EL MARCO LEGAL DEL ALOJAMIENTO TURISTICO Y SU COMERCIALIZACIÓN. Problemática en el actual escenario de consumo colaborativo. Dr. Julio Facal Radisson Montevideo 2016.
REGULACION DEL MERCADO Normas regulatorias básicas: - Regulación de la competencia - Regulación del consumo Puntos en común: tutelar los derechos del consumidor, usuario, turista. Intervención estatal. ¿Cuándo? ¿Turismo?. INTERES GENERAL. Actividades reguladas: ( Bancos, salud, taxi??)
ALOJAMIENTO TURISTICO Actividad relevante para el turismo Fuerte compromiso con el turista Responsabilidad objetiva Regulación escasa pero de doble aspecto: administrativo y legal con necesidad de incentivos y exigencias Actividad formal y regulada. Ventajas. -C Civil, Ley Reglamentación
ALOJAMIENTO TURISTICO Objetivos de la hotelería entre otros: -Seguridad -Confort -Calidad -Servicios propios y conexos Necesidades para su desarrollo: -marco legal adecuado y formal. Inventivos. Ej. Arrendamientos de coches sin chofer. - Comercialización adecuada : a) directa b) indirecta a través de redes de intermediarios formales y regulares.
LA TRANSFORMACION DEL PRODUCTO HOTELERO El problema del consumo colaborativo no es nuevo Necesidades del turista y del empresario = optimización tiempo y descanso con mas servicios: a) Nuevos productos (condhotel, B&B, Glamping, Lodges; Clubes de Campo, tiempo compartido, Vivienda Turistica vacacional etc. b) Nueva comercializacion; formas. Comercializacion electrónica. Imprescindible en el turismo. Ausencia de marco legal= conductas distorsivas del mercado y problemas asociados.
CONSUMO CLABORATIVO Colaboración = informal? Es regulable ? Oportunidad y búsqueda de necesidades implica desarrollo ilegal? A quienes regular??? Beneficio actual = beneficio futuro? (gratuidad?) Comenzar a egular con equilibrio (ej. Dictámen UE 12/15, Francia ley Alur) Equilibro entre los derechos de los particulares y la actividad a regular. La era de la información no puede privar al Derecho de su ámbito de influencia. Riesgo de no regular adecuadamente: distorsión del mercado, pérdida de competitividad, pérdida de imagen o transgresión a derechos individuales. ¿Miedo a UBER? problemática real.
LA COMERCIALIZACIÓN E INTERMEDIACIÓN ELECTRONICA Problemas asociados - Contralor estatal. -informalismo. Competencia desleal. Nuevos actores ¿prohibición de contratar con servicios irregulares ?. Ley cumplimiento del contrato, incertidumbre. Hipótesis de arrepentimiento. Ley Inobservancia de los principios rectores turísticos. Altas comisiones. ¿ imposibilidad de prescindir? ¿mecanismos sustitutivos en el mercado? Miedo a un nuevo EASY TAXI?
LA COMERCIALIZACIÓN INFORMAL DE ALOJAMIENTO INFORMAL Combinación letal.( plataforma informática informal no agente de viajes intermediando con servicios no registrados en alojamientos) Relación entre el aporte de valor y el lucro? · Lucro cautivo y progresivo. Sistemas de autocalificación y autorregulación? Son confiables? Son sustitutivos? Mayor imposibilidad de controlar Más riesgos ante el incumplimiento. Mayor distorsión en el mercado para competidores formales. (bajo nivel de ventas y ocupación)
LA COMERCIALIZACIÓN ELECTRONICA del ALOJAMIENTO VENTAJAS EN UN MARCO LEGAL ADECUADO. Diversificación de la oferta Rapidez en la contratación Comparativo de precios y calidad de servicios: Agencias on line, Portales, Centrales de reserva Protección a empresas y consumidores Protección de datos personales y seguridad ley “ habeas data” Registro de transacciones económicas. Posibilidad de acuerdos de intercambio de información tributaria ( ley)
Contemplar en forma inteligente las necesidades de los usuarios por parte de empresarios y estados. Más oferta, mayor calidad de producto, mayores incentivos Consagrar nuevas categorías de alojamiento en forma legal. ( vivienda turistica, B&b etc) Notas distintivas : habitualidad, profesionalidad, periodicidad, servicios conexos Mayores contralores inspectivos. Registro. Aggiornamiento de la normativa hotelera. Mayor esfuerzo de los empresarios hoteleros en innovar. ( voy en taxi) POSIBLES SOLUCIONES
POSIBLES SOLUCIONES Incentivos estatales al registro de la actividad. Obligación de registro para paginas webs que operen a nivel nacional, como agente de viajes. Acuerdos de intercambio de información (Amsterdam, San Francisco) Certificación de calidad de páginas web. Coordinación interadministrativa con autoridades reguladoras de las comunicaciones nacionales y regionales. ¿Prohibición de plataformas informáticas que se encuentren fuera del marco legal ? O regular con especial cuidado?
POSIBLES OBSTACULOS Diferenciar ocasional de habitual. Legislación civil en materia de arrendamientos. Ej. Arrendamiento por temporada Lesión de derechos de particulares : única propiedad, ausencia de actividad comercial (ejemplo francés) Fundamento: interés general basado en el concepto de la actividad turística Necesidad de modificación legislativa Equilibrio entre regulación clásica y colaborativa.
CONCLUSIONES La diversificación de la oferta y de la comercialización llegaron para quedarse. El turismo y la hotelería deben estar al servicio del usuario proporcionándole herramientas rápidas y eficaces de acceso. Esto requiere: Mayor compromiso estatal a nivel regional y local. Desarrollo de un marco legal adecuado para la actividad hotelera y para hotelera. Búsqueda real de incentivos a hoteles e intermediarios propiciando la regularización de la actividad.
Estudio profundo de la normativa vigente de forma tal de realizar modificaciones sustanciales. Coordinación con las autoridades turísticas, financieras y de comunicaciones. Mayor incentivo a la actividad hotelera y de intermediación, su formalización y en definitiva una actividad que mejore la calidad de los servicios que se prestan al turista. GRACIAS¡