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Convenio Bilateral Chile-Colombia Paulina Quezada Noviembre 2013.

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Presentación del tema: "Convenio Bilateral Chile-Colombia Paulina Quezada Noviembre 2013."— Transcripción de la presentación:

1 Convenio Bilateral Chile-Colombia Paulina Quezada Noviembre 2013

2 Introducción Los sistemas de pensiones son una consecuencia de las realidades. En 1881, el Canciller Otto Von Bismarck, en Prusia estableció el primer sistema de pensiones, que fue de reparto. En 1981, cien años después, en Chile, comenzó el Sistema de ahorro y capitalización individual. La globalización creciente, permite la movilidad de los capitales, bienes, servicios y personas.

3 Introducción Migración en Chile ha aumentado y es un crecimiento sin barreras de entrada Toma relevancia la aplicación y uso de convenios de SS en esta materia y la facilitación especialmente para las personas de poder hacer uso de sus derechos previsionales.

4 Trabajadores Extranjeros en Chile

5 De la Situación Actual Chile mantiene 27 convenios bilaterales vigentes. Principal prestación asegurada en los convenios es la pensión (vejez, invalidez y sobrevivencia) para los nacionales de los Estados signatarios prestando servicios en los países firmantes.

6 De la situación actual Incluyen Capitalización Individual y Reparto (en extinción) no alterando los derechos de todo tratado de SS: 1.- Continuidad Previsional de las personas 2.- Acumulación de tiempos de cotización (tanto en reparto como capitalización) 3.- Acumulación de saldos (traspaso de fondos) 4.- Entre el Convenio Multilateral Iberoamericano y un Convenio Bilateral, regirá la norma más favorable al beneficiario.

7 Beneficios del Convenio Igualdad de trato Las personas beneficiadas con el convenio que vivan en uno de los dos países tendrán las mismas obligaciones y los derechos que la ley de ese país reconoce a sus nacionales

8 ¿Qué?Porcentaje del Sueldo bruto¿Para qué?¿Quién lo paga?¿Dónde se paga? Ahorro para una Pensión 10% Financiar pensión de vejez, invalidez o sobrevivencia El trabajador En la AFP y junto con la rentabilidad se conforma el Fondo de Pensiones Pago una Comisión Dependiendo de la AFP donde se encuentre afiliado Financia los gastos operacionales (con esto se paga al personal, la infraestructura, la operación, etc) El trabajador a la AFP por el servicio de administrar sus fondos En la AFP Se paga junto cuando cotizas. Cuando se está cesante y no se cotiza, la AFP administra tu fondo gratis. CAPITAL CUPRUM HABITAT MODELO se adjudicó la Licitación de Nuevos Afiliados pare el período 2012 - 2014 PLANVITAL PROVIDA Ahorros, aportes o pagos que se realizan en Seguridad Social para cubrir las distintas contingencias

9 Aporto para Salud 7% en FONASA o lo que cueste el Plan de Salud que contrate en una ISAPRE Acceso a atención en salud y pago de licencias médicas por enfermedad común El trabajadorFONASA o ISAPRE ¿Qué?Porcentaje del Sueldo bruto¿Para qué?¿Quién lo paga?¿Dónde se paga?

10 Porcentaje del Sueldo bruto¿Para qué?¿Quién lo paga?¿Dónde se paga? Seguro de invalidez y sobrevivencia 1,26% los hombres (más siniestrados, por lo tanto más costoso) Financia pensiones de invalidez y sobrevivencia junto con el Fondo de Pensiones trabajadores Dependientes: El Empleador Se paga junto con el ahorro y la comisión a la AFP, quien a su vez lo paga a una Cía. de Seguro indicada por licitación (SIS) 1,11% las mujeres En el caso de los Independientes: ellos mismos. Seguro Social de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales Cotización básica de 0.95% y una cotización adicional que se determinará según la actividad económica del trabajador. Tener cobertura en caso de accidente laboral o en el caso que se presente una enfermedad profesional En caso de los trabajadores Dependientes: El Empleador. En caso de los Independientes :ellos mismos Instituto de Seguridad Laboral o Mutualidades Todos los aportes tienen un TOPE IMPONIBLE: 70,3 UF en el 2013 Otras contingencias cubiertas pero que paga el empleador

11 Seguro de Cesantía 3% Protege a las personas que quedan cesante (todo evento) Trabajador con Contrato a plazo fijo, por obra, trabajo o servicio determinado: el Empleador. Trabajador con Contrato a plazo indefinido: el Trabajador (0,6%) y el Empleador el 2,4% Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) Todos los aportes tienen un TOPE IMPONIBLE: 70,3 UF en el 2013 Otras contingencias cubiertas pero que paga el empleador

12 Trabajadores independientes Obligación de cotizar Camino gradual sugerido: Año 2012 : 40% de su renta imponible. Año 2013: 70% de su renta imponible Año 2014: 100% de su renta imponible. Año 2015: obligatorio 100% Año 2018: obligación de cotizar en salud RI : 80% Rentas brutas gravadas ingreso mínimo<= RI<= Tope Imp. Cotizando igualan beneficios con dependientes Se transforman de Cotizantes Voluntarios a Obligatorios

13 Pensiones: Vejez Invalidez Sobrevivencia Seguridad Laboral: Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales: Atención Médica, Rehabilitación, Subsidio de Incapacidad Laboral, Indemnización Salud: Atenciones y prestaciones de salud Licencias médicas Subsidios Beneficios asociados al pago previsional

14 Beneficios del Convenio Continuidad Previsional Sólo se pagan las cotizaciones de SS del país en que se está trabajando. Excepciones: ciertos trabajadores quienes continúan cotizando en su país de origen, como: Los trabajadores que ejerzan su actividad a borde de un buque. Trabajadores itinerantes al servicio de empresas de transporte aéreo y desempeñen su actividad en ambos países.

15 Beneficios del Convenio Excepciones: Los miembros del personal de las misiones diplomáticas y de las oficinas consulares Los funcionarios públicos Los trabajadores enviados(desplazados) por su empleador al territorio del otro país por un período inferior a 24 meses. En caso de extenderse el período, podrá solicitar prórroga por 24 meses adicionales

16 Beneficios del Convenio Totalización de períodos de seguro Los períodos de seguros cumplidos en una de las partes contratantes, se consideran para adquirir el derecho a las prestaciones pecuniarias establecidas en el convenio, en conformidad a la legislación de la otra parte contratante, siempre que no se superpongan

17 Beneficios del Convenio Asimilación de calidad de imponente activo Si la legislación de un país exige encontrarse sujeto a su legislación al momento de producirse el hecho causante, esta condición se entiende cumplida si el trabajador en ese momento estaba asegurado o pensionado en el otro país.

18 Beneficios del Convenio Exportación de pensiones Las prestaciones obtenidas conforme a la legislación de uno de los dos países contratantes, serán pagadas al pensionado en el país en que reside, sin que sean objeto de reducción o modificación por el hecho que el beneficiario permanezca o resida en el territorio de la otra parte contratante

19 Beneficios del Convenio Calificación de Invalidez Los beneficiarios del convenio tienen derecho a la realización de exámenes médicos en el país de residencia, para acceder a pensiones de invalidez en el otro país conforme a las reglas que establece el convenio en cuanto a su financiamiento

20 Beneficios del Convenio Prestaciones de salud Pensionados (vejez, invalidez o sobrevivencia) conforme a ley chilena que residan en Colombia, deberán incorporarse al régimen de prestaciones de salud colombiano bajo mismas condiciones que pensionados colombianos. Pensionados (vejez, invalidez o sobrevivencia) conforme a ley colombiana que residan en Chile, tendrán el derecho a incorporarse al régimen de de prestaciones de salud chileno bajo las mismas condiciones que los pensionados chilenos.

21 Perfeccionar los Convenios Bilaterales, Incrementar los Beneficios Convenio Chile-Perú Beneficios adicionales a los mencionados: Traspaso de Fondos Previsionales entre Sistemas de Capitalización: Traspaso de fondos es de AFP a AFP Transferencia de fondos se realiza al país donde se va a residir de modo permanente. Traspaso tiene naturaleza previsional, por lo que se exige acreditar a lo menos 60 meses de aportación en el sistema de capitalización del país de residencia o bien estar pensionado en el país que se desea trasladar los fondos

22 Perfeccionar los Convenios Bilaterales, Incrementar los Beneficios Convenio Chile-Perú ¿Qué fondos se pueden transferir? La totalidad de las cotizaciones obligatorias, cotizaciones voluntarias, depósitos convenidos o aportes del empleador. Bono de Reconocimiento, si lo hubiera. ¿Dónde ingresan los fondos? Ingresan a la cuenta individual del trabajador en calidad de cotización obligatoria.

23 Perfeccionar los Convenios Bilaterales, Incrementar los Beneficios Convenio Chile-Perú Respecto a cotizaciones voluntarias en Chile: Estarán afectas a normas tributarias chilenas (gravadas como retiro, considerándose pensionados) Se incluyen los depósitos convenidos Bono de Reconocimiento (requisitos de liquidación o bien transarlo en mercado secundario) Seguro de Invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio o cuota mortuoria se rige por la ley del país en que la administradora esté domiciliada. Trabajador que traslada sus fondos tiene la condición de trabajador nuevo.

24 Perfeccionar los Convenios Bilaterales, Incrementar los Beneficios Convenio Chile-Perú Caso de pensionados, solicitan traspaso de fondos para recalcular el monto del beneficio o añadirlo según sea el caso. Monto del Traspaso: Se expresa en moneda interna y después a dólares americanos, conforme al tipo de cambio oficial al que se efectúe la transferencia. Desvinculación: hecha la transferencia sin quedar saldo en las cuentas se desvincula del sistema previsional del país de origen.

25 Estadísticas de uso del convenio NºSolic. Desde PerúNºSolic. Desde ChileAñoTotal 66842013150 77722012149 49862011135

26 Principios de la Portabilidad a aplicar –Se realiza durante la vida activa de los trabajadores (requisito de 60 meses de cotización) o bien al momento de pensionarse –Voluntaria para el trabajador –Se aplica legislación del país que otorga la pensión. –Desvinculación de beneficios del país de origen. –Traspaso de la totalidad de los Fondos(B de R incluido).

27 PAÍSCOTIZACIÓN OBLIGATORIA COTIZACIÓN VOLUNTARIA y/o Depósitos Convenidos PENSIÓNEXCEDENTE LIBRE DISPOSICIÓN ARGENTINAExentaExentosPaga impuesto BOLIVIAExentaExentosPaga impuestoNo hay COLOMBIAExentaExentosPaga impuesto COSTA RICAExentaExentos hasta el 10% del salario Paga impuesto CHILEExentaExentosPaga impuesto EL SALVADORExentaExentosExentaExentos MÉXICOExentosPaga impuesto PERÚPaga impuesto ExentaExentos URUGUAYExentaExentosExentaNo hay Situación tributaria de los países

28 Conclusiones Sistemas previsionales de Chile y Colombia tienen amplias semejanzas Sistema de RAIS en Colombia tiene % mayor en la participación de cotizantes, lo que implica impacto en quienes opten por cambiar residencia laboral Colombianos en Chile son el 3er grupo de trabajadores extranjeros

29 Conclusiones El permitir la movilidad de los Fondos Previsionales es una necesidad que debe ser resuelta a la brevedad. Reafirma el concepto de propiedad de los Fondos a los trabajadores. Da protección social al trabajador y a su grupo familiar en su nuevo país de residencia.

30 MUCHAS GRACIAS


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