FACULTAD: Ciencias Empresariales

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Transcripción de la presentación:

FACULTAD: Ciencias Empresariales ASIGNATURA: Administración de RRHH TÍTULO: Desvinculación por Visto Bueno AUTORES: José Quirós A. / José Herrera / Jael Echeverría PROFESOR: Psic. Gabriela Conrado Garzón FECHA: 16 de Mayo del 2012

Desvinculación por visto bueno

Requisitos Tener un Reglamento interno aprobado y sellado por el Ministerio de Relaciones Laborales. Conocer los artículos del Código de Trabajo.

Requisitos Para que haya una desvinculación por visto bueno por parte del empleador debe de haber un causal al Reglamento Interno o una falta al Código de Trabajo como lo dice el “Artículo 169”, enciso “siete” el cual establece que “Por voluntad del empleador en los casos del artículo 172 del Código:” Articulo 172.- Causas por las que el empleador puede dar por terminado.- El Empleador podrá dar por terminado el contrato de trabajo, previo visto bueno, en los siguientes casos:

Requisitos Por faltas repetidas e injustificadas de puntualidad o de asistencia al trabajo o por abandono de éste por un tiempo mayor de tres días consecutivos, sin causa justa y siempre que dichas causales se hayan producido dentro de un periodo mensual de labor; Por indisciplina o desobediencia graves a los reglamentos internos legalmente aprobados; Por falta de probidad o por conducta inmoral del trabajador;

Requisitos Por injurias graves irrogadas al empleador, cónyuge o conviviente en unión de hecho, ascendientes o descendientes, o a su representante; Por ineptitud manifiesta del trabajador, respecto de la ocupación o labor para la cual se comprometió;

Requisitos Por denuncia injustificada al empleador respecto de sus obligaciones en el Seguro Social. Mas si fuere justificada la denuncia, quedará asegurada la estabilidad del trabajador, por dos años, en trabajos permanentes; y,

Requisitos Por no acatar las medidas de seguridad, prevención e higiene exigidas por la ley, por sus reglamentos o por la autoridad competente; o por contrariar, sin debida justificación, las prescripciones y dictámenes médicos.

Procedimientos 1ro Tiene que haber un causal 2do RRHH recibe la notificación 3ro RRHH Comunica al Representante Legal 4to Representante Legal envía oficio al Inspector de Trabajo 5to Inspector de Trabajo realiza inspección 6to Inspector envía al empleador si se procede o no con el Visto Bueno

Conclusiones En conclusión una desvinculación por visto bueno debe tener un causal que rompa una orden del reglamento interno o del código de trabajo, al igual que todas las desvinculaciones laborales que existen no se puede dar solo por que quiere hacerlo el empleador o el empleado y este debe ser notificado siempre al ministerio de relaciones laborales.