Código Fiscal de la Federación 2014 Verificar estructura y artículos
El proporcionado a los bancos e instituciones financieras. DOMICILIO FISCAL El proporcionado a los bancos e instituciones financieras. Incorrecto o no localizado. Presunción.
MEDIOS ELECTRÓNICOS Fiel Factura electrónica
CERTIFICADO DE SELLO DIGITAL Omitan presentar tres o más declaraciones periódicas consecutivas o seis no consecutivas. Contribuyente no localizado o desaparecido. No presente contabilidad, o comprobantes que amparen operaciones inexistentes simuladas o ilícitas. Infracciones fiscales
BUZÓN TRIBUTARIO Sistema de comunicación electrónico para Notificaciones Solicitudes Avisos Requerimientos Promociones Vigente: a partir del 30 de junio de 2014 para las personas morales y el 1 de enero de 2015 para las personas físicas.
DICTAMEN FISCAL Optativo Ingresos superiores a $ 100, 000, 000.00 Activo superior a $79, 000, 000.00 Por lo menos 300 trabajadores en cada uno de los meses.
DICTAMEN FISCAL Si se opta por el dictamen ya no hay obligación de presentar declaración informativa sobre su situación fiscal
DECLARACIÓN INFORMATIVA SOBRE SU SITUACIÓN FISCAL PM con ingresos acumulables iguales o mayores a 644,599,005.00 pesos. Sociedades mercantiles que pertenezcan al régimen fiscal opcional para grupos de sociedades.
DECLARACIÓN INFORMATIVA SOBRE SU SITUACIÓN FISCAL Paraestatales de la APF. PM residentes en el extranjero con EP en el país. PM residente en México por operaciones llevadas a cabo con residentes en el extranjero.
En medios electrónicos. CONTABILIDAD En medios electrónicos. El contribuyente ingresará mensualmente su información contable a través de este portal de internet.
FACULTADES DE COMPROBACIÓN Revisiones electrónicas
1.- Notifican hechos en una resolución provisional. DESARROLLO 1.- Notifican hechos en una resolución provisional. 2.- Se requiere al contribuyente para que en un plazo de 15 días manifieste lo que a su derecho convenga y ofrezca pruebas.
DESARROLLO 3.- Si paga en este plazo la multa será del 20% de las contribuciones omitidas. 4.- Recibidas y analizadas las pruebas la autoridad puede efectuar un segundo requerimiento o una compulsa.
DESARROLLO 5.-Si se exhiben pruebas la autoridad cuenta con 40 días para emitir y notificar la resolución al contribuyente. 6.-Si no se aportan pruebas en el plazo de 15 días o no se desvirtúen los hechos la resolución provisional se vuelve definitiva y se exige mediante el PAE.
ACUERDOS CONCLUSIVOS Medio alternativo de solución de controversias. Se aplica a: Revisiones en el domicilio de las autoridades Visitas domiciliarias Revisiones electrónicas.
ACUERDOS CONCLUSIVOS Se tramita ante la PRODECON Cuando no se esté de acuerdo con: Hechos última acata parcial Acta final Oficio de observaciones O Resolución provisional.
PRODECON PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE
PRODECON Atención Telefónica 1205 • 9000 Lada sin costo 01800 611 0190 Horarios de atención Lunes a viernes de 9:00 a 17:00 Hrs. Correo electrónico atencionalcontribuyente@prodecon.gob.mx La información y/o documentación podrá enviarla, digitalizada o escaneada, en archivo comprimido que no supere los 13 megabytes
INFRACCIONES No presentar o presentar de manera incompleta la declaración informativa sobre su situación fiscal. No demostrar la existencia de las operaciones amparadas por los comprobantes fiscales emitidos por sus proveedores, relacionadas con el IVA.