LOS LIBROS Y REGISTROS CONTABLES Y ELECTRÓNICOS UNIVERSIDAD PERUANA LOS ANDES UEC CONTABILIDAD PARA ADMINISTRADORES I CPCC. Juan Orlando González Benites.

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Transcripción de la presentación:

LOS LIBROS Y REGISTROS CONTABLES Y ELECTRÓNICOS UNIVERSIDAD PERUANA LOS ANDES UEC CONTABILIDAD PARA ADMINISTRADORES I CPCC. Juan Orlando González Benites Elaborado para los estudiantes del Tercer Semestre de la Especialidad de Administración y Sistemas

Libros Contables obligatorios según Régimen Tributario Los tipos de libros o registros contables que estarás obligado a llevar dependerá del Régimen Tributario en el que te encuentres, sea como Persona Natural con Negocio o en el que se encuentre la Persona Jurídica (empresa) que hayas formado. Inclusive dependerá del volumen de los ingresos anuales que estimes obtener por el desarrollo de tu actividad empresarial.

Libros Contables obligatorios según Régimen Tributario La SUNAT ha implementado el llevado de libros en forma electrónica, generando beneficios a tu negocio por ahorro de costos de legalización, impresión y almacenaje de los libros y registros, así como un importante efecto ecológico al reducir el uso de árboles y agua, al no usar papel. Si desarrollas tu actividad empresarial como persona individual o como persona jurídica (empresa) en: Nuevo Régimen Único Simplificado – NRUS Régimen Especial de Renta – RER Régimen MYPE Tributario Régimen General – RG

Régimen MYPE Tributario - RMT

Régimen General – RG

FORMAS DE LLEVAR LOS LIBROS CONTABLES

Sistema Manual: los libros y registros se adquieren en una librería o imprenta, su llevado es a manuscrito y se legalizan en una Notaría antes de usarlos. Sistema Computarizado: la información contable se ingresa apoyada en un software contable siguiendo la estructura dispuesta por la SUNAT para cada libro y registro. Sistema de Libros Electrónicos (SLE): Aprovechando el avance en las tecnologías de la información y comunicación.Dicho sistema cuenta con dos formas de llevado de libros contables: – Programa de Libros Electrónicos - PLE: Es un aplicativo desarrollado por la SUNAT que se instala en tu computadora y te permite generar el Libro Electrónico en el Sistema de Libros Electrónicos SLE–PLE. – Sistema de Libros Electrónicos desde el Portal – SLE-Portal: Es un sistema que la SUNAT pone a tu disposición y que te permite generar tus Registros de Ventas e Ingresos y de Compras en forma electrónica desde el Portal de la SUNAT.Sistema de Libros Electrónicos desde el Portal – SLE-Portal:

INCUMPLIMIENTO DE LLEVAR LIBROS CONTABLES Una de las obligaciones formales más importantes es contar y llevar libros y registros contables dentro de los plazos de atraso máximos, así como mantenerlos actualizados.llevar libros y registros contables dentro de los plazos de atraso máximos, El registro oportuno, ordenado y completo de tus operaciones en los libros o registros contables te permitirá conocer la situación económica y financiera de tu actividad empresarial en el momento que lo necesites, también evitarás incurrir en infracciones tributarias vinculadas al llevado de libros o registros contables. No obstante de suceder, es importante que tengas presente que existe un Régimen de Gradualidad sobre sanciones al llevado de libros o registros contables a través del cual la sanción de multa se podría asumir en montos menores, dependiendo de la oportunidad en que regularices la infracción.infracciones tributarias vinculadas al llevado de libros o registros contablesRégimen de Gradualidad sobre sanciones al llevado de libros o registros contables

Pérdida o destrucción de libros contables Es obligatorio almacenar, archivar y conservar los libros y registros contables, llevados de manera manual, mecanizada o electrónica. La comunicación por escrito de la pérdida o destrucción de libros o registros contables por siniestro, asaltos u otros motivos, es una obligación que tienes para con la SUNAT, teniendo un plazo de 15 días hábiles a fin que se considere esta situación en caso se disponga su verificación.comunicación por escrito de la pérdida o destrucción de libros o registros contables

REQUISITOS PARA UTILIZAR LOS LIBROS CONTABLES Legalización de los Libros Contables llevados en forma manual o computarizada Tus libros o registros contables deberán estar legalizados antes de su uso. La legalización se efectúa ante el Notario Público de tu jurisdicción o Juez de Paz (en caso no haber Notario), quienes deberán sellar todas las hojas del libro o registro debidamente foliadas, incluso cuando se lleven utilizando hojas sueltas o continuas. Los libros electrónicos no requieren legalización.

Plazos para el llevado de libros contables

Plazo para rehacer libros contables Además de comunicar la pérdida o destrucción de libros o registros contables, es necesario rehacerlos, para lo cual contarás con un plazo de sesenta (60) días calendarios a partir de la pérdida o destrucción. No obstante de requerir un mayor plazo, por razones debidamente justificadas, podrás solicitar a la SUNAT una prórroga, la que estará sujeta a evaluación.

LOS LIBROS ELECTRÓNICOS Es un archivo de formato texto que cumple con las especificaciones (estructuras y validaciones) señaladas por la SUNAT y tiene valor legal para todo efecto, en tanto sea generado en el Sistema de Libros Electrónicos – SLE mediante el Programa de Libros Electrónicos – PLE.

Sistemas de Libros Electrónicos - SLE Registro de Compras Portal Registro de Compras Portal Registro de Ventas Portal Registro de Ventas Portal

Sistemas de Libros Electrónicos - SLE CÓD.NOMBRE O DESCRIPCIÓN 1LIBRO CAJA Y BANCOS 3LIBRO INVENTARIO Y BALANCES 4 LIBRO DE RETENCIONES INC. E Y F DEL ART. 34 DE LA LIR 5LIBRO DIARIO 5ALIBRO DIARIO DE FORMATO SIMPLIFICADO 6LIBRO MAYOR 7REGISTRO DE ACTIVOS FIJOS 8REGISTRO DE COMPRAS 9REGISTRO DE CONSIGNACIONES 10REGISTRO DE COSTOS 12 REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE EN UNIDADES FÍSICAS 13 REGISTRO DE INVENTARIO PERMANENTE VALORIZADO 14REGISTRO DE VENTAS E INGRESOS

1. Incorporados PRICOS RVI + RC Enero 2013 LD + LM Junio 2013 ANUAL: Libro de Inventarios y Balances, Registro de Costos, Registro de Activos Fijos MENSUAL: Registro de Consignaciones, Libro de Inventario Permanente en Unidades Físicas SEMESTRAL: Libro de Inventario Permanente Valorizado 2. Obligados: RG Ingresos mayores a 500 UIT RVI + RC Enero Obligados Ingresos mayores a 150 UIT RVI + RC Enero Obligados Ingresos mayores a 75 UIT RVI + RC Enero Afiliados PLE Voluntarios PLE RVI + RC 6. Generadores Portal Voluntarios Portal RVI + RC Sujetos que llevan Libros Electrónicos Obligados Voluntarios Nuevas obligaciones: PRICOS IPCN con ingresos igual o mayor a 3,000 UITs del ejercicio anterior (Año 2015 S/ 11´550, ) Nuevas obligaciones: PRICOS IPCN con ingresos igual o mayor a 3,000 UITs del ejercicio anterior (Año 2015 S/ 11´550, ) Nuevos obligados

Obligados a llevan Libros Electrónicos

Sujetos obligados a llevar Libros Electrónicos a partir del 2016 OBLIGADOSReg. de Ventas y Reg. de Compras Libro Diario y Libro Mayor Los obligados son los sujetos que: −No sean PRICOS −No se hayan afiliado al SLE-PLE −Estén acogidos al RG o al RER −Hayan obtenido ingresos iguales o mayores a 75 UIT entre los meses de enero a diciembre 2015 La UIT a considerar es la del 2015 (S/ 3,850), por tanto el monto referencial es S/ 288,750. Para tal efecto se considerarán los montos declarados en las casillas 100, 105, 106, 109, 112 y 160 del PDT 621 y/o la casilla 100 del FV Simplificado IGV - Renta Mensual. Desde Enero 2016 PLE o Portal No es obligatorio