La descarga está en progreso. Por favor, espere

La descarga está en progreso. Por favor, espere

CONTRATO DE PRESTACIÒN DE SERVICIOS SIN FORMALIDADES PLENAS SUSCRITO ENTRE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL DE VALLEDUPAR Y DIANA LUZ BENJUMEA SANTIAGO. Entre.

Presentaciones similares


Presentación del tema: "CONTRATO DE PRESTACIÒN DE SERVICIOS SIN FORMALIDADES PLENAS SUSCRITO ENTRE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL DE VALLEDUPAR Y DIANA LUZ BENJUMEA SANTIAGO. Entre."— Transcripción de la presentación:

1 CONTRATO DE PRESTACIÒN DE SERVICIOS SIN FORMALIDADES PLENAS SUSCRITO ENTRE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL DE VALLEDUPAR Y DIANA LUZ BENJUMEA SANTIAGO. Entre los sucritos a saber MANUEL JERÒNIMO MANJARRES CORREA, mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificado con cédula de ciudadanía No. 5´171.205 expedida en Villanueva, Guajira, quien obra en nombre y representación de la Contraloría Municipal de Valledupar, en su calidad de Contralor Municipal, debidamente facultado para la suscripción del presente contrato, quien para efectos de esta se denominara LA CONTRALORIA, por una parte y por otra DIANA LUZ BENJUMEA SANTIAGO, mayor de edad, domiciliada y residenciada en Valledupar, identificada con la cédula de ciudadanía 49´725.159 expedida en Curumanì, Cesar, quien actúa en nombre propio, y para los efectos de este contrato se denominará LA CONTRATISTA, hemos convenido en celebrar el presente Contrato de Prestación de Servicios, amparada en la facultad que le confiere el parágrafo y el último inciso del artículo 39 de la Ley 80 de 1993, y el parágrafo del artículo 11 del Decreto 2170 de 2002; el cual se regirá por las siguientes cláusulas que se enuncian a continuación, previa las siguientes consideraciones:

2 a) Que de conformidad con la certificación expedida por la Jefa de la Oficina Administrativa y Financiera, no existe personal de planta para desarrollar las actividades o servicios objeto del presente contrato, b) Que de acuerdo al Estudio de Conveniencia y Oportunidad, existe la necesidad de contratar servicios personales para desarrollar actividades de mensajerìa por el tiempo que se requiera para garantizar el normal funcionamiento de la entidad y la adecuada prestación del servicio público. c) Que la contratista está en capacidad de ejecutar el objeto del contrato y tiene la idoneidad y experiencia necesaria para ejecutar el objeto del mismo. PRIMERA: OBJETO: El presente contrato tiene como objeto la prestación de servicios personales para el desarrollo de mensajerìa en la Contraloria Municipal de Valledupar. SEGUNDA: OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA: LA CONTRATISTA se compromete para con la CONTRALORIA a cumplir con el objeto del contrato y a desarrollar las siguientes actividades diarias en forma autónoma e independiente sin sometimiento, sin dependencia continua o permanente, 1.- Recoger la documentación que se produzca en la Oficina Administrativa y Financiera dos (2) veces al día : a las 10 A.M y a las 4 P.M 2.-

3 Llevar oportunamente a las diferentes personas, instituciones, entidades y demás destinatarios la documentación que se origine en las diferentes dependencias de la CONTRALORIA, en el desarrollo normal de las funciones asignadas a las misma. 3.- Responder por la seguridad de los documentos encomendados.4.- Solicitar al Técnico Operativo la orden para el servicio de fotocopias de documentos. 5.- Informar al Técnico Operativo sobre cualquier problema que se presente en la realización de las actividades contratadas. TERCERA: OBLIGACIONES DE LA CONTRALORIA: La Contraloria se Compromete con la Contratista a: 1) Entregarle los documentos que previamente se recepcionen en la oficina Administrativa y Financiera en el tiempo establecido en la Cláusula anterior. PARAGRAFO: El Funcionario de la Contraloria autorizado para entregar los documentos a la Contratista es el Técnico Operativo de esta Entidad. CUARTO: VALOR Y FORMA DE PAGO: para todos los efectos fiscales, el presente contrato tiene un valor de UN MILLON TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL PESOS MCTE ( $ 1.383.000.00), SUMA QUE LA CONTRALORIA, pagará a LA CONTRATISTA, en tres (3) abonos mensuales cada uno por la suma de CUATROSCIENTOS SESENTA Y UN MIL PESOS ( $461.000), previa constancia suscrita por el supervisor del contrato sobre los avances realizados en la prestación del servicio por parte de la contratista, certificada por el supervisor del contrato.

4 QUINTA: PLAZO DE EJECUCIÒN: el plazo de ejecución del presente contrato es del dos (02) de enero al dos (02) de abril del 2008, contados a partir del cumplimiento de los requisitos de ejecución y su vigencia contendrá el plazo y (4) cuatro meses más. SEXTA: REGISTRO PRESUPUESTAL Y SUJECIÒN A LAS APROPIACIONES PRESUPUESTALES: LA CONTRALORIA pagará el gasto que ocasione el presente contrato con cargo al Capitulo 2, Código 3051204, que corresponde al presupuesto de gastos de la vigencia fiscal 2008 y para el registro y constitución de reservas, copia del mismo se enviará a la Oficina Administrativa y Financieras SEPTIMA: CLAUSULAS ECEPCIONALES: de acuerdo con lo previsto en el inciso 2 No 2 del Artículo 14 de la Ley 80 de 1993. LA CONTRALORIA, podrá declarar la caducidad del presente contrato si se dan las situaciones previstas en el artículo 18 de dicha ley, así mismo LA CONTRALORIA podrá modificar o terminar unilateralmente el presente contrato si se dan las circunstancias previstas en los artículos 15, 16 y 17 de la ley 80 de 1993. OCTAVA: MULTAS: En caso de incumplimiento parcial o mora en el cumplimiento de las obligaciones por parte de LA CONTRATISTA, este pagará a LA CONTRALORÌA multas sucesivas del 0.1% del valor del contrato por cada día de mora.

5 NOVENA: CLAUSULA PENAL: En caso de declaratoria de caducidad, por incumplimiento total culpable y definitivo por parte de la contratista, ésta pagará a LA CONTRALORIA, a título de pena una suma equivalente al 10% del valor del contrato. DECIMA: APLICACIÓN DE LA MULTA Y DE LA CLAUSULA PENAL: El valor de la multa y la cláusula penal pecuniaria a que se refiere las cláusulas anteriores podrán ser tomadas directamente del saldo a favor de LA CONTRATISTA, y si no fuere posible se cobrará por jurisdicción coactiva. DECIMA PRIMERA: CESION DEL CONTRATO: LA CONTRATISTA, no podrá ceder el presente contrato a persona natural o jurídica alguna sin el previo consentimiento escrito y expreso de LA CONTRALORIA. DECIMA SEGUNDA: INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: la contratista, declara bajo la gravedad de juramento que no se haya incurso en ninguna de las causales de incompatibilidad e inhabilidad, previstas en el Artículo 8 de la Ley 80 de 1993, y se llegare a sobrevenir alguna actuará conforme al Artículo 9 de la precitada LeyDECIMA TERCERA: RELACIÒN LABORAL. De conformidad con el Artículo 32 de la ley 80 de 1993, la ejecución del presente contrato no genera relación laboral con LA CONTRATISTA y en consecuencia tampoco el pago de prestaciones sociales ni de ningún otro tipo de emolumentos distintos al valor acordado en la cláusula tercera del presente contrato.

6 . DECIMA CUARTA: SUPERVISIÒN: La Oficina Administrativa y Financiera por intermedio del técnico operativo supervisará loa debida ejecución del presente contrato y para tal efecto tendrá las siguientes atribuciones: a) verificar que LA CONTRATISTA, cumpla con las obligaciones descritas en la cláusula segunda del presente contrato. b. informar al contralor respecto de las demoras o incumplimiento de las obligaciones de LA CONTRATISTA. c. certificar el cumplimiento por parte de la contratista, dicha certificación se constituye un requisito previo para cada uno de los pagos que be realizar la Contraloria. d. las demás inherentes a las funciones desempeñadas. DECIMA QUINTA: DOCUMENTOS: Hacen parte integral del presente contrato los siguientes documentos.-1.-Estudio de Conveniencia y Oportunidad. 2. Disponibilidad Presupuesta. 3.- Hoja de vida diligenciada por LA CONTRATISTA, debidamente soportada. 4.- Certificado expedido por la Jefe de la Oficina Administrativa y Financiera en donde consta que no existe personal de planta para desarrollar el presente contrato. DECIMA SEXTA. LIQUIDACION. La liquidación del presente contrato se hará dentro de los cuatro meses siguientes a la terminación del presente contrato. Para constancia se firma a los dos (2) días del mes de enero de Dos Mil ocho (2008). Por la Contraloría La Contratista MANUEL JERÒNIMO MANJARRES CORREA DIANA LUZ BENJUMEA SANTIAGO Contralor Municipal de Valledupar C.C. 49.725.159 de Curumanì, Cesar


Descargar ppt "CONTRATO DE PRESTACIÒN DE SERVICIOS SIN FORMALIDADES PLENAS SUSCRITO ENTRE LA CONTRALORÍA MUNICIPAL DE VALLEDUPAR Y DIANA LUZ BENJUMEA SANTIAGO. Entre."

Presentaciones similares


Anuncios Google