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CONSIDERACIONES INTRODUCTIVAS: EL OBISPO Y LOS SACERDOTES Charles J Scicluna 2010.

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1 CONSIDERACIONES INTRODUCTIVAS: EL OBISPO Y LOS SACERDOTES Charles J Scicluna 2010

2 Los consideraciones tratados 1. Perspectivas fundamentales 1. Perspectivas fundamentales 2. Algunos problemas en el campo de la vida pública 2. Algunos problemas en el campo de la vida pública 3. Algunos problemas en la vida personal 3. Algunos problemas en la vida personal 4. Respuestas de la Iglesia 4. Respuestas de la Iglesia

3 1. Perspectivas fundamentales: RECUPERAR Y TUTELAR

4 Recuperar: acompañar, recuperar al hermano para devolverle su integridad personal y ministerial. Recuperar: acompañar, recuperar al hermano para devolverle su integridad personal y ministerial. Tutelar: asegurar el bonum Ecclesiae, es decir, evitar que el Pueblo de Dios sea expuesto a peligros de abuso y escándalo. Tutelar: asegurar el bonum Ecclesiae, es decir, evitar que el Pueblo de Dios sea expuesto a peligros de abuso y escándalo.

5 Recuperar Acompañar, recuperar al hermano para devolverle su integridad personal y ministerial. “El Obispo, también mediante el vicario de zona, trate de prevenir y remediar las dificultades de orden humano y espiritual que puedan aquejar a los presbíteros.” “El Obispo, también mediante el vicario de zona, trate de prevenir y remediar las dificultades de orden humano y espiritual que puedan aquejar a los presbíteros.” (Congregación para los Obispos, Apostolorum successores, 22 de febrero de 2004, n. 81).

6 Recuperare “ Acérquese cálidamente para auxiliar a quien pueda encontrarse en una situación difícil, enfermo, anciano o pobre, a fin de que todos sientan el gozo de su vocación y el agradecimiento hacia los propios pastores”.

7 2. Algunos problemas en el campo de la vida pública 2.1 Falta del “sentire cum Ecclesia” 2.1 Falta del “sentire cum Ecclesia” 2.2 Descuido de las obligaciones sacerdotales 2.2 Descuido de las obligaciones sacerdotales

8 2.1 Falta del “sentire cum Ecclesia”  Adhesión a doctrinas y opiniones contrarias al Magisterio  Falta de comunión con el obispo y con el presbiterio

9 2. 2 Descuido de las obligaciones sacerdotales  Oración y vida de fe  Exigencias del ministerio asignado  Castidad y celibato

10 2.2.1 “Compasión activa” EL Obispo debe seguir de cerca, con la oración y una caridad efectiva, a los sacerdotes que por cualquier motivo dudan en su vocación y su fidelidad a la llamada del Señor, y de algún modo han faltado a sus deberes” (Juan Pablo II, Pastores Gregis, 16 de octubre de 2003, n. 47).

11 2.2.2 Intentos de recuperación “Con ánimo paterno sean tratados también por el Obispo los presbíteros que abandonan el servicio divino (...)” (Congregación para los Obispos, Apostolorum successores, 22 de febrero de 2004, n. 81, d).

12 2.2.2 Intentos de recuperación “(...) esforzándose para obtener su conversión interior y haciendo que remuevan la causa que los ha conducido al abandono (...)” (Congregación para los Obispos, Apostolorum successores, 22 de febrero de 2004, n. 81, d).

13 2.2.2 Intentos de recuperación “(...) para que puedan así volver a la vida sacerdotal, o al menos regularicen su situación en la Iglesia.” (Congregación para los Obispos, Apostolorum successores, 22 de febrero de 2004, n. 81, d).

14 3. Algunos problemas en la vida personal La enfermedad Momentos de debilidad

15 3.1 La enfermedad “Cuando [los sacerdotes] se enfermen, el Obispo los conforte con su visita o al menos con una carta escrita o una llamada telefónica, y asegúrese que estén bien atendidos tanto en sentido material como espiritual (...)” (Congregación para los Obispos, Apostolorum successores, 22 de febrero de 2004, n. 81).

16 3.2 Momentos de debilidad Desorientación Desorientación (crisis vocacional) (crisis vocacional) Depresión Depresión (crisis del sentido de la vida) (crisis del sentido de la vida) Dependencias Dependencias (crisis de control de sí mismo) (crisis de control de sí mismo)

17 3.2.1 Formas persistentes de debilidad “El Obispo ha de mostrar también su cercanía fraterna (…)” “El Obispo ha de mostrar también su cercanía fraterna (…)”

18 3.2.1 Formas persistentes de debilidad “ (…) a los (sacerdotes) que se encuentran en la situación (de dejar cargos con responsabilidad directa) por enfermedad grave u otras formas persistentes de debilidad”

19 3.2.1 Formas persistentes de debilidad Ayudándolos a mantener vivo el convencimiento (…) de seguir siendo miembros activos en la edificación de la Iglesia” Ayudándolos a « mantener vivo el convencimiento (…) de seguir siendo miembros activos en la edificación de la Iglesia”

20 3.2.1 In casi di persistente debilitazione especialmente en virtud de su unión con Cristo doliente y con tantos hermanos y hermanas que en la Iglesia participan de la pasión del Señor »”. Juan Pablo II, Pastores gregis, 16.10.2003, n.47 Juan Pablo II, Pastores gregis, 16.10.2003, n.47

21 3.2.2 Prevenir la soledad y el aislamiento … “ ”. “Es necesario prevenir la soledad y el aislamiento de los sacerdotes, sobre todo si son jóvenes y ejercitan el ministerio en localidades pequeñas y poco habitadas.”., Apostolorum successores,22.02.2004, n. 81 a

22 “ ”.,AS,81 “Para resolver las eventuales dificultades, convendrá procurar la ayuda de un sacerdote diligente y experto, y favorecer frecuentes contactos con los hermanos en el sacerdocio, incluso mediante posibles modalidades de vida en común”.,AS,81

23 3.2.3 Il peligro de la rutina y del cansancio “ ”. “Se debe prestar atención al peligro de la rutina y del cansancio que los años de trabajo o las dificultades inherentes al ministerio puedan provocar.”. Apostolorum successores, 22.02.2004, n. 81 b

24 Recuperación espiritual, intelectual y física “ ”., Apostolorum successores, n. 81 b “Según las posibilidades de la diócesis, el Obispo estudie, caso por caso, los modos de una recuperación espiritual, intelectual y física, que ayude a retomar el ministerio con renovada energía.”., Apostolorum successores, n. 81 b

25 periodo «sabático» “ ”. “Entre tales formas, se puede considerar también, en algunos casos excepcionales, el periodo llamado sabático”. CV, Apostolorum successores, n. 81 b

26 3.2.4 Dependencias (crisis de control de sí mismo) Alcohol y droga (Abuso de sustacias tóxicas) Alcohol y droga (Abuso de sustacias tóxicas) Erotismo e voyerismo (Abuso del sexo, incluso relacionado al abuso de internet) Erotismo e voyerismo (Abuso del sexo, incluso relacionado al abuso de internet) Narcisismo (idolatría del «YO») Narcisismo (idolatría del «YO»)

27 4. Respuestas de la Iglesia Invitación a la conversión y a la reconciliación Invitación a la conversión y a la reconciliación Terapias de recuperación Terapias de recuperación Medidas de tutela, coerción, resolución Medidas de tutela, coerción, resolución

28 “ ” “Recurramos asiduamente, queridos sacerdotes, a este Sacramento de la reconciliación, para que el Señor purifique constantemente nuestro corazón, haciéndonos menos indignos de los misterios que celebramos.” Juan Pablo II, Carta a los sacerdotes para el Jueves Santo 2001, n. 11 4.1 Invitación a la conversión y a la reconciliación

29 “.” “El sacramento de la Reconciliación, irrenunciable para toda existencia cristiana, es también ayuda, orientación y medicina de la vida sacerdotal..” Juan Pablo II, Carta a los sacerdotes para el Jueves Santo 2001, n. 11

30 4.2 Terapias de recuperación Diagnóstico ( ) Diagnóstico (Calificación que da según los signos que advierte) Prognosis ( ) Prognosis (Conocimiento anticipado de algún suceso) Terapia (recuperación del individuo sin descuidar la comunidad) Terapia (recuperación del individuo sin descuidar la comunidad) Prevención (formación y acompañamiento) Prevención (formación y acompañamiento)

31 4.2.1 El recurso a la psicología   Ventajas  Ofrece instrumentos eficaces para el diagnóstico y la terapia  Limites  Algunos métodos son dudosos  No posee todas las respuestas;  No debe sustituir la contribución espiritual.  Condiciones esenciales  El sacerdote debe dar su consentimiento;  la privacidad debe ser siempre respetada.

32 4.2.2 Etapas del camino de recuperacìón Reconocer el problema y los propios límites Confiarse a la guía de un experto Esforzarse en el proceso de terapia Pedir perdón por el daño provocado Redescubrir las raíces de la experiencia religiosa (Inspirado en los 12 Pasos de los “Alcóholicos Anónimos”)

33 Oración de la Serenidad Dios mío dame la SERENIDAD para aceptar las cosas que no puedo cambiar; el VALOR para cambiar aquellas que puedo; y la SABIDURÍA para reconocer la diferencia.

34 4.3 Medidas de tutela y coerción Declaración de un impedimento canónico para ejercer el ministerio Declaración de un impedimento canónico para ejercer el ministerio Remedios penales y medidas administrativas Remedios penales y medidas administrativas Penas medicinales y expiatorias Penas medicinales y expiatorias

35 4.3.1 Impedimentos canónicos para el ejercicio del ministerio El obispo debe investigar, verificar y decretar un impedimento :

36  Irregularidad (Impedimento perpetuo) CIC 1044, § 1:  apostasía, herejía, cisma (públicos).  Atentado matrimonio civil.  Homicidio, aborto procurado.  mutilación de sí o de otro, atentato suicidio.  Ejercicio espúreo del orden sagrado  Impedimento simple CIC 1044, § 2:  Demencia / otra enfermedad psíquica

37 4.3.2 Remedios penales y medidas administrativas “ “Ante comportamientos escandalosos, el Obispo intervenga con caridad, mas con firmeza y decisión: : ]  bien con admoniciones o reprensiones[remedios penales: CIC can. 1339] [ :  bien procediendo a la remoción o al cambio a un oficio en el que no existan las circunstancias que favorezcan esos comportamientos.[medidas administrativas: CIC cann. 1740; 1748; 190; 192]”. Congregación para los Obispos, Apostolorum successores, 22.02.2004, n. 81 e

38 Delicta Graviora IUS SUBSTANTIALE

39 Breve comentario sobre el Motu Proprio Sacramentorum sanctitatis tutela (30 de abril de 2001) y la praxis de la Congregación para la Doctrina de la Fe

40 El Delictum gravius Definición: Definición: Acción desviada de naturaleza grave contra la ley divina, natural o positiva, y contra la ley eclesiástica y contra la ley eclesiástica con la que se ofende: la moral la moral la celebración de los sacramentos la celebración de los sacramentos

41 El Delictum gravius Características gravedad/seriedad en el contexto eclesiástico gravedad/seriedad en el contexto eclesiástico consideración similar a delito capital consideración similar a delito capital Difícilmente se le aplica la prescripción Difícilmente se le aplica la prescripción sujeto a tribunales y procedimientos especiales sujeto a tribunales y procedimientos especiales castigado generalmente con las mayores penas y la tradicional declaración de infamia castigado generalmente con las mayores penas y la tradicional declaración de infamia

42 El Delictum gravius: Reservatio a la Congregación para la Doctrina de la Fe para la Doctrina de la Fe ¿Por qué a la CDF? (PB 52/MP SST 1 ) ¿Por qué a la CDF? (PB 52/MP SST 1 § 1 ) Una competencia exclusiva ratione materiae Una competencia exclusiva ratione materiae ¿Qué sucede con otras jurisdicciones? ¿Qué sucede con otras jurisdicciones? - incompetencia absoluta - incompetencia absoluta - obligación de referir a la CDF - obligación de referir a la CDF

43 Tipos de Delicta graviora Juan Pablo II, Motu Proprio, Sacramentorum sanctitatis tutela, 30 de abril de 2001: Delitos contra la Eucaristía y la Penitencia Delitos contra la Eucaristía y la Penitencia Abuso Sexual de menores Abuso Sexual de menores

44 Delitos contra la Eucaristía (MP SST Art. 2): Delitos contra la Eucaristía (MP SST Art. 2):

45 5 Delitos contra el santo Sacrificio y sacramento de la Eucaristía (SST Art. 2) § 1, 1°Profanación de las especies eucarísticas § 1, 2°Atentada celebración de la Eucaristía § 1, 2°Simulación de la Eucaristía § 1, 3°Concelebración prohibida de la Eucaristía § 2Consagración prohibida o sacrílega de una especie eucarística sin la otra

46 Delitos contra la Eucaristía 1. Profanación de las sagradas especies Profanación de las sagradas especies (Art. 2, n. 1°) (Art. 2, n. 1°)

47 rofanación de las especies eucarísticas SST Art. 2, § 1, 1°: Profanación de las especies eucarísticas Llevar o retener con finalidad sacrílega Llevar o retener con finalidad sacrílega o arrojar las especies consagradas o arrojar las especies consagradas Mencionados en Mencionados en –CIC, can. 1367 –CCEO, can. 1442

48 “abicere” / “arrojar” Pontificio Consejo para la interpretación de los textos legislativos, Responsum ad dubium, 4 de junio de 1999, [AAS 91 (1999) 918]: D. Si la palabra “abicere” en los cánones 1367 CIC y 1442 CCEO debe ser interpretada solo como el acto de arrojarlas al suelo. R. Negative and ad mentem.. La “mens” es que la palabra “abicere” debe ser interpretada como qualquier acto voluntario y grave de desprecio hacia las sagradas especies.

49 Penas CIC, can. 1367: * Cualquier persona puede incurrir en la excomunión latae sententiae reservada a la Santa Sede; *además, un clérigo puede ser castigado con otra pena, sin excluir la expulsión [dimisión] del estado clerical. CCEO, can. 1442: * Cualquier persona puede ser castigada con la excomunión mayor; * además, un clérigo puede ser castigado con otra pena, sin excluir la deposición del estado clerical

50 Delitos contra la Eucaristía 2. 2. Atentada celebración de la Eucaristía por una persona que no es sacerdote (Art. 2, n. 2°)

51 SST Art. 2, § 1, 2° Atentada celebración de la Eucaristía Atentar la acción litúrgica del sacrificio Eucarístico De parte de alguien que no ha sido promovido al orden sacerdotal Fuente: CIC, can. 1378, § 2, n. 1

52 Penas CIC, can. 1378, § 2: * Incurre en pena latae sententiae de entredicho o * si se trata de un clérigo de suspensión (latae sententiae). * si se trata de un clérigo de suspensión (latae sententiae). CIC, can. 1378, § 3: * Pueden añadirse otras penas, según la gravedad del delito, sin excluir la excomunión.

53 Irregularidad CIC, can. 1041, n. 6: Es irregular para recibir las órdenes sagradas, entre otros casos, quien haya realizado un acto de potestad de orden reservado a los obispos o presbíteros, sin haber recibido ese orden... CIC, can. 1044, § 1, n. 3: Es irregular para el ejercicio de las órdenes recibidas quien ha cometido algún delito de los mencionados en el can. 1041.

54 Dispensa de la irregularidad El Ordinario puede dispensar algunas de las irregularidades (Cfr. CIC, can. 1047, § 4) El can. 1047 § 1-3 especifica aquellas reservadas a la Santa Sede. De la Constitución Pastor Bonus y del MP SST se desprende cuáles son reservadas a la CDF ex ratione materiae: las que derivan de los delitos contra la fe y las que derivan de los graviora delicta

55 SST Art. 2, § 1, 2° Simulación de la Eucaristía La simulación de la Eucaristía es mencionada en el CIC, can. 1379 & in CCEO, can. 1443 CIC, can. 1379: “Quien, fuera de los casos de los que se trata en el can. 1378, simula la administración de un sacramento, debe ser castigado con una pena justa”. CCEO, can. 1443: Qui Divinae Liturgiae vel aliorum sacramentorum celebrationem simulavit, congrua poena puniatur non exclusa excommunicatione maiore.

56 “Simulación” El rito exterior no corresponde con la intención del celebrante: falta de intención o cambio doloso de la materia sacramental. La comunidad es engañada gravemente.

57 Penas CIC, can. 1379: Quien comete este delito debe ser castigado con una pena justa [Cfr can. 1349: el juez no puede imponer una pena perpetua]. CCEO, can. 1443: Quien comete este delito debe ser castigado con una pena adecuada, que puede ser también la “excomunión mayor”.

58 Delitos contra la Eucaristía 4. La concelebración con un ministro no católico de comunidades sin sacramento del orden (Art. 2, n. 3°) (Art. 2, n. 3°)

59 Principio general: Prohibición de concelebrar con ministros no católicos (sean orthodoxos o protestantes) CIC, can. 908: Está prohibido a los sacerdotes católicos concelebrar la Eucaristía con sacerdotes o ministros de Iglesias o comunidades eclesiales que no están en comunión plena con la Iglesia católica. CIC, can. 908: Está prohibido a los sacerdotes católicos concelebrar la Eucaristía con sacerdotes o ministros de Iglesias o comunidades eclesiales que no están en comunión plena con la Iglesia católica. CCEO, can. 702: Sacerdotes catholici vetiti sunt una cum sacerdotibus vel ministris acatholicis Divinam Liturgiam concelebrare. CCEO, can. 702: Sacerdotes catholici vetiti sunt una cum sacerdotibus vel ministris acatholicis Divinam Liturgiam concelebrare.

60 SST Art. 2, § 1, 3° Concelebración prohibida de la Eucaristía La concelebración del Sacrificio eucarístico La concelebración del Sacrificio eucarístico - prohibida en el CIC, can. 908 y en el CCEO, can. 702, - Mencionada en el CIC, can. 1365 y en el CCEO, can. 1440, con ministros de comunidades eclesiales que no poseen sucesión apostólica y no reconocen la dignidad sacramental de la ordenación sacerdotal. con ministros de comunidades eclesiales que no poseen sucesión apostólica y no reconocen la dignidad sacramental de la ordenación sacerdotal.

61 Penas CIC, can. 1365: El reo de communicatio in sacris prohibida ha de ser castigado con una pena justa [Cfr can. 1349]. CIC, can. 1365: El reo de communicatio in sacris prohibida ha de ser castigado con una pena justa [Cfr can. 1349]. CCEO, can. 1440: Qui normas iuris de communicatione in sacris violat, congrua poena puniri potest [Cfr can. 1409, § 2]. CCEO, can. 1440: Qui normas iuris de communicatione in sacris violat, congrua poena puniri potest [Cfr can. 1409, § 2].

62 Delitos contra la Eucaristía 5. La consagración con fin sacrílego de una especie sin la otra o de las dos fuera de la santa misa (Art. 2, § 2)

63 SST Art. 2, § 2 Consagración sacrílega de las especies Constituye un delictum gravius Constituye un delictum gravius Consagrar con propósito sacrílego Consagrar con propósito sacrílego –una materia sin la otra, –o ambas fuera de la celebración eucarística. CIC, can. 927: Está terminantemente prohibido [NEFAS EST], aun en caso de extrema necesidad, consagrar una materia sin la otra, o ambas fuera de la celebración eucarística. CIC, can. 927: Está terminantemente prohibido [NEFAS EST], aun en caso de extrema necesidad, consagrar una materia sin la otra, o ambas fuera de la celebración eucarística.

64 Penas Quien ha cometido este delito debe ser castigado de acuerdo a la gravedad del crimen, no excluida la dimisión o la deposición. (MP SST Art. 2, § 2)

65 4 Delitos contra la santidad del sacramento de la penitencia (SST Art. 3) 1°Absolución del cómplice 2°Solicitación 3° Violación directa e indirecta del sigilo sacramental 4° Grabación y transmisión de la confesión

66 Delitos contra la santidad del sacramento de la penitencia Absolución del cómplice en un pecado contra el sexto mandamiento (Art. 3, n. 1° )

67 SST Art. 3, 1° Absolución del cómplice La absolución La absolución de un cómplice de un cómplice en un pecado contra el sexto mandamiento del Decálogo, en un pecado contra el sexto mandamiento del Decálogo, mencionado en: mencionado en: –CIC, can. 1378, § 1 –CCEO, can. 1457

68 Invalidez de tal absolución CIC, can. 977 “Fuera de peligro de muerte, es inválida la absolución del cómplice en un pecado contra el sexto mandamiento del Decálogo.” CIC, can. 977 “Fuera de peligro de muerte, es inválida la absolución del cómplice en un pecado contra el sexto mandamiento del Decálogo.” CCEO, can. 730 CCEO, can. 730 “Absolutio complicis in peccato contra castitatem invalida est praeterquam in periculo mortis.”

69 Penas CIC, can. 1378, §1 CIC, can. 1378, §1 “El sacerdote que obra contra lo prescrito en el can. 977, incurre en excomunión latae sententiae reservada a la Sede Apostólica” “El sacerdote que obra contra lo prescrito en el can. 977, incurre en excomunión latae sententiae reservada a la Sede Apostólica” CCEO, can. 1457 CCEO, can. 1457 “Sacerdos, qui complicem in peccato contra castitatem absolvit, excommunicatione maiore puniatur firmo can. 728, § 1, n. 2 “Sacerdos, qui complicem in peccato contra castitatem absolvit, excommunicatione maiore puniatur firmo can. 728, § 1, n. 2 [la absolución de la censura por la absolutio complicis está reservada a la Sede Apostólica]” [la absolución de la censura por la absolutio complicis está reservada a la Sede Apostólica]”

70 SST Art. 3, 2° Solicitación La solicitación La solicitación a pecar contra el sexto mandamiento del Decálogo a pecar contra el sexto mandamiento del Decálogo en el acto, con ocasión o pretexto en el acto, con ocasión o pretexto de la confesión, mencionada en: mencionada en: – CIC, can. 1387 – CCEO, can. 1458

71 Notanda Sollicitatio ad turpia con el mismo confesor es delictum gravius (MP SST Art. 3, n. 2) Sollicitatio ad turpia con el mismo confesor es delictum gravius (MP SST Art. 3, n. 2) Sollicitatio ad turpia con una tercera persona es un delito simpliciter (CIC can. 1387; CCEO can. 1458) Sollicitatio ad turpia con una tercera persona es un delito simpliciter (CIC can. 1387; CCEO can. 1458)

72 Notanda 2 “Sollicitatio inchoata”: cuando el confesor invita simplemente al penitente a un encuentro después de la confesión, con la intención de solicitar a pecar contra el sexto mandamiento “Sollicitatio inchoata”: cuando el confesor invita simplemente al penitente a un encuentro después de la confesión, con la intención de solicitar a pecar contra el sexto mandamiento El abuso de la confesión como medio de seducción (“grooming”) de menores El abuso de la confesión como medio de seducción (“grooming”) de menores

73 Penas CIC, can. 1387 CIC, can. 1387 El sacerdote que, durante la confesión, o con ocasión o pretexto de la misma, solicita al penitente a un pecado contra el sexto mandamiento del Decálogo, debe ser castigado, según la gravedad del delito, con suspensión, prohibiciones o privaciones; y, en los casos más graves, debe ser expulsado del estado clerical. CCEO, can. 1458 CCEO, can. 1458 Sacerdos, qui in actu vel occasione vel praetextu confessionis paenitentem ad peccatiim contra castitatem sollicitavit, congrua poena puniatur non exclusa depositione.

74 Denuncia falsa de solicitación CIC can. 982: Quien se acuse de haber denunciado falsamente ante la autoridad eclesiástica a un confesor inocente del delito de solicitación a pecado contra el sexto mandamiento del Decálogo, no debe ser absuelto mientras no retracte formalmente la denuncia falsa, y esté dispuesto a reparar los daños que quizá se hayan ocasionado.

75 Denuncia falsa de solicitación CIC can. 1390 § 1. Quien denuncia falsamente ante un Superior eclesiástico a un confesor, por el delito de que se trata en el can. 1387 [sollicitatio], incurre en entredicho latae sententiae; y, si es clérigo, también en suspensión.

76 Delitos contra la santidad del sacramento de la penitencia 3. Violación directa o indirecta del sigilo sacramental (Art. 3, n. 3°).

77 SST Art. 3, 3° Violación directa e indirecta del sigilo sacramental Violación directa o indirecta del sigilo sacramental, Violación directa o indirecta del sigilo sacramental, mencionada en: mencionada en: – CIC, can. 1388, §1 – CCEO, can. 1456, §1 (Decisión del Papa Juan Pablo II, 7 de febrero 2003, para introducir la violación indirecta bajo MP SST Art. 3, n. 3)

78 SST Art. 3, 3° Violación del sigilo sacramental Directa: Se revela el penitente y el pecado Indirecta: Se revela directamente o solo el penitente o solo el pecado en un contexto donde se revela de todos modos todo el resto

79 SST Art. 3, 3° Violación del sigilo sacramental CIC can. 983, § 1: El sigilo sacramental es inviolable; por lo cual está terminantemente prohibido al confesor descubrir al penitente, de palabra o de cualquier otro modo, y por ningún motivo.

80 Penas CIC, canon 1388, §1 CIC, canon 1388, §1 El confesor que viola directamente el sigilo sacramental, incurre en excomunión latae sententiae reservada a la Sede Apostólica; quien lo viola sólo indirectamente, ha de ser castigado en proporción con la gravedad del delito. CCEO, can. 1456, §1 CCEO, can. 1456, §1 Confessarius, qui sacramentale sigillum directe violavit, excommunicatione maiore puniatur firmo can. 728, § 1, n. 1; si vero alio modo hoc sigillum fregit, congrua poena puniatur.

81 SST Art. 3, 4° Grabación o transmisión de la confesión Firmo prescripto can. 1388, quicumque quovis technico instrumento ea quae in Sacramenti Confessione, vera vel ficta, a se vel ab alio peracta, a confessario vel a penitente dicuntur, captat, aut communicationis socialis instrumentis evulgat, in excomunicationem latae sententiae incurrit. Firmo prescripto can. 1388, quicumque quovis technico instrumento ea quae in Sacramenti Confessione, vera vel ficta, a se vel ab alio peracta, a confessario vel a penitente dicuntur, captat, aut communicationis socialis instrumentis evulgat, in excomunicationem latae sententiae incurrit. Decreto de la CDF de 23 de septiembre de 1988: AAS 80 [1988] 1367. Decreto de la CDF de 23 de septiembre de 1988: AAS 80 [1988] 1367. Incluido como delictum gravius por Juan Pablo II el 7 de febrero de 2003 Incluido como delictum gravius por Juan Pablo II el 7 de febrero de 2003

82 Penas Quedando firme lo que prescribe el can. 1388 [de sigillo], Quedando firme lo que prescribe el can. 1388 [de sigillo], quien, con cualquier instrumento técnico graba o transmite a través de los medios de comunicación social quien, con cualquier instrumento técnico graba o transmite a través de los medios de comunicación social lo que dicen en el sacramento de la confesión, verdadera o fingida, el confesor o el penitente en la propia confesión o en la de otra persona, lo que dicen en el sacramento de la confesión, verdadera o fingida, el confesor o el penitente en la propia confesión o en la de otra persona, Incurre en la excomunión latae sententiae. Incurre en la excomunión latae sententiae. (Decretum CDF, 23 Septembris 1988: AAS 80 [1988] 1367)

83 Una regla especial MP SST Art. 20 § 1. En los casos concernientes a los delitos mencionados en el Art. 3 [delicta graviora contra la pentiencia], el tribunal no puede indicar al acusado ni a su abogado el nombre del acusador, a menos que este último lo haya consentido expresamente. §2. El tribunal debe considerar la particular importancia de la cuestión concerniente a la credibilidad del acusador §3. De todas formas debe notarse que hay que evitar cualquier peligro de violación del sigilo sacramental.

84 Delito contra la moral (MP SST Art. 4, § 1) Pecado contra el sexto mandamiento Pecado contra el sexto mandamiento cometido por un clérigo cometido por un clérigo con un menor de menos de 18 años de edad con un menor de menos de 18 años de edad

85 Delito de abuso sexual de un meror de menos de 18 años (MP SST Art. 4, 2) Delito de abuso sexual de un meror de menos de 18 años (MP SST Art. 4, § 2) La pena –De acuerdo a la gravedad de la ofensa –sin excluir la dimisión del estado clerical

86 ABUSO SEXUAL DE UN MENOR Una violación externa y objetivamente grave del sexto mandamiento Una violación externa y objetivamente grave del sexto mandamiento No se necesita que haya habido una relación sexual “completa”. No se necesita que haya habido una relación sexual “completa”. No se necesita que haya implicado fuerza, ni contacto físico, ni que haya provocado un daño evidente. No se necesita que haya implicado fuerza, ni contacto físico, ni que haya provocado un daño evidente.

87 delictum contra Sextum cum minore –Abuso directo (por ejemplo: contacto físico) –Abuso indirecto (por ejemplo: mostrar pornografía) – Incluye la descarga de pornografía infantil de Internet (downloading) intuitu commercii

88 FORMAS DE ABUSO DE MENORES CON CONTACTO FÍSICO. Besos boca a boca Tocamientos indecentes Sexo oral Frotamiento corporal erótico (Frottage) Pornografía (el niño participa en la confección de videos o fotografías sexualmente explícitos) Relación sexual (cópula) Sexo anal Bestialismo (actos sexuales con animales) Tomado de: Rape of the Innocent, by Julian Whetsell-Mitchell (Taylor and Francis, 1995) figure 4, page 8

89 FORMAS DE ABUSO DE MENORES SIN CONTACTO FISICO Conversaciones eróticas Exhibicionismo Voyerismo Mostrar películas o videos pornográficos From: Rape of the Innocent, by Julian Whetsell-Mitchell (Taylor and Francis, 1995) figure 4, page 8.

90 “delictum... cum minore infra aetatem duodeviginti [18] annorum”. El espectro es muy amplio y incluye diferentes tipos de comportamiento sexual:

91 “pedofilia” (atracción sexual hacia menores impúberes) “pedofilia” (atracción sexual hacia menores impúberes) “efebofilia” (atracción sexual de un varón hacia adolecentes varones) “efebofilia” (atracción sexual de un varón hacia adolecentes varones)

92 homosexualidad homosexualidad (atracción sexual hacia adultos del mismo sexo)

93 heterosexualidad (atracción sexual hacia adultos del sexo opuesto) heterosexualidad (atracción sexual hacia adultos del sexo opuesto) Entre las edades de 16 y 18 años, algunos menores pueden ser percibidos y deseados para una relación homosexual or heterosexual.

94 Prescripción (MP SST Art. 5) 1 Decennium (10 años) §1 Decennium (10 años) 2 Corre normalmente a partir de la fecha del delito (CIC 1362, § 2) §2 Corre normalmente a partir de la fecha del delito (CIC 1362, § 2) –pero establece un provedimiento especial para los casos de abuso sexual: a partir del 18o cumpleaños de la víctima. - Actio criminalis (CIC 1362, 2) - Actio criminalis (CIC 1362, § 2) - Actio poenalis (CIC 1363) - Actio poenalis (CIC 1363) Facultad de la CDF para derogar de la prescripción en casos particulares Ex audientia Summi Pontificis del 7 de noviembre de 2002; confirmada el 6 de mayo de 2005 Facultad de la CDF para derogar de la prescripción en casos particulares Ex audientia Summi Pontificis del 7 de noviembre de 2002; confirmada el 6 de mayo de 2005

95 Importancia y uso del CIC can. 1399 Can. 1399. “Aparte de los casos establecidos en ésta u otras leyes, la infracción externa de una ley divina o canónica sólo puede ser castigada con una pena ciertamente justa cuando así lo requiere la especial gravedad de la infracción y urge la necesidad de prevenir o de reparar escándalos.” Can. 1399. “Aparte de los casos establecidos en ésta u otras leyes, la infracción externa de una ley divina o canónica sólo puede ser castigada con una pena ciertamente justa cuando así lo requiere la especial gravedad de la infracción y urge la necesidad de prevenir o de reparar escándalos.” –Aplicable a los casos no cubiertos expresamente por la ley (por ejemplo homosexualidad sin escándalo) –Ex can. 1349: no puede aplicarse la pena de dimisión del estado clerical.


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