Jornada laboral ordinaria la jornada laboral ordinaria puede ser diurna, nocturna, dominical o festiva, y a partir de allí se determina el tipo de hora.

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Transcripción de la presentación:

Jornada laboral ordinaria la jornada laboral ordinaria puede ser diurna, nocturna, dominical o festiva, y a partir de allí se determina el tipo de hora trabajada.

Recargo nocturno Es el caso del trabajador que es contratado para hacer turnos nocturnos, y empieza su turno a las 10 de la noche hasta las 6 de la mañana. Como se puede observar, sus 8 horas diarias las labora en la noche sin que se cause trabajo extra por cuanto no labora sino las 8 horas de ley. El recargo corresponde al 35% sobre la hora ordinaria según lo estipula el numeral 1 del artículo 168 del código sustantivo del trabajo, es decir, que si la hora ordinaria vale $10.000, con el recargo nocturno valdrá $ Es aquel recargo que se paga al trabajador que desarrolla su jornada ordinaria en la noche, que en Colombia es entre las 9 de la noche y las 6 de la mañana del día siguiente.

Recargo dominical o festivo El recargo por trabajar una jornada ordinaria en un domingo o festivo es del 75% sobre la hora ordinaria, por el sólo hecho de trabajar en esos días. Así lo dispone el artículo 179 del código sustantivo del trabajo. Por ejemplo, si la hora ordinaria vale $10.000, la hora dominical o festiva vale $ El recargo dominical y festivo es aquel recargo al trabajador que por una u otra razón debe laborar un domingo o un festivo. Allí tampoco hay trabajo extra, pues se supone que laborar solamente las 8 horas de ley..

¿Cómo se liquidan las horas extras?

Para liquidar las horas extras tomamos el valor de la hora diurna y la multiplicamos por el porcentaje de recargo que corresponda al tipo de horas extra, que puede ser diurna, nocturna, dominical o festiva.

Porcentajes de recargos por trabajo extra ConceptoRecargo Fórmula de liquidación Hora extra diurna25%V.H.O X 125% Hora extra nocturna75%V.H.O X 175% Hora extra diurna dominical o festiva 100%V.H.O X 200% Hora extra nocturna dominical o festiva 150%V.H.O X 250%

Trabajo extra o suplementario V.H.O corresponde al valor ordinario de la hora que se determina: V.H.O =(Salario mensual/240) jornada laboral máxima legal, Horas diarias = 8 horas, El mes para efectos laborales se entiende 30 días, Tenemos que 30 x 8 = 240.

Ejemplos: Liquidación horas extras. Ejemplo de liquidación para cada tipo de hora extra, partiendo de un salario mensual de $ V.H.O = ?

Liquidación de horas extras diurnas Una persona que tiene una jornada laboral ordinaria de 8 horas hasta las 4 de la tarde, si labora más las 7 de la noche causa 3 horas extra diurnas. Valor de la hora ordinaria: V.H.O X % x # de horas laborada Las horas extra diurnas son aquellas que se laboran entre las 6 de la mañana y las 9 de la noche, y que superan la jornada laboral ordinaria. Valor de la hora ordinaria = 100% Valor del recargo = 25%2.500 Total = 125% = ( x 1.25)

Liquidación de horas extras nocturnas Ejemplo: El trabajador tiene una jornada ordinaria desde las 8 de la noche hasta las 6 de la mañana del día siguiente. La jornada laboral ordinaria se cumple a las 4 de la mañana, de modo que ha laborado dos horas extra nocturnas, Tenemos: x 1.75 x 2 = La hora extra nocturna es la que se trabaja entre las 9 de la noche y las 6 de la mañana y tiene un recargo del 75%. Valor de la hora ordinaria = 100% Valor del recargo = ? %7.500 Total = ?% = ( x 1.75) Horas trabajadas

Liquidación de las horas extras en domingos y festivos Recargo por trabajo dominical y festivo El recargo de las horas extras dominicales y festivas es el mismo que entre semana, sólo que por el hecho de trabajar un domingo o un festivo, se paga un recargo, recargo que se incrementa o se suma al recargo de las horas extras. Cuando se trabajan horas extras dominicales y festivas se debe incluir el recargo dominical y el recargo por trabajo extra, considerando que también hay horas diurnas y nocturnas.

Liquidación de horas extras diurnas dominicales y festivas Supongamos que el trabajador debe laborar un domingo desde las 8 de la mañana hasta las 7 de la noche con una hora para el almuerzo. Su jornada de 8 horas las completa a las 5 de la tarde, luego habrá laborado 2 horas extra diurnas dominicales, y su liquidación será : Tenemos: x 2 x 2 Valor de la hora ordinaria X porcentaje de recargo X número de horas trabajadas. Valor de la hora ordinaria = 100% Valor del recargo = 100% Total = 200% = ( x 2) Horas trabajadas

Liquidación de horas extras nocturnas dominicales y festivas Ahora supongamos que el trabajador labora el sábado desde las 8 de la noche hasta las 7 de la mañana del domingo. Las 8 horas de su jornada ordinaria se cumplen a las 5 de la mañana, de modo que trabajó 2 horas extras nocturnas dominicales, que se liquidan así: Valor de la hora ordinaria = 100% Valor del recargo = 150% Total = 250% ( x 2.5) Horas trabajadas

Planilla de liquidación de horas extras

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