PAPYM.  Generales: Se propone apoyar a los pequeños y medianos productores rurales, por su elevado potencial y su importante papel multiplicador en las.

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Transcripción de la presentación:

PAPYM

 Generales: Se propone apoyar a los pequeños y medianos productores rurales, por su elevado potencial y su importante papel multiplicador en las economías regionales de las distintas zonas rurales del país.  Especificos: Mejorar la calidad de vida de los pequeños y medianos productores, y el aumento de sus ingresos. Alcanzar niveles de productividad sustentable a través de la modernización, reconversión y diversificación de las explotaciones de los pequeños y medianos productores rurales. Desarrollar formas asociativas con el objetivo de fomentar el trabajo en equipo. Promover, apoyar y fortalecer la inclusión social y cultural de los pequeños y medianos productores y pueblos originarios, mediante el pleno ejercicio de derechos, incorporando la perspectiva de género y generacional. Impulsar y favorecer el acceso a los recursos naturales y la seguridad en la tenencia de la tierra, con el fin de mejorar las condiciones de vida y arraigo. Desarrollar innovaciones de producción exitosas con certificación de origen. Recuperar y/o generar conocimiento para el desarrollo local y regional basado en demandas territoriales que den soporte a los ejes estratégicos que el MAGyP prioriza.

 Coordinación Nacional: a cargo del titular del MAGyP.  Coordinación Ejecutiva: a cargo del titular de la Secretaría de Coordinación Político-Institucional y Emergencia Agropecuaria del MAGyP. (Puede contar con dos coordinaciones operativas)

 Este Plan tiene alcance a NIVEL NACIONAL, y se estructura en todo el país a través de DELEGACIONES PROVINCIALES, su ejecución se realiza mediante Aportes No Reintegrables (ANRs), siendo sus objetivos principales mejorar la calidad de vida de los pequeños y medianos productores, así como la promoción, apoyo y fortalecimiento de la inclusión social y cultural de los pequeños y medianos productores y pueblos originarios, mediante el pleno ejercicio de derechos, incorporando las perspectivas generacionales y de género.

 Decreto Nº 1.366/2009, por el que se crean los Ministerios de Industria y de Agricultura Ganadería y Pesca de la Nación.  Decreto Nº 1.365/2009, Artículo 3° por el que se incorpora al artículo 20 ter de la Ley del Ministerio, el cual establece las competencias del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca.  Resolución S.H. N° 259 de fecha 7 de octubre de Que modifica el presupuesto de la Administración Nacional para el ejercicio  Resolución 8/2008 de fecha 22 de diciembre de 2008 de la Secretaría de Agricultura Ganadería, Pesca y Alimentos. Por la que se aprueba el Plan de Apoyo a Pequeños y Medianos Productores.  Convenio 34/2008, de fecha 23 de octubre de 2008 entre la Secretaría de Agricultura Ganadería, Pesca y Alimentos y la Fundación Argeninta. Se refiere a la prestación de servicios técnicos administrativos para la implementación de acciones y actividades comprendidas en el Plan de la subsecretaría de Desarrollo Rural y Agricultura Familiar  Resolución 57/2012, de fecha 15 de febrero de 2012 del Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca.  Resolución 621/2012, de fecha 28 de agosto de 2012 por la que se modifica la Resolución 8/2008.  Resolución 1/2013 de fecha 26 de noviembre de 2013 Resolución N° 8/2008 por la que se modifica la Resolución 8/2008.  Ley Nº , Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.  Resolución SGN Nº 152/2002, por la que se aprueban las “Normas de Auditoría Interna Gubernamental”.  Resolución SGN Nº 107/1998, por la que se aprueba las “Normas Generales de Control Interno”.  Resolución MAGyP Nº 189/2011, por lo que se aprueba el reglamento de rendición de cuentas de fondos transferibles a las provincias, municipios y/u otros entes mediante convenios acuerdos

 Verificar la ejecución del Programa en el año 2014, a fin de comprobar las líneas de acción trabajadas.  Verificar la efectiva aplicación de los fondos otorgados  Analizar la documentación recibida, a efectos de verificar la integridad y veracidad de la misma.  Verificar el sustento normativo por el cual se fundamenta el criterio de distribución de los fondos.  Examinar los estados contables de las cuentas nacionales y provinciales utilizadas en el marco del programa.  Corroborar que los fondos transferidos por el Ministerio de Agricultura estén registrados en debida forma.  Analizar la razonabilidad de la distribución de los fondos a los beneficiarios y el cumplimiento de los objetivos.  Revisar el objeto de los convenios y la ejecución de los mismos a los efectos de determinar posibles desvíos.  Verificar las tareas efectuadas por las Coordinaciones locales, y los informes técnicos emitidos en el marco de cada uno de los Proyectos.

 Evaluar el desempeño del programa en las provincias.  Verificar el cumplimiento de la normativa aplicable a fin de cumplimentar los requisitos necesarios para ser acreedor del beneficio.  Corroborar que los beneficios otorgados a los productores se hayan aplicado efectivamente a los fines solicitados.  Evaluar el cumplimiento y forma de la determinación del beneficio otorgado.  Corroborar y conciliar los extractos y conciliaciones bancarias de las cuentas utilizadas en el marco del Programa para el año  Evaluar el detalle de ejecución/aplicación de los fondos y su debido uso.  Realizar un seguimiento o muestra de beneficiarios directos y/o indirectos a efectos de validar los datos informados por el Programa.  En aquellos casos que así lo requieran solicitar la rendición de los montos ejecutados en cada provincia.  Verificar la correcta inscripción en el/los Registro/s que corresponda/n (nacionales, provinciales, locales) por parte de los Destinatarios (primarios o directos y secundarios) y sus organizaciones.  En caso de ser un Fondo Rotatorio verificar los fondos, y que los parámetros objetivos, tipo de aporte, periodo de funcionamiento y de recupero sean acordes al Convenio.