SEMANA 8 Derecho Bancario 2010-I.

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Transcripción de la presentación:

SEMANA 8 Derecho Bancario 2010-I

Enriqueta González de Sáenz 2008 Contratos Bancarios Enriqueta González de Sáenz 2008

Contratos

Artículo 1351° Código Civil Definición “ Son los acuerdos de voluntades para crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas patrimoniales” Artículo 1351° Código Civil

Contratos Bancarios

Definición “Acuerdo de voluntades destinado a reglar los derechos nacidos de una relación cuyo objeto es una operación bancaria ”. El crédito es materia típica y genuina del Contrato Bancario.

Características de los Contratos Bancarios Masivos Redacción predispuesta e impuesta por una de las partes (CGC) Preponderancia de la Buena Fe Contratos por adhesión Internacionalizados (Globales) Técnicos

CONTRATACION EN MASA Esfuerzos Doctrinarios para explicar un fenómeno meta-jurídico: Velocidad y masificación de la satisfacción de necesidades mediante relaciones contractuales, impersonales, facilitadas por la tecnología.

MODALIDADES Contrato de (por) adhesión: El vínculo se hace patente por adherir a un conjunto cerrado de estipulaciones pre-dispuestas (artículo 1390° C. C.) Cláusulas generales de contratación: La existencia de términos previamente redactados por solo una de las partes (1392° C. C.) Contrato en serie: Contenido unívoco para un solo tipo de negocio jurídico. Contrato - tipo: Añade al tipo legal un contenido menos trascendente pero inamovible por su reiterancia para la generalidad de contratantes. Contrato Estándar: No es categoría jurídica sino la explicación del fenómeno económico de la contratación en masa.

Planteamiento jurídico del problema: Insuficiencia de los elementos para la formación del contrato Oferta y aceptación Inexistencia de individualidad Falta de negociación Conclusiones posibles de esa discusión: No hay contrato (desechada) Control del contrato (acogida)

PLANTEAMIENTO JURIDICO DEL PROBLEMA: Creación del Mito: Parte débil vs. parte fuerte (abusiva) Asimetría de la información Ineficacia del sistema: Autonomía de la voluntad insuficiente Desprotección judicial Art. 1394° C.C. Irrupción contra el mito: Costos de transacción Validez de la contratación en masa No al intervencionismo/dirigismo contractual Transparencia

Resultado: Protección al Consumidor Refuerza el mito El “hermano mayor” vigila Art. 65 Constitución. La autoridad administrativa regula, interpreta, y sanciona. Tribunal Constitucional emite resoluciones otorgando nuevas facultades al regulador. Ley de Transparencia Y Protección a Usuarios de de Servicios Financieros.

CASO SISTEMA FINANCIERO Contratación masiva (necesaria) Actividad supervisada Regulación parcial de contratos (aprobación de determinadas cláusulas por SBS Sustituyen tecnológicamente la oferta y aceptación ¿Negocian los clientes los contratos? El sistema tal cual resarce o puede hacerlo Relación de confianza/Calidad y transparencia La ineficacia del sistema es igual para todos. no hay razón para lo intrusivo en la relación contractual.