RÉGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL PROFESORES UNIVERSIDADES ESTATALES

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Transcripción de la presentación:

RÉGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL PROFESORES UNIVERSIDADES ESTATALES Sandra Patricia Duque Quintero Profesora Titular Facultad de Derecho y Ciencias Políticas Universidad de Antioquia spatricia.duque@udea.edu.co

RÉGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL PROFESORES UNIVERSIDADES ESTATALES Art 69 Constitución Política Ley 4 de 1992 Decreto 2912 de 2001 (31 de diciembre de 2001) Ley 30 de 1992 Decreto 910 de 1992 Decreto 1444 de 1992 Decreto 1279 de 2002

RÉGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL PROFESORES UNIVERSIDADES ESTATALES Art 69 CP: Se garantiza la autonomía universitaria... La ley establecerá un régimen especial para las universidades del Estado. El Estado fortalecerá la investigación científica en las universidades oficiales y privadas y ofrecerá las condiciones especiales para su desarrollo... 

RÉGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL PROFESORES UNIVERSIDADES ESTATALES LEY 4 DE 1992 ARTÍCULO 2o. Para la fijación del régimen salarial y prestacional de los servidores enumerados en el artículo anterior, el Gobierno Nacional tendrá en cuenta los siguientes objetivos y criterios: a) El respeto a los derechos adquiridos de los servidores del Estado tanto del régimen general, como de los regímenes especiales. En ningún caso se podrán desmejorar sus salarios y prestaciones sociales; b) El respeto a la carrera administrativa y la ampliación de su cobertura; c) La concertación como factor de mejoramiento de la prestación de los servicios por parte del Estado y de las condiciones de trabajo;

RÉGIMEN SALARIAL Y PRESTACIONAL PROFESORES UNIVERSIDADES ESTATALES Ley 30 de 1992: Artículo 77. El régimen salarial y prestacional de los profesores de las universidades estatales u oficiales se regirá por la Ley 4a de 1992, los Decretos Reglamentarios y las demás normas que la adicionan y complementan.

Decreto 910 y 1444 de 1992 D.910: Régimen salarial y prestacional UNAL se extiende a todas Universidades Estatales mediante D.1444 de 1992. D.1444: Iguales factores de remuneración del D.910. Aumento de puntos en estudios universitarios y posgrados, categorías en el escalafón, actividades academico-administrativas. Producción académica: se hace diferenciación de artículos y rebaja puntaje (15,8,5). La demás producción igual a la del D.910. Reconoce puntos por estudios posdoctorales. Experiencia calificada, igual a la del D.910. Prestaciones sociales: Igual al D.910: Vacaciones, prima de vacaciones, bonificación por servicios prestados, prima de servicios, prima de navidad. 1\12 de la bonificación por servicios prestados se tiene en cuenta para la liquidación de la prima de servicios.

Decreto 2912 de 2001 (derogado jun 2002) La modificación del salario de los profesores sólo podrá hacerse por tres conceptos: - Los títulos correspondientes a estudios universitarios de pregrado o posgrado. - La categoría dentro del escalafón docente. - La evaluación periódica de méritos. La productividad: bonificación no constitutiva de salario, pagada por una sola vez, previo cumplimiento requisitos académicos mayores a los estipulados en el D.1444. Fijaba un tope máximo al número de puntos por bonificaciones. Los puntos por el desempeño del profesor en docencia los divide en dos partes: una, por antigüedad (2 puntos); otra, por Evaluación Periódica de Méritos (tercio superior de los mejores profesores de cada categoría del escalafón docente, deben haber obtenido un mínimo de puntos por bonificaciones en productividad académica).

Decreto 1279 de 2002 Factores que inciden modificación de los puntos salariales: Títulos pregrado o posgrado. Categoría escalafón docente. Productividad académica. Actividades académico-administrativas Desempeño destacado docencia y extensión. Experiencia calificada. Factor salarial productividad académica de los profesores, que cumpla requisitos (Indexación-homologación). Bonificaciones. Reducción de puntos salariales en algunos factores con respecto al D.1444.

CONPES“Fortalecimiento financiero de las Instituciones de Educación Superior públicas" numeral 3.1: como un factor para la actual insuficiencia de recursos para cumplir con las metas de cobertura y calidad de la educación superior: el incremento del número de docentes y su cualificación, ya que esto, ha generado un aumento progresivo en los gastos de nómina, no sólo por la necesidad de aumentar los salarios ante el mayor nivel academico sino por la forma en el que esta establecido el regimen salarial y prestacional de los docentes de las Universidades públicas. Así se establece como objetivo general de la política, mejorar las condiciones de financiación de las IES públicas hasta el año 2030.

CONPES“Fortalecimiento financiero de las Instituciones de Educación Superior públicas" reconocer la productividad académica y científica a través de bonificaciones, similares a las existentes en IES privadas, donde se establecerá un monto máximo anual en la asignación por bonificación, de forma tal que no hagan parte constitutiva del salario y se privilegie la calidad más que la cantidad de los productos académicos y de investigación. Esta reforma buscará, también incrementar el salario de enganche de los docentes para contribuir a una mayor competitividad de las IES del sector oficial frente a las privadas. Asimismo, con el fin de asegurar la calidad de los profesores, la propuesta buscará promover la creación de evaluaciones periódicas. Los resultados de estas serán determinantes dentro de la definición del salario del docente. Además, el Ministerio de Educación Nacional propondrá a las IES fortalecer la carrera docente a través de modificaciones al actual escalafón profesoral. Dado que el escalafón docente cae bajo la autonomía de estas instituciones, el ministerio elaborará un documento de lineamientos al respecto, en el cual se buscará ampliar las diferencias en términos salariales entre categorías docentes, dándole mayor importancia a las actividades académicas dentro de la definición del salario. Este documento deberá estar listo en al finalizar la vigencia 2018 (pág. 32) (subrayas y negrita fuera del texto original).

PROPUESTA DEL SUE (comisión técnica vicerrectores administrativos y financieros) Alcance y financiación, D.1279: Analizar el alcance y financiación del sistema salarial y prestacional docente, el cual impacta el presupuesto de las universidades oficiales, al no tener límites de crecimiento anuales ni a lo largo de la carrera docente.

MEN: ANÁLISIS DE LA CARRERA DOCENTE UNIVERSITARIA Encuanto a lo Financiero se plantea establecer un régimen estatal salarial, prestacional y de vinculación para los docentes del sistema educativo superior: 1.En dónde sean definidos los montos salariales y prestacionales mínimos que serán reconocidos a los docentes de universidades estatales u oficiales. 2.Se definan criterios unificados para el ingreso y el escalafón docente de acuerdo a su tipología y complejidad institucional. INGRESO PERMANENCIA ASCENSO

ASOCIADO D.1279. ESTATUTO PROFESORAL UDEA (Acuerdo S.083 de 1996) Propuesta MEN INGRESO Perfiles convocatoria publica de méritos: docencia, investigación, producción académica 1. Doctorado 2. 8 años experiencia docencia o 12 experiencia profesional. 3. Puntaje mínimo en valoración formación y productividad académica, desempeño docente y actividades de extensión. PERMANENCIA Evaluación profesoral satisfactoria. 1. Cursos pregrado y posgrado. 2. Dirigir tesis o trabajos de grado y contar con producción académica reconocida por la universidad donde este vinculado. 3. Realización de actividades de gestión academico-administrativa. 4. Permanecer un tiempo mínimo como profesor asociado. 5. En caso de continuar en esta categoría, las universidades establecerán cada cierto periodo evaluaciones integrales correspondientes para su renovación.

ASOCIADO D.1279. ESTATUTO PROFESORAL UDEA Propuesta MEN ASCENSO Artículo 57. Para ascender a la categoría de profesor asociado se requerirá: 1. Permanecer tres años como mínimo en la categoría de profesor asistente.   2. Obtener evaluaciones satisfactorias del desempeño en los dos últimos años como profesor asistente. (Modificado por: Acuerdo Superior 163 del 2 de diciembre de 1999) Haber elaborado, durante su período de profesor asistente, un trabajo que constituya un aporte significativo a la docencia, a las ciencias, a las artes o a las humanidades, y sustentarlo ante homólogos. 1. Título de doctorado o el nivel más alto de formación en su área de conocimiento. 2.Permanecer un tiempo mínimo como profesor asociado. (Nota: ¿Se podrá establecer un número fijo –en tiempo –de permanencia?) 3.El resultado de la evaluación integral debe ser igual, o superior a 80%, de acuerdo con el método de evaluación establecido en cada universidad estatal u oficial.* 4. Obtener un puntaje mínimo por producción académica en su área de conocimiento, el cual sea reconocida por la universidad estatal u oficial al cual se encuentra vinculado, y que a su vez se haya generado después de su vinculación sin haber sido utilizada en promociones anteriores. 5.Adicionalmente, deberá elaborar y sustentar ante pares de instituciones de educación superior, trabajos diferentes que constituyan un aporte significativo a la docencia, a las ciencias, a las artes o a las humanidades.

Objetivos propuesta MEN Incentivar la carrera profesional universitaria con base a la meritocracia. Motivar el ascenso profesional por cada una de las categorías. Promover el reconocimiento en el sistema logrando mayor vinculación y permanencia de los profesores. Generar reconocimientos económicos no salariales, por su productividad académica destacada, con el fin de incentivar su que hacer misional. Conformación de Comités que permitan realizar un seguimiento continuo a la carrera profesoral universitaria. Crear un sistema de información enfocado en el desarrollo de la carrera profesoral. Generar impactos a favor de la Sostenibilidad Financiera del Sistema.

Quimbay y Villabona (2017) …el desfinanciamiento de las universidades estatales en Colombia se asocia directamente con: (i) la disminución relativa y progresiva de los aportes de la Nación a los presupuestos de funcionamiento e inversión de estas universidades, cuyo efecto acumulado implicó que estos aportes fueran reducidos en un 44,4%, durante el período 1993-2015; (ii) la desvalorización relativa y progresiva del punto salarial, depreciado con respecto al salario mínimo en un 32,2% durante el período 1995-2017. Encontramos que los salarios promedio mensual y de enganche promedio de estos profesores, se mantuvieron aproximadamente constantes durante el período 2003- 2013. También encontramos que los puntos salariales asignados por producción académica NO fueron la causa del desfinanciamiento de las universidades estatales (Pág 3)

PROGRESIVIDAD Y NO REGRESIVIDAD EN MATERIA LABORAL Artículo 53 de la Constitución Política de Colombia“…La ley, los contratos, los acuerdos y convenios de trabajo, no pueden menoscabar la libertad, la dignidad humana ni los derechos de los trabajadores”. Toda normatividad, acuerdo o contrato creado, no pueden vulnerar en los trabajadores su libertad, dignidad y derechos; por ende, toda ley que sea creada debe ir en pro de las mejoras de sus principios mínimos fundamentales.

ASUNTOS A LOS QUE NO DEBEMOS RENUNCIAR ESTABILIDAD EN EL EMPLEO PROGRESIVIDAD Y NO REGRESIVIDAD EN MATERIA SALARIAL Y PRESTACIONAL.

EXIGIR Y EXPRESAR AL MEN El respeto a los derechos adquiridos de los profesores de universidades públicas. En ningún caso podrán desmejorarse los salarios y prestaciones sociales (que tienen una relación directa en materia pensional) atendiendo al principio de progresividad y no regresividad en materia laboral. No a “la renovación del nombramiento” ya que se configura en una medida regresiva que acaba con la estabilidad en la carrera profesoral. La concertación como punto de partida: Rechazamos reformas inconsultas que vayan en detrimento de las condiciones laborales del profesorado.

EXIGIR Y EXPRESAR AL MEN El punto salarial acorde a los incrementos del salario mínimo legal, la inflación y el IPC, que protege el derecho a un salario vital y móvil. Nuevamente estabilizar el Publindex usando el índice de medición anterior que cobija y nivela, sin devaluar, la Base Latinoamericana Scielo. Que Colciencias deje de reinterpretar y reclasificar arbitraria y regresivamente este índice, que deprecia la valía de nuestra producción e identidad.

ACCIONES A SEGUIR Conformar MESA NACIONAL para el análisis del Decreto 1279 y la carrera profesoral. ¿Cómo mejorar el régimen salarial y prestacional de los profesores universitarios? ¿Es necesario unificar una carrera profesoral universitaria pública? Acciones: - Participación de las 32 universidades Estatales. - Alianzas con asociaciones de profesores. - Análisis de Estatutos profesorales de las 32 universidades públicas. Categorías de estudio: ingreso, permanencia y ascenso.

ACCIONES A SEGUIR Publindex: Estabilizar el publindex ya que fue una reforma inconsulta al D.1279. Acciones: -Derecho de petición al Ministerio y Colciencias, exigiendo: La derogación inmediata y retroactiva del modelo publindex, para revistas nacionales, y de homologación, para las internacionales, que entró en vigencia en el segundo semestre de 2016 y que se restituya el modelo publindex y de homologación de revistas internacionales que estaba vigente hasta esa fecha, además asegurar que las próximas revisiones sean con la participación del profesorado.

Contacto: asoprudea1@gmail.com SI QUIERE UNIRSE A LA MESA NACIONAL para el análisis del Decreto 1279 y la carrera profesoral. Contacto: asoprudea1@gmail.com

GRACIAS!!!!!