ENF. Martha Liliana Gómez rojas ESP. GERENCIA HOSPITALARIA

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´.
Transcripción de la presentación:

ENF. Martha Liliana Gómez rojas ESP. GERENCIA HOSPITALARIA AFILIACIONES SGSSS ENF. Martha Liliana Gómez rojas MAGISTER EN EDUCACIÓN ESP. GERENCIA HOSPITALARIA

CRONOGRAMA MARZO 9 al 30 Marzo

EVALUACIÓN MÓDULO PARCIAL 1: 20% PARCIAL 2: 20% QUICES Y TRABAJOS: 20% SIMULACIÒN: 40%

MARZO 9: Guía MARZO 16: Parcial 1 Y SQA MARZO 23: Seminario y Parcial 2 MARZO 30: Simulación y Entrega Cartilla Temas Seminario: 1. Proceso afiliación Régimen Contributivo. 2. Proceso de afiliación Régimen Subsidiado 3. SISBEN IV -Instrumento

NORMAS CLASE

MATERIALES CLASE

POLITICAS Y NORMAS INTERNACIONALES, NACIONALES Y DEPARTAMENTALES EN SALUD Objetivos de Desarrollo Sostenible Políticas vivienda Política de seguridad alimentaria Política de equidad de género Derechos humanos – Derecho internacional humanitario. Política de salud sexual y reproductiva. Política pública de juventud. Política pública de familia Política de equidad para mujeres victimas de violencia Política pública de negritudes Política de anticorrupción Plan decenal de salud pública Política pública de salud. MIAS PAIS RIAS

SUBSIDIADO CONTRIBUTIVO Fuera Ley 100/93: EXCEPCIÓN LEY 100/93 TIPO REGIMENES Fuera Ley 100/93: EXCEPCIÓN

Eficiencia Universalidad Solidaridad Integralidad Unidad Participación PRINCIPIOS LEY 100 DE 1993 Principios Eficiencia Universalidad Solidaridad Integralidad Unidad Participación

BIOLÓGICOS: RIESGOS ECONÓMICOS Y SOCIALES: LA SEGURIDAD SOCIAL AMPARA RIESGOS BIOLÓGICOS: Maternidad, vejez y muerte RIESGOS ECONÓMICOS Y SOCIALES: Desempleo, cargas familiares excesivas. PATOLÓGICOS: Enfermedades, accidente trabajo e invalidez.

FUNDAMENTOS DEL SGSSS 1.Equidad. 2.Obligatoriedad. 3.Protección integral 4. Libre escogencia 5.Autonomía institucional 6.Descentralización institucional 7.Calidad(Decreto1011/06). 8. Participación social  9. Concertación

planes beneficios derechos y deberes en salud

PLANES DE BENEFICIOS – LEY 100 /93 POS – S Pos - C PACS ECAT AIU PAB ATEP

Conjunto de normas que rigen la vinculación de los individuos y las familias al SGSSS, vinculación que se hace a través del pago de una cotización individual y familiar, o un aporte económico previo financiado directamente por el afiliado o con su empleador. Regulado:EPS-C Régimen Contributivo

SALUD PENSIÓN TOTAL Contratante 8.5% 12% 20.5% Contratista 4% 8% 12.5% 16% 28.5%

Porcentaje sobre el SMDLV** Categoría Ingreso Base SMLMV Porcentaje sobre el SMDLV** Valor 2019 A Menor a 2 salarios SMLMV* 11.7% $3.200    B Entre 2 y 5 SMLMV* 46.1% $12.700    C Mayor a 5 SMLMV* 121.5% $33.500    Consulta externa de medicina general. Consultas paramédicas: nutrición, psicología, optometría entre otras Consulta externa con especialistas. Consulta odontológica. Medicamentos recetados en consulta ambulatoria. Exámenes de laboratorio clínico de primer nivel ambulatorio. Radiología de primer nivel. Urgencias no vitales. Cuota moderadora: Aporte por la prestación del servicio, Afiliado y Beneficiario Se aplica a SMLV-2019: $ 828.116 

COPAGO: Aporte económico correspondiente a un parte del valor del servicio; pago solo por beneficiarios. Servicios de promoción y prevención. Programas de control de atención materno infantil. Programas de control en atención de las enfermedades transmisibles. Enfermedades catastróficas o de alto costo. Atención de Urgencias de acuerdo al Núm. 2 del Art. 3 contenido en el Decreto 412 de 1992 y demás disposiciones que lo complementen, adicionen o modifiquen. Los servicios sujetos a la aplicación de cuotas moderadoras. No aplica para

Es el mecanismo mediante el cual la población más pobre, sin capacidad de pago, tiene acceso a los servicios de salud a través de un subsidio que ofrece el Estado. Para afiliarse debe tener aplicada la encuesta SISBEN que permite establecer en que nivel se encuentra. Regulado: EPS-S Régimen Subsidiado

Sin copagos: (Excepción) PBS –S Sisben 1: sin copago. Sisben 2 y 3: 10% copago No se pagan cuotas moderadoras Sin copagos: (Excepción) Niños durante el primer año de vida.  Población con clasificación 1 en la Encuesta SISBEN (Cualquier edad). Poblaciones especiales 

PBS-S: Población Especial Personas con discapacidad en centros de protección. Los adultos entre 18 y 60 años, en condición de discapacidad, de escasos recursos y en condición de abandono que se encuentren en centros de protección Niveles I, II de SISBEN. Nivel III SISBEN que a la vigencia de la Ley 1122/07 estuviera afiliada al Régimen Subsidiado. . Personas que dejaron de ser madres comunitarias o madres sustitutas y que sean beneficiarias de la subcuenta de Subsistencia del fondo de solidaridad pensional de acuerdo a la Ley; listado que elaborará el ICBF

PBS-S: Población Especial Población infantil vulnerable bajo protección en instituciones diferentes al ICBF. Listado a cargo Alcaldías o distritos. Población infantil a cargo ICBF Y Adolescentes bajo el sistema de responsabilidad penal. ICBF elaborará el listado censal. Menores de edad desvinculados del conflicto armado. Listado a cargo ICBF

PBS-S: Población Especial Personas incluidas en el programa de protección a testigos. Víctimas del conflicto armado. Población privada de la libertad a cargo de las entidades territoriales. Comunidades Indígenas Población desmovilizada. Adultos mayores en centros de protección. Población Rrom

PBS-S: Población Especial La población migrante colombiana repatriada o expulsada de la República Bolivariana de Venezuela. Los voluntarios acreditados y activos de la Defensa Civil, Cruz Roja y cuerpo de bomberos, así como su núcleo familiar, salvo que sean cotizantes o beneficiarios del Régimen Contributivo. Población Habitante de la calle.

Excepciones pago copagos-subsidiado Rehabilitación física y mental de los niños, niñas y adolescentes víctimas de violencia física o sexual y todas las formas de maltrato, sin importar Régimen afiliación. Los servicios y medicamentos de la parte especial y diferenciada del Plan de Beneficios para los niños, niñas y adolescentes con discapacidades físicas, sensoriales y cognitivas, enfermedades catastróficas y ruinosas de Sisben I y II

Excepciones pago copagos-subsidiado La atención para cualquier población de cualquier edad y condición socioeconómica en los siguientes servicios:  Atención de enfermedades catastróficas o de alto costo Atención de urgencias La consulta médica, odontológica y consulta por otras disciplinas no médicas, exámenes de laboratorio, Imagenología, despacho de medicamentos cubiertos en el Plan de Beneficios en Salud y consulta de urgencia. Prescripciones regulares dentro de un programa especial de atención integral de patologías Control prenatal, la atención del parto y sus complicaciones Servicios de promoción de la salud y prevención de la enfermedad Programas de control en atención materno infantil Programas de control en atención de las enfermedades transmisibles

Excepciones pago copagos-subsidiado También están exonerados de copagos, las personas que pertenezcan a los siguientes grupos de población: Todas las mujeres víctimas de violencia física o sexual Las víctimas del conflicto armado interno Las personas con cualquier tipo de discapacidad, en relación con su rehabilitación funcional, cuando se haya establecido el procedimiento requerido. as víctimas de lesiones personales causadas por el uso de cualquier tipo de ácidos o sustancia similar o corrosiva

Excepciones pago copagos-subsidiado También están exonerados de copagos, las personas que pertenezcan a los siguientes grupos de población: Discapacidad mental que no puede asumir gasto Menor 18 años con cáncer, enfermedades hematológicas, falla medular, etc. Mayores de edad en relación con vasectomía y Pomeroy Niños, niñas y adolescentes de Sisbén 1 y 2, con discapacidades físicas, sensoriales y cognitivas, enfermedades catastróficas y ruinosas Niños, niñas y adolescentes víctimas de violencia física o sexual y todas las formas de maltrato.

Las cuotas de recuperación son los dineros que debe pagar un usuario directamente a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS), en los siguientes casos: Decreto 780 de 2016 En el nivel dos del SISBEN pagarán un 10% del valor de los servicios sin exceder el equivalente a dos salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Cuando una persona está identificada en el nivel 3 de Sisben, pagará hasta un máximo del 30% del valor de los servicios sin exceder el equivalente a 3 salarios mínimos legales mensuales vigentes por la atención de un mismo evento. Para las personas afiliadas al régimen subsidiado y que reciban atenciones por servicios no incluidos en el Plan de Beneficios en Salud, pagarán un 10 % del valor de los servicios. Nota: Las cuotas de recuperación no se cobrarán a la población indígena y la indigente.

PAGA SUBSIDIA GOBIERNO 10% 90% 30% 70% CUOTAS RECUPERACIÓN DE LOS VINCULADOS PAGA SUBSIDIA GOBIERNO SISBEN II 10% 90% SISBEN III 30% 70%

Reformas Ley 100/93 Ley 1751 de 2015 Ley 1122 de 2007

ADRES* Sistema de cuentas adscrito al Ministerio de Salud y Protección Social con manejo Fiduciario, sin personería jurídica ni planta de personal propia. *Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres): artículo 66 de la Ley 1753 de 2015

ADRES* Asumirá: Procesos de recaudo de las fuentes de financiamiento del SGSSS. Reconocimiento y giro principalmente de la unidad de pago por capitación (UPC) de los regímenes contributivo y subsidiado. Los recobros, las reclamaciones y las prestaciones económicas del régimen contributivo y de los afiliados a regímenes especiales y exceptuados con ingresos adicionales“.

ECAT Subcuentas del FOSYGA COMPENSACIÓN INTERNA – REGÍMEN CONTRIBUTIVO SOLIDARIDAD – REGÍMEN SUBSIDIADO COMPENSACIÓN INTERNA – REGÍMEN CONTRIBUTIVO Subcuentas del FOSYGA PROMOCIÓN SALUD - PIC ECAT

DERECHOS Y DEBERES USUARIOS EN SALUD Vídeo: https://www.youtube.com/watch?v=nTiPxWOYx5A