DERECHO PROCESAL INTERNACIONAL Forma parte del DIP ¿Por qué? -función jurisdiccíonal desarrollada por los tribunales estatales -Conexión de esa función con un orden jurídico extranjero Derecho Internacional Privado
DERECHO PROCESAL INTERANCIONAL Derecho Internacional Privado Principios Jurisdicción razonable Acceso a la justicia No discriminación del litigante Cooperación Circulación de los fallos
DERECHO PROCESAL INTERNACIONAL Jurisdicción razonable Refiere a: El juez que entiende en un determinado litigio debe tener una razonable conexión con el objeto del mismo Evitar foros abusivos o arbitrarios Evitar el forum shopping
Derecho Internacional Privado DERECHO PROCESAL INTERNACIONAL Si la conexión es razonable, se facilita el acceso a la justicia Vinculado con las contiendas negativas de competencia (ningún Estado “desea” entender en un determinado proceso – inexistencia de Tratado) Vinculado con la gratuidad y derecho a defensa Acceso a la justicia
Derecho Internacional Privado DERECHO PROCESAL INTERNACIONAL Implica la igualdad de trato procesal de los litigantes sin importar dónde están domiciliados o su nacionalidad Elimina la prestación de fianza para litigantes extranjeros o domiciliados en el extranjero. No discriminación del litigante
Derecho Internacional Privado DERECHO PROCESAL INTERNACIONAL Este es un principio, recogido en diversos instrumentos No obstante, admite excepciones. Cooperación
Derecho Internacional Privado DERECHO PROCESAL INTERNACIONAL Deriva del principio anterior No es automática; está sometida a ciertos requisitos, que implican un control formal y no sobre el fondo de la cuestión Circulación de los fallos