La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

Mgs. María Alejandra Cueva Guzmán

Presentaciones similares


Presentación del tema: "Mgs. María Alejandra Cueva Guzmán"— Transcripción de la presentación:

1

2 Mgs. María Alejandra Cueva Guzmán
DERECHO CIVIL IV OBLIGACIONES Y CONTRATOS I BIMESTRE Docente: Mg. María Alejandra Cueva Guzmán Mgs. María Alejandra Cueva Guzmán

3 Mgs. María Alejandra Cueva Guzmán
TEMAS I BIMESTRE CAPÍTULO 1: GENERALIDADES Y NOCIONES BÁSICAS 1.1. Obligaciones 1.2. Fuentes de las obligaciones 1.3. Los Contratos 1.4. Requisitos para contratar y capacidad CAPÍTULO 2: CLASIFICACIÓN DE LAS OBLIGACIONES 2.1. Obligaciones civiles y meramente naturales 2.2. Obligaciones condicionales y modales 2.3. Obligaciones a plazo 2.4. Obligaciones alternativas 2.5. Obligaciones facultativas 2.6. Obligaciones de género 2.7. Obligaciones solidarias 2.8. Obligaciones divisibles e indivisibles 2.9. Obligaciones con cláusula penal Mgs. María Alejandra Cueva Guzmán

4 Mgs. María Alejandra Cueva Guzmán
TEMAS I BIMESTRE CAPÍTULO 3: EFECTOS E INTERPRETACIÓN 3.1. Efectos de las interpretaciones 3.2. Interpretación de los contratos CAPÍTULO 4: MODOS DE EXTINCIÓN Y PRUEBA DE LAS OBLIGACIONES 4.1. Modos de extinguirse las obligaciones Del pago efectivo De la novación La remisión La compensación Confusión La pérdida de la cosa que se debe De la nulidad y rescisión 4.2. Prueba de las obligaciones Mgs. María Alejandra Cueva Guzmán

5 CAPÍTULO 1: GENERALIDADES Y NOCIONES BÁSICAS
OBLIGACIONES: Art C.C. Las obligaciones nacen, ya del concurso real de las voluntades de dos o más personas, como en los contratos o convenciones; ya de un hecho voluntario de la persona que se obliga, como en la aceptación de una herencia o legado y en todos los cuasicontratos; ya a consecuencia de un hecho que ha inferido injuria o daño a otra persona, como en los delitos y cuasidelitos; ya por disposición de la ley, como entre los padres y los hijos de familia. Mgs. María Alejandra Cueva Guzmán

6 CAPÍTULO 1: GENERALIDADES Y NOCIONES BÁSICAS
CONTRATOS: Art C.C.: Contrato o convención es un acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa. Cada parte puede ser una o muchas personas. Mgs. María Alejandra Cueva Guzmán

7 CAPÍTULO 1: GENERALIDADES Y NOCIONES BÁSICAS
Requisitos para contratar: Art C.C.: Para que una persona se obligue a otra por un acto o declaración de voluntad es necesario: Que sea legalmente capaz; Que consienta en dicho acto o declaración, y su consentimiento no adolezca de vicio; Que recaiga sobre un objeto lícito; y, Que tenga una causa lícita. La capacidad legal de una persona consiste en poderse obligar por sí misma, y sin el ministerio o la autorización de otra. Mgs. María Alejandra Cueva Guzmán

8 CAPÍTULO 2: CLASIFICACIÓN DE LAS OBLIGACIONES
OBLIGACIONES CIVILES: SON LAS QUE DAN DERECHO PARA EXIGIR SU CUMPLIMIENTO OBLIGACIONES MERAMENTE NATURALES: NO DAN DERECHO PARA EXIGIR SU CUMPLIMIENTO, PERO UNA VEZ CUMPLIDAS AUTORIZAN PARA RETENER LO QUE SE HA DADO. OBLIGACIONES CONDICIONALES: DEPENDEN DE UNA CONDICIÓN, ACONTECIMIENTO FUTURO QUE PUEDE SUCEDER O NO. OBLIGACIONES CONDICIÓN SUSPENSIVA: MIENTRAS NO SE CUMPLE SUSPENDE LA ADQUISICIÓN DE UN DERECHO. OBLIGACIONES CONDICIÓN POSITIVA: CONSISTE EN QUE ACONTEZCA UNA COSA. OBLIGACIONES CONDICIÓN NEGATIVA: CONSISTE EN QUE UNA COSA NO ACONTEZCA. Mgs. María Alejandra Cueva Guzmán

9 CAPÍTULO 2: CLASIFICACIÓN DE LAS OBLIGACIONES
OBLIGACIONES A PLAZO: SE FIJA UNA ÉPOCA PARA EL CUMPLIMIENTO DE UNA OBLIGACIÓN, ESTE PUEDE SER EXPRESO O TÁCITO. OBLIGACIONES ALTERNATIVAS: SE DEBEN VARIAS COSAS, LA EJECUCIÓN DE UNA DE ELLAS EXONERA LA EJECUCIÓN DE LAS OTRAS. OBLIGACIONES FACULTATIVAS: TIENE POR OBJETO UNA COSA DETERMINADA, PERO SE CONCEDE LA POTESTAD DE PAGAR CON ESA COSA U OTRA QUE SE DESIGNA. OBLIGACIONES DE GÉNERO: AQUELLA EN QUE SE DEBE INDETERMINADAMENTE UN INDIVIDUO DE UNA CLASE DETERMINADA. Mgs. María Alejandra Cueva Guzmán

10 CAPÍTULO 3: EFECTOS E INTERPRETACIÓN
DEL EFECTO DE LAS OBLIGACIONES Arts al 1575 del C.C. Los efectos de las obligaciones nacen de la ley Mgs. María Alejandra Cueva Guzmán

11 CAPÍTULO 3: EFECTOS E INTERPRETACIÓN
DE LA INTERPREETACIÓN Arts al 1582 del C.C. La intención de los contratantes debe ser tomada principalmente en cuenta Cuando exista una duda de interpretación, siempre se tomará en cuenta lo mas favorable al deudor Mgs. María Alejandra Cueva Guzmán

12 CAPÍTULO 4: MODOS DE EXTINCIÓN
Art C.C..- Las obligaciones se extinguen, en todo o en parte: 1. Por convención de las partes interesadas, que sean capaces de disponer libremente de lo suyo; 2. Por la solución o pago efectivo; 3. Por la novación; 4. Por la transacción; 5. Por la remisión; 6. Por la compensación; 7. Por la confusión; 8. Por la pérdida de la cosa que se debe; 9. Por la declaración de nulidad o por la rescisión; 10. Por el evento de la condición resolutoria; y, 11. Por la prescripción. Mgs. María Alejandra Cueva Guzmán

13 Por la solución o pago efectivo
Art C.C. es la prestación de lo que se debe Mgs. María Alejandra Cueva Guzmán

14 Mgs. María Alejandra Cueva Guzmán
Por la novación Art C.C. es la sustitución de una nueva obligación a otra anterior, la cual queda, por lo tanto, extinguida Mgs. María Alejandra Cueva Guzmán

15 Por la remisión o condonación
Art C.C. no tiene valor, sino en cuanto el acreedor es hábil para disponer de la cosa que es objeto de ella Mgs. María Alejandra Cueva Guzmán

16 Mgs. María Alejandra Cueva Guzmán
Por la compensación Art C.C. Cuando dos personas son deudoras una de otra, se opera entre ellas una compensación que extingue ambas deudas, del modo y en los casos que van a explicarse Mgs. María Alejandra Cueva Guzmán

17 Mgs. María Alejandra Cueva Guzmán
Por la confusión Art C.C. Cuando concurren en una misma persona las calidades de acreedor y deudor, se verifica de derecho una confusión que extingue la deuda y surte iguales efectos que el pago Mgs. María Alejandra Cueva Guzmán

18 Por la pérdida de la cosa que se debe
Art C.C. Cuando el cuerpo cierto que se debe perece, o porque se destruye, o porque deja de estar en el comercio, o porque desaparece y se ignora si existe, se extingue la obligación; salvo empero las excepciones de los artículos subsiguientes Mgs. María Alejandra Cueva Guzmán

19 Por la declaración de nulidad
Art C.C. Es nulo todo acto o contrato a que falta alguno de los requisitos que la ley prescribe para el valor del mismo acto o contrato, según su especie y la calidad o estado de las partes Mgs. María Alejandra Cueva Guzmán

20 Mgs. María Alejandra Cueva Guzmán
Por la rescisión Art C.C. es un concepto que hace referencia al negocio jurídico por el que se deja sin efecto, mediante declaración judicial, un negocio, contrato o acto jurídico Mgs. María Alejandra Cueva Guzmán

21 Por el evento de la condición resolutoria
Art C.C. cuando por su cumplimiento se extingue un derecho Mgs. María Alejandra Cueva Guzmán

22 Mgs. María Alejandra Cueva Guzmán
Por la prescripción Art C.C. es un modo de adquirir las cosas ajenas, o de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse poseído las cosas, o no haberse ejercido dichas acciones y derechos, durante cierto tiempo, y concurriendo los demás requisitos legales. Una acción o derecho se dice que prescribe cuando se extingue por la prescripción Mgs. María Alejandra Cueva Guzmán

23 2015-09 PAGO EN FASE DE EJECUCIÓN
INFORME DEL DEPARTAMENTO DE ASESORÍA JURÍDICA DE LA PRESIDENCIA DE LA CORTE NACIONAL DE JUSTICIA PAGO EN FASE DE EJECUCIÓN ..\..\CONSULTAS CORTE NACIONAL\ PAGO EN FASE DE EJECUCIÓN.docx Mgs. María Alejandra Cueva Guzmán

24 Mgs. María Alejandra Cueva Guzmán


Descargar ppt "Mgs. María Alejandra Cueva Guzmán"

Presentaciones similares


Anuncios Google