Ley Orgánica de Transparencia, Divulgación y Acceso a la Información Pública.

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Transcripción de la presentación:

Ley Orgánica de Transparencia, Divulgación y Acceso a la Información Pública

 Una ley que garantice el derecho a saber  Países americanos ya tiene ley  Ley modelo de OEA  14 municipios con ordenanza de Acceso a la Información  4 estados con ley de Acceso a la Información (Anz, Nva. Esparta, Miranda, Lara) Derecho a saber, ¿por fin?

I.Un derecho de todos y todas II.Aplicable a todas las instituciones que realicen funciones públicas III.Sujeto a una máxima divulgación IV.Donde la reserva es la excepción V.Y las negativas deben ser y estar justificadas VI.Con procedimientos de peticion y respuesta que garantizan la sencillez, rapidez y gratuidad VII.Que promueve la transparencia activa VIII.En forma explícita, detallada, actualizada y a través de diferentes medios IX.Con un órgano autónomo e independiente que garantice el derecho. X.Establece mecanismos e instancias de apelación y sanción X Principios de la Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública

I. Un derecho de todos y todas

II. Aplicable a todas las instituciones con funciones públicas 1.Los órganos del Poder Público nacional: Ejecutivo, Legislativo Judicial, Ciudadano y Electoral, estadal y municipal 2.Las asociaciones, fundaciones, personas jurídicas de derecho privado, organizaciones de sociedad civil y entidades organizadas sin personalidad jurídica, cuando sean encargadas de la provisión o administración de bienes o servicios públicos que sostengan convenios, contratos, alianzas estratégicas, gerencias técnicas 3.Las personas jurídicas de derecho privado se financien con recursos públicos en un porcentaje igual o superior al diez por ciento de su patrimonio 4.Empresas y otras personas jurídicas de derecho privado que por delegación, concesión o cualquiera otra forma de gestión realicen, administren o tengan a su cargo la prestación de servicios públicos o alguna actividad de interés general. 5.Los partidos políticos nacionales o regionales y organizaciones políticas. 6.Las personas, órganos y entidades enunciados en la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, en la Ley Contra la Corrupción, Ley de Contrataciones Públicas, Ley Orgánica de Bienes Públicos y la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público. 7.Los Consejos Comunales, las Comunas y todos aquellos organizaciones de carácter comunitario que tengan atribuciones, competencias y poder de decisión sobre asuntos y recursos públicos o de interés público, 8.En general, todas las instituciones, de derecho público o privado, donde participe el Estado

III. Sujeto a una máxima divulgación Toda la que emane o esté en posesión de cualquiera de los sujetos a esta Ley La información contenida en expedientes, reportes, estudios, actas, resoluciones, oficios, correspondencia, acuerdos, directivas, directrices, circulares, contrataciones públicas, contratos, convenios, instructivos, notas, memorandos, estadísticas, alianzas estratégicas, actas constitutivas o bien, cualquier otro sin importar su fuente o fecha de elaboración. En cualquier formato, papel, digital, telemático, electrónico, semejantes y cualquier otro que pudiese crearse.

IV. Donde la reserva es la excepción Limitadas excepciones Art. 9 1.Información sobre Seguridad y Defensa Nacional 2.Información del Ámbito Internacional 3.Información Relacionada con la Potestad de Control del Estado y la Administración de Justicia 4.Información que afecte a la Seguridad Personal o Familiar 5.Información relacionada con patentes, derechos de autor y secretos comerciales En cada órgano o ente sujeto a la ley, se dejará constancia del motivo la clasificación de la información como reservada, y solo bajo las excepciones previstas en la ley. Art. 43 Se crearán los archivos de información reservada Reserva por periodo máximo de 10 años La reserva debe ser declarada antes de la solicitud.

Pública TODA Información Reservada Personal Reservada 10 años 1.Seguridad y Defensa Nacional 2.Ámbito Internacional 3.Potestad de Control del Estado y la Administración de Justicia 4.Seguridad Personal o Familiar 5.Patentes, derechos de autor y secretos comerciales Confidencial Tipos de información

V. Y las negativas deben ser y estar justificadas Toda petición debe ser respondida en plazo máximo de 8 días. La negativa debe ser motivada art. 36 No se considerará suficiente ni procedente la negativa que solamente cite la excepción No se puede exigir interés legitimo, ni razón de la petición, ni uso que se dará a la información Las dudas, apelaciones o dilemas los define el órgano garante

VI. Facilita los procedimientos y se garantiza la sencillez, rapidez y gratuidad Tanto para presentar peticiones de información, como para introducir recursos, no podrá demorar el trámite, ni hacer exigencias complejas. Para la petición no se requerirá formalidad adicional alguna 1. Descripción suficientemente detallada y precisa de la información solicitada, para permitir que la misma sea ubicada con facilidad y celeridad. 2. Forma o medio preferido en la cual la información será suministrada. 3. Información de contacto para recibir notificaciones referentes a la solicitud. La autoridad pública buscará procesos cada vez mas expeditos y efectivos.

VII. La información esencial debe estar al alcance de la ciudadanía Art 88: Todo órgano o ente del sector público está obligado a sistematizar la información que posee de forma proactiva para ser publicada en sus paginas web, con actualizaciones permanentes Claridad en archivos, custodia, responsables, conservación, producción, difusión.

VIII. En forma explícita, detallada, actualizada y a través de diferentes medios

IX. Con un órgano autónomo que garantice el derecho Órgano Garante = Consejo para la Transparencia = Autónomo e Independiente Cómo se Elige 2/3 AN En base a terna Comité de postulación Estructura 5 miembros Sin vinculación partidista Funciones Procesos Aplicar la ley Apoyar al Estado en su implementación con capacitación y sistemas Transparencia Activa Evaluar cumplimiento Dirimir recursos y apelaciones Sancionar su incumplimiento Organismo Público no responde satisfactoriamente Decide según excepciones CI SINO Obliga a responder

X. Establece mecanismos e instancias de apelación y sanciones preestablecidas

Comisión mixta recibió prórroga de 30 días para elaboración del informe final