Universidad Católica del Norte 9° Congreso de Comités Paritarios de Universidades Chilenas 08/10/2008 al 11/10/2008 ANTOFAGASTA.

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Transcripción de la presentación:

Universidad Católica del Norte 9° Congreso de Comités Paritarios de Universidades Chilenas 08/10/2008 al 11/10/2008 ANTOFAGASTA

UNIVERSIDAD DE CHILE FACULTAD DE ECONOMÍA Y NEGOCIOS COMPAR FEN GESTION DEL COMITÉ PARITARIO RESPECTO A LEY N° GESTION DEL COMITÉ PARITARIO RESPECTO A LEY N° Aplicada al acoso sexual laboral Verónica Garfias Alcérreca Arturo Huerta Vidal Ana María Carter Loyola Octubre 2008

COMO ENFRENTAR UN CASO DE ACOSO SEXUAL LABORAL El acoso sexual EXISTE

ACOSO SEXUAL Fenómeno social de múltiples y diferentes dimensiones Fenómeno social de múltiples y diferentes dimensiones Denunciado por distintas organizaciones e instituciones Denunciado por distintas organizaciones e instituciones Constatado por distintas investigaciones evidenciado su existencia, extensión y gravedad Constatado por distintas investigaciones evidenciado su existencia, extensión y gravedad

O I T “Comportamiento de carácter sexual no deseado por la persona afectada que incide negativamente en su situación laboral provocándole un perjuicio.” “Comportamiento de carácter sexual no deseado por la persona afectada que incide negativamente en su situación laboral provocándole un perjuicio.”

Acoso Sexual Se contempla la conducta sexual en amplio sentido y trasgrediendo la libertad individual Se contempla la conducta sexual en amplio sentido y trasgrediendo la libertad individual

TIPIFICACION Acoso Sexual Conducta seductora Chantaje sexual Coacción sexual Ataque o asalto sexual DISCRIMINACION Relaciones de poder, subordinación y dependencia.

SITUACIONES ACOSADO Y ACOSADOR Coartar la posibilidad de comunicación con el resto de los trabajadores. Coartar la posibilidad de comunicación con el resto de los trabajadores. Cambio a una posición menos grata. al interior de la Unidad Cambio a una posición menos grata. al interior de la Unidad Limitar al resto de los trabajadores a interactuar con la persona acosada solo en materias de índole laboral Limitar al resto de los trabajadores a interactuar con la persona acosada solo en materias de índole laboral

Situaciones Acosado y Acosador Cambio de tareas habituales a otras de menor importancia. Cambio de tareas habituales a otras de menor importancia. Rechazo sistemático de su trabajo Rechazo sistemático de su trabajo Limitar acceso a herramientas u otros instrumentos necesarios para realizar su trabajo Limitar acceso a herramientas u otros instrumentos necesarios para realizar su trabajo

Al derecho de intimidad Al derecho de intimidad Al derecho de no discriminación Al derecho de no discriminación A la integridad física y psíquica. A la integridad física y psíquica. Es una violación Es una violación

Acoso Sexual en el trabajo Requerimientos de carácter sexual, que un hombre o una mujer realizan a otra persona Requerimientos de carácter sexual, que un hombre o una mujer realizan a otra persona Sin su consentimiento Sin su consentimiento Amenazan su situación laboral u portunidades en el empleo Amenazan su situación laboral u portunidades en el empleo

Conductas consideradas como acoso sexual en el ámbito laboral: Reiterados gestos y comentarios de connotación sexual Apretones de hombro, abrazos, roces aparentemente casuales Proposiciones de carácter sexual y/o amenazas que se relacionan con mejoramientos y/o ascensos en el trabajo Lenguaje sexual de tipo obseno o chistes subidos de tono

Una denuncia en el lugar de trabajo Un caso en nuestra Facultad, nos obligó a interiorizarnos de la situación e investigar, Un caso en nuestra Facultad, nos obligó a interiorizarnos de la situación e investigar, Conocer la Ley ….y Conocer la Ley ….y TRABAJAR PARA LOGRAR NUESTRO PROPIO REGLAMENTO. TRABAJAR PARA LOGRAR NUESTRO PROPIO REGLAMENTO.

ACOSO VIOLACION HOSTIGAMIENTO Es un problema social y cultural que tiene graves efectos psicosociales y económicos

EFECTOS PSICOSOCIALES TENSION CONSTANTE POR LAS PRESIONES EFECTUADAS INFLUYE EN LA SALUD MENTAL Y FISICA LOS HOMBRES TAMBIEN LO SUFREN

Efectos económicos AFECTA LA PRODUCTIVIDAD OCURRE EN TODOS LOS NIVELES SOCIALES Y LABORALES UN NÚMERO IMPORTANTE RENUNCIA A SU EMPLEO PARA TERMINAR EL CONFLICTO

EN AMERICA LATINA TASA DE PARTICIPACION FEMENINA EN EL MERCADO LABORAL

HECHOS ACTUALES 2003 : Alcaldía de Montevideo incorporó la figura de acoso sexual a sus estatutos 2003 : Alcaldía de Montevideo incorporó la figura de acoso sexual a sus estatutos 2007 : entre el 30% y el 50% de las trabajadoras de América Latina ha sufrido alguna vez acoso sexual de diversa gravedad en su lugar de trabajo (OIT) : entre el 30% y el 50% de las trabajadoras de América Latina ha sufrido alguna vez acoso sexual de diversa gravedad en su lugar de trabajo (OIT) : Brasil, Costa Rica y Ecuador comienzan ha adoptar medidas en este sentido : Brasil, Costa Rica y Ecuador comienzan ha adoptar medidas en este sentido. Argentina y Uruguay están desarrollando una legislación específica. Argentina y Uruguay están desarrollando una legislación específica.

POR QUE SUCEDE? Incorporación de las mujeres al mercado laboral. QUE EXIGE LA JUSTICIA? Garantías para el ejercicio del derecho al trabajo remunerado para las mujeres. Necesidad de modificar la cultura laboral.

Total Denuncias 321 Empleador 52 No Determinado 29 Par 135 Superior 105 Denuncias según sujeto acosador Año 2006

¿Que dice la Ley ? Las relaciones laborales deberán fundarse en un trato compatible con la dignidad de la persona. Es contrario a ellas, las conductas de hostigamiento que una persona realice en forma indebida y requerimientos de carácter sexual por cual medio …. Introduce modificaciones a la legislación laboral: Código del Trabajo y Estatuto Administrativo

Algunos elementos para el reglamento interno: requisitos Constar por escrito Estricta reserva Garantía que ambas partes sean oídas y puedan fundamentar sus dichos Las conclusiones deberán enviarse a la Inspección del Trabajo respectiva

¿Qué puede hacer una víctima de acoso sexual en el lugar de trabajo? Efectuar sus reclamos por escrito a la dirección de la empresa Efectuar sus reclamos por escrito a la dirección de la empresa Al servicio en donde trabaje o Al servicio en donde trabaje o A la Inspección del Trabajo A la Inspección del Trabajo Empleador que recibe la denuncia puede elegir entre llevar a cabo la investigación o derivarla a la Inspección del Trabajo. Empleador que recibe la denuncia puede elegir entre llevar a cabo la investigación o derivarla a la Inspección del Trabajo.

ATREVERSE A DENUNCIAR La Dirección del Trabajo elaboró, un modelo de formato, que sirve de base para las modificaciones que deban realizarse en esta materia.

¿Qué debe hacer el trabajador/a cuando el acosador es su empleador/a? Acudir al Tribunal del Trabajo respectivo, poner término al contrato de trabajo y demandar el pago de las indemnizaciones Acudir al Tribunal del Trabajo respectivo, poner término al contrato de trabajo y demandar el pago de las indemnizaciones Puede solicitar el incremento del 80% en sus indemnizaciones legales si el empleador no dio cumplimiento al procedimiento por acoso sexual. Puede solicitar el incremento del 80% en sus indemnizaciones legales si el empleador no dio cumplimiento al procedimiento por acoso sexual.

NORMAS SOBRE INVESTIGACIÓN Empleador Acosador Denuncia ante Inspección Trabajador Acosador Denuncia ante Empleador Denuncia ante Inspección

EL PROCEDIMIENTO. Investigación formal Investigación formal Citación del demandante y el demandado por separado Citación del demandante y el demandado por separado Medidas de resguardo en la investigación Medidas de resguardo en la investigación Traslado de la persona acosada Traslado de la persona acosada Otros a determinar por el mediador Otros a determinar por el mediador

MEDIDAS Y SANCIONES Al trabajador acosador Al empleador acosador Al trabajador que invoca falsamente la causal de acoso sexual

EL INFORME CON LAS CONCLUSIONES DE LA INVESTIGACIÓN Incluidas las medidas y sanciones propuestas Deberá estar terminado y entregado a la autoridad máxima a más tardar el día veinte contados desde el inicio de la investigación Notificada, en forma personal, a las partes : el día veinte Estos plazos deben enmarcarse en los treinta días que se tienen para remitir las conclusiones a la Inspección del Trabajo

Puede ser aumentada en un 80% si: Se trata del empleador acosador Empleador no hubiera observado el procedimiento que estipula el Código del Trabajo. Indemnización

INCORPORACION DEL TEMA AL REGLAMENTO INTERNO COMPAR FEN COMISIONES DE TRABAJO Conveniente establecer un anexo dentro del reglamento interno de Higiene y Seguridad. Conveniente establecer un anexo dentro del reglamento interno de Higiene y Seguridad. Amplio, sin indicación de la condición de superioridad o inferioridad que presenten los involucrados.

OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR: Reglamento interno en las empresas de más de 10 trabajadores.- (reglamentos de orden, higiene y seguridad) debe contener: Normas de garantía para un ambiente laboral digno y de mutuo respeto entre trabajadores. Procedimiento explícito para el caso de denuncia de acoso sexual.

Un comienzo para nuestro Reglamento Un tema tabú hasta hace 20 años a nivel mundial Un tema tabú hasta hace 20 años a nivel mundial Se plantea a nivel Universidad y nos hace responsables de erradicarlo…… si fuera posible…. Se plantea a nivel Universidad y nos hace responsables de erradicarlo…… si fuera posible…. ANTOFAGASTA – CHILE ANTOFAGASTA – CHILE OCTUBRE 2008 OCTUBRE 2008

BIBLIOGRAF Í A ACOSO SEXUAL : [ sexual/biblio.html Reglamento especial de procedimiento, medidas y sanciones de conductas propias de acoso sexual / Universidad de Concepci ó n sexual.pdf Visitado: 09 agosto 2008 DERECHO DE LAS RELACIONES LABORALES / Francisco Walker E. Universitaria. 1ra. Ed. Santiago, Chile, p DISCRIMINACI Ó N LABORAL : aspectos doctrinarios y situaci ó n en Chile / Karla Yasmin Carmona Martin y Hugo Fernando Veliz Fuenzalida ; profesor gu í a ; Francisco Walker Errazuriz. Santiago, vi, 149 h.p. 29 – 38 M C287d 2005 Tesis FEN

BIBLIOGRAFÍA EL ACOSO SEXUAL: UNA VISIÓN DESDE LA OIT / Guillermo Pérez V. Santiago, Visita al sitio : : 28 julio LEY NUM , TIPIFICA Y SANCIONA EL ACOSO SEXUAL Publicada en el Diario Oficial el 18 de marzo de 2005 SITIOS VISITADOS content/uploads/2007/05/escuela-sindical-ii.ppt. content/uploads/2007/05/escuela-sindical-ii.ppt Toolkit Media Group, a Wolters Kluwer business. Amercica O+SEXUAL&search_focus=1&submit=B%C3%BAsqueda. amc octubre 2008