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NUEVA LEY DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL. PROYECTO DE LA NUEVA LEY DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL OBJETO DE LA LEY Promover el desarrollo, la competitividad y la innovación.

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1 NUEVA LEY DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL

2 PROYECTO DE LA NUEVA LEY DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL OBJETO DE LA LEY Promover el desarrollo, la competitividad y la innovación en las empresas dedicadas a la actividad industrial que se encuentren radicadas o se radiquen en la Provincia de Córdoba. BENEFICIARIOS DE LA LEY Micro, Pequeñas y Medianas Podrán gozar de los beneficios previstos en la presente ley, las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas de acuerdo a la clasificación de la Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional de la Nación.

3 PROYECTOS PROMOVIDOS 1) Modernización o innovación en productos y/o procesos 2) Protección del medio ambiente 3) Implementación de sistemas de gestión de calidad 4) Inversiones en activos fijos 5) Conformación de grupos asociativos 6) Creación de empresas industriales innovadoras PROYECTO DE LA NUEVA LEY DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL

4 Proyectos de modernización o innovación en productos y/o procesos Objeto: tornar más competitivos y sustentables a las empresas industriales. Beneficios: Exención en Impuestos Provinciales: Ingresos Brutos incrementales, Sellos e Inmobiliario. Subsidios: Mano de Obra y Energía Eléctrica PROYECTO DE LA NUEVA LEY DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL 1) MODERNIZACIÓN O INNOVACIÓN EN PRODUCTOS Y/O PROCESOS

5 Proyectos que procuren: Uso racional de los recursos naturales Mejora de la calidad medioambiental Investigación científica e innovación tecnológica Tratamiento de efluentes e implementación de tecnologías de procesos que generen un desarrollo productivo sustentable. Beneficios: Exención en Impuestos Provinciales: Sellos, Inmobiliario PROYECTO DE LA NUEVA LEY DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL 2) PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE

6 Proyectos que promuevan la implementación y/o certificación de sistemas de gestión de calidad integrales, modernos y eficaces, basados en normativas internacionales, que garanticen la calidad de productos y/o procesos. Beneficios: Exención en Impuestos Provinciales: Sellos, Inmobiliario PROYECTO DE LA NUEVA LEY DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL 3) IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMAS DE GESTIÓN DE CALIDAD

7 Proyectos que involucren otras inversiones, no previstas en los artículos precedentes. Beneficios: Exención en Impuestos Provinciales: Ingresos Brutos incrementales, Sellos e Inmobiliario. Subsidios: Mano de Obra y Energía Eléctrica PROYECTO DE LA NUEVA LEY DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL 4) INVERSIÓN EN ACTIVOS FIJOS

8 PARQUES INDUSTRIALES Empresas industriales que realicen una inversión destinada a relocalizarse en un Parque o Área Industrial. Beneficios: Para EMPRESAS: Exención en el Impuesto Inmobiliario Provincial. Para PARQUES INDUSTRIALES: Adquirir la Energía Eléctrica a E.P.E.C. a idénticos valores tarifarios que los establecidos p/las Cooperativas de Serv. Públicos PROYECTO DE LA NUEVA LEY DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL 4) INVERSIÓN EN ACTIVOS FIJOS

9 Grupos asociativos que tengan por objeto mejorar el desempeño y competitividad de las empresas que lo integran. Beneficios: Hasta un 50% de los Honorarios del Coordinador/Gerente del grupo, durante 2 años y por un monto máximo anual de $60.000. PROYECTO DE LA NUEVA LEY DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL 5) CONFORMACIÓN DE GRUPOS ASOCIATIVOS

10 Promover la creación de empresas industriales innovadoras a partir de un aporte, a ser efectuados por empresas existentes consolidadas de cualquier sector, asumiendo estas el compromiso de apoyar a la empresa naciente en aspectos técnicos, comerciales, jurídicos, contables, etc. Beneficios: Desgravación, a las Empresas Aportantes, de Impuestos Provinciales en un monto del 25% superior a los aportes realizados: 1° año hasta $ 80.000. 2° año hasta $ 40.000. PROYECTO DE LA NUEVA LEY DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL 6) APOYO A LA CREACIÓN DE EMPRESAS INNOVADORAS 6) APOYO A LA CREACIÓN DE EMPRESAS INNOVADORAS

11 PROYECTO DE LA NUEVA LEY DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL BENEFICIOS ADICIONALES MANO DE OBRA Las empresas que gocen de exenciones al Impuesto a los Ingresos Brutos incrementales y que aumenten su nómina de personal en al menos un 10%, recibirán adicionalmente una exención sobre el 30% de los valores de base del referido impuesto. CAPACITACIÓN Para las empresas promovidas que capaciten su personal se le otorgará un subsidio de $200 por empleado, por un plazo máximo de 1 año.

12 La innovación, la fertilización cruzada entre empresas, la sinergia del trabajo asociativo, procesos y productos amigables con el ambiente como así también programas de formación y capacitación permanentes, son indudablemente elementos esenciales para lograr un Sistema Productivo moderno y eficiente que contribuya a colocar a Córdoba en la vía alta del desarrollo. PROYECTO DE LA NUEVA LEY DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL


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