La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

DECRETO 2800 DE 2003 PRESENTADO POR MARIA CLAUDIA TORRES ANDREA PAOLA MATAJIRA PRESENTADO A ING. EDGARDO VILLAZON TEGNOLOGIA EN SALUD OCUPACIONAL SENA.

Presentaciones similares


Presentación del tema: "DECRETO 2800 DE 2003 PRESENTADO POR MARIA CLAUDIA TORRES ANDREA PAOLA MATAJIRA PRESENTADO A ING. EDGARDO VILLAZON TEGNOLOGIA EN SALUD OCUPACIONAL SENA."— Transcripción de la presentación:

1 DECRETO 2800 DE 2003 PRESENTADO POR MARIA CLAUDIA TORRES ANDREA PAOLA MATAJIRA PRESENTADO A ING. EDGARDO VILLAZON TEGNOLOGIA EN SALUD OCUPACIONAL SENA INDUSTRIAL 2013

2 DECRETO 2800 DE 2003 Por el cual se reglamenta parcialmente el literal b) del artículo 13 del Decreto-ley 1295 de 1994. Campo de aplicación Trabajadores independientes que realicen contratos de carácter civil, comercial o administrativo. Requisitos Realizar de manera personal y por su cuenta y riesgo la actividad contratada. Contrato Escrito Especificar actividad y lugar de desarrollo de funciones Verbal Actividad y lugar debe constar en el formulario de afiliación. Contrato debe determinar el valor de los honorarios o remuneración y tiempo o período de la labor ejecutada. El plazo de afiliación debe ser como mínimo el establecido en el Art. 23 Decreto 1703 de 2002.

3 QUE ES TRABAJADOR INDEPENDIENTE Persona natural Realiza una actividad o presta sus servicios Personalmente Por su cuenta y riesgo Contrato distinto al laboral AFILIACION: a través del contratante en cumplimiento del Decreto 1295 de 1994. Manifestar por escrito en el contrato y prórrogas o en el formulario la intención de afiliarse al SGRL. El contratante debe afiliarlo a los dos días de la celebración del contrato. Cobertura inicia desde el día calendario siguiente a la afiliación. Debe estar afiliado a SALUD y PENSION. Si suscribe varios contratos debe afiliarse por la totalidad de los mismos.

4 COTIZACION Conforme al Decreto 1295 de 1994 y Decreto 1607 de 2002. Depende de la Clase de riesgo. Asumida en su totalidad por el trabajador independiente. Se realiza el pago en los términos y plazos establecidos para la autoliquidación del contratante. Base de cotización no es superior a 25 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Ingreso base de cotización está constituido por los ingresos percibidos por el afiliado. Monto de las cotizaciones no puede ser inferior al 0.348% ni superior al 8.5% de su ingreso base de cotización.

5 CALCULO DEL INGRESO BASE DE LIQUIDACION Para accidentes de trabajo Para enfermedad profesional DECRETO 1295 DE 1994 Y LEY 776 DE 2002 Reglamenta Accidentes de trabajo y enfermedad Prestaciones económicas y asistenciales profesional El promedio de los honorarios sobre los cuales cotizó durante 6 meses anteriores o la fracción de los meses. El promedio de los honorarios sobre los que cotizó en el último año o la fracción del año.

6 OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR INDEPENDIENTE Cumplir con las normas del SGRL. Procurar el cuidado integral de la salud. Participar en las actividades de Promoción y Prevención. (Comité Paritario). Utilizar los elementos de protección incluir al trabajador independiente dentro de su programa de salud ocupacional y permitir la participación PREVENCION EN LAS EMPRESAS CONTRATANTES Incluir al trabajador independiente dentro de su programa de salud ocupacional y permitir la participación. PROTECCION Y PREVENCION A CARGO DE LAS ADMINISTRADORAS DE RIESGOS PROFESIONALES Las Entidades Administradoras de Riesgos Profesionales deben implementar y desarrollar a favor de los trabajadores independientes.

7 SANCIONES Quienes infrinjan las disposiciones establecidas en el presente decreto, se harán acreedores a las sanciones establecidas en el Decreto-ley 1295 de 1994. TRANSICION Podrá adicionárseles una cláusula en la que se indique la actividad, el lugar o sitios donde el trabajador independiente va a desarrollar sus funciones, así como el valor de los honorarios por los servicios prestados y el tiempo de ejecución.

8


Descargar ppt "DECRETO 2800 DE 2003 PRESENTADO POR MARIA CLAUDIA TORRES ANDREA PAOLA MATAJIRA PRESENTADO A ING. EDGARDO VILLAZON TEGNOLOGIA EN SALUD OCUPACIONAL SENA."

Presentaciones similares


Anuncios Google