XXI Reunión Ordinaria de la CONAGO 22 de octubre 2004 Puerto Vallarta, Jalisco.

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Transcripción de la presentación:

XXI Reunión Ordinaria de la CONAGO 22 de octubre 2004 Puerto Vallarta, Jalisco

A grícolas Jornaleros SEGURIDAD SOCIAL para trabajadores eventuales del campo

a ntecedentes 1960 Reglamento para el Seguro Social Obligatorio de los Trabajadores del Campo Dos ramos de seguro: Enfermedades y Maternidad y Riesgos de Trabajo Sin mecanismos para garantizar el registro e incorporación al Seguro Social de los trabajadores eventuales del campo por parte de los patrones Ley del Seguro Social (vigente 1 o de Julio de 1997) Reconocimiento del derecho de los trabajadores asalariados en el campo al Régimen Obligatorio del Seguro Social (5 seguros). Reglamento de la Seguridad Social para el Campo Decreto Presidencial (29 de junio) Como respuesta al impacto que generó en el campo mexicano la obligatoriedad del cumplimiento de la Ley del Seguro Social, el decreto estableció las bases para que el IMSS conviniera con el Consejo Nacional Agropecuario (CNA) un esquema de transición gradual Convenio de Bases Generales para el Aseguramiento de los Trabajadores Eventuales del Campo (CNA) Estableció un porcentaje de reversión de la cuota obrero-patronal para el primer año de vigencia del convenio del 60%, ajustable a la baja anualmente hasta llegar al 20% en su último año de vigencia. También permitió un proceso simplificado para la afiliación de los trabajadores y para el acceso a los servicios médicos. El Convenio llegó a su término el pasado 30 de junio.

a ntecedentes Algunas consideraciones:  La Ley Federal del Trabajo reconoce, a favor de los trabajadores, bajo una relación obrero-patronal, el derecho a la seguridad social en los términos que establece la ley en la materia (Ley del Seguro Social).  A su vez, la Ley del Seguro Social define como sujetos de aseguramiento del Régimen Obligatorio a “las personas que de conformidad con los artículos 20 y 21 de la Ley Federal del Trabajo, presten, en forma permanente o eventual … un servicio remunerado, personal y subordinado …”. También, en su artículo 11, la Ley define los cinco seguros que comprende el Régimen Obligatorio.  Un Decreto Presidencial no es el instrumento adecuado para modificar disposiciones en materia de seguridad social establecidas en las leyes Federal del Trabajo, y del Seguro Social.

s ituación actual Durante el período de transición, el monto pagado por un número importante de patrones del campo a la seguridad social fue doblemente subsidiado: por una parte, de acuerdo al porcentaje de reversión convenido con el CNA; y por la otra, por una interpretación unilateral en el sentido de registrar 1 salario mínimo como base de cotización. Con salarios reales, el subsidio le significó al IMSS casi 1,400 millones de pesos. % de descuento sobre la cuota obrero-patronal 60%50%40%30%20%0%

s ituación actual 17 De acuerdo a la última Encuesta Nacional de Empleo, 4.7 millones de personas que viven en el campo sólo cuentan con su mano de obra como fuente de ingreso. De éstos, tan sólo el 17 por ciento es derechohabiente de algún esquema de seguridad social (14% es derechohabiente del IMSS). Persisten actitudes de incumplimiento de un alto porcentaje de patrones del campo, en perjuicio principalmente de los trabajadores eventuales del campo, de sus familias y de los niveles de competitividad de los patrones que cumplen con la Ley. IMSSSAGARPADiferencia Número de patrones7,34181,522-74,181 Trabajadores330,3411,970,014-1,639,673 Desde el 1 o de julio que concluyó el período de transición, los patrones y trabajadores eventuales del campo están sujetos a la Ley del Seguro Social.

s ituación actual Hacia mediados del 2003, a un año del vencimiento del Convenio con el CNA, 128 patrones del campo del estado de Sinaloa (9% del total) decidieron unilateralmente suspender sus pagos al IMSS como mecanismo de presión para prorrogar el convenio o suscribir uno nuevo. En respuesta, el IMSS inició durante el primer semestre del presente año, actos de fiscalización (auditoras y embargos precautorios de cuentas bancarias) a 40 registros patronales. A la fecha, solamente 14 registros patronales de los 128 originales se encuentran en proceso de regularización. De los 128 registros patronales que se declararon en suspensión de pagos, a raíz del vencimiento del convenio con el CNA el pasado 30 de junio, 71 han presentado juicio de amparo en contra de la obligación de cotizar conforme lo establece la Ley del Seguro Social. En el estado de Baja California un patrón ha presentado juicio de amparo por la misma razón. Suspensión de pagos y juicios de amparo

s ituación actual Iniciativas ingresadas al Congreso de la Unión para modificar la Ley del Seguro Social Fecha de Presentación Principales Características Impacto al PEF (millones anuales) Senador Jose Bonilla Noviembre 2003 a.Subsidio del 100% al Seguro de Enfermedades y Maternidad b.Trabajadores en empaques son eventuales del campo $929 Senador Salvador Becerra Rodríguez Junio 2004 a.20% descuento en Seguro de Enfermedades y Maternidad, o salario de cotización a razón de 1 salario mínimo b.Pensión mínima garantizada a las 750 semanas de cotización $440 Senador Hector Michel Julio 2004 a.Prórroga del Decreto Presidencial de 1998 hasta junio del 2006 $440

i niciativa Iniciativa de Ley Definición Cobertura Subrogación Esquemas de pago adecuados Incentivos a la productividad Mecanismos para asegurar cumplimiento Simplificación Administrativa La propuesta de iniciativa para reformar la Ley del Seguro Social y su Reglamento tiene como objetivo que la seguridad social sea un derecho al que accedan efectivamente los trabajadores eventuales del campo, mediante disposiciones orientadas a: simplificar el cumplimiento de las obligaciones; reducir el costo a cargo de patrones; ampliar la cobertura en la prestación de los servicios; e incrementar el cumplimiento por parte de los patrones.

i niciativa Se propone una definición mas clara: hasta veintidós semanas por año para un mismo patrón Persona física que es contratada para laborar en explotaciones agrícolas, ganaderas, forestales o mixtas, por períodos de hasta veintidós semanas por año para un mismo patrón, para labores de siembra, desahije, cosecha, recolección, o preparación del producto para su primera enajenación (v.gr. field-pack). No se consideran trabajadores eventuales del campo los que realicen labores de producción en invernadero o de oficina, empaque en lugares fijos, transporte, almacenamiento, exposición o venta de productos. a) D efinición de J ornalero

i niciativa b) C obertura Guarderías y Prestaciones Sociales Se elimina. Reduce COP en 4.36% Enfermedades y Maternidad Se excluyen prestaciones en dinero. Reduce COP en 4.14% Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez Sin cambios. Invalidez y Vida Riesgos de Trabajo Se acota la cobertura:

i niciativa c) S ubrogación Opción para subrogar servicios médicos: Mediante convenios de reversión de una parte de la cuota obrero patronal (COP), los patrones que así lo decidan, podrán subrogar los servicios médicos, por sí o a través de instituciones públicas y privadas. SEGURO MONTO NIVEL DE ATENCIÓN MONTO REVERSIBLE (SUBROGACIÓN) Enfermedades y Maternidad $ o1o $ o2o $ o3o $ 7.05 Al asumir voluntariamente la prestación de los servicios médicos y con la vigilancia y supervisión del propio Instituto, se podrán acercar aún más los servicios y adaptarlos a las condiciones y características de los campos agrícolas. Ejemplo 1/ 1/ El monto de reversión depende del nivel de servicio proporcionado.

Cálculo ($) d) C uota O brero- P atronal i niciativa Seguro Cuota al 30-Jun Cuota sin Iniciativa /1 Cuota con Iniciativa /2 Salario Base de Cotización Promedio 1 SMGV2.51 SMGV1.76 SMGV Enfermedades y Maternidad Prestaciones en dinero Invalidez y Vida Guarderías y Prestaciones Sociales Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez Riesgos de Trabajo % de Subsidio Cuota Total Cuota al 30 de Junio vs. Cuota con Iniciativa % Cuota sin Iniciativa vs. Cuota con Iniciativa % 1/ Vigente a partir del 1 de julio. concepto de productividad 2/ Se excluye como integrante del salario base de cotización los pagos por concepto de productividad que no superen el equivalente al 30% del monto del salario percibido antes de considerar dicho concepto y se registren debidamente en su contabilidad. Se cotizará con ingreso real, menos un 30% por concepto de productividad:

e) E squema de P ago cuota patronalreconozca las características del ciclo agrícola En virtud de que los flujos de efectivo de los productores se pueden conocer con antelación al inicio de la cosecha, se propone que el pago de la cuota patronal reconozca las características del ciclo agrícola, facilite el cálculo de pago y reduzca el costo administrativo. cuotas podrán ser cubiertas en forma diferida o a plazos Las cuotas podrán ser cubiertas en forma diferida o a plazos, considerando las actualizaciones correspondientes, pero sin la generación de recargos. niciativa i Facilidades para el pago de cuotas:

f) S implificación A dministrativa Registrarse ante IMSS dentro de un plazo no mayor a 5 días a partir de la fecha de inicio de actividades Registrarse ante IMSS dentro de un plazo no mayor a 5 días a partir de la fecha de inicio de actividades. Deberá proporcionar periodo y tipo de cultivo, superficie o unidad de producción, estimación de jornadas a utilizar en cada periodo, etc. Presentar dentro de plazos no mayores a 7 días naturales los avisos Presentar dentro de plazos no mayores a 7 días naturales los avisos de altas, bajas y modificación de salarios (cuando tenga registrados menos de 15 trabajadores lo podrá hacer en papel), a diferencia de los 5 días que la Ley establece para el resto de los patrones incorporados al IMSS. Expedir a los trabajadores constancias de días laborados y salarios totales devengados. niciativa i Facilidades administrativas:

g) S eguimiento y C ontrol El IMSS mantendrá una vigilancia estrecha sobre el cumplimiento de las obligaciones de los patrones con sus trabajadores y para ello dispondrá de la información del tipo de cultivo, superficie y estimación de jornadas probables a utilizar, a fin de que pueda verificar si, de acuerdo las características técnicas y condiciones agrícolas, tales jornadas corresponden al número de trabajadores que el patrón reporta al IMSS. se condicionarán los apoyos que el Gobierno Federal otorga a los productores a través de la SAGARPA, al cumplimiento de las obligaciones con los trabajadores y el Instituto También se condicionarán los apoyos que el Gobierno Federal otorga a los productores a través de la SAGARPA, al cumplimiento de las obligaciones con los trabajadores y el Instituto. niciativa i Más elementos para hacer cumplir las obligaciones de los productores:

b eneficios Con el proyecto de iniciativa de reformas a la Ley se logrará: Más trabajadores eventuales del campo disfruten de las prestaciones de seguridad social. Ampliación de cobertura en la prestación de los servicios. Mayor acceso al sistema de pensiones y mejor individualización de las cuentas. Mayor cumplimiento de las obligaciones por parte del patrón. Esquemas administrativos que faciliten el pago de las cuotas. Disminución en competencia desleal por el pago de cuotas de seguridad social.