TRATADOS INTERNACIONALES (continuación)

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Transcripción de la presentación:

TRATADOS INTERNACIONALES (continuación) Profesora Jeannette Irigoin Barrenne Universidad de Chile

LA EXPRESIÓN DEL CONSENTIMIENO LA ADHESIÓN, PECULIAR DE LOS TRATADOS MULTILATERALES. DEFINICIÓN: Es una forma de manifestación del consentimiento que permite llegar a ser parte de un tratado a sujetos no signatarios del mismo. ORIGEN: Fue concebida como un procedimiento que permitía acceder a la condición de parte en un tratado en vigor a un Estado que no había participado en su negociación y al que, por lo tanto, no le había sido posible la firma y la posterior ratificación

LA EXPRESIÓN DEL CONSENTIMIENO FINALIDAD: Estas iniciativas persiguen la eliminación de reglas restrictivas de acceso a la condición de parte y la más rápida entrada en vigor de los tratados multilaterales.

LAS RESERVAS A LOS TRATADOS DEFINICIÓN: “ Declaración unilateral, cualquiera que sea su enunciado o denominación, hecha por un Estado al firmar, ratificar, aceptar o aprobar un tratado o al adherirse a él, con objeto de exccluir o modificar los efectos jurídicos de ciertas disposiciones del tratado en su aplicación a ese Estado” ( Art. 2.1. de de la C. de Viena). Sólo rige para los tratados multilaterales.

LAS RESERVAS OBJETIVO: Permitir la mayor participación posible y una mayor efectividad del tratado. 1. Principio de integridad del tratado. 2. Principio de universalidad del tratado.

LAS RESERVAS RÉGIMEN DE LAS RESERVAS: 1. Reservas no previstas por el tratado: El criterio de la compatibilidad con el objeto y fin del tratado. 2. Reservas previstas por el tratado. 3. Efectos jurídicos: A) Entre el reservante y el aceptante: Las disposiciones del tratado se modifican en la medida prevista por la reserva. B) Entre el reservante y el objetante: Es necesario distinguir: i) El objetante no ha expresado inequívocamente la intención de que el tratado no entre en vigor entre él y el Estado reservante: El tratado entra en vigor entre reservante y objetante viéndose modificadas las disposiciones del tratado en la medida de la reserva. ii) El objetante ha expresado inequívocamente la intención de que el tratado no entre en vigor entre él y el Estado reservante: Debe entenderse que no hay tratado entre ambos Estados.

EFECTOS DE LOS TRATADOS EFECTOS DE LOS TRATADOS ENTRE LAS PARTES. EFECTOS DE LOS TRATADOS RESPECTO DE TERCEROS.

EFECTOS DE LOS TRATADOS ENTRE LAS PARTES OBLIGATORIEDAD Y APLICABILIDAD DE LOS TRATADOS EN EL ORDEN INTERNACIONAL. 1. Entrada en vigor de los tratados. 2. Regla de Pacta Sunt Servanda. (cumple lo pactado). OBLIGATORIEDAD Y APLICABILIDAD DE LOS TRATADOS EN EL ORDEN INTERNO. 1. Recepción de los tratados. 2. Publicación de los tratados. 3. Medidas legales y reglamentarias para la ejecución de los tratados. 4. Ejecución de los tratados en los Estados de estructura compleja.

EFECTOS DE LOS TRATADOS ENTRE LAS PARTES PROBLEMAS GENERALES DE LA APLICACIÓN DE LOS TRATADOS 1. Delimitación espacial y temporal de los tratados. 2. Determinación del contenido de los tratados. La cláusula de la nación más favorecida. LA INTERPRETACIÓN DE LOS TRATADOS. 1. Regla general de interpretación . 2. Medios complementarios: los trabajos preparatorios

LOS EFECTOS DE LOS TRATADOS RESPECTO DE TERCEROS LA PREVISIÓN CONVENCIONAL DE DERECHOS Y OBLIGACIONES PARA TERCEROS. 1. Tratados que prevén obligaciones para terceros. 2. Tratados que prevén derechos para terceros.

B.- LOS EFECTOS DE LOS TRATADOS RESPECTO DE TERCEROS LA SUCESIÓN DE ESTADOS. 1. La relación sucesoria. 2. Consecuencias de la relación sucesoria en materia de tratados 3. El régimen de los distintos tipos de sucesión i) La sucesión en los tratados constitutivos de regímenes territoriales objetivos. ii) La sucesión en los demás tratados celebrados por Estados surgidos de la descolonización.

CONDICIONES DE VALIDEZ Requisitos del acto jurídico y los tratados 1. Capacidad de las partes 2. Consentimiento exento de vicios 3. Objeto lícito Regulación. Convención de Viena, Parte V: “Nulidad, terminación y suspensión de la aplicación de los tratados” La diferencia entre los contratos y los tratados deriva de la influencia de la técnica anglosajona sobre los últimos

CAUSALES DE NULIDAD RELATIVA Condiciones formales de validez 1. Violación del derecho interno concerniente a la competencia para celebrar tratados (art. 46 C. de Viena) 2. Inobservancia de una restricción específica de los poderes para manifestar consentimiento del Estado (art. 47 C. de Viena) Vicios del consentimiento 1. Error 2. Dolo 3. La corrupción del representante del Estado

CAUSALES DE NULIDAD ABSOLUTA Coacción sobre el representante de un Estado (art. 51 C. De Viena) Coacción sobre un Estado por amenaza o uso de la fuerza (art. 52 C. De Viena) Oposición a normas de Jus Cogens (arts. 53 y 64 C. De Viena)

CAUSALES DE TERMINACIÓN Causales intrínsecas (provenientes del propio tratado) 1. Cumplimiento del plazo 2. Cumplimiento de la condición resolutoria 3. Denuncia

CAUSALES DE TERMINACIÓN Causales extrínsecas (provenientes del derecho internacional general) 1. Mutuo consentimiento (abrogación) 2. Celebrar un tratado posterior sobre la misma materia 3. Violación del tratado 4. Imposibilidad subsiguiente de cumplimiento 5. Cambio fundamental de las circunstancias 6. Jus Cogens emergente

CAUSALES DE SUSPENSIÓN Como alternativa a la terminación 1. Por violación grave del tratado 2. Por un cambio fundamental de las circunstancias: Rebus sic stantibus

CAUSALES DE SUSPENSIÓN Suspensión (por sí misma) 1. Por disposición del propio tratado 2. Por Acuerdo de las partes 3. Por acuerdo de algunas partes (tratado multilateral) no incompatible con el objeto y fin del tratado 4. Por la adopción posterior de un tratado sobre la misma materia 5. Por la imposibilidad temporal de cumplimiento