuencia. Los otros socios públicos (distritos territoriales y organismos sociales) acompañan la misión de inserción en la administración penitenciaria, permitendole de incorporarse en las políticas públicas de la «Politique de la Ville», el acceso a la vivienda, al trabajo y la formación profesional, a las acciones culturales o de educación para la salud. Concretamente se apoya en colaboraciones asociativas que actúan acciones vínculadas a la cura, al alojamiento, a la formación y al trabajo. El objetivo es el de movilizar dispositivos de derecho común para estos específicos usuarios.

Colaboraciones institucionales del SPIP Juez de applicación de las penas (JAP) Mission Local (ML) Polo Trabajo Tiene el encargo de seguir la vida de los condenados al interior y al externo de la cárcel. Interviene después de la condena a una pena privativa o restrictiva de la libertad. Por eso, el juez de applicación de las penas establece las principales modalidades del trato penitenciario Es una asociación que tiene la tarea de ofrecer un servicio público de inserción social y profesional. Asegura funciones de acogida, información, orientación y acompañamiento para ayudar a los jóvenes desde los 16 hasta los 25 añnos, salidos de la escuela Es un ente público encargado del empleo en Francia: acogida, indemnización para los que piden trabajo y exploración del mercado del trabajo

Colaboraciones asociativas del SPIP Ejemplo del territorio de Brest) Mission Locale (ML) Emergencia Pôle Emploi Otros Chargé de suivre la vie des condamnés à l’intérieur et à l’extérieur des prisons. Il intervient après condamnation à une peine privative ou restrictive de liberté. A ce titre, le juge d’application des peines fixe les principales modalités du traitement pénitentiaire. Es una asociación que tiene como objetivo la reinserción de los sujetos que salen de la cárcel: centros de alojamiento y reinserción social, acogida para las familias de los presos, mediación penal, apoyo a las víctimas de infracción penal Espacio Inserción- DON BOSCO Centro Comunal de Acción Social, asociaciones deportivas y culturales, organismos de formación, redes de inserción Es un dispositivo para los jóvenes en ejecución penal que se basa sobre dos ejes: - Accompañamiento social y educativo - Accompañamiento a la alla formación

Las principales medidas alternativas a la cárcel Remisión con «puesta a prueba» Remisión de la decisión penal a una fecha posterior, en cuanto el tribunal valute que la reinserción de la persona está a punto de realizarse, que el daño causado está en reparación o que la molestia causada por la infracción está cesando. Por lo tanto la persona puede ser sometida al respecto de uno o más obligaciones establecidas por el tribunal. Control judicial Medida alternativa a la cárcel ordenada por el juez de instrucción o por el juez de las libertades y de las detenciones, pendientes aún de condena. La persona condenada es sometida a obligaciones y puede beneficiar, en relación de su sitación, de un acompañamiento socio-educativo. Libertad condicional Medida de gestión de la pena para los condenados que muestran serios esfuerzos de readaptación social. Después de la ley de 2009, el condenado que justifíca su participación en «qualquiera proyecto de inserción o re-inserción» puede igualmente aspirar a una libertad condicional (intervención áctiva de búsqueda de empleo, espíritu de empresa…). La persona está en libertad antes de la fecha de fin pena, bajo reserva del respecto de las obligaciones para un periodo de prueba. Después de este periodo, si no se ha comprobado ningún típo de accidente, se considera que la persona haya cumplido íntegramente la pena. Permiso de salida Medida decidida port el juez de aplicación de las penas que permite al preso, bajo algunas condiciones, de dejar la estructura penitenciaria por un determinado periodo de tiempo (máximo de 3 a 10 días según el régimen de detención), con el fin de mantener vínculos familiares o preparar un proyecto de salida (entrevista de trabajo, cita en un centro de housing social o de cura…)

Colocación externa Pianificación de un orden de detención que permita al condenado de cumplir la pena fuera de la estructura. Puede ser asecurada por asociaciones, concertado con la administración penitenciara, proponiendo alojamiento, empleo y/o formaciones. Colocación bajo vigilancia electrónica Medida de control judicial o de gestión de la pena. El condenado cumple su pena en un lugar designado (domicilio o housing social) por el magistrado que establece las horas en las cuales la persona puede salir para participar a una actividad profesional, seguir una formación, participar a la vida familiar… Un sistema electrónico permite de controlar a distancia los desplazamientos. Semi-libertad Modalidad de ejecución de una pena bajo un régimen particular de detención, que permite al condenado de ausentarse de la estructura para ejercer una actividad profesional, seguir una formación, beneficiar de curas médicas o participar de manera costante a un proyecto específico para la inserción o la re-inserción, con el objetivo de prevenir los riesgos de reincidencia, haciendo grandes esfuerzos de readaptación social. Suspensión con «puesta a prueba» Medida que permite a un condenado de no cumplir toda o una parte de la pena en prisión, a la doble condición que no sea condenado durante el periodo de prueba por una otra infracción y que respete una o más de las obligaciones impuestas por el tribunal. Trabajo de pública utilidad (TIG) Medida alternativa a la cárcel, que necesita de un acuerdo con el condenado para ser juzgado y que consiste en un trabajo no pagado en beneficio de una estructura pública, de un distrito territorial o de una asociación.

3 2 4 – Reunión con el jóven en el centro De detención 5 – Evaluación de la entrevista de trabajo con el equipo 6 – Decisión de la medida Espacio Inserción INTEGRACIÓN ESPACIO INSERCIÓN a través de una medida y con la actuación de las obligaciones por la red de colaboración. En el centro de detención El jóven pide la planificación de la pena En el centro de detención El jóven pide la planificación de la pena Proceso de integración Espacio Inserción  Un trabajo de colaboración SPIP Evaluación de las obligaciones judiciales SPIP Evaluación de las obligaciones judiciales 1 MISSION LOCAL Evaluación en relación al proyecto profesional MISSION LOCAL Evaluación en relación al proyecto profesional ESPACIO INSERCIÓN Evaluación sobre el proyecto de inserción y de formación ESPACIO INSERCIÓN Evaluación sobre el proyecto de inserción y de formación Juez de aplicación de las penas Validación o no de la gestión de la pena en relación a las conclusiones del SPIP Juez de aplicación de las penas Validación o no de la gestión de la pena en relación a las conclusiones del SPIP 7