Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia Profesor Harold Delgado. Celular 86846049 ( Horas hábiles de oficina) Blog Harold Delgado. Códigos bases de la asignatura: Código Civil Tomo I. ( C ) Código de Familia ( CF ) Constitución Política de Nicaragua Cn.
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia Exposiciones para fin de curso. Divorcio ( Tratamiento completo CF) Enc. 9 Adopción ( Tratamiento completo CF) Enc. 10 Alimentos ( Tratamiento completo CF) Enc. 11 Autoridad Parental ( Tratamiento completo CF) Enc. 12
“La única porción de fortuna es la felicidad familiar” Hermann Vierordt.
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia Introducción. Comenzaré con unas simples preguntas… ¿Por qué estudiar a las personas como sujetos de Derecho? ¿ Cuál será la importancia de las relaciones jurídicas que realizan las personas? ¿ Por qué es importante la familia en la sociedad?
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia Persona natural. Art 1C Derechos Personales Derechos de familia. Derechos patrimoniales. * El Derecho de Familia es autónomo del Derecho Civil…
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia Los derechos personales corresponden a la persona por el solo hecho de ser persona como ciudadanos. Art. 1C y 47 Cn. Los Derechos de Familia son los que surgen de las relaciones familiares, parte de los miembros de la familia y pueden ser: Conyugales, paternos, tutela, alimentos, adopción etc. Art 2 CF.
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia Los derechos reales y de crédito El Derecho Civil regula derechos personales y patrimoniales ( Herencia). Art 932C. Norma sustantiva_____ Código de Familia. Norma adjetiva______ Procedimiento, mismo CF. Art. 8, 10 CF.
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia Naturaleza jurídica de la familia. Familia monogámica, la existencia de una forma de matrimonio, la procreación y la conservación de la especie humana. La existencia de deberes y derechos personales y económicos… Art. 37 y 38 CF.
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia Tipos de Familia. 1) Familia monogámica nuclear, es lo ideal, lo deseado, padre, madre, hijos. ( Familias comunes) varios miembros. 2) Familia mononuclear, el padre o madre que cría o adopta sin estar casado, a uno o varios hijos.
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia 3) Familias ampliadas o extendidas. Son las que se casan o en UHE y no se van de la casa, viven con los abuelos, suegros, tíos y cuñados etc. 4) Familias ensambladas. Los que se divorcian y se vuelven a casar con otro y éste nuevo cónyuge tiene nuevos hijos… Art. 37 CF. ( Identificar tipos de familia y tendencias que hay en la Cn y el CF.
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia) Generalidades del Derecho Civil en relación a las personas Las Relaciones Jurídicas: * Son vínculos de Derecho……. * Que se establecen entre dos o más personas Art 1C…. * Con trascendencia en el orden jurídico ( Efectos de la Compra Venta por ejemplo)… * Son declaraciones de voluntad…. * El vinculo es creado por la Ley ( Todo debe ser legal).
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia ELEMENTOS EN LAS RELACIONES JURIDICAS: Sujeto ( Público o Privado). Causa. Objeto.
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia Generalidades de los sujetos. Los sujetos pueden ser personas naturales o jurídicas art 1 C…… Persona natural, usted, yo, ellos… Personas Jurídicas, las empresas, corporaciones, el Estado es la Persona Jurídica por excelencia….. Las personas jurídicas pueden ser públicas o privadas…
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia El sujeto activo es el que exige el cumplimiento de la obligación…. ( Le deben, cobre) El sujeto pasivo es el obligado al cumplimiento de la obligación… ( Debe, pague) La aptitud legal para ser sujeto activo o pasivo de una RJ se conoce como Personalidad que no es otra cosa que la Capacidad Jurídica… Art . 25 inco 3, Cn.
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia 2. El Objeto: Es la capacidad lícita (Legal) de disponer y disfrutar de una cosa que nos pertenece (Bien).. Art 616 C. El objeto no es la cosa material que puede ser entregado por el deudor… Es más bien la obligación de entregarla…. Es la entidad sobre la cual recae el interés de la relación jurídica….
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia 3. La causa o motivo: Es el perfeccionamiento del acto jurídico. ¿ Cómo se perfecciona un acto jurídico? Es lo que se pide y lo que se nos da…. Es importante que se establezca la libre voluntad expresada por personas con capacidad… Art 1 C y 2435 C.
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia Antecedentes del Registro Civil de las Personas Es una institución del Derecho de Familia… Donde se inscriben con individual particularización los principales hechos relativos al ser humano…. Es el conjunto de circunstancias que determinan la posición de la personas en sociedad y tienen efectos jurídicos… El estado familiar de una persona varia respecto a otro ( Si es capaz, mayor, o menor de edad) Arts: 262, 263 CF.
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia Características del estado familiar ( Antes estado civil) Art. 262 CF 1. Intrasmisibilidad… 2. Irrenunciabilidad… 3. Imprescriptibilidad… La calidad de casado o soltero debe constar en el RECP y sus actos sirven como medio de prueba. Art.154 CF
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia Concepto de persona art. 1 C Ser capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones… Clasificación de las personas: 1 Naturales y Jurídicas… 2. Nacionales y Extranjeros… 3. Nacionales y Nacionalizados… 4. Las de existencia visible y las por nacer…
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia Cuándo comienza la existencia legal de las personas? Art. 5 C “ La existencia legal de toda persona principia al nacer…. La persona natural necesita: 1. Nacimiento, 2. Reconocimiento, 3. Inscripción (RECP), 4. Filiación. Art. 185, 190 CF. La persona jurídica la Escritura de constitución y estatutos en su caso y la inscripción en el Registro Mercantil, Libro de Sociedades..
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia Capacidad Jurídica y Capacidad de Obrar. La capacidad jurídica es la aptitud legal para ser sujeto de derechos y obligaciones….. La Capacidad de Obrar está referida al ejercicio pleno de esos derechos y obligaciones. Art. 21,22, 23 CF.
Universidad de Managua U de M. Derecho Familia Fijación de la época de concepción. Art. 19 C “ Desde la concepción en el seno materno, comienza la existencia natural de las personas; y antes de su nacimiento deben ser protegidas en cuanto a los derechos que por su existencia legal puedan obtener. Estos derechos quedan irrevocablemente adquiridos, si los concebidos en el vientre materno nacieren con vida. Arts. 5 C y 319 CF
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia Leamos concienzudamente los artículos 20 al 23 C. Teorías sobre el nacimiento de las personas: 1. Teoría de la Viabilidad. El recién nacido debe sobrevivir 24 horas La sostienen el Código Civil español y uruguayo Por lo tanto la personalidad le es otorgada siempre que nazca viable.
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia 2. Teoría de la Vitalidad. Es la que acoge nuestro Derecho Positivo… Exige un instante de vida independiente de la madre… Esta teoría se considera la más humana al no exigir plazo…
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia 3. Teoría Fisiológica. Es la de mayor trascendencia… Establece que basta la sola expulsión del vientre materno… ya que el cordón y la placenta no pertenecen ni a la madre ni al niño…
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia Pruebas sobre el nacimiento de la personas Se realiza a través del medico forense art 21 C. Se da en caso de duda si nació vivo o no…. Se estudia, la causa de la muerte, el tiempo que vivió etc. Se realiza examen medico Docimasia Hidrostática Pulmonar, para comprobar signos de vida, funciones respiratorias.
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia La Personalidad… Es el reconocimiento que hace la ley al hombre… Se le considera en su esfera individual y social… Como sujeto de derechos y obligaciones… Tal reconocimiento se hace al nacer con vida… Es la aptitud legal para ser sujeto de derechos… El nacimiento se inscribe en el RECP… El acta certificará el inicio de la existencia jurídica… Art. 25 inco 3 Cn.
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia Derechos de la Personalidad A la vida, la libertad, a la salud, al trabajo etc. Son derechos subjetivos ( Son del sujeto) Se promueven a través de leyes ( Civiles, penales, laborales) En Nicaragua no existe pena de muerte. Art. 23, 80 Cn.
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia Características de los derechos de la personalidad Son Innatos__ Nacen con nosotros… Son Vitalicios____ de por vida… Son Inalienables____ No se pueden negociar… Son Imprescriptibles___ No tienen fin… Son Extra patrimoniales____No son valuables… Son Absolutos_____ Valen ante todos…
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia Atributos de la Personalidad Capacidad… Art 21 CF El nombre… El estado familiar… art. 262 CF El domicilio… Art. 25 C. El patrimonio… La nacionalidad…
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia Naturaleza jurídica del matrimonio. Religión: Sacramento, unión santa. Derecho de Familia: Institución jurídica y social. Art. 53 CF.
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia En concepto de matrimonio Concepto: El matrimonio es una institución social y jurídica que se sustenta en la soberana voluntad de los contrayentes. Con capacidad… Art. 53 CF.
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia Valoración general del matrimonio en el Código de Familia de Nicaragua: Consensual Heterosexual Monogámico Protege la Unión de Hecho. Art 72 Cn, 53 CF.
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia Prohibiciones para celebrar matrimonio: El caso de las prohibiciones eugenésicas. Incidencia en validez del matrimonio Tipos de prohibiciones Absolutas Relativas. Arts. 57, 58 y 59 CF.
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia Oposición: La publicidad da lugar al ejercicio de un verdadero derecho de oposición al matrimonio Art. 72 CF. Funcionarios facultados para autorizar la formalización del matrimonio. Jueces… Notarios: Con 10 años de haberse incorporado a la CSJ. Art. 62 CF
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia La formalización del matrimonio en condiciones normales y especiales. El expediente matrimonial. Requisitos Trámites Acto de formalización. Requisitos Arts, 64, 65, 66,67, 68, 69, 70 ,71, 73,74, 79 y 80 CF.
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia La Unión de Hecho. Requisitos Funcionarios facultados Características Efectos. Arts, 83, al 92 CF.
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia Principios que deben regir sistema de codirección matrimonial: La absoluta igualdad de derechos y deberes de ambos cónyuges sobre la base de la convivencia, lealtad, consideración, respeto y ayuda mutua. Art. 81CF, 73 Cn.
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia La coparticipación de ambos cónyuges en las tareas domésticas, la educación, formación y guía de los hijos y el gobierno del hogar. La satisfacción de las necesidades de la familia según sus facultades y capacidad económica. El ejercer derechos individuales y de superación personal, sin descuidar el cumplimiento de las obligaciones conyugales. Art 80 CF.
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia El régimen económico del matrimonio El estatuto que regula los intereses pecuniarios de los esposos, ya sea en sus relaciones entre sí, o con los terceros. Art . 105 CF.
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia Clasificación del régimen económico del matrimonio Por su origen: El régimen económico matrimonial puede ser legal o convencional. El legal puede ser único o supletorio De acuerdo con su contenido: Comunidad o separación Art. 106 CF
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia Disolución y nulidad del matrimonio. A) por sentencia firme que declarare nulidad… B) Por mutuo consentimiento… C) Por voluntad de uno de los cónyuges… D) Por muerte de uno de los cónyuges… Art. 137 CF
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia La Filiación. Es la relación jurídica que se establece entre los padres y sus hijos. Hay filiación materna y paterna, son dos relaciones jurídicas independientes. Tiene una especial trascendencia ya que regula en el orden jurídico, en lo político y en lo social, es parte del estado familiar de la persona. Art. 185, 188 CF.
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia La filiación se fundamenta, inicialmente en un hecho biológico, que se establece sobre la base de que una persona ha sido engendrada por otra. Pero no siempre la filiación deriva de la procreación, existe una diferencia entre el progenitor y el padre o la madre.
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia Efectos de la Filiación El derecho a los apellidos. El derecho a los alimentos. La autoridad parental Los derechos sucesorios. Art. 196 CF
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia La filiación, se prueba por: la inscripción en el registro civil, y la posesión constante del título de estado de hijo. Esta última, se compone de tres elementos: Nomen: que se concreta en la utilización de los apellidos paternos. Tractatus: es la forma de ser tratada una persona, según se tratan padres e hijos. Art 187 CF.
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia Fama: es la opinión generalizada que reconoce al hijo como de un determinado padre. La filiación se funda en dos principios: Que es siempre posible determinar la maternidad (mater semper certa est) y Que sobre la determinación de la paternidad existe un manto de duda, que deriva en incertidumbre (pater semper incertus). Arts 199 al 203 CF.
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia Para que exista filiación se necesitan dos actos previos y diferenciados entre si: el reconocimiento y la inscripción. El reconocimiento es un acto jurídico que corresponde a la madre y el padre, de forma conjunta o separada; Art. 203, 206, 207 CF.
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia La inscripción es un trámite estrictamente registral que corresponde únicamente al registrador del estado civil, y que tiene como presupuesto al reconocimiento.
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia Formas de realizar el reconocimiento: Registral: Siendo este el más común y extendido. Testamentario: Disposición no patrimonial En documento público distinto al testamento. Art 212 CF
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia Los elementos personales del reconocimiento son dos: El padre o la madre. El hijo reconocido. La capacidad que ha de tener la persona que verifica el reconocimiento de un hijo: acto jurídico
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia Características del reconocimiento: Unilateral: aunque se realice conjuntamente, presupone una declaración de voluntad por cada progenitor. Art 206,207 CF
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia No admite determinaciones accesorias: (condición, término, modo) Es irrevocable: Lo cual no implica que sea impugnable cuando esté viciada la voluntad. Art. 205 CF.
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia Es constitutivo del status de hijo, incluso con efecto retroactivo: el acto de reconocimiento da lugar a la filiación desde el momento del nacimiento.
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia Las acciones de filiación, que se basan en una serie de principios generales: La admisión de la libre investigación de la paternidad y la maternidad. La posibilidad de utilizar toda clase de pruebas, incluidas las biológicas. Art, 187, 215 y 219 CF.
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia La exigencia de un principio de prueba, que articule la viabilidad de la demanda. La adopción de medidas de protección del hijo y sus bienes durante el procedimiento
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia Las acciones de filiación, por ser acciones de estado, se caracterizan: personalísimas, intransmisibles, irrenunciables e imprescriptibles.
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia Son personalísimas al ser la filiación un componente del estado familiar y como regla general, su ejercicio queda reservado a los protagonistas de la relación paterno‑filial. Solo excepcionalmente, pueden ejercitarla otros interesados. No son ejercitables por subrogación.
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia Son irrenunciables, en tanto no inciden solamente en la persona que las ejercita, sino y en grado mucho más trascendente en la persona del hijo, a lo cual se une el interés social en la protección de la relación paterno-filial y la figura del menor.
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia Son imprescriptibles, pues el estado familiar es cualidad de orden público, irrenunciable en el orden sustantivo.
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia La adopción es la institución en virtud de la cual se establece entre dos personas no unidas por un vínculo sanguíneo directo, un vínculo de parentesco civil del que se derivan relaciones análogas que resultan de la paternidad y filiación natural.
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia La adopción es un acto jurídico en el que debe existir una declaración de voluntad por parte del o de los adoptantes y la base para que un tribunal pueda determinar la intensidad y eficacia de los efectos, que se producen
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia La adopción es un acto jurídico mixto, junto a la voluntad de los particulares, la voluntad del órgano judicial coordinándose entre sí, ese interés privado se conjuga con el interés que tiene el Estado en la protección de los menores, y que exige la intervención del órgano jurisdiccional para cuidar que la adopción se lleve a cabo en interés del mejor desarrollo del menor.
Universidad de Managua U de M. Derecho de Familia Adopción plena: es una forma mucho más completa de asimilar al adoptado en la familia del adoptante, pues el adoptado rompe los vínculos con su familia consanguínea y adquiere con sus adoptantes los mismos derechos y deberes que le asisten al hijo consanguíneo, extendiéndose los efectos de la adopción a los parientes del adoptante y a los descendientes del adoptado