El aseguramiento de la responsabilidad medioambiental José Luis Heras Herráiz POOL ESPAÑOL DE RIESGOS MEDIOAMBIENTALES, AIE COJEBRO PLUS ULTRA JUNIO 2015
Pool Español de Riesgos Medioambientales Ideas básicas sobre el Pool. Ideas básicas sobre el Pool. La responsabilidad medioambiental.- características y novedades normativas. El seguro de responsabilidad. medioambiental.- estructura y novedades. Segmentos de mercado potencial. Comercialización del seguro. Ejemplos de siniestros y tramitación. Coloquio.
Sujeto al reglamento europeo sobre acuerdos de coaseguro y reaseguro. Pool Español de Riesgos Medioambientales CREADO EN 1994 25 ENTIDADES ASOCIADAS CAPACIDAD AGREGADA DE TODOS LOS SOCIOS ACTIVIDAD DE REASEGURO. Sujeto al reglamento europeo sobre acuerdos de coaseguro y reaseguro.
LEY 26/2007 DE RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL Reglamento de desarrollo (R.D. 2090/2008, de 22 de Diciembre). RESPONSABILIDAD ADICIONAL A LA RESPONSABILIDAD CIVIL. Dos responsabilidades independientes DOS SINIESTROS PREPONDERANCIA DEL INTERES PUBLICO. Se otorga la iniciativa a la Autoridad Competente. ≠ 3º PERJUDICADO Es relevante exclusivamente el daño a los recursos naturales. NO SE CUMPLE INDEMNIZANDO; SOLO REPARANDO. El que ha reparado, sí tiene derecho a indemnización. ESTA EN VIGOR DESDE OCTUBRE DE 2007
Concepto de DAÑO MEDIOAMBIENTAL Daño medioambiental significa: Daño a las especies y hábitats naturales protegidos . Daño al agua. Daño a la costa. Contaminación del suelo. MODIFICACION EN 2014 El agua incluye los daños ecológicos al agua marina hasta 200 millas de la costa (Zona de aprovechamiento económico exclusivo) (Recoge directiva de seguridad de actividades offshore 2013/30)
NUEVAS DIMENSIONES DE LAS OBLIGACIONES Prevención de un riesgo inminente Declaración de la situación (de riesgo y de daño) Restauración (Contenido más complejo) CADUCIDAD: 30 AÑOS.
¿COMO SE REPARA EL DAÑO MEDIOAMBIENTAL? Aguas, costas y especies naturales y Habitats Reparación primaria. Reparación complementaria Reparación compensatoria.
SUJETOS RESPONSABLES Primaria: El titular de la actividad. (Persona pública o privada) La sociedad dominante (si hay utilización abusiva). Solidariamente, otros participantes o que reciban el provecho (art. 42:2 LGT). Subsidiaria: Los gestores o administradores (Conectar con Resp. Societaria y seg. D&O.) Titulares sucesores.
SUJETOS CON LEGITIMACION ACTIVA Principal: La autoridad competente Subsidiaria: Entidades cualificadas (O.N.G.) Personas afectadas
SUJETOS AFECTADOS TODOS los titulares de actividades económicas o profesionales. Actividades del Anexo III Actividades Anexo III con prioridad Están sujetos a la responsabilidad Resp. Objetiva. E.R.M. Garantía Financiera
LA GARANTIA DE LAS RESPONSABILIDADES EN LA L.R.M. Capítulo IV (Artículos 24 al 33) - Obligación del titular de disponer de una garantía financiera - Modalidades posibles: * Seguro.- Complementado obligatoriamente por el C.C.S. Según próximo reglamento. * Aval de entidad financiera.- A reglamentar por la Administración autorizante. * Constitución de una reserva de finalidad exclusiva, mediante la dotación de fondos que tengan garantía pública - Cuantías mínimas: de 300.000 a 20 Millones de Euros, según “daño potencial”
entre los instrumentos de garantía en que el riesgo garantizado EL SEGURO Es la única opción entre los instrumentos de garantía en que el riesgo garantizado del pasivo de la empresa. Se transfiere
Función del fondo a gestionar por el C.C.S. Años periodo de actividad 3 primeros años tras el cese Periodo máximo 27 años(año 4º al 30º) Hecho generador del daño Descubrimiento del daño …se constituirá con las aportaciones de los operadores que contraten un seguro para garantizar su responsabilidad medioambiental, mediante un recargo sobre la prima de dicho seguro. Reclamación al operador
LOS SEGUROS OBLIGATORIOS EN LA ACTUALIDAD Gestores de residuos peligrosos o especiales: Rgto 2090/2008.- Adaptación a los nuevos requerimientos de la nueva legislación sustituyendo o complementando los antiguos Dto RR.PP. 833/1988. Ley 22-2011 R.y S.C.
CONTENIDO OBLIGATORIO DEL SEGURO EN LRM Inclusiones obligatorias. Gastos para evitar un riesgo inminente de daño por contaminación. Daños tras el cese de actividad. A cargo de un Fondo. Limitaciones autorizadas Origen involuntario e inesperado. Reparación Primaria de las aguas, especies y hábitats y riberas. Antes de Dto-ley 8/2011 solo daños por contaminación.
Modificaciones posteriores: RD. Leg. 8/2011, de 1-7.- Modifica arts. Cap. 4. O.M. 12873/2011 de 22-6 Junio de 2014 Sectores prioridad 1: 2015-2016: Sectores prioridad 2 : 2017-2019: Sectores de prioridad 3 Ley 11/2014: RD 183/2015: Seveso Instalac. combustión pot. térmica >50 MW, Actividades IPPC de prioridad 2. Otras que no queden excluidas. Actividades IPPC; resto Balsas mineras. Amplia el ámbito de R.M. en aguas marinas a 200 millas Promueve la realización voluntaria de los A.R.M. Establece que éstos se harán mediante declaración responsable del operador de que se han hecho y calculado conforme a reglamento. Exime de G.F. y de A.R.M. a actividades que regl. se determine con bajo riesgo Simplifica análisis de riesgos Establece un nuevo instrumento para su cálculo:; el IDM
Calendario GG.FF. Prioridad 1.- (Proy O.M.) 1 año Operadores “Seveso “ (RD 1254/1999) de cualquier sector de actividad. Instalaciones IPPC 1.1 Instalaciones de combustión de más de 50 MW, incluidas calderas, IPPC 5.1 y 5.2b Gestores de residuos peligrosos con capacidad de más de 10 t/día Prioridad 2.-( Proy O.M.) 2 años IPPC 1.2 y 1.3 Refino de petróleo y crudo, producción de gas combustible . IPPC 2.2 Fundición con capacidad de más de 2,5 t/hora IPPC 2.3c Aplicación de capas de protección de metal fundido IPPC 4.5 Fabricación de medicamentos y productos intermedios IPPC 4.6 Fabricación de explosivos IPPC 5.5 Vertederos Prioridad 3 Todas las demás Anexo III
LOS SEGUROS DE RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL La descripción de los seguros que se da a continuación no tiene carácter de oferta ni valor contractual alguno. Los conceptos se resumen para su mejor comprensión
DOS CAPITALES Y COBERTURAS INDEPENDIENTES ELEMENTO DAÑADO ESPECIES Y HÁBITATS PROTEGIDOS AGUA COSTA SUELO RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL PERSONAS: - DAÑOS PERSONALES PROPIEDADES: - DE PERSONAS PÚBLICAS O PRIVADAS DERECHOS ECONÓMICOS - LUCRO CESANTE RESPONSABILIDAD CIVIL POR CONTAMINACIÓN No obligatoria
CONTENIDO DE LA COBERTURA Cobertura para las tres categorías de obligaciones: Hacen referencia expresa a los recursos naturales regulados: Incluyen las tres fases de restauración: Prevención de riesgo inminente. Minimización del daño causado. Restauración de los recursos dañados. Suelo. Agua. Especies y hábitats prot. Costa. Primaria Complementaria Compensatoria Incluyen toda la actividad asegurada, incluso la que se desarrolla fuera de la planta.
ESQUEMA DE ASEGUAMIENTO DE RESPONSABILIDADES RESPONSABILIDAD CIVIL POR CONTAMINACION RESPONSABILIDAD RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL MEDIOAMBIENTAL EXCEPTO CONTAMINACION RESPONSABILIDAD CIVIL POR CONTAMINACION RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL RESPONSABILIDAD CIVIL GENERAL EXCEPTO CONTAMINACION
PRESTACIONES Gastos de prevención Gastos de aminoración “evitación” Indemnización y/o reparación. Gastos de defensa Prestación de fianzas
RASGOS PRINCIPALES Completamente adaptados a la Ley de Responsabilidad Medioambiental Duplican el capital asegurado si se incluye la R. Civil por Contaminación Cubren todo tipo de daños medioambientales; no solo la contaminación
MEJORAS DE LA VERSION 2012 Daños cubiertos: El seguro principal incluye todo tipo de daños medioambientales, no solo contaminación. El Seguro complementario R.C. sigue cubriendo solo contaminación. Limpieza de suelo propio: Incluido automáticamente un 5% del límite. Para garantía sin sublímite, info. adicional. Reparacion del daño garantizada: Tanto primaria como complementaria y compensatoria sin sublimite. Se suprimen exclusiones: Emisiones autorizadas y riesgo del desarrollo, se sustituyen por un derecho explícito de subrogación. Hechos de la circulación, se aclara que actúa en exceso de coberturas de auto Se suprimen sublímites: Gastos de prevención
DELIMITACIÓN TERRITORIAL Se puede asegurar la actividad del asegurado en otros países: Emplazamientos Otras operaciones Si el cliente es español ANÁLISIS CASO A CASO
ÁMBITO TEMPORAL Tres años para la reclamación tras cancelación. Negociable retroactividad para el hecho causante (no conocido). Negociable prolongación para descubrimiento de daños tras cancelación por fin de la actividad.
CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS DE LA L.R.M. LEY REPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL REQUISITOS: Garantía específica y exclusiva de las responsabilidades de la ley. Gastos para evitar un riesgo inminente de daño por contaminación. LIMITACIONES AUTORIZADAS.- Daños por cualquier causa Origen involuntario e inesperado. Reparación Primaria de las especies y hábitats. POST-CLAUSURA Daños descubiertos tras el cese de actividad, tres años. SEGURO DE PLUS ULTRA Lo cumple: Capitales independientes R.M. y R.C. Lo cumple: sublímite específico. Lo cumple: cubre contaminación y cualquier otro daño medioambiental. Lo cumple. Más amplio, Además reparación complementaria y compensatoria, sin sublímites. Lo cumple
SECTORES DE ACTIVIDAD CON POTENCIAL
SECTORES CONSOLIDADOS Gestores de residuos peligrosos Almacenamiento temporal. Transporte con medios propios y ajenos. Vertederos y balsas de lodos. Desguaces y otras instalaciones de tratamiento. Aceites usados y otros residuos de procesos industriales. Tratamiento de aguas residuales (E.D.A.R.)
SECTORES CONSOLIDADOS Actividades industriales Tratamientos superficiales metales; siderurgias… Alimentación ; procesos, mataderos; aceites… Talleres. Química (pyme principalmente). Gasolineras, centros logísticos Prod. Petrolíferos...
SECTORES MAS RECIENTES Actividades de servicios Contratistas, pólizas de obra… Contratistas; pólizas abiertas… Actividades de servicios en general (mantenimiento de espacios públicos; servicios municipales …). Química (pyme principalmente) Gasolineras, centros logísticos Prod. Petrolíferos...
NUEVAS AREAS DE ACTUACION Riesgos con múltiples situaciones. Multinacionales españolas. Riesgos no industriales. Acuerdos para reaseguro de riesgos masa (hogar, Comunidades, comercios…). (prox) Ayuntamientos pequeños.- garantía complementaria.
PROCESO DE SUSCRIPCION
R.Sencillos.- Manual de tarificación autónoma 2012. Otros.- Tarificación por el Pool. Necesidades de verificación con inspector. ˂ 20%; previa o posterior; nuevo formato simplificado. Plazos de respuesta. Competencia y flexibilidad.
EVALUACION DEL RIESGO METODOS SECTORIALES DE SIMPLIFICACION GUIAS SECTORIALES. MODELOS DE INFORME DE RIESGO AMBIENTAL TIPO (MIRATS). TABLAS DE BAREMOS Modelos elaborados por el Ministerio http://www.magrama.gob.es/es/calidad-y-evaluacion-ambiental/temas/responsabilidad-mediambiental/analisis-de-riesgos-sectoriales/herramientas.aspx
LA GESTION DE LOS SINIESTROS CASOS PRACTICOS La descripción de los seguros que se da a continuación no tiene carácter de oferta ni valor contractual alguno. Los conceptos se resumen para su mejor comprensión
GESTION DE LOS SINIESTROS PRINCIPIOS DE FUNCIONAMIENTO Intervención temprana del Pool. Actuaciones coordinadas con la compañía. Acuerdos con el Asegurado. Acuerdos con la Administración Ambiental. Acuerdos con los terceros perjudicados.
INCENDIO TRATAMIENTO DE RR.PP. EN CASTILLA-LEÓN Consecuencias de los incendios. Medidas de prevención y aminoración. Acuerdos con autoridades; utilización de agua de pantano.
INCENDIO COMUNIDAD VALENCIANA Desescombro y gastos de aminoración. Zona de afección (conducciones y puerto). Situación anterior de los bienes afectados.
2.- Transporte; Durante una parada El mundo.es.- 2 de septiembre de 2011 Vertido de queroseno de 37.000 litros en plena ría de O Burgo. Un individuo manipuló de madrugada la válvula de salida del carburante de un camión cisterna que estaba estacionado en un área de servicio de la AP-9, provocando el derrame del fuel que se trasladó por un pequeño riachuelo a la red de pluviales y de ahí, al mar.
Derrumbe de talud; casi un siniestro XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX Derrumbe de talud; casi un siniestro
3.- Derrame gasolinera en casco urbano Daños a terceros y a los recursos naturales (¿un siniestro o dos?). Negociación con el asegurado (suelo propio) Negociación con la Administración (Proyecto y objetivo de descontaminación). Dificultades técnicas; compatibilidad con uso de la vía pública y coste.
5.- DAÑO MARITIMO Actividades terrestres. Decisiones de terceros; Incluso de la Administración. Daños dentro y fuera de la linea de 200 millas.
6.- UN SINIESTRO SENCILLO Vuelco y vertido de gasoil al terreno adyacente. Evitar la declaración de suelo contaminado. Demoras: encontrar al dueño del terreno y pedir autorización para la ocupación. Seguimiento de la evolución de la afección al suelo/agua subterránea. Solicitar a la Comunidad permiso para descalces.
CONCLUSIONES- 1 La Responsabilidad medioambiental: Es independiente de la responsabilidad civil. Se exige por la Administración y tiene reglas propias. Está en vigor para todas las actividades, peligrosas o no. Los siniestros son largos y complejos de cerrar; y de coste incierto. Reclamaciones por Responsabilidad medioambiental: Se está empezando a invocar. Se aplicará a siniestros de nuevas tipologías.
CONCLUSIONES - 2 El seguro de Responsabilidad medioambiental. Cubre la responsabilidad medioambiental ≠ R.C. Se puede complementar con el de R.C. Contaminación. Se puede contratar tanto en póliza independiente como en garantía adicional a otra póliza más amplia. Contratación ágil; sólo algunas industrias requieren verificación in situ. Es de contratación obligatoria para Gestores de RR.PP. y lo será progresivamente para otras actividades. Primas técnicas muy ajustadas en los últimos 5 años.