PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y REPRESENTACIÓN POPULAR

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Transcripción de la presentación:

PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y REPRESENTACIÓN POPULAR REFORMA AL SISTEMA BINOMINAL

REFORMA AL SISTEMA BINOMINAL Por considerar que el sistema binominal es excluyente hacia los partidos minoritarios y candidatos independientes, y porque tiende a generar un empate forzado entre las dos principales coaliciones, anulando la voluntad de los electores; es que se generó la reforma, que busca eliminar el doblaje y el arrastre de candidatos con escaño asegurado gracias al porcentaje de votación de sus listas, buscar más representatividad para los electores por regiones y hacer un sistema más proporcional dentro del Congreso.

ELECCIONES PRESIDENCIALES Y PARLAMENTARIAS 2017 Esta elección será la primera tras la reforma del sistema electoral, que sustituyó el sistema binominal por uno de carácter proporcional inclusivo, cambio que se materializó con la Ley 20840 promulgada por la presidenta Michelle Bachelet el 27 de abril de 2015,y publicada el 5 de mayo del mismo año. Este cambio también modificó la distribución de los cargos parlamentarios, aumentando tanto la cantidad de diputados (de 120 a 155), como de senadores (de 38 a 50); en la elección de 2017 se renovará la totalidad de los cupos de la Cámara de Diputados, y los cupos en el Senado de las regiones impares. Otro cambio de la Ley 20840 es la exigencia de paridad de género para la presentación de candidatos por los partidos, con la exigencia de un máximo de 60% para un sexo, sea masculino o femenino.

La Ley 20.840 sustituye el sistema electoral binominal aplicable a las elecciones parlamentarias, por uno de carácter proporcional inclusivo y fortalece la representatividad del Congreso Nacional (Sistema D’Hont), estableciendo el aumento de parlamentarios, además de mayor participación femenina y la disminución de barreras para la creación de partidos políticos. El Sistema D’Hont es un método matemático para asignación de escaños, que permite obtener el número de cargos electos asignados a la candidaturas, en proporción a los votos obtenidos.

Ejemplo explicativo: CASO EN QUE SE ELIGEN 5 CARGOS Y CONCURREN TRES LISTAS A LA ELECCIÓN a)      Cuadro 1: 3 listas en competencia en la que la Lista A obtiene 100 votos; la Lista B obtiene 60 votos y la Lista C obtiene 40 votos. b)     Cuadro 2: El total de votos obtenidos por  cada lista se dividirá por la cantidad de cargos a elegir, es decir por 1, por 2, por 3, por 4 y por 5. c)      Cuadro 3: Los números resultantes de esta división se ordenan en orden decreciente hasta el número de cargos a elegir en cada distrito/circunscripción. En el ejemplo los 5 primeros resultados.

1er Lugar 100 Votos (Lista A) 2do Lugar 60 Votos (Lista B) d)     Cuadro 4: El orden final sería: 1er Lugar  100 Votos (Lista A) 2do Lugar 60 Votos   (Lista B) 3er Lugar  50 Votos   (Lista A) 4to Lugar  40 Votos   (Lista C) 5to Lugar  33 Votos   (Lista A) e)      Candidatos o candidatas electas: La Lista A obtendría 3 cargos La Lista B obtendría 1 cargo La Lista C obtendría 1 cargo

Aspectos importantes a destacar a)      LEY DE CUOTAS: Del total de candidaturas a diputados o senadores inscritas por los Partidos Políticos o los Pactos Electorales, ni los candidatos hombres ni las candidatas mujeres podrán superar el 60%, lo que asegura que, al menos el 40% será de un sexo diferente. MECANISMO TRANSITORIO que será aplicado en los procesos electorales parlamentarios del 2017,2021 ,2025 y 2029. b)     APORTE POR CANDIDATA: En las parlamentarias del 2017,2021 ,2025 y 2029 los partidos políticos recibirán 500 unidades de fomento por cada candidata electa. Además las candidatas al Senado y a la Cámara de Diputados tendrán derecho a un reembolso adicional de sus gastos electorales de 0,0100 unidades de fomento por cada voto obtenido. c)      Datos generales    Senado: Se eligen 50 Senadoras o Senadores y cada región corresponde a una Circunscripción Senatorial. Cámara de Diputados: Se eligen 155 Diputadas o Diputados en 28 distritos.

LEY DE CUOTAS Se incluye una norma de cuotas mediante la cual "de la totalidad de candidaturas a diputado o senador declaradas por los partidos políticos, ni los candidatos hombres ni las candidatas mujeres podrán superar el 60 por ciento del total respectivo". La medida busca cambiar el actual 16 por ciento de representación que tienen las mujeres. El régimen de cuotas se aplicará sólo temporalmente en los procesos electorales parlamentarios de 2017, 2021, 2025 y 2029.

LOS PARTIDOS Los senadores aprobaron la disposición que indica que "los partidos políticos existirán como tales cuando se hubieren constituido legalmente en al menos una de las regiones en que se divide políticamente el país". "El partido político en formación podrá proceder a la afiliación de sus miembros, para lo cual dispondrá de un plazo de doscientos diez días. Será necesario que se afilie al partido un número de ciudadanos con derecho a sufragio equivalente, a lo menos, al 0,25 por ciento del electorado que hubiere sufragado en la última elección de Diputados en cada una de las Regiones donde esté constituyéndose, según el escrutinio general practicado por el Tribunal Calificador de Elecciones". Estas medidas generaron rechazos en la Alianza, que consideraron las normas de creación de partidos como demasiado "facilitistas".

FÓRMULA ELECTORAL Cómo funciona el sistema D'Hont En resumidas cuentas, este sistema establece que:  a). Los votos de cada lista se dividirán por uno, dos, tres y así sucesivamente hasta la cantidad de cargos que corresponda elegir. b).  Los números que han resultado de estas divisiones se ordenarán en orden decreciente hasta el número correspondiente a la cantidad de cargos que se eligen en cada distrito electoral o circunscripción senatorial. c). A cada lista o pacto electoral se le atribuirán tantos escaños como números tenga en la escala descrita en la letra b.

Fuente: El Mercurio