ESTRUCTURAS, GOBIERNOS Y RIESGOS CORPORATIVOS

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Transcripción de la presentación:

ESTRUCTURAS, GOBIERNOS Y RIESGOS CORPORATIVOS

LA EMPRESA 1 2 3 4 Concepto Económico Es la forma en que actúa el comerciante Se encuentra segmentada por tamaño Se tiende a fomentar a las Buenas Empresas 1 2 3 4

LA BUENA EMPRESA Es la mejor alianza humana para crear valor económico, social y ambiental. Imagen Reputación Consecuencia entre ambas

LA BUENA EMPRESA Innovación: debe ser la herramienta que permita a la empresa liderar en su sector Patrón cultural compartido: los miembros de la empresa deben ejercer su liderazgo a través de aportes creativos y valiosos Anticipación y Proactividad: se deben identificar los elementos que permitan a la empresa ser competitiva a futuro

LA SOCIEDAD Concepto jurídico Forma de organización de la empresa, gobierno, órganos. Gozan de personalidad jurídica.

¿QUÉ SOCIEDAD ELEGIR?

FACTORES A CONSIDERAR FACTORES ESTRUCTURALES FACTORES DE GOBIERNO TRIBUTARIOS FACTORES LABORALES FACTORES DE RIESGO Protección Patrimonial Responsabilidad Cesibilidad de los derechos o acciones Autonomía estatutaria Tipo de Negociación Tributación de sociedad Tributación de socios Regímenes de Renta Atribuida y Semi integrada IVA Reforma Laboral Multirut Titularidad Sindical Negociación Colectiva Relaciones Laborales Subcontratación Juntas Directorio Administración Superior Operacionales Financieros Comerciales Cumplimiento Normativo

FACTORES ESTRUCTURALES 70% 30% SOCIEDAD

LAS SOCIEDADES Y LOS GRUPOS EMPRESARIALES LOS GRUPOS DE EMPRESAS El Ser: grupo de empresas hermanas El deber Ser: estructuras verticales SOCIEDADES MATRICES Y FILIALES SOCIEDADES COLIGANTES Y COLIGADAS

GOBIERNO CORPORATIVO MARCO REGULATORIO Conjunto de prácticas y mecanismos que proveen incentivos apropiados al directorio y al grupo ejecutivo para proteger los intereses de la compañía y de sus accionistas y que facilitan el control efectivo de la gestión de la empresa, de tal modo de incentivar la creación de valor y el uso eficiente de recursos” (OCDE). PROPIETARIOS MARCO REGULATORIO ALTA ADMINISTRACION DIRECTORIO

JUNTAS DE ACCIONISTAS - Las Juntas son órganos deliberantes, no de gestión. - En ellas los accionistas ejercen su derecho a voto. - Existen: Ordinarias y Extraordinarias

PRINCIPALES ASPECTOS DEL PACTO DE ACCIONISTAS Establece las relaciones entre los accionistas que lo suscriben. Es un contrato, diferente al estatuto. Regula aspectos sobre el traspaso de acciones (First Refusal, Tag Along, Drag Along) Regula condiciones para modificar estatuto: aumentos de capital, dilusión, administración Comisión Negociadora (Dispute Board) que orienta en caso de conflictos.

LOS TRES PILARES FUNDAMENTALES DEL FUNCIONAMIENTO DEL DIRECTORIO PRÁCTICAS DE FUNCIONAMIENTO DEL DIRECTORIO ESTRUCTURA DEL DIRECTORIO PROCESOS DEL DIRECTORIO ROL DEL DIRECTORIO Roles Tareas Claves Nivel de involucramiento Tamaño Comités Independencia Composición (diversidad) Perfil de destreza Toma de decisiones Tipo y frecuencia de reuniones Evaluación de la gestión Fuente: McKinsey & Company

COMITÉS DE DIRECTORIOS COMITES LEGALES Ley 18.046 y su Reglamento COMITES VOLUNTARIOS Permiten profundizar - debilidades o fortalezas de las compañías Elegir directores externos

RESPONSABILIDAD DE LOS DIRECTORES Responsabilidad de carácter multidimensional. - Por una parte, la responsabilidad interna, tanto con la sociedad, como también la responsabilidad que tiene el Directorio frente a los accionistas quienes pueden demandar por la gestión, o falta de la misma, que les produjo perjuicios. - Responsabilidad del Directorio frente a terceros que son perjudicados como por ejemplo los tenedores de bonos y los tenedores de créditos. La responsabilidad es solidaria Requiere de culpa o dolo No puede limitarse o liberarse Hay presunciones de responsabilidad

DIRECTORIO CONSULTIVO SpA DIFERENCIA ENTRE DIRECTORIO DE LA SOCIEDAD ANÓNIMA Y DIRECTORIO CONSULTIVO DE LA SpA DIRECTORIO S.A. DIRECTORIO CONSULTIVO SpA Es el órgano encargado de la administración y establecido por la ley. Sus facultades de administración están determinadas por la ley. Sus decisiones son siempre vinculantes. Responden solidariamente frente a la sociedad, accionistas y terceros, y es nula toda estipulación que limite su responsabilidad. Es la forma de administración que puede establecerse en los estatutos. Sus facultades, prohibiciones y funcionamiento son determinadas por los accionistas en los estatutos o en un Reglamento dictado con posterioridad. Sus decisiones pueden ser vinculantes o meramente consultivas Su responsabilidad esta determinada por su Reglamento

LA ALTA ADMINISTRACIÓN Definición estratégica del directorio. Presidente y Gerente General. La Alta administración en los Holdings. Gerencias Corporativas. Gerencias por empresas operacionales. Competencias según giro y necesidades de la compañía.

RIESGO POR CUMPLIMIENTO NORMATIVO RESPONSABILIDAD PENAL PJ Ley 20.393 CONTEXTO: Respondiendo a un requerimiento OCDE, se publicó el 2 de diciembre de 2009 la Ley 20.393, que establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas. ¿CUÁNDO LA PERSONA JURÍDICA SERÁ PENALMENTE RESPONSABLE? REQUISITOS: Que se haya cometido el delito de financiamiento del terrorismo, lavado de activos, cohecho o receptación. Que el delito haya sido cometido por personas naturales, con poder decisorio en la empresa, o que actúen bajo supervisión o dirección directa de los anteriores. Que el delito se haya cometido, directa o indirectamente, en interés de la persona jurídica o para su provecho. Que la comisión del delito fuere consecuencia del incumplimiento por parte de la Persona Jurídica de los deberes de dirección y supervisión.

PENAS 1.- Disolución de la persona jurídica o cancelación de la personalidad jurídica. 2.- Prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado. 3.- Pérdida parcial o total de beneficios fiscales o prohibición absoluta de recepción de los mismos por un período determinado. 4.- Pago de multas entre 200 y 20.000.- UTM. (hasta $921MM.-!) 5.- Comiso 6.- Pago en arcas fiscales, de una cantidad equivalente a la inversión de recursos, realizada por la persona jurídica para cometer el o los delitos. 7.- Eventual publicación de un extracto de la sentencia en un diario de circulación nacional.

Contingencia Nacional CASO CERESITA: Suspensión Condicional del Procedimiento. Empresa debe abandonar la comuna, demoler sus edificios, realizar un estudio ambiental del terreno, donar parte del terreno al Fisco, en el que se debe construir un parque, pintar fachadas de las casas aledañas, dotar a todos los consultorios de la comuna con un equipo para enfermedades respiratorias e implementar un MPD. CARO ARIDOS MAGGI: Condenada. Pena P.J.: Prohibición de celebrar actos o contratos con organismos del Estado por 2 años, prohibición absoluta de recepción de beneficios fiscales. CASO SALMONES COLBÚN: Condenadas Salmones Colbún Ltda. y Soc. Agrícola Mecanizado Ltda. Penas: Multa de 500 UTM y Pérdida del 40% de los beneficios que actualmente tienen y, si no los tuvieran, a la prohibición absoluta de tenerlos por un plazo de 3 años. CASO CONSTRUCTORA PEHUENCHE: Condenada. Pena P.J.: Prohibición de celebrar actos y contratos con el Estado por 4 años, multa de 680 UTM y publicación de la sentencia. .

Incumplimiento de deberes de dirección y supervisión. ¿CUÁNDO LOS DEBERES DE DIRECCIÓN Y SUPERVISIÓN SE ENTENDERÁN CUMPLIDOS? Art. 3 inciso 3 de la Ley 20.393: “Se considerará que los deberes de dirección y supervisión se han cumplido cuando, con anterioridad a la comisión del delito, la persona jurídica hubiere adoptado e implementado modelos de organización, administración y supervisión para prevenir delitos como el cometido, conforme a lo dispuesto en el artículo siguiente.” Art. 4 de la Ley 20.3939 establece el MODELO DE PREVENCIÓN DE LOS DELITOS (MPD). ELEMENTOS: Designación de un encargado de prevención.- Definición de medios y facultades del encargado de prevención.- Establecimiento de un sistema de prevención de los delitos.- Supervisión y certificación del sistema de prevención de los delitos. CUMPLIÉNDOSE TODOS ESTOS ELEMENTOS SE ATENÚA LA RESPONSABILIDAD PENAL.-

Establecer Áreas de Apoyo Estructura del MPD Prevención Matriz de Riesgos Protocolos y Políticas Código de Ética Sanciones Procedimiento denuncias MPD MODELO DE PREVENCIÓN DE DELITO Establecer Áreas de Apoyo Fiscalía Contraloría Auditoría Interna Gerencia y Comités Capacitaciones Informes Periódicos Auditorías

GRUPO DE INTERÉS DE LAS EMPRESAS FAMILIARES PROPIEDAD Socios o accionistas Miembros de la familia Ejecutivos y empleados FAMILIA EMPRESA

CICLOS DE LA EMPRESA FAMILIAR CONSORCIO DE PRIMOS SOCIEDAD DE HERMANOS DUEÑO - GERENTE

RELACIÓN ENTRE CONSEJO DE FAMILIA Y DIRECTORIO Ámbito familiar/normal Ámbito empresarial/legal Asamblea de la familia Junta de Accionistas Consejo de familia Directorio Gerencia Posibles comités del consejo familiar o fondos de la familia Áreas de la empresa

PRINCIPALES ASPECTOS DEL PROTOCOLO FAMILIAR Establece a la Familia y las Empresas como una Unidad Consolidada. Obligatoriedad de las normas del Protocolo Familiar. Historia, Cultura y Valores de la Familia. Condiciones de acceso e ingreso a la Empresa Familiar (formación académica, profesional, experiencia, idoneidad). Derechos Económicos; Ejecución de negocios por cuenta propia de cada miembro de la familia. Ingreso de terceros ajenos a la familia al Capital de la Sociedad. Comisión Negociadora (Dispute Board) que orienta en caso de conflictos.

RESULTADO: HOLDING FACTORES ESTRUCTURALES + FACTORES DE GOBIERNO FACTORES TRIBUTARIOS FACTORES LABORALES FACTORES DE RIESGOS SOCIEDADES DE INVERSIÓN SOCIEDAD MATRIZ SOCIEDADES OPERATIVAS

ORGANIZACIÓN CORPORATIVA RECOMENDABLE DE LA FAMILIA EMPRESARIA Sociedades de Inversión Sociedades familiares nucleares/ Resp. Ltda. Sociedades familiares nucleares/ Resp. Ltda. Sociedades familiares nucleares/ Resp. Ltda. Consejo de Familia Directorio HOLDING EMPRESA FAMILIAR Sociedades operativas/ SpA Sociedades operativas/ SpA Sociedades operativas/ SpA

BENEFICIOS DE UN HOLDING Permite tener un gobierno corporativo formal, responsable, regulado, autónomo, y que sirva a todo el grupo de empresas operativas. Forma más eficiente y menos traumática de realizar la sucesión en la administración, sobretodo en Empresas Familiares. Permite la sobrevivencia y sustentabilidad de la compañía con posterioridad a la sucesión del fundador. Limita los riesgos de cada emprendimiento así como el invitar inversionistas de riesgo. Consolida el Balance de todo el grupo, lo cual permite tener una visión más clara del funcionamiento del mismo