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DESAYUNO EJECUTIVO JULIO 2006 LEY N° MODIFICA LOS ARTICULOS 198, 244 Y 245 DEL CODIGO PENAL (06/06/06) Karin Fernández.

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1 DESAYUNO EJECUTIVO JULIO 2006 LEY N° 28755 MODIFICA LOS ARTICULOS 198, 244 Y 245 DEL CODIGO PENAL (06/06/06) Karin Fernández

2 LEY N° 28755 MODIFICA LOS ARTICULOS 198, 244 Y 245 DEL CODIGO PENAL (06/06/06)

3 DELITO DE FRAUDE EN LA ADMINISTRACION DE PERSONAS JURIDICAS ART. 198 CP: Se sanciona de 1 a 4 años a la persona natural que actúa en calidad de: - Fundador, - Miembro del directorio o - Miembro del consejo de administración - Miembro del consejo de vigilancia, - Gerente, - Administrador - Liquidador De una persona jurídica.

4 Art. 198 CP modf. Ley 28755 (06/06/06) Se sanciona de 1 a 4 años a la persona natural que actúa en calidad de: - Fundador, - Miembro del directorio, o - Miembro del consejo de administración, - Miembro del consejo de vigilancia, - Gerente, - Administrador, - Auditor interno, - Auditor externo, o - Liquidador De una persona jurídica.

5 MODALIDADES DELICTIVAS 198° CP MODF.: 1) Ocultar a los accionistas (…) a los auditores Internos o externos, según sea el caso, la verdadera situación de la persona jurídica -falseando los balances, -reflejando u omitiendo en los mismos beneficios o perdidas o usando cualquier artificio que suponga aumento o disminución de las partidas contables.

6 9) Emitir informes o dictámenes que emitan revelar, o revelen en forma distorsionada, situaciones de falta de solvencia o insuficiencia patrimonial de la persona jurídica, o que no revelen actos u omisiones que violen alguna disposición que la persona jurídica está obligada a cumplir y qué esté relacionada con alguna de las conductas tipificadas en el presente artículo." 6) Omitir comunicar al directorio, consejo de administración, consejo directivo u otro órgano similar, o al auditor interno o externo, acerca de la existencia de intereses propios que son incompatibles con los de la empresa.

7 DELITO CONCENTRACION CREDITICIA Art. 244 del CP: Se sanciona de 4 a 10 años al: Director, Gerente, Administrador, Representante legal o Funcionario de una institución bancaria, financiera u otra que opere con fondos del público. Aprobar créditos u otros financiamientos por encima de los límites legales en favor de personas vinculadas a accionistas de la propia institución, (…). Los beneficiarios tendrán igual pena. Conducta típica:

8 Art. 244 CP modf. Ley 28755 Se sanciona de 4 a 10 años al: Director, Gerente, Administrador, Representante legal, Miembro del consejo de administración, Miembro del comité de crédito, o Funcionario de una institución bancaria, financiera u otra que opere con fondos del público. Aprobar créditos, descuentos u otros financiamientos por encima de los límites operativos establecidos en la Ley de la materia, a favor de cualquier persona. Los beneficiarios tendrán la misma pena. Conducta típica, además de la existente:

9 Si los beneficiarios son: - Los directores - Trabajadores de la institución, o -Personas vinculadas a accionistas de la propia institución Tienen una pena de 6 a 10 años. Si como consecuencia de estas operaciones (a particulares o vinculados) la SBS decide intervenir o liquidar la Institución, la pena será de 8 a 12 años.

10 DELITO DE OCULTAMIENTO, OMISION O FALSEDAD DE INFORMACION Art. 245 CP: Se sanciona de 2 a 6 años al: -Director, -Gerente, -Administrador, -Representante legal -Funcionario de una institución bancaria, financiera u otra que opere con fondos del público. Con el propósito de ocultar situaciones de iliquidez o insolvencia de la institución, omitir o negar proporcionar información o proporcionar datos falsos a las autoridades de control y regulación. Conducta típica:

11 Art. 245 CP Modf. Ley 28755 Se sanciona de 4 a 8 años al: -Director, -gerente, -administrador, -representante legal, -miembro del consejo de administración, -miembro del consejo de vigilancia, -miembro del comité de crédito, -auditor interno, -auditor externo, -liquidador -funcionario de una institución bancaria.


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