Departamento de Registros y Verificación de Acciones de Recursos Humanos ACCIONES RELACIONADAS CON NOMBRAMIENTO, TOMA DE POSESIÓN, ENTREGA DE PUESTOS Y.

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Transcripción de la presentación:

Departamento de Registros y Verificación de Acciones de Recursos Humanos ACCIONES RELACIONADAS CON NOMBRAMIENTO, TOMA DE POSESIÓN, ENTREGA DE PUESTOS Y SU FORMULARIO

FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO Estudiar, analizar, certificar y aprobar nombramientos, avisos de toma de posesión y entrega de puestos del Organismo Ejecutivo. Investigar y elaborar certificaciones de tiempo de servicio, que solicitan los servidores y ex-servidores del Estado.

MARCO LEGAL Constitución Política de la República de Guatemala, Artículo 108; Ley de Servicio Civil, Decreto 1748 del Congreso de la República de Guatemala; Reglamento de la Ley de Servicio Civil, Acuerdo Gubernativo 18-98; Ley de Salarios de la Administración Pública, Decreto 11-73 del Congreso de la República de Guatemala;

Decreto Legislativo No. 1485 (Ministerio de Educación); Reglamento de Permuta, Acuerdo Gubernativo No. 183-97 (Ministerio de Educación); Plan Anual de Salarios; Listado de especialidades asignadas a los puestos;

Digesto de la Administración de Personal del Sector Público; Ley de Probidad y Responsabilidades de Funcionarios y Empleados Públicos, Decreto No. 89-2002 del Congreso de la República de Guatemala; Código Penal, Decreto 17-73 del Congreso de la República de Guatemala, Artículos 429 y 432; Guía Técnica para el llenado del FUMP.

DISPOSICIONES GENERALES PARA LA TOMA DE POSESIÓN O ENTREGA DE UN PUESTO O CARGO Artículo 36 Reglamento de la Ley de Servicio Civil Se procederá a dar el aviso de toma de posesión o entrega del puesto o cargo, en el Formulario Oficial de Movimiento de Personal a la Oficina Nacional de Servicio Civil, en un período no mayor de cinco días hábiles contados a partir de la fecha de toma de posesión o entrega del puesto o cargo.

Todo movimiento de personal debe ser grabado por la Institución en el Sistema de Nómina del Estado para posterior aprobación por la ONSEC, para efectos de pago o recorte salarial. (https://nomina.minfin.gob.gt).

DOCUMENTOS QUE DEBEN ACOMPAÑAR AL FUMP Fotocopia de Cédula de Vecindad; Fotocopia de Afiliación del I.G.S.S.; Fotocopia No. de Identificación Tributaria –NIT-; 2 Fotocopias del documento que avala la acción a realizar (Acuerdo de Nombramiento, Acuerdo de Destitución, Aviso de Suspensión del I.G.S.S., etc.); Certificación de elegible en original; Contratos individuales de trabajo; Acuerdos de aprobación; Certificación de Colegiado Activo, en original cuando el puesto a ocupar sea de Profesional.

TIPOS DE MOVIMIENTOS QUE SE REGISTRAN EN EL FUMP Nombramiento Primer Ingreso Reingreso Ascenso Traslado Permuta Interinato

En puestos del servicio exento Por contrato de trabajo Toma de posesión Primer Ingreso Reingreso Ascenso Traslado Permuta Interinato En puestos del servicio exento Por contrato de trabajo A reserva de nombramiento

Finalización de suspensión disciplinaria Finalización de beca Reinstalación Finalización de suspensión del IGSS Finalización de aprehensión, detención y prisión provisional Finalización de licencia con goce de sueldo.

Finalización de interinato Suspensión del I.G.S.S. Destitución Aviso de Entrega Ascenso Traslado Permuta Finalización de interinato Suspensión del I.G.S.S. Destitución Fallecimiento Jubilación Rescisión de Contrato, etc.

FECHAS DE TOMA DE POSESIÓN REGLONES 011 Y 022 La toma de posesión del puesto deberá efectuarse los días 1 ó 16 de cada mes. En caso de que las fechas citadas sean días inhábiles, se procederá de la manera siguiente: 1) Ascensos, traslados o permutas el día hábil anterior a las fechas indicadas. 2) Primer Ingreso o reingreso el primer día hábil posterior a éstas.

HASTA 10 PUESTOS EXENTOS De conformidad con el Artículo 32, Numeral 14 de la Ley de Servicio Civil, toda entidad tiene la facultad de declarar no más de 10 puestos exentos. Para declarar dichos puestos exentos deberá procederse como lo establece el Artículo 31 del Reglamento de la Ley de Servicio Civil.

POR AUTORIDAD NOMINADORA LICENCIAS POR AUTORIDAD NOMINADORA Hasta 1 mes calendario con goce de salario; Hasta 3 meses calendario improrrogables sin goce de salario; Hasta 1 año prorrogables por beca; Para ocupar cargos de elección popular; Para estudios.

REGLONES PRESUPUESTARIOS QUE VERIFICA Y REGISTRA EL DEPARTAMENTO 011 “Personal Permanente”. 022 “Personal por Contrato”. Puestos clasificados en el Plan Anual de Salarios. Puestos de naturaleza Directiva.

De conformidad con lo preceptuado en el Artículo 4 de la Ley de Servicio Civil, las personas contratadas con cargo al reglón presupuestario 022 son consideradas “Servidores Públicos”, por lo que están sujetas a las Obligaciones y Prohibiciones de los demás Trabajadores del Estado, y gozan de los Derechos y Prestaciones de Carácter Laboral que la Ley otorga.

Tanto en las contrataciones de primer ingreso como en las de reingreso (contrataciones para ocupar otro puesto), debe observarse el procedimiento de selección de personal, no aplica para los casos de prórroga de contrato.

Los contratos con cargo al Renglón presupuestario 022 (tanto en las contrataciones nuevas como los de prórroga), deben ser suscritos expresamente por la Autoridad Nominadora, y en ningún caso por autoridad inferior, salvo que mediante la disposición legal que corresponda y los casos que la Ley lo permita, se delegue tal función administrativa en un Viceministro, Director General u otra autoridad de similar jerarquía.

Para que los contratos surtan sus efectos legales, los mismos deben ser aprobados mediante Acuerdo Ministerial o de Secretaría General de la Presidencia; y consignar en el mismo: Se nombra a: XXX. (sólo para los puestos cubiertos por el Plan Anual de Salarios, no así para los de naturaleza directiva).

Observar el debido cumplimiento de los oficios circulares, emitidos por esta Oficina, sobre disposiciones generales del reglón presupuestario 022 “Personal por Contrato”.

RECOMENDACIONES El acta de entrega se facciona el día en que surte sus efectos legales o en fecha posterior, debe de contener la firma de quien certifica y de quien da visto bueno. Toda acción de personal debe efectuarse donde se encuentra presupuestariamente asignado el puesto objeto de la acción. Anotar en toda la documentación, el control y la dependencia, tal como se encuentra identificada la partida presupuestaria, en el sistema de nómina.

Consignar en los acuerdos de prórroga de contratos, el código del empleado y grabar dichas prorrogas en el sistema de nómina. Conservar en el expediente la boleta de rechazo. Una vez revisado el expediente por parte de este Departamento y es objeto de rechazo no reimprimirlo de nuevo, para evitar errores adicionales a la primera revisión. Respetar las fechas de recepción de movimientos de personal, ya que a partir de febrero no se aceptarán después de estas.