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Gestión de Seguridad en la Navegación Fluvial

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Presentación del tema: "Gestión de Seguridad en la Navegación Fluvial"— Transcripción de la presentación:

1 Gestión de Seguridad en la Navegación Fluvial
PREFECTURA N A V A L A R G E N T I N A Gestión de Seguridad en la Navegación Fluvial

2 375 Km Paraguay-Argentina 687 Km Argentina-Paraguay
HIDROVIAS Río Paraguay 890 Km Brasil 48 Km Brasil-Bolivia 332 Km Brasil-Paraguay 557 Km Paraguay 375 Km Paraguay-Argentina Río Paraná 1240 km Argentina 687 Km Argentina-Paraguay Río Uruguay 330 Km Uruguay – Argentina Río de la Plata 240 Km

3 ESCENARIO GESTIÓN DE LA SEGURIDAD APLICADA AL DESARROLLO SUSTENTABLE
BUQUES ANUALES. 1.000 BUQUES MENSUALES. 33 BUQUES DIARIOS. SE SUPERVISARON 1.643 BUQUES EXTRANJEROS 738 CON DEFICIENCIAS 39 DETENIDOS EL COMERCIO POR AGUA ES MOVILIZADO A TRAVÉS DE CASI UN CENTENAR DE INSTALACIONES PORTUARIAS GESTIÓN DE LA SEGURIDAD APLICADA AL DESARROLLO SUSTENTABLE DEL SECTOR AUMENTO DE EXPORTACIONES TERMINALES, CALADOS Y TRAFICO DE BUQUES 7 MILL. PASAJEROS 170 MILL. TNS. CARGA AL AÑO. APROX.76 MILL.TNS CEREALES, SUBPRODUCTOS Y DERIVADOS SE MANIPULAN MÁS DE UN MILLÓN DE CONTENEDORES AL AÑO. APROX. 70 MILL. TNS. HIDROCARBUROS Y DERIVADOS AL AÑO.

4 Seguridad de la Navegación Seguridad Pública y Portuaria
MISIÓN Seguridad de la Navegación Protección Marítima Seguridad Pública y Portuaria Protección Ambiental 4

5 ADMINISTRACIÓN MARÍTIMA Y GUARDACOSTAS
Rol de la Prefectura Naval Argentina de conformidad con el derecho internacional e instrumentos de la OMI Objetivos de la PNA Caracterización de Funciones Estado ribereño Estado del pabellón ADMINISTRACIÓN MARÍTIMA Y GUARDACOSTAS El Estado de abanderamiento es el principal responsable de dar cumplimiento a las reglas y estándares de la OMI, independientemente de la zona marítima donde se encuentren los buques que enarbolen su pabellón. En las últimas tres décadas se destaca el aumento progresivo de la importancia jurisdicción del Estado rector del puerto con miras a corregir el incumplimiento de las reglas y normas de la OMI por los buques extranjeros que se encuentren voluntariamente en puerto. Cabe anticipar no obstante, una importante distinción de índole general: con respecto a cada tratado de la OMI se ha de distinguir el ejercicio de la jurisdicción del Estado rector del puerto en el sentido de corregir las deficiencias en la implantación de las reglas y normas de la OMI, de la facultad del Estado rector del puerto de imponer sanciones en el caso de los daños ocasionados por contaminación. En general, los tratados de la OMI no reglamentan la naturaleza y ámbito de la jurisdicción del Estado ribereño. Por tanto, la medida en la que los Estados ribereños pueden dar cumplimiento a las reglas de la OMI respecto de los buques extranjeros que ejerzan el derecho de paso inocente por sus aguas territoriales o naveguen por su zona económica exclusiva es un tema que deberá reglamentarse. Estado rector del puerto

6 Actuación en calidad de Estado ribereño
Gestiona un programa prescriptivo a fin de regular la navegación en aguas abiertas, restringidas e interior de puerto. Centros de Control de Tráfico. Planes de Búsqueda y Salvamento. Planes de Asistencia a Buques en Emergencia. Planes de Contingencia Ambiental. Planes de Protección de Instalaciones Portuarias. El Estado de abanderamiento es el principal responsable de dar cumplimiento a las reglas y estándares de la OMI, independientemente de la zona marítima donde se encuentren los buques que enarbolen su pabellón. En las últimas tres décadas se destaca el aumento progresivo de la importancia jurisdicción del Estado rector del puerto con miras a corregir el incumplimiento de las reglas y normas de la OMI por los buques extranjeros que se encuentren voluntariamente en puerto. Cabe anticipar no obstante, una importante distinción de índole general: con respecto a cada tratado de la OMI se ha de distinguir el ejercicio de la jurisdicción del Estado rector del puerto en el sentido de corregir las deficiencias en la implantación de las reglas y normas de la OMI, de la facultad del Estado rector del puerto de imponer sanciones en el caso de los daños ocasionados por contaminación. En general, los tratados de la OMI no reglamentan la naturaleza y ámbito de la jurisdicción del Estado ribereño. Por tanto, la medida en la que los Estados ribereños pueden dar cumplimiento a las reglas de la OMI respecto de los buques extranjeros que ejerzan el derecho de paso inocente por sus aguas territoriales o naveguen por su zona económica exclusiva es un tema que deberá reglamentarse.

7 Actuación en calidad de Estado de abanderamiento
Ejerce control y jurisdicción en cuestiones administrativas y técnicas de los buques con derecho a enarbolar el pabellón argentino. Reconocimientos y certificación de buques. Aspectos de proyecto, diseño y construcción. Compartimentado, estabilidad, instalación planta propulsión y eléctrica. Prevención, detección y extinción de incendios. Dispositivos y medios de salvamento. Medios para prevenir los abordajes. Formación y titulación del personal de la navegación. Asignación de las dotaciones mínimas de seguridad. El Estado de abanderamiento es el principal responsable de dar cumplimiento a las reglas y estándares de la OMI, independientemente de la zona marítima donde se encuentren los buques que enarbolen su pabellón. En las últimas tres décadas se destaca el aumento progresivo de la importancia jurisdicción del Estado rector del puerto con miras a corregir el incumplimiento de las reglas y normas de la OMI por los buques extranjeros que se encuentren voluntariamente en puerto. Cabe anticipar no obstante, una importante distinción de índole general: con respecto a cada tratado de la OMI se ha de distinguir el ejercicio de la jurisdicción del Estado rector del puerto en el sentido de corregir las deficiencias en la implantación de las reglas y normas de la OMI, de la facultad del Estado rector del puerto de imponer sanciones en el caso de los daños ocasionados por contaminación. En general, los tratados de la OMI no reglamentan la naturaleza y ámbito de la jurisdicción del Estado ribereño. Por tanto, la medida en la que los Estados ribereños pueden dar cumplimiento a las reglas de la OMI respecto de los buques extranjeros que ejerzan el derecho de paso inocente por sus aguas territoriales o naveguen por su zona económica exclusiva es un tema que deberá reglamentarse.

8 ÁMBITO JURISDICCIONAL
AREA LACUSTRE 2.800 Km² LITORAL FLUVIAL 4.842 Km LITORAL MARITIMO 8.825 Km

9 INSTALACIONES PORTUARIAS
CERTIFICADAS LITORAL FLUVIAL 77 LITORAL MARITIMO 22

10 LA JURISDICCION DE LA PREFECTURA DE ZONA BAJO PARANA ABARCA 510 KM
LA JURISDICCION DE LA PREFECTURA DE ZONA BAJO PARANA ABARCA 510 KM. DESDE EL KM. 300,5 AL 810 DEL RIO PARANA,SIENDO ESTA FRANJA DE RESPONSABILIDAD EL PUNTO NEURALGICO DE EXPORTACIONES HACIA EL EXTERIOR A TRAVES DE LA HIDROVIA SANTA – OCEANO. DENTRO DE LA JURISDICCION SE ENCUENTRAN EMPLAZADAS 11 DEPENDENCIAS CON UN TOTAL DE 72 MUELLES.-

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12 Crecimiento Cantidad Barcazas 1990 - 2007

13 CRECIMIENTO VOLÚMENES TRANSPORTADOS 1988/2007

14 Productos Transportados Vía Fluvial Año 2007 – Toneladas Métricas: 13

15 RIO DE LA PLATA Km2. EXTENSION 323 Km. largo 221 Km. ancho

16 CANAL ACCESO BUENOS AIRES
CANAL MARTIN GARCIA CANAL E. MITRE CANAL PASO BANCO CHICO CANAL ACCESO BUENOS AIRES CANAL INTERMEDIO Canales de Navegación en el Río de la Plata 240 Km desde Estacionario Recalada hasta Puerto Buenos Aires CANAL PUNTA INDIO

17 Río de la Plata

18 Sistema de Tráfico (STM)
SISTEMA DE COMUNICACIONES SISTEMA RADARIZADO SISTEMA DE IDENTIFICACION AUTOMATICA DE BUQUES SISTEMA DE SEGURIDAD POR VIDEOCAMARAS La Prefectura posee un dilatado ámbito geográfico de actuación y un vasto espectro funcional de alta complejidad técnica en el cual la seguridad de la vida humana y bienes en las aguas, puertos y costas es un elemento superior que subyace en toda circunstancia. Para satisfacer estos requisitos, la Prefectura ha adoptado una estructura que responde al concepto de centralización normativa y descentralización ejecutiva. 18

19 -CENTROS DE CONTROL- SISTEMAS DE COMUNICACIONES
ESTACIONES BASE AIS CORRIENTES (vista local y en expansión) ROSARIO RAMALLO ZARATE IBICUY BUENOS AIRES

20 Sistema SIA Centro de Control de Tráfico Rosario
Centro de Control de Tráfico San Nicolás Centro de Control de Tráfico Zárate Centro de Control de Tráfico Río de la Plata

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24 SISTEMA RADARIZADO EN PROCESO INSTALADOS Diamante Rosario San Nicolás
San Pedro Zárate Buenos Aires

25 Sistema de Seguridad por Videocámaras Puerto de Buenos Aires, (Puerto Madero – Puerto Nuevo) Boca del Riachuelo, Dock Sud, Zárate, Rosario, San Lorenzo y Corrientes.

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27 ESTRATEGIA DE CONTROL DE RIESGO
Escenario y Estrategia de Control La edad promedio de los buques que visitan nuestros puertos superan los 20 años. Buques graneleros, carga general y tanques representan el principal tráfico mercante. Deficiencias más comunes responden en general al inadecuado mantenimiento del buque y su equipo. Buques procedentes puertos ubicados en áreas de conflicto importan mayor riesgo a la protección Convenios SOLAS, MARPOL y STCW constituyen los convenios más infringidos. PROCESO DE EVALUACIÓN DE RIESGO CONTROL DE BUQUES FOCALIZA ESFUERZOS EN LA SUPERVISIÓN DE LA GESTIÓN DE LA SEGURIDAD DE LOS BUQUES (SOLAS - Códigos IGS y PBIP- / MARPOL) Y EL FACTOR HUMANO (STCW) El intenso tráfico de buques mercantes que se registra anualmente en nuestras aguas jurisdiccionales, canales de navegación y zonas interiores de puerto asociado al flujo ininterrumpido de nuestro comercio exterior, reflejan la eficiencia de la gestión, regulación y control de la navegación por parte de Prefectura, creando un ámbito propicio para la captación de tráficos, como el de buques de pasaje de gran tamaño y nuevos emprendimientos que demandan inversión y trabajo. ESTRATEGIA DE CONTROL DE RIESGO

28 COBERTURA DE ACTIVIDADES DE CONTROL DE BUQUES POR EL ESTADO RECTOR DEL PUERTO EN ARGENTINA
19 PUERTOS HABILITADOS ( COMPRENDE UN CENTENAR DE INST. PORTUARIAS). 60 OFICIALES DE SUPERVISIÓN HABILITADOS 130 OFICIALES PARTICIPARON PROGRAMA MEJORA CONTINUA. 1.063 BUQUES EXTRANJEROS INSPECCIONADOS AÑO 2007. LA PLATA BUENOS AIRES CAMPANA ZÁRATE SAN NICOLÁS ARROYO SECO ROSARIO SAN LORENZO DOCK SUD PUERTO DESEADO SAN ANTONIO ESTE PUERTO MADRYN COMODORO RIVAD. CALETA OLIVIA MAR DEL PLATA QUEQUÉN BAHÍA BLANCA RIO GRANDE USHUAIA Fuente: Dirección de Planeamiento PNA

29 Tendencia Buques Con Deficiencias
Evolución actividades de control de buques extranjeros en Argentina ( ) Tendencia Buques Con Deficiencias Cantidad de Buques Fuente: División Control de Buques - PNA

30 TIPO DE BUQUES SUPERVISADOS
Año 2007 Fuente: División Control de Buques - PNA

31 TIPO DE DEFICIENCIAS OBSERVADAS
Argentina – Año 2007 Fuente: División Control de Buques - PNA

32 CONVENIOS INFRINGIDOS
Argentina – Año 2007 Fuente: División Control de Buques - PNA

33 Evolución de Inspecciones Extraordinarias 2005-2007

34 Inspecciones Extraordinarias por Tipo de Buque - 2007

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37 Beneficios transporte por agua
Transporte más seguro. Bajo índice de accidentes. Mayores volúmenes de carga Menor contaminación. Bajo consumo de energía. Menor consumo de combustibles y lubricantes. Menores niveles de generación de ruidos 37

38 Gracias por su atención


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