INNOVACIÓN Y CREATIVIDAD EMPRESARIAL. EXPOSICIÓN: IMPLICACIONES LABORALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL DEL OUTSOURCING.

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Transcripción de la presentación:

INNOVACIÓN Y CREATIVIDAD EMPRESARIAL

EXPOSICIÓN: IMPLICACIONES LABORALES Y DE SEGURIDAD SOCIAL DEL OUTSOURCING

CASO PRACTICO El asesor financiero de mi empresa recomendó que habían ciertas áreas (seguridad, servicios varios, cobros etc.) que sí se subcontrata a especialistas en esas áreas se podía tener un ahorro en los gastos operativos de hasta un 25 % en tres años.

¿QUÉ HACER? Después de oír ese argumento se me surgieron las siguientes inquietudes: ¿Cómo puedo garantizar ese ahorro del 25% en gastos? ¿A quién debo consultar ?

¿ PENSAMIENTO FILOSÓFICO? “Mi padre siempre me ha dicho que en la vida hay que tener tres cosas: Un buen cura, un buen medico y un buen abogado”

CONCEPTO DE OUTSOURCING Según la revista de Harvard: “Cuando una empresa hace algo que otras pueden comprar o hacer de forma más eficiente, esta sacrificando una ventaja competitiva. Concéntrese en aquello que proporciona a su empresa ventaja competitiva. Subcontrate el resto....y yo añadiría. Contrate un buen abogado para que le elabore el contrato.

RELACIÓN LABORAL Es una situación jurídica objetiva que se crea entre trabajador y patrono por la prestación de un trabajo subordinado cualquiera que sea el acto o causa que le dio origen.

CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO Definición legal Art. 17 C. Tr.: “Es aquel en virtud del cual una o varias personas se obligan a ejecutar una obra, o prestar un servicio a uno o varios patronos, institución, entidad o comunidad de cualquier clase, bajo la dependencia de estos y mediante un salario”

CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO Presupuestos del contrato 1.Capacidad: La condición jurídica de las personas por virtud de la cual pueden ejercitar sus derechos, contraer obligaciones, celebrar contratos y realizar actos jurídicos en general menores de edad (Art. 114 C. Tr.

CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO Presupuestos 2. Idoneidad: Significa una posibilidad de realización: lo imposible no se puede convenir, porque sería falsear la realidad. Esa idoneidad debe comprender posibilidad física y posibilidad legal

CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO Presupuestos Legitimación: es una forma de identidad de los sujetos del contrato, con los titulares de los intereses que constituyen el objeto de aquel. Legitimación no es lo mismo que capacidad. No toda persona con capacidad está legitimada cuando de celebrar un contrato se trate.

CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO ART. 20 C. TR Elementos del contrato 1.Consentimiento: es consensual, se forma por un acuerdo de voluntades 2.Objeto material del contrato: el trabajo mismo 3.Prestación de un servicio: físico, intelectual, personal 4.Salario: retribución de dinero que el patrono esta obligado a pagar al trabajador (Art. 121 C. Tr.) 5.Subordinación: dentro del horario de trabajo, solo sobre la actividad laboral. A falta de ella no hay contrato de trabajo.

CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO Contenido legal del contrato Art. 23 C. Tr. Plazo de contrato Art. 25 C. Tr. A falta de estipulación expresa el contrato se presume por tiempo indefinido. Estipulación de período de prueba Art. 28 C. Tr. Debe ser expreso

SUBORDINACION “… consiste en dejarse dirigir en su trabajo por el plan laboral del patrono, considerándose un poder subjetivo que puede manifestarse en forma no continua, sino intermitente, pero no por ello cesa el estado de subordinación.” Miguel Bermúdez Cisneros

SUJETOS DEL CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO Trabajador (persona física) 1.Realiza un trabajo 2.Realiza un trabajo por cuenta ajena 3.Trabajo subordinado 4.Se obliga a través de una relación contractual

SUJETOS DEL CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO Patrón (persona física o jurídica) 1.Contrata servicios de otra 2.Da a cambio de un salario

CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO Como se prueba el contrato? Falta de contrato escrito Presunciones Carga de la prueba

INTERMEDIARIO “Es la persona que contrata o interviene en la contratación de otra u otras para que presten servicios a un patrono.” Art. 4 C. Tr.

CONTRATISTAS “Aquellos que ejecutan por contrato trabajos para otros con capitales propios o con adelantos que haga el dueño de la obra o un tercero” Art. 5 inc. 1 C. Tr.

SUB-CONTRATISTAS Las personas que con trabajadores contratados por ellos, realizan trabajos requeridos por un contratista” Art. 5 inc. 2 C.Tr.

RESPONSABILIDAD Solidaria en materia laboral Art. 5 inc. Final C. Tr. Solidaria en materia de Seguridad Social Derecho de los trabajadores de las personas que proveen personal

GRACIAS