La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO

Presentaciones similares


Presentación del tema: "DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO"— Transcripción de la presentación:

1 DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO
Profesora : Gilda Cicci Ayud.: Miriam Gutiérrez Lunes 21 abril 2008

2 TERMINACION DE LOS TRATADOS

3 Son las circunstancias que determinan el fin de éstos y la cesación de sus efectos jurídicos, extinguiéndose los derechos y obligaciones que emanan de ellos Puede afectar a tratados bilaterales o multilaterales, en ese caso se llama retiro

4 Causales de terminación de los tratados
a) Causales previstas en el mismo tratado b) Mutuo consentimiento c) Causales previstas en el Derecho Internacional General

5 Causales previstas en el propio tratado
Art. 54 , letra a) de la Convención de Viena 1) Cumplimiento del plazo 2) Cumplimiento de una condición resolutoria 3) Denuncia La regla general es que ella no proceda sino cuando los tratados contengan esta cláusula, salvo dos excepciones: * Que conste la intención de las partes de admitir la denuncia o retiro. * Que el derecho de denuncia pueda inferirse de la naturaleza del tratado

6 Mutuo consentimiento Da lugar a la “abrogación” del tratado.
Art. 54 (CV) señala que ésta podrá tener lugar en cualquier momento por consentimiento de todas las partes después de consultar a los demás Estados contratantes. Puede ser expresa o tácita (Art.59) Se considerará terminado si todas las partes de él celebren ulteriormente un tratado sobre la misma materia. - Se desprende del tratado posterior o consta de otro modo que ha sido intención de las partes que la materia se rija por un tratado. Las disposiciones del tratado posterior son incompatibles, de modo que no pueden aplicarse simultáneamente.

7 Causales contempladas en el Derecho Internacional General
1. Cumplimiento total del tratado 2. Imposibilidad de cumplimiento (Art. 61) 3. Desaparición total de una de las partes contratantes.

8 Cambio fundamental de las circunstancias
La Convención de Viena a desechado la teoría de la cláusula tácita y ha dado normas de carácter objetivo con el fin de evitar la inestabilidad de los tratados priorizando el pacta sunt servanda. Excepciones: Que haya cambio de circunstancias que afecten lo esencial del consentimiento de obligarse. Cambio tenga por efecto modificar radicalmente el alcance de las obligaciones que deban cumplirse en virtud del tratado. No puede alegarse en casos relativos a fronteras o de una violación al tratado

9 Surgimiento de una nueva norma imperativa
Art.64 Convención Además es causal de nulidad, exime a las partes del cumplimiento existente, sin afectar derecho o situación jurídica creadas por el tratado antes de su terminación

10 Violación grave de un tratado
Art. 60, párrafo 3 Constituyen violación grave de un tratado: Rechazo del tratado no admitido por la convención. Violación de una disposición esencial para la consecución del objeto y fin del tratado

11 Que tengan buen día!!!


Descargar ppt "DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO"

Presentaciones similares


Anuncios Google