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Tu eres excelente y tienes derechos. REFORMA LABORAL 2013 Subcontratación Los artículos 15-A a 15-D, 1004-B y 1004-C se refieren al trabajo en régimen.

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1 Tu eres excelente y tienes derechos

2 REFORMA LABORAL 2013 Subcontratación Los artículos 15-A a 15-D, 1004-B y 1004-C se refieren al trabajo en régimen de subcontratación como: Aquél acto donde el patrón denominado como contratista ejecuta obras o presta servicios con sus trabajadores bajo su dependencia, a favor de un contratante, persona física o moral, la cual fija las tareas del contratista y lo supervisa en el desarrollo de los servicios o la ejecución de las obras contratadas.

3 Pensión Alimenticia En el artículo 110 de la ley federal del Trabajo encontramos nuevas obligaciones patronales relacionadas con los deudores alimentarios. La obligación que tiene el trabajador de otorgar pensión alimenticia en favor de la esposa. Hijos, ascendientes y nietos, decretado por la autoridad competente se establece que en caso de que el trabajador deje de prestar sus servicios en el centro de trabajo, el patrón deberá informar a la autoridad jurisdiccional competente y los acreedores alimentarios dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de la terminación de la relación laboral.

4 Salario El proyecto permite su fijación de manera unilateral por parte del patrón sin intervención sindical. Legaliza la polivalencia (el multiusos en lenguaje coloquial) con el mismo salario, se trata de una de las características del sistema toyotista de organización del trabajo. Con el otorgamiento de la denominada “certificación laboral” se facilita la imposición de condiciones unilaterales de trabajo sin beneficio salarial acordado bilateralmente. Permite la fijación del monto de bonos, así como de pagos extraordinarios como incentivos y comisiones de manera unilateral, cuya revisión no es obligatoria. Desaparece el salario mínimo y se crea el salario fragmentado ya que se modifica el artículo 83 de la anterior LFT para que la remuneración se pueda pagar de manera proporcional por el tiempo laborado con la base del salario mínimo, de esta manera si se trabaja una hora diaria, se podrá pagar un octavo del salario mínimo. A una persona que labore 4 horas diarias, por ejemplo, se le pagaría apenas la mitad de un salario mínimo.

5 Condiciones de Trabajo Se permite la ampliación de tareas, cambio de los días de descanso contenidos en los contratos y de las horas de la jornada de trabajo que pueden ajustarse diariamente en función de las necesidades de la producción.

6 Seguridad social La Tabla de Enfermedades de Trabajo y la Tabla de Valuación de Incapacidades Permanentes, que hoy contemplan los artículos 513 y 514 de la Ley Federal del Trabajo, se desincorporan del nuevo marco jurídico y se convierten en una clasificación meramente administrativa, por lo que dejan de ser derechos laborales básicos.

7 En materia colectiva La oposición del bloque legislativo del PRI en la Cámara de Diputados a cambiar las disposiciones que regulan el funcionamiento de los sindicatos, además de dificultar la aprobación del proyecto de reforma por las discrepancias que existen en esta materia con el PAN y el PRD, deja intacto el poder y el control sindical corporativo y anti-democrático (Artículos 364 bis; 365 bis; 391 bis y 424 bis). Al legalizar la subcontratación vía outsorcing, permite fragmentar aún más a las organizaciones de los trabajadores, pudiendo existir dos o más sindicatos por la misma actividad y centro de trabajo con diferentes condiciones contractuales. Segmenta la existencia de los sindicatos por rama de actividad propiciando la afiliación por sub-categorías ocupacionales.

8 En materia de administración de justicia Con la iniciativa se alargan los juicios al dividir la primera audiencia en dos apartados, uno de Conciliación y Mediación y de Demanda y Excepciones y otro de Ofrecimiento de las Pruebas que se celebrará en otra fecha, cuando hasta ahora sólo se puede celebrar en una única fecha. Se reduce el pago de los salarios caídos a un año independientemente del tiempo que dure el juicio laboral, lo que al alargarse los juicios será en perjuicio del obrero y sin costo para las empresas. La prueba del recuento de los trabajadores se hará tomando como base además de las cuotas del IMSS (nóminas de pago), un listado de trabajadores sindicalizados que reconozca el patrón (Art. 931 fracción IV, inciso c) de la LFT) hecho que permitiría la injerencia indebida de las gerencias en materia de organización gremial.

9 Recursos http://www.stps.gob.mx/bp/micrositios/refor ma_laboral/archivos/Cuadro%20comparativo %20LFT%20vs%20Reforma.pdf http://www.stps.gob.mx/bp/micrositios/refor ma_laboral/archivos/Cuadro%20comparativo %20LFT%20vs%20Reforma.pdf https://www.youtube.com/watch?v=IJyoGFm ZCWQ https://www.youtube.com/watch?v=IJyoGFm ZCWQ https://www.youtube.com/watch?v=e_i3SiyO pp0 https://www.youtube.com/watch?v=e_i3SiyO pp0

10 Gracias por permitirte informarte y saber lo que en realidad son las reformas


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