Estatuto Marco Ley 55 / 2003, de 16 de diciembre Tema 1 Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud Ley 55 / 2003, de 16 de diciembre Dr. Rincón y Dra. Lázaro
¿ QUE ES EL ESTATUTO MARCO ? Una norma general o básica (Ley 55/2003) Una única norma común para el conjunto del personal estatutario. Contiene las bases reguladoras de la “relación funcionarial especial” del personal estatutario. Fija su entrada en vigor al día siguiente de su publicación oficial (16 de Diciembre de 2003), aunque dispone su aplicación paulatina en algunas materias como: carrera profesional o retribuciones y las limitaciones del tiempo de trabajo al personal en formación (residentes). Dr. Rincón y Dra. Lázaro
ESTRUCTURA DEL ESTATUTO MARCO 14 CAPÍTULOS 80 Artículos 14 Disposiciones Adicionales 7disposiciones transitorias 1 disposición derogatoria 3 disposiciones finales
Objetivos Incrementar la motivación de los Profesionales. Estatuto Marco Objetivos Incrementar la motivación de los Profesionales. Comprometerles en la gestión. Establecer un sistema de incentivos. Descentralización de procesos de selección y promoción. Personalización condiciones de Trabajo CCAA Adecuación de plantillas a necesidades centros. Desburocratización y flexibilización de las relaciones profesionales. Niveles de dedicación. Retribuciones. Dr. Rincón y Dra. Lázaro
Capítulo I Normas Generales Estatuto Marco Capítulo I Normas Generales La Ley establece las bases reguladoras de la relación funcionarial especial del Personal Estatutario de los Servicios de Salud. Las CCAA desarrollarán la normativa básica que les corresponde. Se aplican por su carácter funcionarial legislación común de la Función Pública Dr. Rincón y Dra. Lázaro
Capitulo II: Clasificación del Personal Estatutario Estatuto Marco Capitulo II: Clasificación del Personal Estatutario Se clasifican en base a 3 criterios: función, título exigido para el ingreso y tipo de nombramiento Tipos: PERSONAL ESTATUTARIO SANITARIO PERSONAL ESTATUTARIO DE GESTIÓN Y DE SERVICIOS PERSONAL ESTATUTARIO FIJO PERSONAL ESTATUTARIO TEMPORAL Dr. Rincón y Dra. Lázaro
Capitulo II: Clasificación del Personal Estatutario Sanitario Estatuto Marco Capitulo II: Clasificación del Personal Estatutario Sanitario Formación Universitaria: Licenciados Especialistas Ciencias de la Salud Licenciados Sanitarios. Diplomados Especialistas Ciencias de la Salud Diplomados Sanitarios Formación Profesional: Técnicos superiores Técnicos Personal Estatutario de Gestión y de Servicios: Formación Universitaria: Licenciados o diplomados Formación Profesional: técnicos superiores y técnicos Otro personal: administrativo. Dr. Rincón y Dra. Lázaro
Estatuto Marco Personal Estatutario Fijo: El que supera el proceso selectivo, para el desempeño de las funciones con carácter permanente. Temporal: Interino: cubrir plaza vacante. Eventual: Situación Coyuntural o Extraordinaria Nombramiento de Sustitución. Dr. Rincón y Dra. Lázaro
Principios del Régimen Estatutario Estabilidad laboral. Libre circulación Ejercicio Profesional Planificación Recursos Integración en la gestión Incorporación de valores éticos y deontológicos Dedicatoria Prioritaria Trasparencia de intereses privados Coordinación administraciones sanitarias Condiciones de Trabajo
Capitulo IV Derechos Individuales Estatuto Marco Capitulo IV Derechos Individuales Formación continuada y su reconocimiento. Aplicación Normativa Riesgos Laborales. Desarrollo Profesional (movilización y promoción). Respeto Personal y Profesional. Derechos sociales, retributivos, etc. A ser informado de las funciones, tareas, cometidos, programación, funciones y objetivos asignados en los Centros / Unidades Dr. Rincón y Dra. Lázaro
Deberes (Art. 19) Respeto Ordenamiento Ejercer Lealmente Estatuto Marco Deberes (Art. 19) Respeto Ordenamiento Ejercer Lealmente Actualización científica Colaborar activamente trabajo en equipo. (objetivos) Prestar W S. Urgencia Horario y jornada. 7. Informar Usuarios. 8. Bioética Paciente. 9. Secreto Profesional. 10. Medios Técnicos. 11. Cumplimentar Documentación. 12. Incompatibilidades. 13. Identificados. Dr. Rincón y Dra. Lázaro
Sistemas de Selección OPOSICIÓN 1 o más pruebas: Competencia Aptitud Estatuto Marco Sistemas de Selección OPOSICIÓN 1 o más pruebas: Competencia Aptitud Idoneidad Desempeño de funciones FIN: Orden de Prelación CONCURSO Valoración Baremo de curriculos: Competencia Aptitud Idoneidad FIN: Orden de Prelación Art. 31 Dr. Rincón y Dra. Lázaro
Capítulo VIII CARRERA PROFESIONAL Estatuto Marco Capítulo VIII CARRERA PROFESIONAL Derecho de los profesionales sanitarios a progresar Parámetros: reconocimiento de Conocimientos Experiencia asistencial Investigación Cumplimiento de Objetivos Para evalurar las competencias profesionales de los aspirantes a través de la valoración, entre otros aspectos de: Dr. Rincón y Dra. Lázaro
Capítulo IX RETRIBUCIONES Retribuciones básicas comunes para todo el SNS Retribuciones complementarias*: Fijas Variables * A desarrollar por cada servicio de salud: Complemento de destino, Complemento específico, Complemento de productividad, Complemento de Atención Continuada, Complemento de carrera.
Capítulo X JORNADA DE TRABAJO, PERMISOS Y LICENCIAS Régimen de jornada: máx. de 48 h/ semanales ( en cómputo semestral) Descanso entre jornadas de 12 horas ininterrumpido Posibilidad de jornadas parciales Vacaciones, permisos y licencias en base a la regulación del Plan Concilia. Permisos para participar en programas de Cooperación Internacional
Otros capítulos Capítulo XI: Situaciones del personal estatutario. Se tipifican 10 situaciones activas diferentes. Capítulo XII: Régimen disciplinario. Se unifica en un régimen general y se tipifican las faltas y sanciones. Capítulo XIII: Incompatibilidades Capítulo XIV: Representación, participación y negociación colectiva