Ley General de la persona joven
Ley General de la Persona Joven en el seno de la Asamblea Legislativa en abril del 2002. Con la aprobación de la Ley el 2 de mayo del 2002 se obtuvo, entre muchos otros logros, que los propios Jóvenes representados por la Asamblea Nacional de la Red Consultiva, gozaran de la facultad de aprobar el Plan Nacional de Políticas Públicas de la Persona Joven, el cual es elaborado y presentado por el Consejo Nacional de Políticas Públicas de la Persona Joven.
Se protegen y garantizan tres principios básicos Primero Que el proceso de elaboración de la Política Pública para las Personas Jóvenes fuera inclusivo y con amplia participación de diversos actores de nuestra sociedad Segundo Que el proceso fuera transparente, libre y respondiera al sentir de los participantes, principalmente el Juvenil; tercero Garantizar que la Asamblea Nacional Joven fuera la responsable de conocer y aprobar el Plan Nacional de Políticas Públicas
ARTÍCULO 4.- Derechos de las personas jóvenes. El derecho a una educación equitativa y de características similares en todos los niveles.