HISTORIA DEL DERECHO EL MEDIOEVO EL PLURALISMO JURÍDICO.

Slides:



Advertisements
Presentaciones similares
Proyecto Educativo familiar
Advertisements

Deconstrucción Andrea Peña Reyes. El habla había sido muy importante o el sistema oírse hablar por el que se generaban y transmitían las ideas sobre el.
LA TEORÍA DEL ESTADO El objeto central de la Teoría del Estado es el estudio del conjunto de instituciones estatales, normas y procedimientos a través.
TESIS III: DERECHO PRIVADO
Introducción a la Edad Media
Edad Media La Edad Media es el periodo de la historia europea que transcurrió desde la desintegración del Imperio romano de Occidente, en el siglo.
Edad media-Cultura y Arte
LOS VALORES.
UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS
LEGISLACION APLICADA A LA EMPRESA
Psicología Humanista.
Edad media.
DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS INDIVIDUALES
EL PASO DE LA EDAD MEDIA AL RENACIMIENTO
CONCEPTO DE DERECHO Y SU CLASIFICACIÓN
EL PASO DE LA EDAD MEDIA AL RENACIMIENTO
DERECHO ROMANO DEL DERECHO EN GENERAL
«Derecho mercantil» Definición, origen y característica del derecho mercantil. Profesora: Candelaria Beatriz Arroyo Denis.
Debemos tener en cuenta dos perspectivas de la actividad pedagógica:
Celina Hernandez Gonzalez.
UNIDAD 1 GENERALIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN
Antecedentes históricos
5. Educación Cristiana Película (Intermedio)
Prof. Mirtha Garrido Q. Mag. en Cs. De la Comunicación.
La Edad Media El período de la historia europea que transcurrió desde la desintegración del Imperio Romano de Occidente en el siglo V hasta el siglo XV,
DERECHOS HUMANOS Y GARANTÍAS INDIVIDUALES
LOS REINOS GERMANOS CARACTERÍSTICAS GENERALES
EL FEUDALISMO, EL ARTE ROMÁNICO U OCCIDENTAL Y LAS CRUZADAS.
El origen de nuestro tiempo: Lo que necesitas saber sobre el origen de nuestro tiempo
EL MODO DE PRODUCCIÓN.
CULTURA Y SOCIEDAD CONCEPTOS BÁSICOS
FEUDALISMO (IX al XIII)..
Desde los primeros tiempos de su existencia, los seres humanos se enfrentaron a un medio hostil. Para conseguir alimento y abrigo y sobrevivir a los ataques.
Roma.
Destreza: Inferir, lectura de imágenes, Localizar.
ROMA EN EL PERÍODO DE LA REPÚBLICA:
HISTORIA DE LA RECREACION MUNDIAL
BARAJA DE LOS NÚMEROS ENTEROS “Suma 0”
LA COMUNICACIÓN HUMANA
Edad Moderna Edad Moderna S. XV - S. XVIII Inicio Término
ROMA.
LOS VALORES.
Los valores.
Funcionalismo.
1. INTRODUCCION AL ESTUDIO DEL DERECHO MERCANTIL
Derecho sucesorio Maya
Obj.: Conocer los elementos fundamentales del feudalismo
Pauta y norma social. Observemos las actitudes concretas de un grupo de individuos de nuestra sociedad, apreciando en eso, comportamientos que presentan.
Comunicación y contexto social
IMAGEN III ESCRITURA AUDIOVISUAL LOS PERSONAJES. Todos los relatos tienen su fundamento en la historia de alguien o de algo. La narración siempre tiene.
Información para los alumnos que no asistieron a la clase del martes 27 de enero de 2015.
Sincretismo.
ANTROPOLOGIA CULTURAL
La declaración de los Derechos del hombre y del ciudadano en Francia
TEORÍA DEL ESTADO.
Obj.: Conocer los elementos fundamentales del feudalismo
MODERNIDAD DEFINICION La Modernidad, ha sido el resultado de un largo devenir histórico con presencia tanto de continuidad como de ruptura. La modernidad.
NATALIA PAOLA RHENALS ZULETA DANIELA CAROLINA BAQUIRO BADILLO.
Repaso Unidad II, Caída del imperio romano
El estado moderno Integrantes : Catalina fiebig Alfonso Parada
1. 4. LAS INVASIONES BÁRBARAS
Juan Diego Ángel Jorge Luis Nelson Andrés.
Introducción al estudio del Derecho.
El origen de nuestro tiempo El origen de nuestro tiempo Introducción El Antiguo Régimen La Ilustración Las Revoluciones burguesas La Revolución.
PRINCIPIOS, VALORES Y VIRTUDES
No Jurídico Simple Jurídico Legítimo Difuso o Colectivo
El legado de la Edad Media y el Feudalismo
  Aristóteles (Estagirita, a. c.). -Discípulo de Platón. -Considerado como uno de los más grandes filósofos de la historia.
EDAD MEDIA Edsaliss Velazquez Torres Huma 1020 Profesora: Ivette Soto.
HISTORIA DEL DERECHO FUNDAMENTOS DEL DERCHO OCCIDENTAL.
Transcripción de la presentación:

HISTORIA DEL DERECHO EL MEDIOEVO EL PLURALISMO JURÍDICO

Edad Media Experiencia histórica-jurídica caracterizada por el vacío engendrado por el derrumbe del edificio político romano y de la cultura que en él circulaba. El punto destacado está en cómo se responde a estos vacíos. En el cual observaremos la pluralidad de procesos históricos e instituciones jurídicas Paolo Grossi

EDAD MEDIA (SIGLOS V-XIV) ALTA EDAD MEDIA-BAJA EDAD MEDIA ROMANO FEUDAL GERMANICO CRISTIANO/CATÓLICO REAL

CRISIS DEL IMPERIO ROMANO El Imperio de Occidente, que había entrado ya en crisis en los siglos anteriores, cae definitivamente en poder de los pueblos germánicos en el año Los germanos se asientan por la fuerza o mediante alianzas en las antiguas provincias romanas: Italia, Galia, Hispania, Lusitania, Dalmatia, Britania, Bélgica, Dacia, Macedonia, etc, y aunque el grado de romanización de las provincias era profundo, distaba mucho de ser uniforme, de ahí que la germanización haya sido también diversa. Hoy se entiende, de forma mayoritaria en la doctrina, que el Derecho germánico constituye el segundo gran tronco sobre el que se asienta el pensamiento jurídico europeo. Antonio Fernández de Buján

Características de los pueblos germanos Socio-culturales Sociedad Oral o Consuetudinaria Interdependientes - Familias -Comunidad Reciprocidad Socioeconómicas Agricultura Ganadería Cacería Comercio Rudimentario

Estructura de organización sociopolítica RealLocal Feudal Tribal

Sippe: Asociación familiar, con alcances decisivos en la vida económica, religiosa, armada y jurídica, que posee una doble dimensión. Como conjunto de círculos parentales y, por otro lado, como estirpe o genealogía” Julio Fernandez-Bulte

Local Las Sippes asociadas con otras sippes garantizaban un clima social regido por un valor llamado “Fried” o paz social, criterio rector concebido no como una recomendación, sino como una obligación juridicamente exigible a todos José Manuel Pérez Markgenossenschaften

Feudal Asociaciones de carácter mayor que pueden considerarse, en sentido amplio, como relaciones de carácter feudal o de protección, en donde familias “encomendaban” su protección a “grandes” hombres

Derecho Germánico “En el fondo, el derecho estaba ligado e interrelacionado con los demás aspectos de la vida de la comunidad. Había una especie de armonía entre derecho, comunidad, valores y vida. Por ello, el derecho más que castigar y determinar culpables, busca mantener este equilibrio, mantener unido al pueblo –para que este subsista-, mantener la paz, en una palabra, lograr la reconciliación. El derecho es concebido como un medio de comunicación, como un mediador. El juez o la asamblea no busca quién tiene la razón, sino como salvar el honor de ambos bandos, restaurando la relación o la paz entre ellos” Harold Berman

CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO GERMANO 1. Se trata de un derecho basado en la costumbre: es traspasado de generación en generación, mediante la oralidad, los refranes y versos. Los primeros intentos de fijar estas prácticas y usos por escrito datan de la primera época de contacto con Roma, con lo cual se introducen también las instituciones romanas, por lo que no es posible hablar de un derecho germano puro. 2. Es un derecho primitivo: Carece de capacidad de abstracción. Un ejemplo concreto es su incapacidad para desarrollar una teoría o instituciones vinculadas a las "obligaciones" y "Contratos". Esta es una materia marcada por un fuerte criterio de contraprestación. Los germanos no concebían, entonces, figuras como la donación. A la vez este primitivismo se caracteriza por la presencia masiva de símbolos sensibles: Apretones de mano, para simbolizar acuerdos, emplean voces y juramentos, gestos de condena o recompensa, etc. En síntesis es un derecho pre-científico, asimilable por tanto, a la época más arcaica del Derecho Romano. 3. Índole asociativa de sus instituciones: Las instituciones germanas conceden gran importancia ala comunidad, el grupo o la familia. No quiere decirse con esto, que hayan logrado el grado de abstracción necesaria para concebir una persona jurídica, sino que no desarrollaron un derecho individualista, centrado en el hombre, sino en el grupo. 4. Privilegio Tribal: Característica fundamental. Como todo derecho primitivo es aplicable sólo a los miembros de la raza germana. Es el viejo principio de la personalidad del derecho. No se aplica a quien no pertenezca a la sippe. 5. La Reciprocidad: Los Germanos no conciben la ejecución de algo a cambio de nada. Sus relaciones interpersonales responden exclusivamente a la reciprocidad. Doy para que des se aplica aquí sin excepción. Por ello sancionan la prodigalidad, pues viola el principio de reciprocidad. ITALO MERELLO