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HISTORIA CONSTITUCIONAL DE CHILE

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Presentación del tema: "HISTORIA CONSTITUCIONAL DE CHILE"— Transcripción de la presentación:

1 HISTORIA CONSTITUCIONAL DE CHILE
PRIMER SEMESTRE - AÑO 2008 PROFESORA: DRA. CARMEN LUZ PARRA M. AYUDANTE: DANIEL MONDACA GARAY.

2 HISTORIA CONSTITUCIONAL DE CHILE
DESCRIPCIÓN DE LA ASIGNATURA

3 HISTORIA CONSTITUCIONAL DE CHILE
1.-El curso de Historia Constitucional de Chile, entrega una visión integral acerca de la continuidad histórica de las instituciones jurídicas esbozadas en curso de Historia del Derecho, desde el encuentro de las culturas americanas y europeas, durante el proceso de conquista, y en el establecimiento de un régimen jurídico indiano cuyas líneas fundamentales subsisten durante la República hasta nuestros días. 2.- El curso da a conocer al alumno las raíces del Derecho chileno y su vinculación con el Derecho occidental a través del Derecho español castellano. 3.- El curso da a conocer al alumno las características de la sociedad castellana y chilena, en el siglo XVII.

4 HISTORIA CONSTITUCIONAL DE CHILE
4.- El curso da a conocer al alumno la formación del ordenamiento jurídico chileno, en la primera mitad del siglo XIX, así como su evolución en los siglos XIX y XX, tanto en lo relativo al derecho público como privado, principalmente la aplicación de las constituciones gestadas en los diversos periodos en que se divide el estudio. 5.- El curso proporciona al alumno de una conciencia histórico jurídica, así como de capacidad crítica y de análisis respecto de los textos constitucionales chilenos. 6.- El curso da al alumno un incremento de su nivel cultural a través del conocimiento de la historia de Occidente, de España y Chile durante los siglos XVI al XX.

5 HISTORIA CONSTITUCIONAL DE CHILE
UNIDADES

6 HISTORIA CONSTITUCIONAL DE CHILE
PRIMERA UNIDAD: INTRODUCCIÓN. 1.- ELEMENTOS FORMATIVOS DEL DERECHO OCCIDENTAL. 2.- FORMACION DE LOS DIVERSOS ESTRATOS SOCIALES. 3.- EL DERECHO COMUN, EL DERECHO CATOLICO, EL POSITIVISMO JURIDICO.

7 HISTORIA CONSTITUCIONAL DE CHILE
SEGUNDA UNIDAD: BASES DEL DERECHO INDIANO. (AYUDANTE) 1.- DERECHO PUBLICO Y LA DUALIDAD DE PODERES. 2.- EL GOBIERNO ESPIRITUAL. 3.- EL GOBIERNO TEMPORAL: - GOBIERNO - JUSTICIA - GUERRA - HACIENDA

8 HISTORIA CONSTITUCIONAL DE CHILE
TERCERA UNIDAD: LA ILUSTRACIÓN Y LOS INICIOS DEL DERECHO MODERNO. 1.- EL IUSRACIONALISMO 2.- LA ILUSTRACION EUROPEA 3.- MODERNA CONCEPCION DEL ESTADO 4.- FUENTES DEL DERECHO

9 HISTORIA CONSTITUCIONAL DE CHILE
CUARTA UNIDAD: EL PROCESO DE EMANCIPACION AMERICANA E INDPENDENCIA DE CHILE. 1.- LA INDEPENDENCIA POLITICA 2.- EL CONSTITUCIONALISMO CHILENO: - REGLAMENTOS CONSTITUCIONALES DE 1811 Y 1812. - CONSTITUCION DE 1814 - CONSTITUCIONES DE O´HIGGINS ( ) - CONSTITUCION MORALISTA DE 1823 - LEYES FEDERALES - CONSTITUCION DE 1828

10 HISTORIA CONSTITUCIONAL DE CHILE
QUINTA UNIDAD: LA CONSOLIDACION DEL ESTADO CONSTITUCIONAL. 1.- DIEGO PORTALES Y SU PENSAMIENTO. 2.- CONSTITUCION DE 1833. 3.- REVOLUCIÓN DE 1891 4.- CONSTITUCION DE 1925 Y LAS REFORMAS DE 1970

11 HISTORIA CONSTITUCIONAL DE CHILE
SEXTA UNIDAD:EL PROCESO DE INDEPENDENCIA JURIDICA DE CHILE. 1.- DESARROLLO DEL ESTADO CHILENO Y LOS PARTIDOS POLITICOS. 2.-LA CODIFICACION EN CHILE. 3.- FUENTES DEL DERECHO: PRIMACIA DEL DERECHO LEGISLADO.

12 HISTORIA CONSTITUCIONAL DE CHILE
SEPTIMA UNIDAD: EL POSITIVISMO LEGAL EN EL SIGLO XX. 1.- EL ESTADO CONSTITUCIONAL DE 1925: QUIEBRES DEL AÑO 1931 Y 1973 2.- EL POSITIVISMO LEGALISTA EN CHILE. 3.- ANTECEDENTES DE LA Cº DE 1980 4.- CONSTITUCION DE 1980 5.- REFORMAS CONSTITUCIONALES 1989 Y 2005.

13 HISTORIA CONSTITUCIONAL DE CHILE
METODOLOGIA Y EVALUACIÓN

14 HISTORIA CONSTITUCIONAL DE CHILE
METODOLOGÍA: 1.- CLASES PRESENCIALES 2.- LECTURAS DOMICILIARIAS SEMANALES 3.- VISITA A LUGARES HISTORICOS (V.GR. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL) 4.- CATEDRATICO INVITADO

15 HISTORIA CONSTITUCIONAL DE CHILE
EVALUACIÓN: - PRIMER CONTROL SOLEMNE: 30% PONDERACION - SEGUNDO CONTROL SOLEMNE: 40% PONDERACIÓN - CONTROL DE CATEDRA: 30% PONDERACIÓN A) LECTURAS DOMICILIARIAS B) AYUDANTIA (DERECHO INDIANO)

16 HISTORIA CONSTITUCIONAL DE CHILE
BIBLIOGRAFIA

17 HISTORIA CONSTITUCIONAL DE CHILE
1.- CAMPOS HARRIET, Fernando. Historia Constitucional de Chile. Santiago, Editorial Jurídica de Chile 2.- DOUGNAC RODRIGUEZ, Antonio. Manual de Historia de Derecho Indiano, Segunda Edición, UNAM, 1998. 3.- PALMA, Eric. Historia del Derecho Chileno Contemporáneo. Guías de Clases Nº 13, 23, 27, 34, 35, 36. UCEN. 4.- VERDUGO, Mario; PFEFFER, Emilio; NOGUEIRA, Humberto. DERECHO CONSTITUCIONAL, TOMO I, Editorial Jurídica de Chile, 1994. 5.- ZUÑIGA URBINA, Francisco. Reformas Constitucionales 2005, Editorial Lexis Nexis, 2005.

18 HISTORIA CONSTITUCIONAL DE CHILE
6.- TEXTOS CONSTITUCIONALES: - 1811, 1812, 1814, 1818, 1822, 1823, Leyes Federales, 1828, 1833, 1925, 1980. Disponibles en

19 HISTORIA CONSTITUCIONAL DE CHILE
! Constancia y dedicación para este año 2008¡

20 DERECHO INDIANO CONCEPTO:
Es el conjunto de normas jurídicas y políticas aplicables a los territorios de América y Asia (Filipinas) desde su descubrimiento (1492) hasta su independencia de la Corona de España.

21 Contenido del Derecho Indiano
Denominación: Obedece a la visión original de C.COLÓN. COMPOSICIÓN: Está integrado por tres clases de normas: A) Derecho Indiano propiamente tal o Municipal. B) Derecho Castellano.(de uso supletorio) C) Derecho Indígena.

22 ORIGEN DEL DERECHO INDIANO

23 FUENTES DEL DERECHO INDIANO
1.-El derecho castellano público y privado. Ejemplos de normas aplicables en el derecho privado: Novísima Recopilación, Nueva Recopilación;Leyes de Toro de 1505; Ordenanzas Reales de Castilla de 1485, el Fuero Real; Las siete partidas de 1265. 2.-El derecho indígena., su aplicación se privilegia frente al Derecho Castellano, SIEMPRE Y CUANDO no sea contrario a la religión católica, la moral y leyes castellanas vigentes, lo que dificulta más su aplicación.

24 FUENTES DEL DERECHO INDIANO
3.- La costumbre indígena y criolla. A este respecto, sólo se acepta la costumbre secundum legem o extra legem, SIEMPRE Y CUANDO se pruebe una repetición dela misma por un tiempo de 10 o 20 años acompañado de la opinio iuris.

25 CARACTERÍSTICAS DEL DERECHO INDIANO
1.- PRETENDE LA EVANGELIZACIÓN . 2.-PROTECTOR DEL INDÍGENA (es incapaz relativo para la Corona) “El Rey deberá ocuparse de quienes lo necesitan...” (Alfonso X El Sabio, 2° Partida) 3.-ES FUNDAMENTALMENTE CASUÍSTICO, predominando la costumbre por sobre la ley. 4.- EXISTE UNA GRAN CONSIDERACIÓN DE LOS ELEMNBTOS MORALES Y/O RELIGIOSOS. 5.- PREDOMINA LA APLICACIÓN DEL DERECHO PÚBLICO POR SOBRE EL DERECHO PRIVADO.

26 EXTENSIÓN DEL DERECHO INDIANO
Se inicia el 17 de abril de 1492 con la firma de las capitulaciones de Santa Fe,entre C.Colón y los Reyes Católicos. (seis meses antes del desc. De América) Desde el descubrimiento se crean una serie de normas dispersas, especialmente en Derecho Público, las que son compiladas en 1680, por la Corona, a través de la llamada “Recopilación de las Leyes de Indias”(incluye aprox 7000 leyes).

27 EXTENSIÓN DEL DERECHO INDIANO
Posteriormente la Corona seguirá dictando leyes dispersas, hasta la Independencia de sus colonias, lo que produce el fin de este periodo..

28 Perfil del conquistador
Origen: La mayoría de los conquistadores provienen de la llamada CASTILLA LA NUEVA, zona de agricultores, más bien pobre y de una gran densidad poblacional. Origen étnico: de una gran variedad, lo habitan individuos de origen celta, íbero, fenicio, cartaginés, hebreos, árabes y moros. Es decir sus ancestros son camitas, indoeuropeos y semitas.

29 Perfil del conquistador
Distribución de su población: Se cree que sus seis millones de habtantes, se distribuyeron en una serie de asentamientos entre los cuales destacan las ciudades de : Toledo, Sevilla, Córdoba; Cádiz; Granada; Valladolid, Segovia, Burgos, León y Ávila.

30 PERFIL DEL CONQUISTADOR
Características físicas: Fundamentalmente morenos y de baja estatura. CARACTERÍSTICAS RELIGIOSAS: Pese a que a la llegada de los Reyes Católicos conviven las tres creencias: católicos, musulmanes y judíos, quienes particpan en la Conquista son los que se “declaran católicos”.

31 Hitos de 1492 que facilitan el proceso de conquista
Julio de 1492: Expulsión masiva de los judíos, por Decreto Real. Diciembre de 1492: Recuperación de Granada, último bastión musulmán.

32 Perfil y características del conquistado

33 TEORÍAS EN RELACIÓN A SU ORIGEN
Existen fundamentalmente 4 teorías y todas apuntan a un origen exógeno de los naturales de América: 1. Desde el Norte de Asia (a través del estrecho de Behring). 2. Desde Asia, concretamente desde Polinesia, subiendo hacia el centro-sur del continente.

34 Teorías en relación a su origen.
3. Desde el extremo sur, viniendo desde lo que hoy se conoce como Nueva Zelanda. 4. Desde Egipto, desde donde habrían avanzado los primeros habitantes desde la mítica Atlántida, por el norte.

35 ORIGEN Y CARACTERÍSTICAS RACIALES
Se cree que se asemeja mejor con la raza amarilla, si bien no es exactamente asimilable. Por otra parte, el origen del hombre americano es tan antigua, incluso antes de la existencia del concepto de “razas” que surge sólo después del 3000 D.C.

36 Origen y características raciales
Rasgos distintivos generales: Cutis oscuro, pasando por un tono más cobrizo al norte hasta uno más amarillo en el sur. Abundante cabellera negra y lacia. Pómulos prominentes. Nariz chata, cara redonda. Lampiños.

37 Cantidad de habitantes a la época de la conquista.
No existe uniformidad de criterios a la hora de precisar datos cuantitativos : 1.- Algunas teorías creen que los españoles se encontraron con unos 8 o 15 millones de indígenas. 2.- Para otros la población indígena se situaba entre 40 y 90 millones.

38 PRIMERAS EXPLORACIONES DE AMÉRICA CENTRAL Y DEL SUR
1492 C.Colón llega a América a una isla de Las Bahamas, que bautizó como San Salvador. 1499. Alonso de Ojeda recorre la costa de Venezuela. 1500. Vicente Yáñez Pinzón descubre el río Amazonas.

39 PRIMERAS EXPLORACIONES DE AMÉRICA CENTRAL Y DEL SUR
1500. El portugués Pedro Álvarez llega a Brasil (porto seguro). 1513. Vasco Núñez de Balboa atraviesa el Itsmo de Panamá y divisa el Mar del Sur, que posteriormente sería descubierto por Hernando de magallanes, quien lo bautizaría como Océano Pacífico.

40 Bulas Alejandrinas: Solución a los conflictos entre Portugal y España
Bula Inter Caetera (03 de mayo de 1493), concede a los Reyes Católicos el dominio de las tierras descubiertas y por descubrir que no tengan señor cristiano Segunda Bula Inter caetera. (04 de mayo de 1493). Dicha disposición papal establece una línea de demarcación cien leguas al occidente de Las Azores y Cabo Verde, entregando la zona Oriental a Portugal y la occidental a Castilla

41 Bulas Alejandrinas Bula Eximia Devotionis (04 de mayo de 1493). Concede a los Reyes Católicos y su sucesión iguales privilegios que a los Reyes de Portugal en Guinea e Indias Orientales. Bula Dudum Siquidem. (26 de septbre 1493)Concede a los Reyes Católicos y sus sucesores, las tierras que sus capitanes descubran al Oriente y sobre las cuales no tengan dominio otros cristianos.

42 Tratado de Tordesillas : Castilla y Portugal (junio de 1494)
Este Tratado cambia la linea demarcatoria de zonas de exploración y conquista fijada por la 2°Bula Alejandrina modificándola a 370 leguas al occidente de Islas Azores y Cabo Verde lo que facilitará para Portugal la futura Conquista de una vasta zona geográfica que luego será Brasil.

43 Instituciones Jurídicas que regulan el tratamiento a los indígenas.
Leyes de Burgos.(1512) La Encomienda. (1509) Requerimiento de Palacios Rubios (1513)

44 Leyes de Burgos Es el primer código de legislación dictado para Indias. Regulan desde el tratamiento a los indios hasta la dieta y ropa que debían administrarles. En 1513, a sugerencia de los dominicos se hacen ciertas modificaciones para dar más protección a las mujeres y a los niños: “Aclaración de las leyes de Burgos” .

45 Las Encomiendas. Aparece incluida en la Rercoilaciónde leyesde Indias de 1680,. Consiste en un privilegio que otorga el Rey a un súbdito español para percibir por sí y por su inmediato sucesor el tributo que un grupo de indígenas está obligadoa pagar en su calidad también de súbdito. A cambio, el encomendero deberá proteger al indígena. Esto no supone esclavitud ni pérdida de sus tierras.

46 Requerimiento de Palacios Rubios
Hoy sería el equivalente a una norma de rango constitucional, que debe ser obedecida. Ella contiene el mandato de obediencia de los indios al Rey de España. En el caso de incumplimiento esta norma contempla sanciones como: la esclavitud, la venta de los indios e incluso la muerte.

47 Tratamiento a los indígenas en nuestra historia constitucional chilena
Jamás ha existido un reconocimiento a los pueblos indígenas o a la diversidad cultural en nuestra Historia Constitucional, no obstante es posible distinguir dos políticas por parte del Estado de Chile al respecto: 1. Política Asimilacionista (1813 a 1828). 2. Política Proteccionista (1833 a 1980).

48 Periodo Asimilacionista: búsqueda de la igualdad.
1813, bajo la vigencia del reglamento constitucional de 1812, se dicta la primera norma legal que reconoce a los indígenas como habitantes libres, con iguales derechos y especial protección respecto de sus propiedades.

49 Periodo Asimilacionista: búsqueda de la igualdad.
1818, (bajo la Constitución de 1818) se dicta un decreto que establece que respecto de los indios no cabe establecer ninguann diferencia con el restod ela población por lo que debe denominárseles “chilenos”. 1819, Ohiggins dicta un Bando supremo que reconoce a los indígenas como“ciudadanos y con plena capacidad jurídica”.

50 Periodo Asimilacionista: búsqueda de la igualdad
Durante la vigencia de la Const. Moralista de 1823, se dictó una disposición que reconoce la perpetua propiedad de las propiedades indígenas estableciendo un procedimiento de pública subasta para el resto de las tierras.

51 Periodo Proteccionista: bajo un afán protector se establece la incapacidad jurídica del indígena
1830, (bajo la vigencia de la Constitución de 1828) se dicta un decreto que ordena el remate de todos los terrenos que aún se mantenían en manos indígenas, de los cuales el Estado se haría dueño.

52 Periodo Proteccionista: bajo un afán protector se establece la incapacidad jurídica del indígena
1833, se crea por Ley la Provincia de Arauco, normativa que autoriza al Presidente para dictar normas protectoras de los indígenas. En virtud de dicha Ley se dicta un decreto que obliga a que en toda compra o venta de terrenos hecha para o por un indígena debería intervenir un funcionario estatal. Con ello se le da el tratamiento jurídico propio de un incapaz .

53 Periodo Proteccionista: bajo un afán protector se establece la incapacidad jurídica del indígena
1866, EL Estado de Chile queda facultado para tratar los terrenos existentes al Sur del Bío Bío, como fiscales, permitiendo que las autoridades pudieran rematarlos a particulares para su colinización. Conjuntamente se crea la Comisión de radicación que permite ubicar a los indígenas en reductos o comunidades indígenas

54 Periodo Proteccionista: bajo un afán protector se establece la incapacidad jurídica del indígena
1927 (durante la vigencia de la C.P. De 1925), se dicta la ley 4169, que fijó las normas para la división de las comunidades indígenas. 1930, se dicta la ley 4802 que crea los Juzgados de Indios, quienes se harían cargo del procedimiento de división de tierras de comunidades indígenas. 1961, la ley 14551, establece normas sobre inembargabilidad de bienes indígenas, exención de impuestos y expropiación de terrenos indígenas por el Presidente de la República.

55 Periodo Proteccionista:algunos avances.
1972, con la ley 17729: Aparece por primera vez una definición legal de “indígena”. Se crea el Instituto de Desarrollo Indígena. Se establecen normas sobre educación y fomento de la cultura mapuche y hace extensible el mecanismo de expropiación de tierras indígenas respecto de la recuperación de las mismas.

56 Periodo Proteccionista:algunos retrocesos . :
1974 (durante el gobierno militar) se dictan una serie de D.L. Que intentan modificar la ley El D.L. 2568, reguló el proceso de división de comunidades indígenas, autorizando su arriendo, lo que en la praxis justificó arriendos de hasta 99 años.

57 Hacia una nueva política indígena???
Desde la C.P. De 1980, se han dictado una serie de normas tendientes a mejorar la situación legal del indígena: 1990, se crea la Comisión Especial de Pueblos Indígenas, como órganos asesor del Presidente de la República, 1991, se crea la Comisión de Eduacación y cultura indígena como órganos asersor de MINEDUC. 1993, SE DICTA LA Ley 19253, que reconocela existencia de tierras “indígenas”, establece un régimen especial de tributación y da origen a la CONADI, como ente encargado de promover y coordinar con el Estado, el desarrollo integral de las comunidades indígenas.

58 Hacia una nueva política indígena???
1991, se crea la Comisión de Educación y cultura indígena como órgano asesor de MINEDUC. 1993, SE DICTA LA Ley 19253, que reconoce la existencia de tierras “indígenas”, establece un régimen especial de tributación y da origen a la CONADI, como ente encargado de promover y coordinar con el Estado, el desarrollo integral de las comunidades indígenas.

59 Reconocimiento constitucional de los pueblos indígenas en Latinoamérica
,Podemos clasificar en : 1. C.P. Que reconocen explícitamente el ppio de multiculturalidad: C.P Mexicana (art.4°) C.P. Nicaragua (art. 8). C.P. Guatemala ( ART. 66) C.P. Bolivia (art.1°). C.P. Colombia 1991 (art. 7). C.P. Perú de 1993 (art. 2° inc. 19)

60 C.P. Que consagran el reconocimiento de los pueblos indígenas
C.P. Argentina (art.75 n° 17). C.P. Bolivia (art.171). C.P. Brasil (art.123). C.P. Guatemala ( art.66). C.P. Paraguay (art.62). C.P. México (art.4). C.P. Nicaragua (arts, 8, 89 a 91) C.P. Perú (arts. 2 n° 19, 48 y 89).

61 Síntesis en relación a este punto:
Chile se encuentra entre los países que como minoría en América Latina no han reconocido a nivel constitucional la diversidad cultural ni tampoco reconocen la existencia de los pueblos indígenas.

62 Ello, no significa, que Chile no haya consagrado el reconocimiento indígena a nivel legal, pero en cuanto a asumir compromisos internacionales su actitud ha sido más bien “cuidadosa”, por cuanto se encuentra pendiente la ratificación del Convenio OIT n° 169, sobre Pueblos indígenas y Tribales en países independientes.

63 Por último, es necesario destacar que no obstante haber existido algunas proposiciones en orden a incorporar la cuestión indígena a la reforma constitucional de 2005, dicha idea fue finalmente desechada quedando como tarea pendiente para nuestra democracia.

64 Continuación Periodo Indiano.....

65 Periodo Indiano bajo el gobierno de los Habsburgo (1516-1700)
Reyes españoles que gobiernan durante este periodo: Carlos I Felipe II. Felipe III. Felipe IV Carlos II.

66 Avances y conquistas territoriales
Durante este periodo se completarán los descubrimientos inciciados durante el periodo Católico, hasta cubrir todo el continente americano. Así, entre los más relevantes: En 1527, Francisco Pizarro inicia el descubrimiento del imperio inca. 1537, Pedro de Mendoza descubre el río de la plta y funda Buenos Aires. 1536, Diego de Almagro llega hasta el territorio actual de chile, lo que culminará en 1541, con Pedro de Valdivia y la fundación de Santiago.

67 Situación de los habitantes de indias durante este periodo.
Durante esta época se va produciendo lentamente el mestizaje, lo que dará origen a los criollos, elemento fundamental en el desarrollo posterior de las repúblicas en América. También es posible apreciar grupos migratorios provenientes de Castilla La Vieja. Se incorporan del mismo modo un porcentaje de perzonas de raza negra prov. De áfrica, quienes se asientan ppalmente en América Central y ecuatorial.

68 Mantenimiento de estrechas relaciones entre el Estado y la iglesia:
Numerosas instituciones políticas, surgidas en España como consecuencia de las estupendas relaciones con la Iglesia, se exportan también hasta las Indias, ej : El patronato, el pase regio, el Tribunal del Santo Oficio o de la Inquisición.

69 Real Derecho de Patronato
Era el derecho que por concesión del papa, permitía a los reyes españoles proponer a los candidatos que ellos consideraran más idóneos para los cargos de obispos y otros cargos en catedrales en América.

70 El Exequatur o Pase Regio.
Esta institución derivada del patronato, consiste en la autorización que otorga la autoridad civil de un Estado respecto de las Bulas pontificias y su aplicación.

71 El Patronato generó una serie de derechos y obligaciones recíprocas entre la Iglesia y el Estado:

72 Obligaciones del Estado:
Mantener como religión oficial la religión católica. Contribuir a los gastos del clero y la congrua mantención de los funcionarios de la iglesia. Brindar protección a la Iglesia.

73 Derechos del Estado: Derecho a ejercer el Patronato.
Control respecto de la conducta del clero, debiendo denunciar cualquier irregularidad ante las autoridades eclesiásticas. Velar por la adecuada administración delos bienes de la Iglesia.

74 Derechos de la Iglesia:
El fuero eclesiástico. El recurso de fuerza, que permitía recurrir ante los Tribunales ordinarios de justicia, de las resoluciones de un Tribunal Eclesiástico.

75 Obligaciones de la Iglesia
Los obispos eran consejeros o asesores del Rey. Los curas párrocos además ejercían la función equivalente hoy al Registro civil: bautismos, matrimonios y defunciones.

76 La Inquisición Era la Institución encargada de resolver aquellos asuntos de disidencia en asuntos religiosos. Fue una institución auténticamente española, se implantó con tribunales repartidos estratégicamente en todo el territorio. Su “éxito” se aseguró gracias a una red de informantes muy eficaz (los familiares).

77 Periodo Borbónico 1700-1800. Se inicia con Carlos III.
Se caracteriza por una época de muchas reformas, que para algunos autores fue calificada de “autoritarismo duro”, que acabará por acelerar los movimientos independentistas.

78 Reforma social Durante este priodo se produce el triunfo del ideal burgués por sobre la nobleza antigua. Se va formando una nueva “elite” sobre la base de la inteligencia y el dinero.

79 Reforma social: cambios profundos
Abolición de las encomiendas. Expulsión de los jesuitas. (Papa Clemente XIV decretó suprimir a la Cia de Jesús) Reforma a la enseñanza.(en Chile la Universidad de San Felipe y la Academia de San Luis son ejemplo del despotismo ilustrado)

80 Creación de nuevas instituciones:
Tribunales del Consulado para asuntos de comercio. Juntas de Real Hacienda. Capitanías Generales. Intendencias (para descentralizar los virreinatos). Ministerio de Ultramar (con sede territorial en la península).

81 ORGANIZACIÓN POLITICA Y ADMINISTRATIVA DE INDIAS

82 ORG. POLITICA Y ADM. DE INDIAS
El poder político en Indias, implica cuatro ramas: 1.- Gobierno 2.- Guerra 3.- Justicia 4.- Haciendo

83 1.- Gobierno Se refiere a la alta policía, lo que significa que el rey como titular del poder político, debe administrar el reino de forma tal de mantener a los súbditos en paz y justicia. Este gobierno se subdivide en: a- Gobierno espiritual: guarda relaciones con la Iglesia, , por consiguiente el Rey se debe preocupar de la buena administración de la Iglesia y la difusión del cristianismo. b- Gobierno temporal: se distinguen 2 órdenes: • Orden del gobierno de la ciudad “ La baja policía” • Orden del gobierno que trasciende la ciudad “La alta policía”

84 2.- GUERRA: Todo lo relativo a la defensa y también a la guerra ofensiva. En Chile este rubro implicaba la mayor preocupación que podía tener el gobernador, y es por ello que estos en su mayoría fueron militares.

85 3.- JUSTICIA La justicia se puede entender de varias formas:
A) Justicia distributiva: el estado debe repartir tanto lo desagradable como lo favorable entre sus súbditos. Ej: impuestos, distribución de ingresos. B) Justicia entre partes: partes que están en condición de igualdad en presencia de conflictos. El estado debe brindar a sus súbditos un sistema para que ellos resuelvan los conflictos de modo eficaz.

86 4.- HACIENDA Dice relación con los ingresos del estado. La corona se debe preocupar que los ingresos sean suficientes para poder mantener la administración publica, se preocupa también de los gastos , y para todo ellos existe un sistema de contabilidad adecuado.

87 TIPOS DE AUTORIDADES 1) Autoridades situadas en la metrópolis (España): Unipersonales : Rey. Colegiados : Casa de la Contratación y Consejo de Indias. 2) Autoridades en las indias (América): Unipersonales : Virrey, gobernadores , corregidores , subdelegados, etc. Colegiados: Reales audiencias y cabildos.

88 1- UNIPERSONALES REY: Constituía la cabeza del gobierno de Indias.
Todo el que fuese Rey de Castilla, también sería de Indias. Es importante recordar la teoría del origen del poder de San Isidoro de Sevilla, que establece que Dios le entrega el poder al pueblo y el pueblo al Rey. Por tanto el pueblo podría revelarse ante un rey, puesto que en último el poder pertenece al Pueblo En el Rey confluyen los 4 ramas del poder político (Gobierno, Guerra, Justicia, Hacienda), la cual era posible ser delegada.

89 2.- COLEGIADOS: Casa de Contratación:
Órgano que vela por los asuntos financieros y económicos de Indias, sobre todo de comercio ultramarino. Tiene diversas atribuciones, como son comerciales y judiciales, pero todas referidas al comercio. Su principal función en cuanto al comercio lo encontramos en el Sistema de Flotas y Galeones. Entre sus funciones tambien encontramos la correspondencia, el recibir el oro y plata de las indias, revisión de cuentas, etc. En cuanto a sus labores judiciales, conocía las causas civiles y comerciales relativa a la carrera de Indias.

90 2.- COLEGIADOS CONSEJO DE INDIAS:
Era real, universal y supremo. Real por que asesoraba al monarca y actuaba con éste. Universal, por que conocía todo tipo de materias, tanto temporales como espirituales y, además le estaban sujetos todos lo estados y reinos de las indias. Supremo, por que por encima de el no había otro, solo el rey está por sobre el Consejo de Indias.

91 AUTORIDADES EN INDIAS Unipersonales :
Virrey, gobernadores, corregidores. Colegiados: Reales audiencias y cabildos.

92 UNIPERSONALES VIRREY:
Los virreinatos en América, originalmente fueron: - Virreinato de Nueva España, el cuál comprende la parte norte de América, específicamente el norte de Panamá y Filipinas. - Virreinato del Perú, el cuál comprende desde Panamá hacia abajo, es decir, Granada, Venezuela, el bajo y alto Perú, Chile, Provincia del Río de la Plata, Paraguay y además todas las islas que se encontraran hacia el Atlántico.

93 UNIPERSONALES VIRREY:
En el Siglo XVIII aparecen dos nuevos virreinatos: - Virreinato de Nueva Granda, actual Colombia, Ecuador, Venezuela y Panamá. La capital de éste era Santa Fe de Bogota. - Virreinato del Río de la Plata, con capital en Buenos Aires. Con la creación de este virreynato, Chile pierde las ciudades trasandinas de San Luis y Mendoza, las cuales pasan a depender del nuevo virreynato. A éste virreynato pertenecían Paraguay, Uruguay y República Argentina.

94 UNIPERSONALES VIRREY: A) Gobierno a.1) Gobierno temporal:
- El virrey tiene lo que se denomina el “Alto gobierno”, es la responsabilidad general de todo el virreinato. Tiene “gobierno inmediato”, el cual recae sobre la provincia en que esta asentado, aquí actúa como gobernador. - Cuenta con el sello real, que es el timbre del rey. Todo lo que lleve este timbre “Debe ser cumplido”. - Dicta decretos y bandos - Toda disposición que dicta el virrey, se dan al pueblo a viva voz. a.2) Gobierno espiritual: - El virrey es vice patrón, nombra a los párrocos. Y en general se preocupa del buen funcionamiento de la Iglesia.

95 UNIPERSONALES VIRREY: B) Justicia
Preside la Real Audiencia respectiva. La actuación del virrey guarda relación con la parte administrativa de los Tribunales de Justicia (distribuye a los oidores en salas, hace las tablas que se tienen que ver, etc.), él no dicta sentencia, tampoco juzga. Es una labor meramente administrativa. Excepcionalmente dicta sentencia en donde ejerce Gobierno Mayor. Se hace asesorar por letrados.

96 UNIPERSONALES VIRREY: C) Guerra
El virrey es el Capitán general de la provincia. De él depende el ejército y las milicias. Hace de Tribunal en los juicios de los militares.

97 UNIPERSONALES VIRREY: D) Hacienda
Se preocupa de que los oficios reales se cumplan y que se lleve una contabilidad adecuada. En general, debe velar por que la moneda de la Corona se incrementa al máximo.

98 UNIPERSONALES Gobernador

99 UNIPERSONALES Gobernador:
Constituye una institución inferior al virrey pero con atribuciones muy similares a éste. Limitaciones del gobernador: 1) No puede casarse en el lugar donde desempeñe sus funciones 2) Los hijos tampoco lo podían hacer. 3) Se les prohibía asistir a diversos tipos de fiestas, bautizos, matrimonios. 4) Se les prohibía recibir regalos, todo ellos para que no se mezcle con la población.

100 UNIPERSONALES Gobernador: Tipos de Gobernadores
1) De un reino (Chile, Nicaragua, etc) 2) Particulares: existían los llamados gobernadores de islas (Juan Fernández , etc) 3) Subordinados: dependen de otro gobernador de mayor relevancia.(Gobernador de Montevideo, depende del de Buenos Aires.

101 UNIPERSONALES Gobernador: Facultades muy similares a las del Virrey.
1) Designan una serie de cargos inferiores. 2) Pueden eventualmente en una subaste vender un cargo público. 3) Se debe preocupar por el desarrollo del reino respectivo. 4) Se dice que debe velar por el beneficio de las “2 Republicas” (España e Indias) 5) Deben preocuparse por los caminos, deben estar en buenas condiciones. 6) Dictan Decretos , para el mejor funcionamiento del reino

102 UNIPERSONALES Gobernador: Ámbito Espiritual
Es Vice Patrono, es decir representa al rey frente a la iglesia, lo cual trae problemas de protocolo, ya que siempre se ponía en pugna a la autoridad eclesiástica frente a la comunidad.

103 UNIPERSONALES Gobernador: Ámbito de Justicia
Era la autoridad mas importante del reino, es decir podía juzgar tanto asuntos civiles como criminales, poseían competencia acumulativa y preventiva. El gobernador actúa como juez de 1ra instancia , ya que la 2da instancia la examina la Real audiencia. El gobernador en materia de justicia, es el presidente de la Real Audiencia, en cada provincia.

104 UNIPERSONALES Gobernador: En Materia de Guerra
Es Capitán General ya que Chile era una Capitanía General. Para administrar justicia en el ámbito militar tiene como asesor a un auditor de guerra y este cargo era ejercido por el oidor decano, es decir, el más antiguo.

105 UNIPERSONALES CORREGIDORES

106 UNIPERSONALES CORREGIDOR:
Es un cargo antiguo que existe en España en tiempos de la Edad media, es encargado de representar al monarca en los rincones mas apartados de la península. Corregidor: Autoridad inferior al gobernador, y depende de este, las provincias y reinos, estaban divididos en corregimientos o partidos.

107 UNIPERSONALES CORREGIDOR:
El corregidor tiene las mismas atribuciones del gobernador, pero en pequeño, se preocupa del orden , de los caminos ,de los patrullajes , etc. Se le encarga que persiga los pecados públicos (juegos de azar) Para lugares alejados, el corregidor, nombra Teniente de corregidor, que persigue a los delincuentes , las primera etapas de juicio las hace él.

108 UNIPERSONALES CORREGIDOR: Materia de Justicia
Posee justicia mayor, administra justicia en asuntos civiles y criminales, pueden ser legos, pueden nombrar a un asesor letrado, cuando esta a punto de dictar sentencia este emite un dictamen, el cual dice cual debería ser las sentencia, esto no es obligatorio para el corregidor. La sentencia del corregidor se apela ante la real audiencia .

109 UNIPERSONALES CORREGIDOR: Materia de Guerra
Es capitán de guerra: a falta de un oficial veterano ( ejercito regular), el corregidor, dirige la defensa de corregimientos este habitualmente esta integrado a las milicias.

110 UNIPERSONALES CORREGIDOR: Materia de Hacienda
Deben velar por el respeto de los derechos de la corona, q nadie se apropie de tierras sin la merced respectiva. Se preocupa de lo que sea facilitar los ingresos de la corona y de la existencia de no contrabandos ( costa y cordillera).

111 COLEGIADOS REAL AUDIENCIA CABILDO OFICIALES REALES

112 COLEGIADOS REAL AUDIENCIA: Las Reales Audiencias se clasifican en:
- Virreinales: Presididas por el Virrey (la más importante es la de Lima, luego la de México). - Pretoriales: Presididas por el Gobernador (Chile). - Subordinadas: Presididas por un Oidor.

113 COLEGIADOS REAL AUDIENCIA: a) Cuestiones de Gobierno:
- Revisar la correspondencia que llegaba a las Reales Audiencias en donde venían las reales cédulas y las provisiones, debían ser revisadas en las “Salas de Gobierno” de la Real Audiencia. - Reales Audiencias también examinan las disposiciones dictadas por autoridades inferiores a la Audiencia.

114 COLEGIADOS REAL AUDIENCIA:
a.i) Gobierno Espiritual: Las Reales Audiencias intervienen a través de los “Recursos de Fuerza”. Este fue uno de los temas más conflictivos en la relación Iglesia-Estado. Existían varios vicios por parte de los Tribunales eclesiásticos, entre los que destacan: - “Recurso de Fuerza en conocer”: El tribunal eclesiástico ha entrado a conocer una materia que no es de su competencia. - “Recurso de Fuerza en conocer y en proceder”: Aunque el tribunal tenga competencia, se apartó del procedimiento con el que debió haber actuado (lo que hoy se conoce como el debido proceso). - “Recurso de Fuerza por Apelación mal Concedida”: Cuando no se concede una apelación que debía otorgarse, o bien, se dio lugar a la apelación, pero se dio equivocadamente

115 COLEGIADOS REAL AUDIENCIA: b) Función Judicial
Principalmente en 2da instancia, ya que la primera instancia eran los corregidores, alcaldes, etc. Estos dictan una “Sentencia de Vista”. A la Real Audiencia se le puede pedir un “Recurso de Suplicación”: Se le suplica a la Real Audiencia que “re-vista” la sentencia, y su fallo es una “Sentencia de Revista”.

116 COLEGIADOS REAL AUDIENCIA: c) Materia Legislativa:
- “Autos Acordados”: Podían versar sobre cualquier materia, generalmente relacionadas con el ámbito procesal. - “Las Reales Provisiones”: Disposiciones dictadas por la Real Audiencia en cuanto representa al Rey. Existían Reales provisiones de: 1) Justicia (actuales Exhortos). 2) Gobierno (revisan las disposiciones de los cabildos)

117 COLEGIADOS REAL AUDIENCIA: d) Guerra:
Desde 1609, la Real Audiencia no puede conocer sobre materias militares y de Guerra. e) Hacienda: La corona le encarga esta labor a la Real Audiencia. Se juntan sus miembros en la “Junta de Ordenanza”.

118 COLEGIADOS CABILDO

119 COLEGIADOS CABILDO: Órgano colegiado que, a diferencia de los otros, es un órgano popular y no real. Están compuestos por “Regidores”, y a la cabeza del Cabildo se encuentra el Alcalde. Hay otros cargos que a veces existen de forma independiente, y otros que están relacionados con los regidores. Por ejemplo: - el “Fiel Ejecutor”: Vela por el cumplimiento de las fijaciones de precios que hacen los cabildos. También se preocupa de que los pesos y medidas sean correctos. - Alcalde de Aguas: Se preocupa de la distribución de agua - Alcalde de Borrachera - Alférez Real: Encargado del estandarte del Rey en las fiestas publicas.

120 COLEGIADOS CABILDO: Funciones del Cabildo
- Encargado del ornato público. - Encargado del abastecimiento de agua para la ciudad. - En la parte de educación, mantienen escuelas de primeras letras. - Se preocupan de la salud pública, por lo que quienes pretendían ejercer como médicos, debían rendir un examen ante el Cabildo. - Patrono del Hospital de San Juan de Dios (creado por Pedro de Valdivia) - Encargado del abastecimiento económico de la ciudad (trigo, pan, carne) - Se preocupaba del funcionamiento de los gremios (cosa que no se dio mucho en Chile) - Administran Justicia en 1era instancia, siendo jueces ordinarios tanto en materia civil y como en materia criminal. No son letrados, por lo que cuando se trata de temas complicados, se hacen asesorar por un letrado (abogado). - Administran Justicia en 2da instancia, cuando se trata de juicios no muy importantes.

121 COLEGIADOS Los Oficiales Reales

122 COLEGIADOS Los Oficiales Reales:
Son encargados de la real hacienda. Se preocupan de la percepción e inversión de los ingresos de la Corona. Son varios los oficiales: - Tesorero - Contador - Factor: es el encargado de reducir a dinero, lo que ha sido percibido en especies. - Veedor: es una especie de contralor.

123 COLEGIADOS Los Oficiales Reales:
Los impuestos que se cobraban en la época eran numerosos: + Alcabala: era el que reportaba más ingreso a la Corona. Era un impuesto a las compraventas y permutas. Este impuesto varía según las épocas y situaciones Ej. (2%-5%-10%) + Almojarifazgo: Es un impuesto aduanero. La aduana no implicaba que los productos extranjeros fueran gravados con impuestos, sino que el lugar por el que pasaban esos productos debía pagar el impuesto. Por lo alto de este impuesto, se daba mucho el contrabando. + Quinto Real: Es un impuesto a la soberanía real, implicaba reconocer los derechos del Rey. En un principio, era que parte del botín era del rey. Luego, se aplica a la minería y a la fundición, asistía el FACTOR y de lo que se fundía se sacaba el quinto real. Para ver que lo fundido ya se le había sacado el quinto real se le hacia una marca. + Media Anata: Los empleados públicos debían pagar medio año de su sueldo. Por lo tanto la corona les pagaba solo medio año.

124 COLEGIADOS Los Oficiales Reales:
+ Mesada Eclesiástica: es un impuesto, el cual pagan los sacerdotes al recibir un cargo religioso debía pagar un mes de su sueldo. + Anata y Lanza: las personas que obtenían un titulo de nobleza. La lanza debías e implicaba que el noble debía pagar un regimiento de lanceros. + Diezmo Predial: Significa que la décima parte de lo que producían los campos se debían al Estado. + Bula de la Santa Cruzada: Es otro impuesto eclesiástico. La iglesia, recuerda siempre lo días viernes la muerte de cristo, y así los fieles debían hacer sacrificio, es decir, no comer huevos, carne ni leche.


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