FORMULARIO DE RECONOCIMIENTO DE ACTIVIDADES

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Transcripción de la presentación:

FORMULARIO DE RECONOCIMIENTO DE ACTIVIDADES

Reconocimiento de Actividades Resolucion SGP 02/02 Titulo X Resolución SGP 51/03 Resolucion SGP 02/02 Titulo X

¿Qué es el Reconocimiento de Actividades? Es la instancia en la cual el agente solicita al INAP (Instituto Nacional de la Administración Pública) la acreditación de una actividad que resulta pertinente y vigente con las tareas y funciones que realiza en su puesto de trabajo.

¿Qué actividades se pueden acreditar? Según lo establecido en la resolución 51 Cap. III Art. 8 de la ex Subsecretaría de Gestión Pública, los agentes podrán solicitar la acreditación de: Desempeño docente. Participación en eventos académicos o profesionales de carácter público. Autoría o compilación de publicaciones específicas. Asistencia Técnica. Autoformación.

Desempeño Docente Res. SGP 51/03 Cap III ART. 9 Podrá acreditarse el desempeño de las actividades docentes a razón de una única vez por asignatura o curso impartido. Solo se podrán asignar créditos por hasta un total de UN CUARTO (¼) de las exigencias de capacitación para la promoción de grado.

Participación en eventos académicos o profesionales de carácter público. Res. SGP 51/03 Cap III ART. 10 Será acreditada la participación en eventos académicos o de actualización y/o intercambio técnico-profesional, incluidos giras o viajes de estudio u observación, sea que el agente participe en carácter disertante, relator, conferencista, coordinador u organizador general o mero asistente. Solo se podrá asignar por la participación en dichas actividades, una cantidad de créditos de capacitación no superior a la mitad del total de los créditos exigidos para la promoción de grado. Cuando la participación se reduzca a la mera asistencia al evento, el cumplimiento del criterio 2 previsto en el tercer párrafo del articulo 27 del anexo Res. SGP 2/02, se considerará como PARCIAL Cuando la participación sea en carácter de representante oficial bajo el interés formalmente declarado de su jurisdicción u organismo, la satisfacción del criterio de pertinencia será considerada TOTAL

Autoría o compilación de publicaciones especificas Res. SGP 51/03 Cap III ART. 11 Podrá ser acreditada la autoría de libros, artículos o informes de investigación o de compilaciones, que hayan sido publicados. La asignación de créditos de cada una de estas actividades no superará respecto de la cantidad de créditos exigida para la promoción de grado, el porcentaje indicado a continuación: Libros de autoría individual: CINCUENTA POR CIENTO (50%) Artículos originales o informes de investigación editados en publicaciones académicas, científicas o profesionales de aparición periódica: CUARENTA POR CIENTO (40%) Libros o artículos en coautoría: TREINTA POR CIENTO30 % Libros en las que el agente sea compilador VEINTICINCO POR CIENTO25 % El cumplimiento del criterio 3 del párrafo tercero del art. 27 res. SGP 2/02 se califica como TOTAL cuando se trate de publicaciones periódicas que utilicen el sistema de referato . La solicitud de acreditación del agente será acompañada por un (1) ejemplar de la publicación, el cual será ingresado al fondo documental del INAP.

Res. SGP 51/03 Cap III ART. 12 Asistencia Técnica Podrán ser acreditadas las actividades de asistencia o cooperación técnica a favor de organismos públicos nacionales, provinciales, municipales, extranjeros, internacionales o multilaterales, encomendadas por las autoridades superiores de la respectiva jurisdicción u organismo descentralizado, a los titulares de funciones o cargos que no incluyan la realización de actividades de esta naturaleza entre sus responsabilidades primarias o habituales. Quedan incluidas en este tipo de actividades las acciones de capacitación que estos impartan a los agentes de aquellos organismos. La acreditación procederá por una única vez para cada programa o proyecto de asistencia técnica realizado y el valor de los créditos a asignar no podrá superar en ningún caso la mitad del total de los créditos exigidos para la promoción de grado.

Res. SGP 51/03 Cap III ART. 13 Autoformación Será acreditada la realización de actividades de autoformación laboral y profesional no comprendidas en los artículos anteriores, organizadas por los agentes para elevar sus conocimientos, habilidades y competencias laborales. Quienes opten por esta modalidad deberán presentar para su acreditación conforme lo dispuesto en el art.27 de la Res. SGP 2/02 sus planes de autoformación antes del 31 de marzo de cada año haciendo constar los objetivos, actividades, metodología y resultados a obtener así como la modalidad de evaluación de estos últimos. La asignación de créditos procederá una vez cumplido el plan de autoformación y no podrá superar la mitad del total de los créditos exigidos para la promoción de grado.

¿Qué requisitos deben cumplir las actividades a acreditarse? Las actividades deben cumplir con dos requisitos excluyentes. Por un lado deben ser pertinentes , es decir que las actividades deben guardar relación con las tareas y funciones que desempeña el agente en su puesto de trabajo. Deben tener vigencia, por lo tanto no se aceptarán actividades que no se encuentren dentro del año en curso y dos anteriores inmediatos.

Fundamentación de la pertinencia La pertinencia se fundamenta en dos instancias, por un lado el agente deberá describir sus tareas y funciones. Por otra parte la autoridad de la que dependa, con rango no inferior a director, certificará que las tareas que el agente realiza en su puesto de trabajo guardan relación con la actividad que se presenta para acreditación.

Formulario de Reconocimiento El agente deberá seleccionar para que tipo de promoción se le aplicarán los créditos. Siempre será para grado, debido a que, para presentar actividades para Tramos se deberá completar otro tipo de formulario. Se deberán consignar los datos personales y situación escalafonaria en la que revista el agente. Se detallan los datos laborales del agente.

Formulario de Reconocimiento 4) En este espacio el agente deberá describir las tareas y funciones que realiza en su puesto de trabajo. Tenga en cuenta que a pesar de que en el formulario dice “breve descripción de responsabilidades y tareas del cargo”, las mismas deben ser suficientemente explicitas para que la autoridad interviniente pueda entender la pertinencia entre las tareas que realiza y la actividad que presenta.

Formulario de Reconocimiento 5) La autoridad certifica que las tareas que realiza el agente son pertinentes con la actividad que se presenta para acreditación. 6) El coordinador técnico de capacitación corrobora la información y remite la actividad al INAP.

Formulario de Reconocimiento 7) En este recuadro el agente deberá seleccionar con una cruz el tipo de actividad que presentará y conforme a esto procederá a detallar y adjuntar la información correspondiente en su respectivo recuadro. IMPORTANTE Todas las copias deben estar autenticadas por la autoridad que certifica pertinencia con rango no inferior a director.

Formulario de Reconocimiento Actividades Externas En caso de optar por esta actividad deberá completar los datos de la institución, nombre de la actividad y cantidad de horas de duración. Asimismo deberá adjuntar el programa analítico y el certificado de participación.

Formulario de Reconocimiento Desempeño Docente Deberá seleccionar donde se desempeño como docente y adjuntar la documentación correspondiente.

Formulario de Reconocimiento Participación en Eventos En primer lugar seleccione el tipo de participación y luego complete los datos de la actividad e institución donde la realizó. Adjuntando la documentación correspondiente

Formulario de Reconocimiento Autoría y Publicaciones En caso de presentar publicaciones, deberá adjuntar el material correspondiente.

Formulario de Reconocimiento Asistencia Técnica En caso de presentar este tipo de actividad deberá adjuntar TODOS los requisitos detallados.

Formulario de Reconocimiento Autoformación En caso de presentar este tipo de actividad deberá adjuntar TODOS los requisitos detallados.

O en la oficina N° 34 en el horario de 9 a 13 y de 14 a 17 hs. IMPORTANTE Aquellos formularios que no cumplan con alguno de los mencionados requisitos serán devueltos sin mas trámite. Para obtener los formularios puede solicitarlos por mail a capacitacion@mininterior.gov.ar a través de la web en moodle.mininterior.gov.ar en la cartelera de novedades ingresando al menú capacitación >> formularios>formulario de reconocimiento de actividades O en la oficina N° 34 en el horario de 9 a 13 y de 14 a 17 hs. Recuerde que deberá remitir la documentación correspondiente a la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos (25 de mayo Nº 101 Oficina Nº34 )