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LEY CONVENIO PARA LA SIMPLIFICACIÓN Y ARMONIZACIÓN DE LOS TRÁMITES DE CONSTITUCIÓN, INSCRIPCIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE SOCIEDADES COMERCIALES.

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2 LEY CONVENIO PARA LA SIMPLIFICACIÓN Y ARMONIZACIÓN DE LOS TRÁMITES DE CONSTITUCIÓN, INSCRIPCIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE SOCIEDADES COMERCIALES

3 Artículo 1°.-Objetivos Generales: a) Establecer los lineamientos generales para una simplificación administrativa y una armonización de los trámites constitutivos y registrales de las sociedades comerciales; b) Alcanzar importantes beneficios mediante la facilitación de la constitución y registración de sociedades comerciales, sin comprometer las apropiadas normas de control; … f) Realizar la “simplificación administrativa” siguiendo un modelo y desarrollar metodologías elaboradas con rigor técnico, implementadas en el marco de un sistema general de modernización. g) Contribuir eficazmente al desarrollo comercial y al intercambio, simplificando y armonizando los regímenes y las prácticas de los diferentes niveles de gobierno y jurisdicciones que componen el Estado, estimulando la cooperación entre dichos ámbitos; … Objetivos Generales I (Síntesis)

4 h) Abordar la “simplificación administrativa” como un proceso que integra a todas las entidades de los diferentes ámbitos de gobierno de la administración pública, en sus diferentes niveles, vinculadas a la constitución y registración de sociedades, y no como un proceso que corresponde a cada entidad individualmente; … j) Fomentar, incentivar y proteger la registración, el emprendedorismo y la generación de nuevos empleos de calidad, reduciendo los costos asociados a la constitución, registración y funcionamiento de una empresa, en particular las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas;… l) Procurar y facilitar la registración de las sociedades informales ya existentes; Objetivos Generales II (Síntesis)

5 Objetivos Específicos (Síntesis) …b) Propender a que los órganos decisores o superiores de los distintos organismos tomen decisiones en conjunto y que luego los órganos inferiores ofrezcan continuidad, coordinación intergubernamental y ofrezcan resultados a los usuarios;… d) Propiciar un ambiente de abierta participación de ideas e inquietudes intra e intergubernamental, así como con la ciudadanía en general;… f) Facilitar la implementación de herramientas y recursos de las Nuevas Tecnologías de la Información y de la Comunicación (NTICS) que coadyuven a la consecución de la “simplificación administrativa” y la “armonización”;

6 Simplificación Administrativa Es la eliminación de las exigencias y formalidades innecesarias en los trámites que realizan los administrados ante las distintas entidades del Estado. Es el proceso que consiste en eliminar y compactar fases del proceso administrativo, así como requisitos y trámites a fin de ganar agilidad y oportunidad en la prestación de los servicios públicos o trámites administrativos.

7 Armonización Normativa Es el proceso mediante el cual se busca adaptar de manera congruente y eficaz un determinado cuerpo legal a las necesidades de los administrados, que van a regir sus conductas a lo determinado por dicho marco legal; y a las de la administración, que va a aplicar y controlar el cumplimiento del mismo.

8 Prácticas Recomendadas o Buenas Prácticas Es toda disposición o reglamentación emitida por órgano competente que sea reconocida como un progreso hacia la simplificación administrativa y la armonización de las prácticas vigentes y necesarias para la constitución e inscripción de una sociedad comercial, procurando su aplicación lo más amplia posible.

9 Calidad en la Gestión Es la certificación de la aplicación de una norma de calidad fijada por un organismo nacional o internacional, debidamente auditada por un ente habilitado para ello. Es un sistema que permite la ejecución de diversas aplicaciones (imágenes, textos, calculadoras, etc.) bajo un mismo entorno, dando a los usuarios la posibilidad de acceder a ellas a través de Internet. El objetivo es que el usuario no deba estar en un espacio físico determinado, sino que sólo necesita contar con una conexión a internet que le permita ingresar a la plataforma en cuestión y hacer uso de sus servicios. Plataforma Digital

10 Autoridad de Aplicación Artículo 8°.- El Ministerio de Producción, en coordinación con el Ministerio de Modernización y el Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda, serán la autoridad de aplicación de la presente Ley, o en su defecto quien el Poder Ejecutivo designe. Artículo 9°.- La Autoridad de Aplicación deberá coordinar el proceso de simplificación y armonización administrativa con las diferentes jurisdicciones que componen el Estado Nacional, previa adhesión de las mismas a la presente Ley. Artículo 10°.- Las Provincias que adhieran a la presente asumirán el compromiso de invitar e incentivar a los diferentes municipios que la componen a involucrarse activamente en los procesos de simplificación y armonización administrativa propuestos.

11 Artículo 11°.-. La autoridad de aplicación gestionará, desarrollará e implementará, en coordinación con las demás jurisdicciones, la creación de una Plataforma o Portal Digital que permita acceder de forma simple y en un único lugar a todos los trámites necesarios para la constitución, registración y funcionamiento de una sociedad comercial en la República Argentina, propendiendo a la realización de la mayoría de los trámites de manera digital. Artículo 12°.- La Plataforma o Portal Digital deberá incorporar un Centro de Comunicaciones Digitales que informará por medios electrónicos al usuario sobre el estado de los diferentes trámites y evacuará dudas y consultas realizadas por los administrados. Plataforma o Portal Digital

12 Artículo 13°.- Se invita a las Provincias y al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherirse a la presente ley. Artículo 14°.- Derógase toda norma que se oponga a la presente. Artículo 15°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

13 http://eventos.senado.gov.ar:88/17659.pdf FUNDAMENTOS

14 GRACIAS.

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