LEY DE LOS CONSEJOS DE DESARROLLO URBANO Y RURAL Decreto No

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Transcripción de la presentación:

LEY DE LOS CONSEJOS DE DESARROLLO URBANO Y RURAL Decreto No. 11-2002 Instituto de Fomento Municipal INFOM Capacitación Municipal LEY DE LOS CONSEJOS DE DESARROLLO URBANO Y RURAL Decreto No. 11-2002

COMUNITARIO COCODE DEPARTAMENTAL CODEDE MUNICIPAL COMUDE Instituto de Fomento Municipal INFOM Capacitación Municipal DEPARTAMENTAL CODEDE NACIONAL CONADUR REGIONAL COREDUR MUNICIPAL COMUDE COMUNITARIO COCODE

¿QUÉ SON LOS CONSEJOS DE DESARROLLO ¿QUÉ SON LOS CONSEJOS DE DESARROLLO? Es un sistema que cubre lo urbano y lo rural, y en donde trabajan en forma conjunta, el Estado y la sociedad. Es un espacio para la coordinación, en donde cada uno hace lo que le corresponde.

Los Consejos de Desarrollo, son el instrumento para llegar a la Planificación, lo que permite que se vea qué, cómo, quién, dónde, cuándo y con qué, se van a realizar las actividades, lo que evitará que se dupliquen las tareas y los recursos existentes.

¿CUÁLES SON SUS PRINCIPIOS? ENTRE HOMBRES Y MUJERES ARMONIA ENTRE CULTURAS CON LA NATURALEZA “TRABAJAR JUNTOS GOBIERNO Y SOCIEDAD PARA CONSTRUIR EL DESARROLLO”

¿PARA QUE SIRVEN ? organizaciones. Para Coordinación con otras instituciones u organizaciones. Identificar problemas y priorizar los mecanismos de participación. Que todos y todas trabajen en la solución de cada uno de los problemas desde el lugar que les corresponde, de una manera coordinada y planificada.

Que todos y todas puedan. velar por el buen uso de. los Que todos y todas puedan velar por el buen uso de los recursos financieros, materiales y humanos. Para ello deben de tener acceso a la información necesaria. A este derecho se le llama: Auditoría Social.

Consejo Municipal de Desarrollo COMUDE Integración: Alcalde Municipal, Concejales y Síndicos. 20 Representantes de los COCODES. Representantes de Entidades Públicas. Representantes de Entidades Civiles. Representantes Consejos Asesores Indígenas con al menos una comunidad Indígena.

Funciones de los Consejos Municipales de Desarrollo a) Promover, facilitar y apoyar el funcionamiento de los Consejos Comunitarios de Desarrollo del Municipio. b ) Promover y facilitar la organización y participación efectiva de las comunidades y sus organizaciones, en la priorización de necesidades, problemas y sus soluciones, para el desarrollo integral del municipio.

continuación c ) Promover sistemáticamente tanto la descentralización de la administración pública como la coordinación interinstitucional en el municipio, para coadyuvar al fortalecimiento de la autonomía municipal; para ese efecto, apoyará a la Corporación Municipal en la coordinación de las acciones de las instituciones públicas, privadas y promotoras de desarrollo que funcionen en el municipio.

Consejos Comunitarios de Desarrollo (COCODES) Se originan en los Acuerdos de Paz, para fortalecer la participación y la organización comunitaria.

¿Cómo se integran los Consejos Comunitarios de Desarrollo? Por la Asamblea Comunitaria, en la que participan los residentes de la Aldea y la cual, elige al Órgano de Coordinación. El Órgano de Coordinación, integrado por el Alcalde Auxiliar o Comunitario si el desea participar ( no es obligatorio), quien lo preside, y hasta un máximo de 12 representantes de la Asamblea Comunitaria.

Pasos para su conformación: Fuera de las áreas urbanas se considera comunidad el núcleo humano circunscrito en la organización territorial legalmente reconocida con la categoría de ALDEA. (reglam, de la ley art. 52,) Convocar a la Asamblea Comunitaria. Elegir al Órgano de Coordinación. Levantar una Acta haciendo constar lo anterior. Firmar el Acta o poner la huella digital. Llevar la transcripción del Acta al Registro Civil de la Municipalidad de su jurisdicción.

Requisitos para la Inscripción de COCODES, en la Contraloría General de Cuentas: (I) Acta Constitutiva realizada en la asamblea general. Certificación de personas jurídicas de la Municipalidad de la jurisdicción, según acta constitutiva (firmada y sellada por el Registrador Civil). Certificación de acta constitutiva en Asamblea General por la Municipalidad de la jurisdicción. Constar su inscripción. Firma y sello del Alcalde y Secretario Municipal. Certificación de Gobernación Departamental (Autorización de la colecta pública y/o recaudación de fondos). Credenciales extendidas por la Municipalidad de la jurisdicción (Presidente y Tesorero).

Requisitos para la Inscripción de COCODES en la Contraloría (II) Fotocopia de la Cédula de Vecindad completa. (Presidente y Tesorero). Presidente y Tesorero, que sepan leer y escribir. Declaración de Bienes y Deudas (Probidad): Presidente y Tesorero). Pagar la cantidad de Q. 27.50 por la inscripción del COCODE Actualizar la cantidad. Mencionar nombre completo del COCODE. El trámite de inscripción es personal. Presentar documentación original y 3 fotocopias.

Gracias por su atención Licda. Enma Pineda de González Capacitación Municipal