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Unidad N° 6: Ámbitos de validez de la ley penal ÁMBITO TEMPORAL

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Presentación del tema: "Unidad N° 6: Ámbitos de validez de la ley penal ÁMBITO TEMPORAL"— Transcripción de la presentación:

1 Unidad N° 6: Ámbitos de validez de la ley penal ÁMBITO TEMPORAL
Tempus regit actus: Principio general, rige la ley que estaba vigente al momento del hecho delictivo/ IRRECTROACTIVIDAD DE LA LEY PENAL (P. legalidad, art. 18 C.N./ Lex praevia) Problemas con el delito continuado y el delito permanente (Diferencias legales al momento de la conducta y el de su cese): Ley vigente , más desfavorable al imputado, al momento de finalizar su actividad delictiva, si este persistió en la comisión del delito cuando ya estaba vigente la ley menos benigna (P. Minoritaria) Ley vigente al comienzo de la actividad voluntaria más benigna en contraposición a la más gravosa al momento del cese de los actos (P. Mayoritaria) EXCEPCIONES: Retroactividad: Hecho________Ley=Hecho Ultractividad: : Hecho/Ley_______Ley_______Ley=Hecho FUNDAMENTOS: 1° Político social, 2° Constitucional (C.N. 1949), 3° Político social y 4° Consitucional (1994, art. 9 CADH, 15, PIDCP)

2 SUCESIÓN DE LEYES PENALES EN EL TIEMPO
Ley Penal más benigna ¿Cuál es la ley penal más benigna?= Ley en el sentido de los documentos internacionales y ley penal ( las leyes extrapenales son las leyes alcanzadas por la máxima de la mayor benignidad siempre y cuando importen cambios sustanciales en el tipo) = Mayor benignidad dependerá de cada caso en particular (p.e: cuantum de la pena, mínimos y máximos) Casos: Cosa juzgada Leyes intermedias: ultractividad Leyes transitorias/temporales: Antes de la reforma 1994 NO/ Luego SI Leyes transitorias/excepcionales: IDEM Leyes interpretativas: Interpretación auténtica Medidas de seguridad: Curativas y eductivas (No rige “Tempus regit actus”) Eliminatorias (Si)

3 VALIDEZ PERSONAL DE LA LEY PENAL
Inmunidad parlamentaria: Opiniones o discursos del legislador/ Excusa absolutoria/ Absoluta y permanente/ Legisladores N y P, candidatos a legisladores Cba, convencionales constituyentes N y P, defensores del pueblo N y P, Gobernador y Vicegobernador Cba, Ministros de Cba. Inmunidades displomáticas: Excepciones al principio de territorialidad, no absoluta Inmunidades procesales: Se trata en realidad de obstáculos procesales (Inmunidad de arresto, desafuero (PL), juicio político (PE y CSJN), jurado de enjuiciamiento (PJ)

4 VALIDEZ ESPACIAL DE LA LEY PENAL
PRINCIPIO TERRITORIAL: Es válida la ley penal del lugar en donde se comete el delito (ART. 1° DEL CP.) / Necesidad de delimitación del territorio argentino/ Delitos a distancia y de tránsito (Reglas: T. Acción/ T. Resultado/ T. Ubicuidad) PRINCIPIO REAL O DE DEFENSA: Validez de la ley penal nacional para delitos cometidos en el extranjero cuando estos afecten bienes jurídicos cuya titularidad ejerza el Estado Nacional y puedan incidir en su integridad como tal (ART. 1°, inc. 1°, segundo supuesto y ART. 2° C.P) OJO NO CONFUNDIR EFECTOS CON RESULTADO MATERIAL CONSUMATIVO PRINCIPIO DE PERSONALIDAD: ACTIVA (Se aplica la ley de la nacionalidad del sujeto activo ART. 12 LEY ) PASIVA (Se aplica la ley penal del Estado frente a los delitos cometidos a sus nacionales en el extranjero) PRINCIPIO UNIVERSAL: Delitos contra el derecho de gentes elaborados por convenciones internacionales

5 EXTRADICIÓN Acto por el cual un Estado entrega un individuo a otro Estado que lo reclama para someterlo a juicio o a la ejecución de una pena. CONDICIONES: Relativas al hecho: Comprendido en el tratado o derecho interno como susceptible de extradición, incriminado en ambos estados y de cierta envergadura II. Relativas a la persona: Mayor de edad de acuerdo a leyes locales y opcional si no existe tratado internacional que obligue a la extradición de nacionales Relativas a la pena: No debe haberse extinguido la acción penal o la pena según lo disponga la normativa del Estado extranjero/ No pena de muerte o procedimientos de tortura Relativas al proceso: Pueden resumirse en la garantía de que se respetará el Debido proceso V. Relativas a la conveniencia política: Reciprocidad/ Soberanía nacional, seguridad, orden público y otros intereses esenciales


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