SECRETARIA DE EDUCACION PARA LA CULTURA DE ANTIOQUIA MESA INTEGRAL DE SERVICIOS FINEA
ADMINISTRACIÓN DE FONDOS DE SERVICIOS EDUCATIVOS (FSE)
MÓDULO II: PRESUPUESTO Y FINANZAS INTENSIDAD HORARIA: OBJETIVO GENERAL: Brindar a los Rectores y Directores Rurales elementos normativos y prácticos que les permitan la adecuada administración de los Fondos de Servicios Educativos. OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Identificar los elementos que sirven para la toma de decisiones en la administración financiera. Reconocer los componentes del proceso de apertura, ejecución y cierre presupuestal.
COMPETENCIAS: Finalizada la capacitación, los ordenadores del gasto estarán en capacidad de: Aplicar correctamente los conceptos y normas del proceso presupuestal. Apoyar la administración eficiente de los Recursos Públicos. Interpretar los resultados que arrojan los registros presupuestales.
CONTENIDOS MÓDULO II: Presupuesto y Finanzas. 1. Conformación del Presupuesto. 2. Preparacion del Presupuesto 3. Distribución de gastos permitidos para los Fondos de Servicios Educativos 4. Modelo de Presupuesto para los Fondos de Servicios Educativos (FSE). 5. Preparación del Presupuesto (TALLER). 6. Prohibiciones en la Ejecución del gasto
PRESUPUESTO (Artículo 7, Decreto 4791 – Decreto 111 de 1996 Estatuto orgánico de presupuesto) Es el instrumento de Planeación financiera mediante el cual se programan los ingresos desagregado a nivel de grupos y fuentes de ingresos y los gastos desagregado en funcionamiento a nivel de rubros, e inversión a nivel de proyectos, para una vigencia Fiscal.
HOMEOSTASIS PRESUPUESTAL PRINCIPIOS PRESUPUESTALES (decreto 111 de 1996 estatuto orgánico de presupuesto) PRINCIPIOS ANUALIDAD PLANIFICACION UNIVERSALIDAD UNIDAD DE CAJA PROGAMACION INTEGRAL ESPECIALIZACION INEMBARGABILIDAD HOMEOSTASIS PRESUPUESTAL
CONFORMACIÓN DEL PRESUPUESTO (ART. 8 y 9, Decreto 4791) PRESUPUESTO DE INGRESOS Clasificación de los Ingresos aplicable a FSE Ingreso por venta de servicios. Ingreso por explotación de bienes o productos. Ingreso por reintegros. OPERACIONALES TRANSFERENCIAS DE RECURSOS PÚBLICOS Transferencias Nacionales, Departamentales y Municipales. Otros recursos de Capital (Recursos del balance, rendimientos financieros, donaciones, etc.) RECURSOS DE CAPITAL
PRESUPUESTO DE GASTOS O APROPIACIONES Clasificación de los Gastos aplicable a FSE GASTOS DE FUNCIONAMIENTO SERVICIOS INDIRECTOS Servicios Técnicos. Jornales y Honorarios GASTOS DE PERSONAL Compra de Bienes y Servicios. Gastos Legales GASTOS GENERALES GASTOS DE INVERSION
Disposiciones Generales del Presupuesto del Fondo de Servicios Educativos Es el conjunto ordenado de normas, criterios y metodologías, que a partir de su Estatuto Orgánico, el Plan Estratégico Institucional y el Programa de Operaciones Anual, se regula el proceso de Estructuración Organizacional del establecimiento educativo, contribuyendo al logro de sus objetivos. Objetivo Es optimizar la Estructura Organizacional del establecimiento educativo, reorientándola para prestar un mejor servicio a los usuarios, de forma que acompañe eficazmente los cambios que se producen en la misma.
PREPARACIÓN DEL PRESUPUESTO 1. PROGRAMACION Presupuesto de ingresos Presupuesto de gastos 2. PRESENTACION Del Proyecto Presupuestal ante el Consejo Directivo para su aprobación 3. ESTUDIO Y APROBACION Por parte del Consejo Directivo 4. LIQUIDACION Corresponde al ordenador proferir acuerdo de liquidación del presupuesto aprobado. El acto administrativo es la carta de presentación del presupuesto que regirá la próxima vigencia fiscal
DISTRIBUCION DE GASTOS PERMITIDOS EN FSE La distribución de los gastos debe regirse de acuerdo a la ley 715 de 2001, al decreto 4791 de 2008 y a la guía ministerial, de igual forma el documento aclaratorio de cada uno de los conceptos con su respectiva normatividad.
MODIFICACIONES PRESUPUESTALES ADICIONES Dineros que Modifica el monto total del presupuesto. TRASLADOS Modificaciones que no varían el monto total del presupuesto. DISMINUCIONES Decisión definitiva de no ejecutar un monto determinado de gastos.
EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO (Art. 10, Decreto 4791) Debe realizarse con sujeción a lo determinado en la Ley 715 de 2001, al decreto 4791 de 2008 y las disposiciones territoriales expedidas en materia presupuestal. En todo caso, deben observarse las normas vigentes en materia de austeridad del gasto y las que en adelante las modifiquen.
EJERCICIO PRACTICO DE PRESUPUESTO Ingresos para el año fiscal: Certificados y constancias $ 1.500.000 Transferencias; CONPES $ 7.000.000 Bienvenidos a Clase $ 5.000.000 Gastos para el periodo fiscal: Jornales $ 1.000.000 Materiales y suministros $ 4.500.000 Mantenimiento de Infraestructura $ 4.000.000 Impresos y Publicaciones $ 1.000.000 Actividades culturales y deportivas $ 3.000.000
PROHIBICIONES EN LA EJECUCIÓN DEL GASTO (Art. 13, decreto 4791 de 2008) OTORGAR DONACIONES SUBSIDIOS RECONOCER GASTOS INHERENTES A LA ADMINISTRACIÓN DE PERSONAL CONTRATAR SERVICIOS DE ASEO Y VIGILANCIA
CICLO DE EJECUCIÓN PRESUPUESTAL Certificado de Disponibilidad presupuestal – CDP Registro presupuestal – RP Recibido a satisfacción Orden de pago Ejecución del Gasto
MUCHAS GRACIAS…