ESCALAFÓN H. COMISIÓN ESTATAL MIXTA DE ESCALAFON

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Transcripción de la presentación:

ESCALAFÓN H. COMISIÓN ESTATAL MIXTA DE ESCALAFON GOBIERNO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA ESCALAFÓN H. COMISIÓN ESTATAL MIXTA DE ESCALAFON

E S C A L A F O N Se le denomina Escalafón al sistema organizado de la Secretaria de Educación Pública para efectuar las promociones de ascenso de los trabajadores de base y se rige por el Reglamento de Escalafón, que regula y determina los procedimientos escalafonarios.

La Comisión Estatal Mixta de Escalafón es un organismo autónomo en sus decisiones cuyas resoluciones no pueden ser invalidadas por autoridades administrativas u órganos de gobierno sindical, sino únicamente por los tribunales competentes.

MARCO LEGAL Tus derechos! Constitución Política ¡Por la legitimidad de Tus derechos! Constitución Política Ley Federal del Trabajo Ley General de Educación Ley de Educación de B.C.S. Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado Reglamento Interior de la SEP Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo de la SEP. Reglamento de Escalafón de los Trabajadores al Servicio de la Secretaria de Educación Pública.

LA COMISION ESTATAL MIXTA DE ESCALAFON Esta constituida por 4 Secretarios Oficiales representantes de SEP y 4 Secretarios Sindicales representantes de SNTE, los cuales son nombrados por el titular de cada dependencia. Esta organizada en 4 grupos escalafonarios. Cada grupo es representado por un Secretario Oficial y un Secretario Sindical.

Comisión Estatal Mixta GRUPO I Primarias GRUPO II Preescolar e Inicial Comisión Estatal Mixta de Escalafón GRUPO III Secundarias y Niveles Especiales GRUPO IV Personal de Apoyo y Asistencia a la Educación

ESTRUCTURA DE LOS GRUPO ESCALAFONARIOS. GRUPO I PRIMARIA Jefes de sector Supervisores Directivos Personal docente. GRUPO II PREESCOLAR Jefas de sector. Supervisores. Directivos Maestras de jardín de niños. Directoras de Cendis Maestras de Cendis Mtros. de enza musical Mtros de talleres primaria.

GRUPO III SUPERVISORES, JEFES DE ENSEÑANZA, DIRECTIVOS Y DOCENTES, NIVELES ESCALAFONARIOS Secundaria Generales Secundarias Técnicas Secundarias Nocturnas Telesecundaria Educación Adultos Educación Especial Educación Física Misiones Culturales Ayudantes de Taller

GRUPO IV GRUPO ADMINISTRATIVO GRUPO PROFESIONAL GRUPO TECNICO. Jefe de oficina Analista administrativo Auxiliar de administrador Secretaria de apoyo Administrativo esp. Ayudante administrativo GRUPO PROFESIONAL Médico Psicólogo GRUPO TECNICO. Especialista Tec. Puericultor Esp. Serv. naval Trab. Social Dibujante Enfermera Enfermera Especializada Lab. De fotografía Técnico medio Op. de equipo fotógrafo Niñera esp. Marinero Tec. Bibliotecario Asist. Laboratorio GRUPO SERVICIOS Tec. en imprenta Oficial de Mant. Mecánico Cocinera Chofer Tec. Med. En imprenta Oficial de Serv. y Mant. Electricista. Aux. Serv. y Mant. Plantel Asist. de Mant. y Serv. Asist. de Cocina

APERTURA DE EXPEDIENTE Presentar original y copia de los siguientes documentos: Constancia de servicios expedida por recursos humanos (acreditando base) Créditos escalafonarios ( 5 últimos) Documentación de preparación académica. Constancia de cursos ( registrados en escalafón) Otros ( Art. periodísticos, folletos, participaciones culturales) etc. Llenar formato de solicitud de apertura.

ATRIBUCIONES Y COMPETENCIAS Es una institución autónoma. Convocar a concurso para obtener plazas escalafonarias. Resolver los ascensos previo estudio de expedientes Resolver inconformidades presentadas. Comunicar a SEP las resoluciones de ascenso. Denunciar ante SEP-SNTE las violaciones al reglamento de escalafón. Requerir la expedición oportuna de créditos escalafonarios de los trabajadores. Formular proyectos de dictamen Dictaminar las plazas de manera definitiva.

DERECHOS ESCALAFONARIOS LOS CONSTITUYEN LA APRECIACIÓN DE LOS SIGUIENTES FACTORES:  Conocimientos Aptitud Antigüedad Disciplina y Puntualidad Se suspenden. Cuando concurra en algunas de las causas establecidas en el art. 45 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Al desempeñar un puesto de confianza. Se pierden. Por renuncia al empleo de la base que desempeña. Por abandono de empleo. Por cese originado por sentencia del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje o por resolución de autoridad judicial competente.

ELABORACION DE CATALOGOS SE ELABORARAN EN BASE A: La relación oficial de plazas de base proporcionada por el depto de recursos humanos.( constancia de servicios). Los documentos entregados por los trabajadores. El resultado del estudio de los documentos. Los proyectos de catalogo serán dados a conocer concediéndole al trabajador un plazo improrrogable de 30 días contados a partir de la fecha en que sean publicados, para presentar por escrito su inconformidad, manifestando la causa y aportando los elementos necesarios para que la comisión, en su caso, proceda a la rectificación o ratificación.( Art. 70)

CATALOGOS DE ESCALAFON Son relaciones nominales que contienen ordenadamente la puntuación escalafonaria de los trabajadores. Para figurar en el catalogo se debe tener plaza en propiedad y hacer la apertura.(Art.75) Una vez dado a conocer el catalogo definitivo, no se podrá hacer modificación alguna. (Art 71) Los documentos que sean entregados posterior a la fecha que venció el plazo para la entrega, no serán considerados en el catalogo que regirá durante el año sig. (Art.74)

CREDITOS ESCALAFONARIOS Manifiesta la evolución de la actuación laboral o profesional del trabajador, durante el año lectivo. Solo se tomara en cuenta los últimos 5 créditos escalafonarios. No. DE CREDITOS APTITUD DISC. Y PUNT. TOTAL 5) 2010-2011 480 240 720 4) 2009-2010 384 192 576 3) 2008-2009 288 144 432 2) 2007-2008 96 1) 2006-2007 48

BOLETIN DE PLAZAS El depto. de recursos humanos envía a la H. Comisión Mixta de Escalafón las vacantes, este hace la comprobación y se elabora el boletín, convocando a los trabajadores que tengan derecho a concursar. Los interesados deben llenar solicitud de concurso por cada boletín que desean concursar. Corresponde a la autoridad oficial y a la representación sindical fijar en un lugar visible en cada centro de trabajo los boletines escalafonarios. En ausencia de concursantes de la categoría requerida se dará oportunidad a los aspirantes de la inmediata inferior.

LOS DICTAMENES ESCALAFONARIOS Los dictámenes aprobados: Serán notificados directamente a los concursantes, entregándose personalmente a los interesados mediante firma de recibido. Tendrán plena validez y por tanto deberán ser cumplidos por la SEP. en un plazo no mayor de 15 días contados a partir de la fecha de la notificación.

LINEAMIENTOS PARA OTORGAR PUNTUACION ESCALAFONARIA A LOS CURSOS DE CAPACITACION. Deben de impartirse por instituciones oficiales, autorizadas y reconocidas oficialmente por la SEP. Federal o SEP estatal. Las escuelas particulares deberán presentar documento de reconocimiento oficial emitido por la autoridad educativa correspondiente; coordinaciones sectoriales, direcciones generales , etc. y será especifico para cada uno de ellos. La comisión estatal mixta de escalafón considerará el documento presentado con base en las disposiciones legales, del reglamento y los valores absolutos del tabulador. En caso de las instituciones privadas que soliciten registro para especialidades o grado académico deberán presentar la documentación que la acredite. Especificar el nivel educativo a quien va dirigido.

ETAPAS DEL PROCESO ESCALAFONARIO Información escalafonaria.- el proceso escalafonario da inicio con la información solicitada por el trabajador. Apertura de expediente.- se realiza mediante solicitud del trabajador, en cualquier momento del año. Recepción de documentos y créditos escalafonarios.- se inicia en el momento en que el trabajador recibe el crédito escalafonario hasta el 31 de agosto de cada ciclo escolar. Calificación de expedientes.-se realiza una vez que concluya la recepción de documentos para la elaboración del proyecto de catalogo. Proyecto de catalogo.- con los documentos del expediente personal, se elabora y se difunde en la 1era quincena de enero. Periodo de impugnación al proyecto de catalogo.- a partir de la fecha de notificación oficial, se tramita en un plazo máximo de treinta días. Catalogo definitivo.- agotado el periodo anterior se publica durante el mes de marzo de cada año. Boletines de concurso y dictaminación de plazas escalafonarias.- se expiden en un plazo de diez días, contados a partir de que se reciba la información del depto. de rec. humanos De las inconformidades.- de las reconsideración Art 107 a 112 de la revisión Art. 113 a 117.

INTEGRANTES DE ESCALAFON. SECRETARIOS DE GRUPO GRUPO I PROFR. ADRIAN MARTINEZ REYES. SECRETARIO OFICIAL PROFR. CÉSAR GPE. AGÚNDEZ RESÉNDIZ. SECRETARIO SINDICAL. GRUPO II PROFRA. ANAYANCI OSUNA ARVIZU. SECRETARIA OFICIAL PROFRA. NIDIA ILIANA HIGUERA MEDINA. SECRETARIA SINDICAL GRUPO III PROFR. GUILLERMO CANETT YEE PROFR. PABLO SONORA GARCÍA GRUPO IV LIC. RODRIGO CERVANDO ARMENDÁRIZ PEREZ C. SAMUEL VICTORIA ARCE COORDINADORES PROFR. ADRIAN MARTINEZ REYES. COORDINADOR OFICIAL PROFR. CÉSAR GPE. AGÚNDEZ RESÉNDIZ. COORDINADOR SINDICAL.

ADMINISTRATIVOS: LUCY COTA IRASEMA ROBLES RAMIRO GUTIERREZ RAUL FLORES ANTONIO CORDERO RICARDO MELGAR