EL NUEVO SISTEMA TRIBUTARIO Cr. Nelson Hernández Director General de Rentas 15 DE MAYO DE 2007.

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Transcripción de la presentación:

EL NUEVO SISTEMA TRIBUTARIO Cr. Nelson Hernández Director General de Rentas 15 DE MAYO DE 2007

El sistema tributario y la sociedad Estructura productiva (inversión, competitividad) Estructura distributiva Empleo (mercado laboral, Informalidad, Seg. Social) Equidad Sociedad Sistema tributario

Sistema Tributario En el flujo circular del gasto y los ingresos de la sociedad el sistema tributario determina puntos de impacto. (Musgrave) Es parte del escenario en el que los agentes económicos toman sus decisiones de inversión, de endeudamiento, de consumo, etc

Sistema Tributario El sistema tributario es una parte sustantiva de la actividad financiera del Estado. Es el componente mas importante de algo más general: el conjunto de los recursos públicos. Relevancia desde el punto de vista presupuestal.

Relevancia presupuestal del sistema impositivo - como parte del sistema tributario - Recaudación de la DGI (Como porcentaje de los ingresos del Gobierno Central)

Algunos principios que debe considerar un buen sistema tributario El sistema tributario debe ser estable. Estabilidad no significa inmutabilidad. Dentro del rumbo establecido el sistema tributario debe ser flexible para adecuarse a las distintas concepciones de quienes se alternen el el ejercicio del gobierno y a los cambios en el contexto económico (nacional e internacional). El grado de estabilidad de un sistema tributario es un síntoma de madurez de la sociedad.

Bajo el principio de la capacidad de pago:  Existe una situación de equidad horizontal cuando todas las personas que tienen igual capacidad soportan igual carga tributaria.  Existe una situación de equidad vertical, cuando la carga tributaria es creciente con esta capacidad de pago. Consistencia con la estrategia de inserción internacional y con la inversión (PT). Capacidad recaudatoria (suficiencia) (PT - AT) Eficiencia (PT – AT).  El sistema impositivo debe desviar lo menos posible la asignación óptima de los recursos.  El sistema impositivo debe ser fácil de administrar, con mínimo costo de recaudación. Algunos principios que considera el sistema tributario

¿Qué pasa en el mundo? Tendencia a la simplificación. Los sistemas tributarios modernos suelen comprender: Un impuesto general al consumo (IVA) Un sistema de imposición selectivo sobre hidrocarburos, alcoholes y tabacos. Un sistema de imposición a la renta que comprende un impuesto personal y un impuesto a las actividades lucrativas. Las contribuciones a la seguridad social. Los aranceles.

¿Qué pasa en el mundo? Tendencias Baja de aranceles. Mayor participación del IVA en la recaudación total y aumento de las cargas sociales. Baja de las tasas del Impuesto a la Renta de las Sociedades (En Europa de los 80 la tasa media estaba por encima de 40%, hoy en el 33%). En el IRPF baja en las tasas marginales, ensanchamiento de la base imponible y desgravación o sistema dual sobre las rentas más móviles (rendimientos financieros).

Restricciones internas Es esencial que el sistema sea factible de administrar. En caso contrario se generará la peor inequidad: la vinculada a la evasión. En esta etapa, y en particular en el IRPF, la simplicidad es la clave. La equidad podrá afianzarse cada vez más, en tanto las administraciones tributarias (DGI, BPS, DNA), maximicen su eficiencia.

Evolución del sistema tributario uruguayo En 1974 hubo una fuerte simplificación del sistema tributario, que incluyó la derogación del IRPF. Desde principios de los 80 hasta ahora, el sistema tributario se ha ido modificando con un criterio reactivo. Esta “reactividad” se debe a diferentes causas: –aumentos estructurales del gasto público –caídas del nivel de actividad – crisis económicas –aumentos coyunturales del gasto público

Para hacer frente a esos problemas, se apeló a varios instrumentos: –Aumento de las alícuotas de los impuestos existentes.Aumento de las alícuotas de los impuestos existentes. –Creación de pequeños impuestos que fueron volviendo el sistema cada vez más complejo, generando condiciones propicias para la evasión.Creación de pequeños impuestos que fueron volviendo el sistema cada vez más complejo, generando condiciones propicias para la evasión. Evolución del sistema tributario uruguayo

El nuevo sistema aporta: l Mayor equidad. l Mayor eficiencia. l Estímulo a la inversión productiva y al empleo.

Aspectos distintivos del nuevo sistema tributario Simplificación de la estructura impositiva Reducción del número de impuestos Racionalización de bases y alícuotas Eliminación de exoneraciones Estructura de alícuotas Incorporación de instrumentos tributarios Impuesto a las rentas empresariales Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas Legislación moderna de tributación internacional

Simplificación de la estructura impositiva Estructura tributaria de referencia

Simplificación de la estructura impositiva Estructura tributaria proyectada

Renta empresarial l Gravará rentas de empresas y sociedades comerciales: 25% sobre renta neta. l Regímenes simplificados para PYMES y contribuyentes agropecuarios. l Perfeccionamiento de estímulos a la reinversión y a la inversión de largo plazo.

Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas A spectos Teóricos Básicos Criterios de generalidad en materia de base imponible y alícuotas de modo de introducir elementos de equidad intersectorial. Criterio de fuente versus renta mundial. Inclusión de todas las rentas obtenidas por las sociedades comerciales. Estímulo a la inversión: los beneficios generales (baja generalizada de la tasa de imposición a la renta) y los estímulos vinculados a actividades de inversión específica (reinversiones, declaratoria promocional, etc). Modernización del sistema adecuándolo a las nuevas relaciones económicas internacionales - Precios de transferencia

Derogación de régimen de SAFIS A partir del 1 de julio de 2007: 1.No se inician trámites de aprobación de estatutos ni de constitución de SAFIS y los trámites en curso tienen un plazo 180 días. 2.No se realizan consolidaciones de ISAFI. A partir del 31 de diciembre de 2010: 1.Para ejercicios con cierre posterior al 31 de diciembre de 2010 no es aplica el ISAFI, salvo consolidaciones realizadas antes de 1 de abril de 2006.

IMPUESTO A LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS Características del impuesto: –Anual, con cierre al 31 de diciembre. –Personal  Grava a las personas físicas. –Directo. –Fuente uruguaya.

Administración Sujeto activo: –El Estado representado por la DGI. Agente colaborador: –BPS a través de ATYR Gestión de las retenciones referidas a sus afiliados activos Acuerdo Interinstitucional –DGI - BPS

Rentas comprendidas Sistema dual : Categoría I –Rendimientos del capital. –Incrementos patrimoniales. –Rentas imputadas. Categoría II –Rentas del trabajo.

IMPUESTO A LAS RENTAS DE NO RESIDENTES Rentas comprendidas A.Rentas de actividades empresariales y asimiladas por la enajenación habitual de inmuebles. B.Rendimientos del trabajo. C.Rendimientos del capital. D.Incrementos patrimoniales.

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Se incorpora un nuevo hecho generador: –Agregación de valor originada en la construcción realizada sobre inmuebles en la modalidad de administración No generan ingresos gravados por IVA, ni Rentas computables para IRAE o IMEBA

IMPUESTO AL PATRIMONIO Adecuación de la definición de sujeto pasivo. Eliminación del tributo a las cuentas bancarias con denominación impersonal. Eliminación de la exoneración a las explotaciones agropecuarias no nominativas y no residentes. Modificación del cálculo del ajuar. Cómputo de pasivo financiero ampliado y no condicionado al pago de IMABA. Reducciones de tasas: actuales y futuras.

Muchas gracias