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Conferencia sobre Valor en Aduana y Precios de Transferencia Dirección Nacional de Aduanas 25 de Noviembre de 2010 Juan Martín Jovanovich.

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1 Conferencia sobre Valor en Aduana y Precios de Transferencia Dirección Nacional de Aduanas 25 de Noviembre de Juan Martín Jovanovich

2 Artículo 1 del Código de Valor del GATT/OMC:
El valor en aduana de las mercancías importadas será el valor de transacción, es decir, el precio realmente pagado o por pagar por las mercancías cuando éstas se venden para su exportación al país de importación, ajustado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8, siempre que concurran las siguientes circunstancias: Que no exista una vinculación entre el comprador y el vendedor o que, en caso de existir, que tal vinculación no haya influido en el precio.

3 Art. 1.2(a) y nota interpretativa
Si el precio se hubiera ajustado de manera conforme con las prácticas normales de fijación de precios seguidas por la rama de producción de que se trate o con el modo en que el vendedor ajuste los precios de venta a compradores no vinculados con él, quedaría demostrado que la vinculación no ha influido en el precio. Primer Ejemplo … que se demuestre que con el precio se alcanza a recuperar todos los costos y se logra un beneficio que está en consonancia con los beneficios globales realizados por la empresa en un período de tiempo representativo … en las ventas de mercancías de la misma especie o clase, con lo cual quedaría demostrado que el precio no ha sufrido influencia. Segundo Ejemplo Los ejemplos de las Notas son solamente ilustrativos. Deben ser utilizados únicamente como punto de partida y a efectos interpretativos.

4 Armonización de reglas/estándares sobre precios de transferencia.
M: Valor en Aduana Art 1.2(a) Derecho Aduanero Reglas sobre Precios de Transferencia M: Costo de Venta / Costo de Adquisición Ley de Impuesto a la Renta

5 Valor de transacción - PPOP Valor de transacción - PPOP
ADUANA IMPUESTOS NO Hay venta para exportación al país de importación? Vinculación influyó en el precio? Precios de Transferencia SI Valores criterio Art. 1.2(b) COS Test Art. 1.2(a) Arm’s length No Arm’s length Rechazo VT - PPOP Precios de Transferencia Acepto el precio Ajusto o sustituyo el precio Acepto VT - PPOP Métodos Secundarios

6 Pregunta: ¿Es fácil establecer valores de transacción que no estén afectados por la vinculación?
Respuesta: En la gran mayoría de los casos no lo es. Elementos que hacen difícil la determinación de un valor arm’s length:

7 El vendedor no vende productos comparables a ninguna empresa independiente.
El comprador no compra productos comparables a ninguna empresa independiente. Los productos comparables se tranzan entre empresas vinculadas. Los productos tienen características que los diferencian de otros similares. Existen marcas comerciales. Las empresas compradoras actúan en niveles comerciales diferentes. Las empresas compradoras no son comparables con otras empresas compradoras de productos idénticos o similares (niveles de gastos de A&P, activos, etc.)

8 Art. 9 Modelo Convenio OCDE: “Cuando dos empresas estén, en sus relaciones comerciales o financieras, unidas por condiciones aceptadas o impuestas que difieran de las que serían acordadas por empresas independientes, los beneficios, que habrían sido obtenidos por una de las empresas de no existir dichas condiciones, y que, de hecho, no se han realizado a causa de las mismas, podrán incluirse en los beneficios de dicha empresa y someterse a imposición en consecuencia.”

9 Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos
Directrices sobre Precios de Transferencia para Empresas Multinacionales y Administraciones Tributarias – Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos 8 Capítulos 4 Anexos 230 hojas Incluye explicaciones sobre análisis económico y de comparabilidad, 6 metodologías para determinar precios de transferencia y capítulos especiales para intangibles, servicios, APAs y CCAs.

10 Complementar el artículo 1.2(a) del Acuerdo
Comparar arts. 2 a 7 del Acuerdo: Precio de Mercaderías Idénticas o similares ≠ CUP Valor deducido ≠ RPM Valor reconstruido ≠ C+ MNT y Profit Split = Ø Los arts. 2 a 7 NO son normas sobre precios de transferencia

11 Método CUP PPOP 37,75 36 34,25 3er cuartil Comparable 1 = $40
Mediana 36 1er cuartil 34,25 Comparable 1 = $40 Comparable 2 = $38 Rango Intercuartil Comparable 3 = $37 Precio pagado o por pagar entre partes vinculadas $ 35 DETERMINO COMPARABILIDAD DE LAS TRANSACCIONES Comparable 4 = $35 Comparable 5 = $34 PPOP Comparable 6 = $33

12 43,75% 38,5% 36,25% Margen Tested Party Análisis Funcional
Cost plus Margen bruto: utilidad bruta sobre costo ventas (UB/CV) 3er cuartil 43,75% Mediana 38,5% 1er cuartil 36,25% Comparable 1 = 80% Margen Tested Party Comparable 2 = 45% Rango Intercuartil Tested Party Margen Bruto 40% Comparable 3 = 40% DETERMINO COMPARABILIDAD DE LAS TRANSACCIONES Análisis Funcional Comparable 4 = 37% Comparable 5 = 36% Resale Price Margen bruto: utilidad bruta sobre ventas netas (UB/VN) Comparable 6 = 1%

13 TNMM (versión cost plus)
Margen operativo: utilidad operativa (EBIT) sobre costo producción y SGAE También pueden utilizarse otros factores de rentabilidad 3er cuartil 14,25% Mediana 11,5% 1er cuartil 10,25% Comparable 1 = 30% Margen Tested Party Comparable 2 = 15% Rango Intercuartil Tested Party Margen Bruto 13% Comparable 3 = 12% DETERMINO COMPARABILIDAD DE LAS TRANSACCIONES Análisis Funcional Comparable 4 = 11% TNMM (versión resale) Margen operativo: utilidad operativa (EBIT) sobre ventas netas También pueden utilizarse otros factores de rentabilidad Comparable 5 = 10% Comparable 6 = 1%

14 Estudio de Caso 1

15 Importación de colorantes
Precio FOB unitario declarado por ICO por producto Colorex001: Año 07, despacho IC05aaa, fecha 8/sep: 2,80 Año 07, despacho IC04bbb, fecha 15/nov: 2,80 Año 08, despacho IC05ccc, fecha 8/feb: 2,85 Año 08, despacho IC05ddd, fecha 19/jun: 2,85 Vendedor: XCO Brasil Precio FOB unitario aportado por Aduana por producto Colorex001 – Importador: Textilex S.A.: Año 07, despacho IC05XXX, fecha 7/dic: 3,60 Año 08, despacho IC05YYY, fecha 15/feb: 3,65 Año 08, despacho IC05ZZZ, fecha 25/abr: 3,65 Año 08, despacho IC05VVV, fecha 25/jun: 3,80

16 Conclusiones de la Aduana:
Antecedentes: Aduana notifica un requerimiento de información con relación a importaciones de tres productos, y solicita justificar que la vinculación no influyó en el precio según art. 1.2(b) (valores criterio) Efectúa un ajuste con respecto a otros productos y períodos no incluidos en el requerimiento No da oportunidad al importador de brindar detalles adicionales Conclusiones de la Aduana: Precios a Textilex son “valores criterio” Diferencia entre precios de venta de XCO a Textilex y a ICO demuestran que vinculación influyó en el precio Aduana rechaza el valor de transacción como base de valoración Valora la mercadería según método del art. 2 (valor de transacción de mercaderías idénticas)

17 Errores de la Aduana - Procedimiento
No da oportunidad de brindar detalles adicionales y justificar que vinculación no influyó en el precio Exige al importador utilizar “valores criterio” - No toma en cuenta art. 1.2(c). Errores de la Aduana – Técnicos No analiza diferencias de nivel comercial Textilex es cliente de ICO en otros productos e, incluso, en algunos de los productos ajustados Textilex utiliza los productos como insumo: Es fabricante de textiles – ICO es importador, fabricante y distribuidor mayorista de colorantes. No analiza diferencias de volumen Textilex compra a XCO 7% de lo que compra ICO.

18 Sin embargo, esto solamente no alcanza…
ICO probó Que el rechazo del valor de transacción (art. 1) fue incorrecto y Que el V.A. determinado (art. 2) también fue incorrecto Sin embargo, esto solamente no alcanza… La carga de la prueba acerca de los efectos de la vinculación sobre el precio recae sobre ICO => ICO debe probar este extremo Caso contrario, la Aduana podría utilizar otro método secundario para determinar el V.A. ¿Cómo utilizar en forma adecuada un EPT en sede aduanera?

19 ICO tiene dos actividades
Fabricación de colorantes Distribución mayorista de colorantes (importación de producto y reventa en el mismo estado) El EPT analiza estas dos actividades en forma separada. Utiliza el MNT Rango de márgenes de utilidad operativa ajustada de comparables: Estudio Precios de Transferencia – ICO – 2007 Ventas: $ Costo ventas: ($ ) Gastos generales y administración: ($ ) Utilidad Operativa (UO): $ Margen operativo (como % sobre ventas): % Márgenes operativos ajustados - Distribución – Rango arm’s length Comparable 1 25% Comparable 2 15% Comparable 3 8%

20 ANÁLISIS DE TRANSACCIONES COMBINADAS
Colorex001 Precio arm’s length $ Colormix100 $ Total $ XCO Commercial Invoice Purchaser: ICO SA. Date: 15/11/2007 Qty Product Unit Price Total Price 23214 Colorex001 NCM $ 2,80 $ 6500 Colormix100 NCM $ 10,00 TOTAL $ Estado de Resultados de MG Distributor Ventas $ Costo de ventas ($ ) Gtos Gen y Adm ($ ) UO $ Margen UO % (como % sobre ventas)

21 ANÁLISIS DE TRANSACCIONES COMBINADAS
Valor de transacción % DIE DIE Colorex001 NCM $65.000 10% $6.500 Colormix100 NCM 2% $1.300 Impacto tributario total $7.800 El análisis combinado de transacciones es muy común al aplicar los métodos RPM, C+ y MNT. Sólo puede realizarse con propósitos de comparabilidad. El Acuerdo es de carácter transaccional, pero el art. 1.2(a) no prohíbe la posibilidad de analizar combinadamente un número de transacciones. Debe efectuarse una asignación apropiada del precio global entre los distintos bienes (o servicios). Se pueden encontrar ciertos lineamientos en el Comentario 8.1 del CTVA. Valor arm’s length % DIE DIE Colorex001 NCM $ 10% $10.000 Colormix100 NCM $30.000 2% $600 Impacto tributario total $10.600

22 Necesidad de segmentar estado de resultados
Se puede analizar el ejercicio completo No es necesario (ni, en general, adecuado) analizar una sola transacción Estudio Precios de Transferencia – ICO – 2007 Ventas de Colorex001 (o línea de productos misma NCM): $ Costo ventas: ($ ) Gastos generales y administración (asignados en forma razonable): ($ ) Utilidad Operativa del segmento (UO): $ Margen operativo (como % sobre ventas): % Márgenes operativos ajustados - Distribución – Rango arm’s length Comparable 1 25% Comparable 2 15% Comparable 3 8% … que se demuestre que con el precio se alcanza a recuperar todos los costos y se logra un beneficio que está en consonancia con los beneficios globales realizados por la empresa en un período de tiempo representativo … en las ventas de mercancías de la misma especie o clase, con lo cual quedaría demostrado que el precio no ha sufrido influencia.

23 Ajustes de Precios de Transferencia al Final del Ejercicio
Caso 2

24 Despacho de Importación Servicio Aduanero
MG US Manufacturing Co Commercial Invoice Purchaser: MG Argentina Distributor SA. Date: 3 May 2005 Qty Product Price 1 Telephone HS $ 100 Total Estudio Precios de Transferencia - TNMM – 7 Feb 2006 Ventas: $ 200 Costo ventas: ($ 100) Derechos importación: ($ 30) Gastos generales y administración: ($ 10) Utilidad Operativa (UO): $ 60 Margen operativo (como % sobre ventas): 30 % Márgenes Op de Comparables – Rango arm’s length Comp 1 25% Comp 2 15% Comp 3 8% Despacho de Importación Servicio Aduanero Importador: MG Argentina Distributor SA País M Fecha: 3/5/2005 Posición arancelaria #: Cant. 1 Descripción -- Teléfonos de auricular inalámbrico combinado con micrófono - Teléfonos; videófonos Valor de transacción $ 100 % DIE 30 Valor en Aduana DIE $ 30 Resultados si la UO de MG Distributor fuera la mediana: Costo ventas: $ 123 Derechos Importación: $ 37 Utilidad operativa: $ 30 Margen operativo: 15%

25 La Administración Tributaria no tiene interés en el ajuste
Reduce la ganancia imponible a efectos del impuesto a las ganancias La Administración Tributaria no tiene interés en el ajuste Pero John, como valorador del servicio aduanero, tiene que rechazar el valor de transacción como base de valoración: Valor de transacción declarado: $ 100 NO ARM’S LENGTH Valor de transacción luego de ajustes: $ 123 ARM’S LENGTH Sin embargo, John no puede efectuar ajustes de precios de transferencia a efectos de la valoración en aduana. Art. 8.4 del Acuerdo

26 Cláusula de Revisión de Precios / Precios Fórmula Solución posible:
Los ajustes compensatorios (o year-end adjustments) generalmente se efectúan al finalizar el ejercicio fiscal, cuando los costos y gastos del importador ya se han cerrado, lo que obviamente ocurre con posterioridad al despacho de importación. MG Distributor probablemente no podría efectuar estos ajustes al momento de la declaración de las mercaderías ante el Servicio Aduanero. Cláusula de Revisión de Precios / Precios Fórmula Solución posible: Demorar la determinación definitiva del valor en aduana – Arts 1 y 13 COMENTARIO 4.1 DEL CTVA

27 Inconsistencias al determinar los efectos de la vinculación sobre el precio en sede aduanera e impositiva Caso 3

28 Durante el día, John trabaja en el Equipo de Valoración del Servicio Aduanero del País M
MG Distributor importó teléfonos en el País M. El vendedor fue MG Manufacturing SA, una compañía vinculada residente en el País X. John tiene dudas con respecto a la aceptabilidad del precio pagado o por pagar. John examina las circunstancias de la venta y decide que el precio no estuvo afectado por la vinculación entre el comprador y el vendedor.

29 John es muy trabajador y sufre de insomnio, por lo que consiguió un trabajo de noche en la División de Precios de Transferencia de la Administración Tributaria del País M. MG Distributor Co está bajo una inspección de precios de transferencia y, casualmente, John fue asignado al caso. Una de las transacciones bajo examen es la compra de teléfonos a MG Manufacturing SA. MG Distributor Co le presenta a John su estudio de precios de transferencia, el cual evalúa el carácter arm’s length de la transacción a través del método TNMM. John no está satisfecho con el estudio de precios de transferencia y decide que el precio de compra no es arm’s length.

30 Esto es claramente contradictorio
Durante el día, John piensa que el precio pagado o por pagar no ha estado afectado por la vinculación entre las partes. Por la noche, John piensa que el precio difiere del que habría sido acordado entre partes independientes. Esto es claramente contradictorio

31 Juan Martin Jovanovich Abogado
Jovanovich, Pallaoro & Wurcel  Esmeralda 718 - Piso 16C C1007ABH – Buenos Aires – Argentina Tel     Fax   +54 11    Cel  


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