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FACTURACIÓN ELECTRÓNICA
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE FINANZAS Y SISTEMAS
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QUE ES UN CFDI Los contribuyentes tienen la obligación de emitir comprobantes fiscales mediante documentos fiscales digitales por internet, ahora denominados CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet).
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QUIENES ESTÁN OBLIGADOS A LA FACTURACIÓN ELECTRÓNICA.
Conforme al artículo 29 del Código Fiscal de la Federación, todos los contribuyentes están obligados a emitir comprobantes fiscales digitales a través de internet, a partir del 1 de abril de 2014. Fundamento legal que pueden consultar: Art. 28, 29 del Código Fiscal de la Federación y Reglas de la Miscelánea Fiscal 2014.
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CONCEPTOS POR LOS QUE SE EMITIRÁ FACTURACIÓN ELECTRÓNICA.
Por comisiones Por apoyos para gastos ( Estímulos) (Fondo de Garantía) Por incentivos
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LOTENAL PAC Valida y certifica
Recibe XML del OV y envía al PAC Regresa a LOTENAL el XML validado PAC Valida y certifica FLUJO DE VALIDACIÓN Y RESGUARDO DE LOS CFDI LOTENAL resguarda y almacena por el período establecido por Ley XML Archivo en formato de base de datos PAC Proveedor Autorizado de Certificación
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FECHAS LÍMITE Y PLAZOS PARA LA RECEPCIÓN DE LOS CFDI.
A partir del 1 de junio de 2014, los Ovs deberán remitir sus CFDI a LOTENAL, correspondiente a cada uno de los sorteos, por COMISIONES, así como por el Estímulo, la factura electrónica por la Comisión y el Estímulo (2%), deberá identificar en la misma el número de sorteo y concepto, a más tardar al octavo día hábil siguiente a la fecha de cierre del sorteo. Se tendrán 60 días para el envío de las facturas por sorteo, correspondientes al período enero-mayo de 2014.
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FECHAS LÍMITE Y PLAZOS PARA LA RECEPCIÓN DE LOS CFDI.
En el caso de los Incentivos, por pronto pago y por productividad, A partir del 1 de junio de 2014, los OVs deberán remitir sus CFDI a LOTENAL, la factura electrónica por éstos conceptos de manera mensual, identificando en la misma el número de sorteo, el concepto del incentivo y el monto de cada concepto, por los incentivos pagados en el mes anterior, dentro de los diez días hábiles posteriores al cierre del mes correspondiente.
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FECHAS LÍMITE Y PLAZOS PARA LA RECEPCIÓN DE LOS CFDI.
En el caso de los Incentivos, por pronto pago y por productividad, al igual que en el punto anterior, se tendrán 60 días para que hagan llegar a la LOTENAL, las facturas electrónicas por los incentivos pagados en el período enero-mayo de 2014.
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FECHAS LÍMITE Y PLAZOS PARA LA RECEPCIÓN DE LOS CFDI (Solo Billeteros).
De los puntos anteriores, en el caso de los Billeteros, (Comisionistas personas físicas inscritos en el RIF), a partir del 1 de julio (o de la fecha en que se registren al RFC), deberán enviar a la LOTENAL, los CFDI por las comisiones, fondo de garantía e incentivos.
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