Propiedad Intelectual Universidad Francisco Marroquín Facultad de Derecho Análisis Económico del Derecho Lic. Juan Pablo Gramajo Castro
¿Es la PI propiedad privada? ¿Propiedad civil sobre bienes intangibles? PI no es perpetua (salvo signos distintivos y derechos morales). Propiedad privada requiere: Consumo rival. Bajo costo de exclusión. PI se parece más a un bien público: No tiene consumo rival. Las marcas sí, aunque su costo de exclusión es alto. Costos de exclusión son altos, copiar está al alcance de cualquiera con tecnología.
Función económica de la PI Argumento es que PI incentiva creación. Sin embargo, implica asumir altos costos para su vigencia. Bienes intelectuales no son escasos como bienes físicos: PI crea escasez artificial. No es perpetua porque su función no es proteger un bien sin consumo rival, sino los incentivos para crear.
Producción de información Bienes públicos (consumo no rival y alto costo de exclusión) no los produce el mercado. Alternativas para crearlos: Inversión estatal: que el Estado cobre impuestos y los produzca. Concesión de privilegio al creador. Hay bienes públicos no exclusivos: p.e. noticias, fe, lenguaje, ciencia. PI sí incentiva creación, pero no puede decirse que sin ella no la habría. Pregunta no es si incentiva o no, sino si los volúmenes de innovación y creatividad que incentiva justifican los costos sociales que la exclusividad genera.
Costos de la PI Restricción a competencia: PI no siempre es monopolio entre creadores, pero sí respecto de autorizar reproducción y distribución. Reducción de innovación y desarrollo: Retraso de innovación y creatividad. Uso de patentes defensivas (no destinadas a comercializar, sino a impedir competencia). Retraso en desarrollo de economías de red: hay externalidad de red cuando decisión de consumo de una persona aumenta valor de consumo del mismo producto a los demás (p.e., un solo teléfono no sirve, vale más mientras haya más usuarios). PI puede hacerlo más lento, pues tecnologías deben ser compatibles. Costos de observancia: es más costoso protegerla: autoridades especializadas, litigios frecuentes y costosos, dificultades para hacer cumplir sentencias.
Beneficios de la PI PI trae innovación. No toda, sino aquella que no existiría sin PI. Buena parte de patentes y obras de autor existirían sin PI, pues hay otros incentivos para crear. Históricamente, se ha dado innovación y creatividad en épocas en que PI no existía. No todo incremento en productividad se debe a invención, y sólo parte de ésta surge de inventos patentados. No todos los autores escriben por dinero. Prestigio permite generar ingresos en otros mercados. Satisfacción personal o académica.
Beneficios de la PI La PI tal como está concebida en leyes vigentes: aunque cierta exclusividad sea necesaria, ¿cuánta lo es para fomentar innovación? ¿Cambiarían los incentivos si se redujera la protección? Por ejemplo, ¿bastarían 10 años de protección en vez de vida + 75? Niveles de protección actual reflejan más intentos de captura de rentas que auténtica preocupación por incrementar creatividad.
¿Dónde está el “robo”? Los “linderos” de la PI no están señalados desde adquisición. PI puede implicar una especie de invasión o expropiación luego de adquirido derecho, al impedir que un tercero haga algo con sus propios recursos. PI tiene dos componentes: Ser propietario y vender las propias ideas. Controlar su uso luego de vendida puede ser económicamente peligroso. Implica penetrar en titularidades ajenas.