LA FORMACIÓN Y EL TRABAJO DEL PERSONAL DE SALUD, EN EL PROYECTO DE LEY ESTATUTARIA EN SALUD DE LA CSR Saúl Franco. MD. Ph.D. Vocero de la Comisión de Seguimiento.

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Transcripción de la presentación:

LA FORMACIÓN Y EL TRABAJO DEL PERSONAL DE SALUD, EN EL PROYECTO DE LEY ESTATUTARIA EN SALUD DE LA CSR Saúl Franco. MD. Ph.D. Vocero de la Comisión de Seguimiento y de Reforma Estructural del SSSS, CSR. Docente-investigador, Universidades Nacional de Colombia y Santo Tomás. Presentación en el Panel: Posiciones frente al Sistema General de Seguridad Social en Salud, e implicaciones para la formación de talento humano en salud. Grupo dinamizador Alianza por la Salud Pública. Secretaría Distrital de Salud de Bogotá, Bogotá, Agosto 2 de 2012.

PLAN DE LA PRESENTACIÓN 1.Elementos del contexto 2.Aspectos básicos del Proyecto de Ley Estatutaria en Salud de la CSR. 3.La formación y el trabajo del personal en salud, en el Proyecto de Ley Estatutaria en Salud de la CSR.

CONTEXTO DEL ACTUAL SISTEMA DE SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL Evidencias cotidianas de la crisis estructural del sistema. Grave deterioro de la salud pública y creciente insatisfacción e indignación de los “usuarios” y de los trabajadores del sector. Gasto bimillonario en salud, pero iliquedez de EPS e IPS y negación sistemática de servicios. Múltiples, insuficientes e ineficientes medidas paliativas. Riesgo de estrategia de “salvamento” de las EPS –FOGASA-. Débiles mecanismos de vigilancia, control y veeduría.

CONTEXTO DEL ACTUAL SISTEMA DE SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL Múltiples esfuerzos por reformar de fondo el SSSS. Pero dispersos y segmentarios. Creciente movilización social en contra del SSSS. Pero desarticulada, sectorial y regional. Proyecto de Ley estatutaria en Salud, elaborado por la Comisión de Seguimiento a la Sentencia T-760 y de Reforma Estructural del SSSS, CSR.

CONTEXTO DE LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO Y REFORMA,CSR. La Comisión de Seguimiento a la Sentencia T-760 y de Reforma Estructural al Sistema de Salud y Seguridad Social en Colombia, CSR, fue creada en junio de 2010 y tiene el carácter de Asesora de la Corte Constitucional, CC, en su Comisión Especial de Seguimiento a dicha sentencia. Está integrada por académicos de diferentes Universidades – Nacional de Colombia, de Antioquia, Javeriana, Santo Tomás - y por miembros de organizaciones gremiales, sociales, populares y de pacientes, tales como Ifarma, Viva la Ciudadanía, Movimiento Nacional por la Salud y la Seguridad Social, Assalud, Cómo vamos en Salud y Organizaciones de Mujeres. Hasta ahora, la CSR ha presentado cuatro informes a la CC, ha participado en las audiencias públicas convocadas por ella, elaboró un documento base - denominado Pacto Social por el Derecho a la Salud-, ha participado en diferentes movilizaciones por el derecho a la salud y ha mantenido un análisis y debate permanentes sobre la situación y los ajustes al SSSS. Para la formulación del Proyecto de Ley estatutaria, la CSR ha trabajado continua y sistemáticamente, con la asesoría de juristas, economistas, administradores, pacientes y expertos en políticas públicas.

PROYECTO DE LEY ESTATUTARIA EN SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL ESTRUCTURA BÁSICA DEL PROYECTO. SÓLO VEINTE ARTÍCULOS Y TRES CAPÍTULOS, ASÍ: CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO II: DE LOS CRITERIOS PARA EL RESPETO, PROTECCIÓN Y GARANTÍA DEL DERECHO A LA SALUD CAPÍTULO III: PERÍODO, DISPOSICIONES DE TRANSICIÓN Y VIGENCIA.

PROYECTO DE LEY ESTATUTARIA EN SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL POSTULADOS FUNDAMENTALES El reconocimiento efectivo de la salud como un derecho humano fundamental, y no como un negocio. La caracterización del Estado como garante de dicho derecho a la salud - en cuanto lo respeta, protege y garantiza - y no como árbitro pasivo del mercado. La atención integral a la salud, sin paquetes de beneficios; con amplia visión de salud pública; redes integradas para la prestación de servicios preventivos, de atención con calidad a las enfermedades, y de promoción de la salud basadas en la Estrategia de Atención Primaria en Salud, en las cuales puede participar el sector privado, El carácter esencialmente intersectorial de la salud, que obliga a la coherencia de las políticas económicas, fiscales, de educación, vivienda, empleo, trabajo, tierras, alimentación, información y ciencia y tecnología, entre otras. El reconocimiento real de las diferencias regionales, urbano-rurales, culturales, étnicas, de edad y género de la población colombiana, y de las implicaciones de dicha diversidad para la comprensión y el enfrentamiento de los problemas de salud.

PROYECTO DE LEY ESTATUTARIA EN SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL COMPONENTES ESENCIALES DEL DERECHO A LA SALUD (Art.2) El derecho a la vida, entendido como las condiciones y medios para el disfrute de una vida digna. El derecho de las personas y las comunidades a ejercer su libertad y autonomía para controlar su salud y su cuerpo. El derecho a morir dignamente y aceptar o rechazar procedimientos y sufrimientos en procesos de atención. El derecho a la no discriminación racial, étnica, de género o económica en materia de salud. El derecho a no ser sometido a torturas ni a tratamientos y experimentos médicos no consensuados. El derecho a acceder a agua potable y a condiciones sanitarias adecuadas. El derecho a acceder a alimentos sanos y la nutrición adecuada.

PROYECTO DE LEY ESTATUTARIA EN SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL COMPONENTES ESENCIALES DEL DERECHO A LA SALUD El derecho a una vivienda digna, adecuada y saludable. El derecho a condiciones saludables y dignas en el trabajo. El derecho a un ambiente sano. El derecho a la educación adecuada y a la información sobre asuntos relacionados con la salud. El derecho a acceder a los bienes y servicios de salud que se requieran con necesidad, de carácter preventivo, curativo y de rehabilitación. El derecho a participar, de manera individual o colectiva, en todo el proceso de adopción, implementación seguimiento y evaluación de decisiones sobre las cuestiones relacionadas con la salud.

PROYECTO DE LEY ESTATUTARIA EN SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL PRINCIPIOS ORIENTADORES DEL DERECHO A LA SALUD (Art.4) Universalidad: en todos los componentes esenciales definidos en esta Ley, a toda la población del país. Equidad y Solidaridad: es la combinación del aporte individual y colectivo según la capacidad, con la respuesta social e institucional según la necesidad, para la superación de las desigualdades injustas y evitables en salud. Accesibilidad: es la puesta al alcance de las personas y las comunidades, de los bienes, servicios y condiciones que contribuyen al goce de una vida sana. Aceptabilidad: es la adecuación de los establecimientos, bienes, servicios y condiciones de vida a las necesidades de salud de las personas y comunidades.

PROYECTO DE LEY ESTATUTARIA EN SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL PRINCIPIOS ORIENTADORES DEL DERECHO A LA SALUD Calidad: es el conjunto de características de los bienes, servicios y condiciones, valoradas como las mejores en cada momento y contexto, según la experiencia y el conocimiento socialmente disponible. Disponibilidad: es la oferta suficiente y adecuada de establecimientos, programas y personal calificado de salud y calidad de vida, según las necesidades individuales y colectivas de las poblaciones. Interculturalidad: es el respeto por las diferencias culturales existentes en el país y en el ámbito global, así como el esfuerzo por construir mecanismos que integren tales diferencias en la salud, a partir del reconocimiento de los saberes, prácticas y medios

PROYECTO DE LEY ESTATUTARIA EN SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL CRITERIOS PARA LA GARANTÍA DEL DERECHO A LA SALUD Libertad de escogencia de bienes y servicios, con adecuadas formación e información (Art. 5). Establecer mecanismos y procedimientos para hacer efectivo el derecho a morir dignamente y a aceptar o rechazar procedimientos y sufrimientos en el curso de la atención (Art. 6). Obligatoriedad para el Estado de definir e implementar periódicamente políticas y programas de salud, basados en un diagnóstico de la situación de salud, que afecten los determinantes sociales, con indicadores de salud y bienestar, y de carácter sectorial e intersectorial (Art.7). Control político por parte del Congreso de la República y rendición de cuentas por parte del Gobierno.

PROYECTO DE LEY ESTATUTARIA EN SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL CARACTERÍSTICAS DEL SISTEMA ÚNICO DESCENTRALIZADO DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD –SUDSSS- (Art. 8) Acceso universal, sin barreras y no sujeto a la capacidad de pago. Financiamiento Público, con recursos parafiscales –cotizaciones obligatorias- y fiscales, del orden nacional, departamental y municipal. Se eliminan la intermediación financiera, las cuotas moderadoras y los copagos. Se crea un Fondo Único de Seguridad Social en Salud, con destinación específica, administrados de manera descentralizada con base en territorios de salud. Habrá una Central Única de Recaudo. La prestación de los servicios será de carácter mixto, con criterios de complementariedad público-privada, sin monopolios, basada en el concepto de atención integral, y prestada mediante Redes Integradas de Servicios de Salud

PROYECTO DE LEY ESTATUTARIA EN SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL CARACTERÍSTICAS DEL SUDSSS. Garantía de trabajo digno (estabilidad, calidad, autonomía, educación continuada)en todo el Sistema (Art. 8, 5). Articulación del SUDSSS con el sistema de educación mediante política de formación en salud: formal e informal, en todos los niveles, y coherente con las necesidades en salud de la población, el desarrollo económico, los avances científico-tecnológicos, y la interculturalidad ( Art. 8.7) Articulación del SUDSSS con los sistemas de ciencia y tecnología e innovación y con los políticas de empleo, nutrición, y evaluación tecnológica en salud. Definición e implementación de un sistema único, integrado y público de información en salud.

PROYECTO DE LEY ESTATUTARIA EN SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL Acerca de la Autonomía de los profesionales de la salud: Diferencia fundamental con los intentos de la Emergencia Social en Salud – art. 23 de la fallida Ley 131 de que la entendía como “la prerrogativa que la sociedad les confiere para autorregularse, de acuerdo con lo establecido en este artículo, mediante estándares que una vez adoptados, son de obligatorio cumplimiento”. Y con los artículos 104 y 105 de la Ley 1438 de 2011, que la plantea como “el derecho a opinar con respecto a la atención y tratamiento de sus pacientes…”

PROYECTO DE LEY ESTATUTARIA EN SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL Acerca de la Autonomía de los profesionales de la salud Bases de la autonomía:. Solvencia en el conocimiento disponible. Criterio profesional. Autorregulación según la deontología profesional. Valor relativo de las Guías de Atención (Art. 8, Parágrafo 3).

PROYECTO DE LEY ESTATUTARIA EN SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y SOCIAL EN EL SUDSSS (Art.14) Se ejercerá en los procesos de: toma de decisiones, ejecución, seguimiento y evaluación en salud, por parte de las personas y organizaciones. Presencia en los Organismos de Rectoría y Dirección del Sistema. El CNSSS reglamentará las instancias y mecanismos para su ejercicio, en los ámbitos de la exigibilidad del derecho y de las políticas de salud. RESPONSABILIDAD SOCIAL EN SALUD (Art. 15) Comprende a las personas naturales y jurídicas, de carácter público o privado, y deriva de las consecuencias de sus actos o actividades productivas sobre la salud y las condiciones de vida de otras personas o comunidades

PROYECTO DE LEY ESTATUTARIA EN SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL PERÍODO DE TRANSICIÓN Será máximo de dos años a partir de la vigencia (Art. 18). En el primer trimestre de vigencia se conformará el CNSSS. Las actuales EPS continuarán recaudando los aportes hasta tanto entre en funciones la Central Única de Recaudo (Art. 19). Las actuales EPS y ARP seguirán ejerciendo el aseguramiento mientras entra en funcionamiento el Fondo Único de Seguridad Social en Salud. Esta Ley Estatutaria DEROGA todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial los Libros segundo y tercero de LA LEY 100 DE 1993 y las Leyes 1122de 2007 y 1438 de 2011 (Art. 20).

PROYECTO DE LEY ESTATUTARIA EN SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL Necesidad del estudio, debate, acuerdo y apoyo nacional - con fuerte componente regional - para el proyecto. Importancia de la participación activa de todas las organizaciones políticas, sociales, académicas, sindicales, gremiales y populares que compartan el Proyecto. Necesidad de movilización social organizada, constante y masiva para darle legitimidad y hacerlo viable. Una Alianza Nacional por un Nuevo Sistema de Salud, ANUS, puede ser el mecanismo adecuado para la organización, la sinergia y la conducción de la movilización a favor del proyecto.