Criterios y Directrices de Evaluación

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Transcripción de la presentación:

Criterios y Directrices de Evaluación Programa VERIFICA Eduardo García Coordinador de Innovación

Criterio 1 1. DESCRIPCIÓN DEL TÍTULO Criterio Este apartado debe recoger las características generales del título y su valoración corresponde al Consejo de Universidades. La información que las universidades aporten en este apartado servirá de referencia al valorar los restantes apartados de la propuesta de título, ayudando a contextualizarla.

Criterio 2 2. JUSTIFICACIÓN DEL TÍTULO La propuesta de cada título debe ser relevante conforme a las experiencias formativas o investigadoras, adecuada al ámbito académico al que hace referencia y/o acorde con estudios similares existentes en el ámbito internacional. Directrices La propuesta de un título debe presentarse razonada ante la sociedad, las administraciones públicas y la propia institución universitaria. Los referentes o justificaciones que acompañen a la propuesta del Título deben aportar argumentos que lo avalen en términos académicos, científicos o profesionales.

Criterio 3 3. OBJETIVOS GENERALES Y COMPETENCIAS DEL TÍTULO Los objetivos del Título deben ser pertinentes y las competencias a adquirir por los estudiantes deben estar de acuerdo con las exigibles para otorgar el Título. Directrices Los objetivos generales del Título deben responder a la orientación académica, profesional o especializada, etc., que pretenda darse al mismo. Las competencias a adquirir por el estudiante deben ser evaluables y coherentes con las correspondientes a un título de graduado

Criterio 4 4. ACCESO Y ADMISIÓN DE ESTUDIANTES El Título deberá disponer de unos sistemas accesibles que regulen e informen claramente sobre las diferentes vías de acceso, admisión y orientación al estudiante al inicio de sus estudios Directrices Debe proporcionarse a los estudiantes de nuevo ingreso información sobre las características del Título previa a la matriculación que facilite su incorporación a la universidad y titulación. Se ha de contar además con sistemas de información sobre las condiciones o pruebas de acceso especiales, en el caso de que lo autorice la administración competente. El Título ha de contar con sistemas adecuados de transferencia y reconocimiento de créditos, que deben estar descritos, tanto para las materias básicas, de la misma u otra rama de conocimiento, como para otros créditos cursados. .

Criterio 5 5. PLANIFICACIÓN DE LAS ENSEÑANZAS El Plan de estudios deberá constituir una propuesta de formación diseñada de forma coordinada y tomando en consideración la dedicación de los estudiantes en un periodo temporal determinado. Directrices El Plan de estudios debe contar con una estructura de módulos, materias y créditos coherente con los objetivos generales y las competencias definidas y apoyada en mecanismos de coordinación docente. Los contenidos, las actividades formativas, el sistema de evaluación y los requisitos previos especificados en cada módulo o materia deben ser adecuados para favorecer la consecución de las competencias previstas en dicho módulo o materia. La planificación y secuenciación temporal de las enseñanzas debe permitir la coordinación entre módulos o materias y la adecuación de la dedicación real del estudiante a la prevista.

Criterio 6 6. PERSONAL ACADÉMICO El profesorado y otros recursos humanos de apoyo a cada Título deben ser adecuados para la consecución de los objetivos generales y competencias previstas en la propuesta de Título. Directrices El personal académico implicado en el Título debe ser suficiente y su grado de dedicación, su cualificación y experiencia adecuados para llevar a cabo el plan de estudios propuesto.

Criterio 7 7. RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS Los recursos materiales y servicios necesarios para el desarrollo de las actividades previstas deben ser adecuados para la consecución de los objetivos y las competencias previstas en el plan de estudios. Directrices El plan de estudios debe contar con las infraestructuras y recursos materiales adecuados para el desarrollo del mismo. Como norma general, los medios materiales deben ser adecuados para garantizar el funcionamiento de los servicios correspondientes a las enseñanzas impartidas, permitiendo los tamaños de grupo previstos, el ajuste a las metodologías de enseñanza-aprendizaje, etc. Los espacios dedicados a biblioteca, salas de lectura y trabajo en grupo, así como los recursos bibliográficos deberán ser suficientes y accesibles para cubrir lo previsto en los programas de las materias. En el caso de las enseñanzas no presenciales, se tendrá en cuenta la necesidad de recursos propios de la enseñanza a distancia, como son los sistemas y mecanismos de contacto entre profesores y estudiantes. En este tipo de enseñanzas tendrá mayor importancia en la evaluación los recursos para el acceso a espacios virtuales de los estudiantes o plataformas. En los casos en los que proceda, se considerarán los recursos y servicios de los centros asociados.

Criterio 8 8. RESULTADOS PREVISTOS La propuesta del Título debe incluir una previsión de resultados relacionados con la eficiencia del Título y los mecanismos generales para la valoración de los resultados del aprendizaje de los estudiantes. Directrices En la fase de renovación de la acreditación se revisarán estas estimaciones, atendiendo a las justificaciones aportadas por la universidad y a las acciones derivadas de su seguimiento. El Título debe tener habilitados un conjunto de procedimientos para valorar el progreso y los resultados del aprendizaje de los estudiantes.

Criterio 9 9. SISTEMA DE GARANTÍA DE CALIDAD DEL TÍTULO La propuesta del Título debe incluir un Sistema de Garantía de Calidad que asegure el control, la revisión y mejora continua del mismo. Directrices El Centro en el que se imparte la titulación, o en su caso la Universidad, debe disponer de unos procedimientos asociados a la garantía de calidad y dotarse de unos mecanismos formales para la aprobación, control, revisión periódica y mejora del Título. Igualmente, deberán establecerse mecanismos de información dirigidos a los estudiantes y a la sociedad, sobre el nuevo Título y sus objetivos. .

Criterio 10 10. CALENDARIO DE IMPLANTACIÓN El proceso de implantación de las nuevas titulaciones debe estar planificado en el tiempo, y previsto un mecanismo para acomodar, en su caso, a los estudiantes procedentes de planes ya existentes al nuevo plan de estudios. Directrices Debe facilitarse un cronograma donde se recoja el calendario de implantación de las nuevas titulaciones comenzando a partir del año en el que se prevé su inclusión en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. Cuando corresponda, se especificará el procedimiento elegido para adaptar a los estudiantes de los cursos ya existentes a los nuevos planes de estudios. Así mismo, se detallarán aquellas enseñanzas que se extinguen por la implantación del correspondiente Título propuesto.

Muchas gracias por su atención