PRESTACION ANTICIPADA POR DESEMPLEO

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Transcripción de la presentación:

PRESTACION ANTICIPADA POR DESEMPLEO LEY 25.994 (29-12-2004) JULIO/2005 1 1

PAD JUBILACION ANTICIPADA 60 años Hombres, 55 años las mujeres. 30 años de aportes. Encontrarse en situación de desempleo. Originalmente era por un periodo de 2 años, luego se prorrogo hasta el 30-04-2007 Incompatible con realización de actividades laborales y con percepción de otro beneficio.

PAD El monto del haber equivale al 50% del correspondiente al beneficio de jubilación. Cuando el beneficiario cumpla con el requisito de edad exigido por el art 19 de la Ley 24.241, pasará a cobrar automáticamente el haber que corresponda, conforme la prestación de que se trate.- Se extingue también si el beneficiario se incapacita.

PAD Resolución 12/05- La PAD tiene carácter extraordinario … no genera beneficio de pensión. Si el beneficiario fallecía percibiendo la PAD, la o él cónyuge supérstite obtenían una pensión directa.

PAD Que es lo que hacía ANSeS? Una vez que el beneficiario obtenía la edad para acceder a la jubilación, simplemente multiplicaba el monto por 2. Sin dictar nueva resolución, solo incrementaba el haber jubilatorio de la persona.

PAD A raíz de los planteos de redeterminación del haber inicial en estos beneficios, se resolvieron con diversos criterios. BERLASSO RICARDO LUIS C/ ANSES S/REAJUSTES VARIOS – 11-02-2015 – Sala III. La Sala entendió que debe considerarse como FAD la del otorgamiento de la PAD. Por lo tanto ordena la actualización de remuneraciones hasta dicha fecha. Consecuentemente cuando adquiere la edad, solo debe multiplicarse por dos la prestación.

PAD VENINI HAROLDO ANGEL c/ ANSES S/REAJUSTES VARIOS – 29-12-15 – Sala I. A los efectos de determinar la remuneración promedio para el cálculo de las prestaciones adquiridas, -beneficio de prestación anticipada por desempleo al amparo de la ley 25.994, corresponde aplicar el índice de los salarios básicos de la industria y la construcción … en las remuneraciones percibidas por el titular hasta la fecha de adquisición del beneficio – fecha en la que el actor cumplió con el recaudo de la edad exigida por la ley 24.241

PAD SOLUCION CORRECTA ANTE EL PLANTEO: Actualizar las remuneraciones hasta la fecha de PAD. Una vez obtenida la edad, actualizar las remuneraciones hasta la FAD del beneficio de jubilación. Fundamento: Cuando el beneficiario adquiere la edad, tiene derecho una nueva prestación (jubilación), por lo que debería dictarse nueva resolución y hacerse el calculo nuevamente.

RETIROS POR INVALIDEZ Y PENSIONES REGULARIDAD en RETIROS POR INVALIDEZ Y PENSIONES JULIO/2005 9 9

REGULARIDAD Los Beneficios de Retiro Transitorio por Invalidez y Pensión Directa tienen un requisito en comum: Regularidad o tambien llamado Densidad de Aportes. Art. 95 inc. a) 2, de la Ley 24.241. Decreto Reglamentario 460/99

REGULARIDAD DECRETO 460/99 Se considera aportante regular (con derecho) Aquel que haya realizado aportes en 30/36 meses. O cuando los afiliados hayan realizado aportes por la totalidad de los años exigidos en el régimen común o diferencial (30 años para la Ley 24.241). Se considera aportante irregular (con derecho) Aquel que haya realizado aportes en 18/36 meses. O cuando los afiliados hayan realizado aportes por la mitad de los años exigidos en el régimen común o diferencial (15 años para la Ley 24.241), siempre y cuando hayan realizado aportes en al menos 12/60 meses.

REGULARIDAD JURISPRUDENCIA “TARDITTI MARTA ELENA c/ ANSES”, 7-3-2006 Trabajador fallece mientras estaba en actividad. Solo aporto dos meses de los últimos 36. La CSJN entendió que como el trabajador estaba activo se encontraba aportando en forma regular.

REGULARIDAD JURISPRUDENCIA CARSS: Esparza y Lencina. “GARCIA CANCINO c/ ANSES”, 16-2-2010 Tomando el criterio de proporcionalidad de la CARSS hace un paralelismo. Para obtener la jubilación el hombre debe acreditar 30 años de aportes. Si contamos desde los 18 años hasta los 65 años, el tiempo de aporte seria 47 años. Solo me piden 30 años, o sea el 63,80% El causante había fallecido a los 38 años y comenzado a trabajar a los 16 años, por lo que su vida útil laboral quedo reducida a 22 años. Si aplico el 63,80% a 22 años me da = 14 años. El hombre no llegaba a esa cifra para ser Regular, sino que, tenia 10 años y 9 meses de aportes. La mitad de 22. Y contaba con al menos 12 meses de los últimos 60. APORTANTE IRREGULAR CON DERECHO.

REGULARIDAD JURISPRUDENCIA “PINTO ANGELA AMANDA c/ ANSES”, 6-4-2010 El causante fallecio a los 54 años. Su vida laboral quedo reducida a 36 años. El 63, 80% de 36 años es= 22 años. El hombre tenia 20 años y 3 meses de aportes. No le alcanzaba para ser Regular. Pero tampoco contaba com aportes em al menos 12 de los últimos 60 meses. Pero ponderando los aportes realizados la CSJN le otorga el beneficio de pension directa a la viuda APORTANTE IRREGULAR CON DERECHO.